,

Argentina ratificó el Acuerdo de Escazú

En una sesión especial llevada a cabo en el día de ayer, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de ratificación del Acuerdo de Escazú. Con este acto, restaría tan solo la ratificación de un Estado de América Latina y Caribe para su posterior entrada en vigor.

Durante el mes de agosto, la Cámara de Senadores ya había dado media sanción al proyecto de ley de ratificación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú). En el día de ayer, siguiendo el procedimiento establecido por nuestra Constitución, la Cámara de Diputados dio la media sanción restante y necesaria para la efectiva ratificación del Acuerdo.

De este modo, Argentina se convirtió en el decimo país en realizar dicho acto. Esto resulta importante pues recordemos que el propio texto del Acuerdo prevé, en su art. 22, la entrada en vigor luego del nonagésimo día a partir del depósito del undécimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión ante el Secretario General de las Naciones Unidas (depositario del acuerdo). Esto quiere decir que solo restaría la ratificación de un Estado más para que comience el computo del plazo de 90 días previos a la efectiva entrada en vigor.

Recordemos que este tratado no solo resulta innovador en su contenido pues fue consolidado a partir de un arduo proceso de debate y participación ciudadana, sino porque constituye el primer instrumento normativo internacional que garantiza y establece un sistema de protección para quienes son defensores y defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales. Cabe destacar que la región de América Latina y Caribe registra el mayor número de asesinatos a quienes llevan a cabo dicha tarea.

Asimismo, el texto regula los derechos de acceso a la información, participación ciudadana y justicia ambiental. Si bien en la República existen normas que garantizan el respeto de estos derechos, lo cierto es que la aprobación del tratado incide en su efectivo cumplimiento y goce, pues coloca al Estado en la obligación de cumplir con sus compromisos a nivel internacional bajo pena de incurrir en responsabilidad por su incumplimiento.

Contacto

Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org 

Comunicaciones Fundeps