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Amicus curiae en el proceso de tutela de la Ciénaga Grande de Santa Marta (Colombia)

Realizamos una presentación ante la Corte Constitucional de Colombia para acercar al tribunal argumentos jurídicos acerca de la obligación del estado de la protección de la Ciénaga Grande de Santa Marta. Esta Ciénaga es un sistema deltaico de humedales ubicado al norte de Colombia y es considerado uno de los ecosistemas más productivos del Caribe por sus importantes características hidrológicas y ecológicas. A pesar de su estatus de protección, la Ciénaga y los pescadores que la habitan, han sufrido durante años la disminución significativa del agua dulce que nutre la ecorregión y la manipulación inadecuada de los suelos y las cuencas de agua. El deterioro de la Ciénaga se debe a una crisis estructural que no ha sido debidamente atendida por las diferentes entidades con competencia en la zona.

Frente a las vulneraciones a derechos fundamentales, la degradación ambiental y la inacción de las autoridades competentes, el 10 de noviembre de 2016 dos habitantes de los pueblos palafíticos que habitan en la Ciénaga interpusieron una acción de tutela en coordinación con Dejusticia. La acción fue incoada en contra veintiséis entidades públicas del orden nacional y local colombiano, y también contra empresas privadas. La acción de tutela se concentra en tres problemáticas. La primera de ellas consiste en el aprovechamiento excesivo de las fuentes de agua y de los terrenos de la ciénaga por parte de la agroindustria y la omisión en el deber de control por parte de las autoridades. Se han construido diques, secado terrenos, desviado ríos, pero la respuesta de las autoridades ha sido insuficiente. La segunda, aborda la falta de un adecuado mantenimiento y dragado de los ríos y caños que nutren de agua dulce a la ciénaga. Si bien se han firmado millonarios contratos para llevar a cabo estas actividades son pocos los resultados visibles. Finalmente, la tutela hace una advertencia sobre los proyectos de infraestructura que se planean construir sobre la ecorregión.

El 25 de noviembre de 2016 se admitió la tutela, el juez de primera instancia negó la acción alegando su improcedencia. Se consideró que, pese a que era evidente el gran deterioro de la Ciénaga, tal situación había sido atendida a través de una acción popular promovida con anterioridad por otra ciudadana. Esta decisión se impugnó y el fallo fue confirmado en segunda instancia el 16 de febrero de 2017 por la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia de Colombia. En abril de este año el caso llega a la Corte Constitucional de Colombia. En esta instancia presentamos un amicus curiae (expresión en latín que alude a amigo de la corte o amigo del tribunal). Esta última es una presentación que realiza un tercero ajeno al litigio, donde se ofrecen voluntariamente argumentos jurídicos y/o técnicos para colaborar con el tribunal antes de la sentencia.

Consideramos que el caso requiere una respuesta estructural, en donde participen y dialoguen las diferentes entidades con competencia sobre la región, garantizando siempre la participación de las comunidades. Creemos que este es un caso para ideal para llevar adelante un modelo de justicia dialógica en Colombia, para buscar una solución estructural al problema, para llevar adelante audiencias públicas donde todas las partes involucradas tengan la posibilidad de ser escuchadas y que se lleve adelante un control activo por parte del Estado. Similares planteamientos hemos hecho en casos en los que venimos trabajando como en la situación de contaminación de la planta de tratamiento de líquidos cloacales de EDAR Bajo Grande o en el conflicto por el funcionamiento de la planta de Porta.

Los humedales constituyen un importante sitio de alimentación, refugio y reproducción para una gran variedad de especies silvestres, por lo que reviste especial importancia su protección y conservación. Además, existen numerosos tratados internacionales que exigen políticas activas de protección del ambiente y de las comunidades que allí viven. La Corte Constitucional tiene la oportunidad de marcar lineamientos claros respecto de la protección al derecho humano a un ambiente sano para un sitio de una importancia ambiental clave, así como respecto de poblaciones vulnerables. En este sentido es necesario que desde la Corte y desde la sociedad civil se haga un seguimiento juicioso y permanente a las órdenes que se impartan en la sentencia para verificar que la situación de las comunidades afectadas.

Apoyamos y promovemos las iniciativas de participación de todos los actores en los procesos estructurales de modificación de políticas públicas.

Crédito de imágen

Dejusticia

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