El pasado mes de diciembre presentamos formalmente un Amicus Curiae en los autos caratulados “Fundación Tercera Generación C/ Jolaga S.R.L. – Amparo Ambiental”, (Expte. 6229513) que tramitan por ante el Juzgado Civil y Comercial y 45° Nominación de esta ciudad, con el objeto de acercar al Tribunal consideraciones jurídicas acerca del daño ambiental que produce la actividad contaminante del establecimiento de curtiembre JOLAGA S.R.L. y la obligación que pesa sobre la misma de recomponer el daño ambiental causado al rio Suquía.

El amparo ambiental iniciado en febrero de 2017 tiene por objeto el cese de la actividad desarrollada por el establecimiento de curtiembre, y la recomposición del daño ambiental causado.

Todo ello fundado en que el arrojo ilegal de desechos y residuos químicos al cauce del río Suquía, en el camino Chacra de la Merced km 3 1/2, por parte del establecimiento de curtiembre JOLAGA S.R.L., cuyos dueños son Jorge Ricardo Gawuryn y Ariel Gawuryn, se ha producido en clara violación a la Ley General del Ambiente N° 25.675 y Ley de Política  Ambiental Provincial N° 10.208, afectándose derechos de raigambre constitucional -derecho a un medio ambiente sano -art. 41 CN -, derecho a la salud, derecho a la vida -, no solo de la población del área afectada sino también de toda la comunidad de la provincia de Córdoba.

Asimismo, con motivo de la actividad ilegal y clandestina de la curtiembre, se inició una actuación penal de oficio, que culminó con su clausura y con la imputación de los dueños de la curtiembre JOLAGA SRL, Jorge Ricardo Gawuryn y Ariel Gawuryn, por el delito de contaminación ambiental dolosa continuada, en calidad de coautores, de acuerdo con lo que establecen los artículos 55° de la Ley de Residuos Peligrosos 24.051, y 45° y 55° del Código Penal.

De acuerdo con la investigación, el establecimiento operaba hace casi diez años a pesar de las reiteradas denuncias de los vecinos, arrojando sustancias contaminantes en una laguna a cielo abierto existente en el predio de la empresa, y luego los habrían arrojado a un terreno colindante, a través de una bomba de desagote. Todos esos predios desaguan, por simple gravedad, en el río Suquía.

Como fundación que promueve y fomenta la efectivización del derecho a un ambiente sano y equilibrado, consideramos que la contaminación y el daño ambiental causados por los titulares de la curtiembre, constituyen una clara vulneración a estos derechos que defendemos. Por tal motivo, solicitamos participación como querellante particular a los fines de instar el proceso y coadyuvar al Ministerio Público Fiscal en la investigación penal.

El barrio Chacra de la Merced está ubicado en el extremo este de la ciudad de Córdoba, a unos 150 metros de la avenida Circunvalación y a 200 metros del río Suquía. Más de dos décadas atrás formaba parte del cinturón verde de la ciudad de Córdoba, hoy tiene múltiples focos de contaminación. El peor es la planta de residuos cloacales Edar Bajo Grande que hace años arroja líquidos cloacales al río Suquia con tratamiento deficiente e incluso sin tratamiento alguno.

También se encuentran otras industrias contaminantes, entre ellas curtiembres, como JOLAGA S.R.L., canteras, lagunas producto de la extracción de áridos convertidas en basurales a cielo abierto, entre otras.

En ese contexto viven casi 300 familias y la zona ha sido declarada en los últimos años en «emergencia ambiental» por la Municipalidad de Córdoba. Sin embargo, no se da un acabado cumplimiento a las medidas y acciones dispuestas, quedando el barrio olvidado en un «rio de contaminación».Esperamos contribuir, mediante estas presentaciones judiciales, a que el accionar ilegitimo y clandestino de este tipo de actividades contaminantes no quede impune, así como a que se recomponga el daño ambiental causado, a fin de proteger los derechos fundamentales de los vecinos y vecinas de barrio Chacra de la Merced.

En el año 2015 se dio inicio a la negociación del acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación y la justicia en asuntos ambientales. A partir de ese momento, se fueron sucediendo reuniones del Comité de Negociación, en las cuales se discutieron, revisaron y aprobaron  las propuestas de texto de los países relativas al documento preliminar del acuerdo regional. Dicho documento consta de un preámbulo y veinticinco artículos.

Este proceso se inició en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20) en 2012, con la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. En noviembre de 2014, los países aprobaron la Decisión de Santiago, mediante la cual dieron inicio a la negociación de un instrumento regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe. Esto, con una significativa participación del público y el apoyo de la CEPAL, en su calidad de Secretaría Técnica. La Declaración cuenta actualmente con 24 países signatarios, con la reciente incorporación de Santa Lucia y está abierta a la adhesión de todos los países de América Latina y el Caribe.

En la Séptima Reunión del Comité, celebrada en Buenos Aires del 31 de julio al 4 de agosto de 2017, se lograron consensuar los artículos de Acceso a la Información y a la Participación Pública (6to, 7mo y 8vo). Sin embargo, representantes de la sociedad no tardaron en mostrar su preocupación por el grave retroceso en la marcha de las negociaciones. Luego de este séptimo encuentro, la sociedad civil hizo las siguientes recomendaciones para poder garantizar la corrección del rumbo de las negociaciones:

  1. 1. La participación de las relatorías de la ONU y la CIDH relacionadas a estos derechos, puesto que los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos sobre los derechos de acceso a la información, participación y justicia ambiental podrían ser debilitados por los acuerdos a los que se vienen llegando en las negociaciones del Principio 10.
  2. 2. La evaluación por parte de los gobiernos y la CEPAL del grado de avance y regresividad del texto que hasta ahora se está negociado entre los países, ya que estándares logrados en el ámbito nacional en algunos países como a nivel regional vienen siendo reducidos.
  3. 3. Vincular el Acuerdo Regional del Principio 10 y la Agenda 2030, con el fin que exista integración y coordinación de ambas iniciativas. Por lo que es necesario que existan informes de cumplimiento de los ODS en nuestros países donde se incluya información relativa a las acciones para la mejor implementación del Principio 10.
  4. 4. No retroceder respecto del régimen de excepciones que se ha introducido al texto, que permite a los Estados más posibilidades de negar información a los ciudadanos, sino garantizar la difusión de la mayor cantidad de información ambiental, como las emisiones de contaminantes y los estudios de impacto ambiental. Además, reconocer la vigilancia y el monitoreo indígena, como una forma de participación legítima, indispensable medida de prevención para evitar el daño ambiental. Asimismo, reconocer la amplia legitimación activa, que le permite a cualquier persona o grupo acceder a la justicia para proteger el medio ambiente.
  5. 5. Incluir en el texto, el deber de los estados de GARANTIZAR los derechos de acceso a la información, participación y justicia ambiental, y no utilizar verbos como “facilitar, promover y alentar”, contraviniendo de esta manera a los estándares actuales de derechos humanos.
  6. 6. Un Acuerdo Regional sobre el Principio 10 que sea VINCULANTE, que incorpore con claridad el enfoque intercultural y de género a favor de poblaciones vulnerables, sobre todo pueblos indígenas, y defensores y defensoras de derechos humanos, como reconocimiento a la realidad de violencia que vienen afrontando en nuestros países de América Latina y el Caribe.

Al respecto, en la inauguración de la octava reunión, Andrea Sanhueza representante electa del público, expresó: “Hemos llegado a un punto de inflexión. Esta es la última oportunidad de enmendar el rumbo y retomar el espíritu original del proceso. No podemos permitir que los derechos ambientales y sociales continúen siendo los parientes pobres del desarrollo sostenible. Es por eso también que el acuerdo debe asegurar la protección de los defensores ambientales”.

Finalmente, ese fue uno de los principales resultados de la reunión, ya que los países acordaron consagrar la protección de las personas que luchan por la defensa de los derechos humanos en asuntos ambientales en el futuro acuerdo regional.

Ello significa que los países signatarios se obligaron a garantizar el reconocimiento, protección y promoción de sus derechos a la libertad de opinión de expresión, de reunión, de asociación pacíficas, a circular libremente y al libre ejercicio de sus derechos.La situación de los defensores ambientales en América Latina ha ido empeorando conforme han ido pasando los años. Durante el 2016 más de 200 defensores y defensoras ambientales perdieron su vida en el afán de reclamar por sus derechos vulnerados. El 60% de estos casos se registró en la región de América Latina. El hecho que durante las últimas negociaciones del Acuerdo Regional, se haya logrado incorporar un artículo que proteja a estas personas, es fundamental a la hora de avanzar hacia la efectiva garantía de los DDHH.

En el encuentro, se realizaron otros importantes avances sobre el texto final del instrumento regional. Entre ellos se convinieron los artículos sobre acceso a la justicia en asuntos ambientales, y sobre fortalecimiento de capacidades y cooperación, y aprobaron además la mayoría de las obligaciones generales.

Además, se aprobó el objetivo principal del Acuerdo, que busca “garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona y de las generaciones presentes y futuras a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”.

Con motivo de la reunión, expertos de la ONU realizaron un comunicado urgiendo a los gobiernos a que adopte un acuerdo firme sobre derechos ambientales. «Es crucial que los gobiernos de la región actúen en solidaridad y acepten normas jurídicamente vinculantes para proteger los derechos humanos y el medio ambiente», dijeron.

Al finalizar la octava reunión, los participantes reconocieron los significativos consensos y definiciones alcanzadas sobre el texto compilado por la Mesa Directiva en esta semana de negociaciones y acordaron continuar con la discusión de los artículos aún pendientes del documento legal (11 al 25) durante la siguiente reunión, que se realizará en el primer trimestre de 2018 en San José, Costa Rica.

Más información

– Pronunciamiento de las organizaciones de la sociedad civil

– Comunicado de prensa de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

– Mensaje de los representantes electos del público – Principio 10

Autoras

Noelia Salvia

Agustina Palencia

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María Perez Alsina <mariaperezalsina@fundeps.org>

El pasado jueves 19 de octubre, realizamos una presentación ante la Dirección de Policía Ambiental denunciando supuestas actividades ilegales desarrolladas en el Country Club Potrerillo de Larreta ubicado en la ciudad de Alta Gracia. Aparentemente, durante las últimas semanas de septiembre y las primeras de octubre se han realizado en el sector de la hostería del country, acciones de lesión geomorfológica de gran envergadura en el cauce del Arroyo “Los Paredones”; consistentes en dragado, profundización y ampliación del embalse con la finalidad de aumentar la explotación del agua del arroyo por parte del Country.

Las mismas significan una clara violación a la ley de política ambiental provincial, ya que para llevar a cabo este tipo de obras es necesario cumplimentar previamente el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), previsto en el Anexo I inciso 31 de la ley 10.208, el cual incluye la realización de audiencias públicas en forma previa al otorgamiento de la correspondiente licencia ambiental, procedimiento que no se ha cumplimentado en este caso.

Cabe recordar que desde el año 2012 el Country Club Potrerillo de Larreta se encuentra involucrado en un proceso judicial contra la provincia de Córdoba, por el cercamiento de casi 4 km del mismo arroyo restringiendo el libre tránsito a terceros y el aprovechamiento del mismo por parte de toda la comunidad, alegando principalmente razones de seguridad. En dicha instancia, junto con el colectivo «Todos por Nuestros Arroyos» presentamos un Amicus Curiae invocando el carácter de bien público del arroyo y la ilegitimidad de los alambrados, encontrándose la causa próxima a dictar sentencia.

Sin perjuicio de ello, las acciones ilícitas continúan y se enmarcan en una problemática de larga data en Alta Gracia que involucra intereses particulares en desmedro de derechos fundamentales de todos los habitantes. El cercamiento de ríos, arroyos y lagos de dominio provincial por parte de propietarios/as de los fundos colindantes con los mismos, constituye un claro acto ilegítimo que viola entre otros el derecho al libre tránsito, el uso, goce y aprovechamiento de aguas dominio público y el constitucionalmente reconocido derecho humano de acceso al agua.

Desde FUNDEPS realizamos esta presentación esperando contribuir a una adecuada protección del ambiente como bien colectivo y de garantizar el respeto de los derechos de incidencia colectiva por encima de los derechos individuales.

Más información

Presentación para proteger el ambiente frente a intereses individuales en Alta Gracia | FUNDEPS

Autora 

Noelia Salvia

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María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Uno de los grandes conflictos socio ambientales que enfrenta la provincia de Córdoba debido a la expansión de la frontera agropecuaria, es la aplicación y el uso irregular de agroquímicos que se realiza en campos cercanos a viviendas, barrios, escuelas u otro asentamiento humano, lo cual constituye un gran riesgo para la salud de las comunidades expuestas.

Un caso testigo de la afectación al derecho humano a un medio ambiente sano y a la salud es el de los vecinos y las vecinas de Barrio Ituzaingó Anexo, que hace más de diez años reclaman por el respeto de sus derechos. Este barrio está situado al sureste de la Ciudad de Córdoba, limitando al norte con una zona industrial y colindando con áreas rurales al norte, este y sur. Son aproximadamente 5000 personas, que habitan 1200 viviendas en 30 manzanas.

En marzo de 2002 fue la primera vez en que un grupo de madres preocupadas por la situación sanitaria del barrio comenzaron a reclamar ante las autoridades para que se realicen análisis de las enfermedades y posibles contaminantes. Este proceso de lucha que se inició desde entonces fue llevado adelante por el colectivo “Madres de Barrio Ituzaingó.

Si bien el proceso fue largo, como resultado de la lucha social, los vecinos y las vecinas consiguieron el acceso a agua potable a través de agua corriente de red, la construcción la Unidad Primaria de Atención de la Salud, la creación del Registro provincial de Tumores y así también lograron avances normativos en materia ambiental. En este último aspecto, se dictaron ordenanzas municipales que establecieron la “emergencia sanitaria y ambiental” y prohibieron fumigaciones aéreas y terrestres a menos de 2.500 metros de cualquier vivienda o grupo de viviendas), que derivaron finalmente en la prohibición de las fumigaciones en todo el ejido de la ciudad (ordenanzas n° 10505/2002, 10589/2003, 10590/2003).

El proceso judicial se inició en 2008 cuando vecinos y vecinas realizaron denuncias manifestando la existencia de enfermedades, abortos y malformaciones que atribuyeron a las fumigaciones que se realizaban en los campos colindantes a sus viviendas. Tras un largo proceso judicial, en agosto de 2012 la Cámara Primera del Crimen emitió un fallo inédito por contaminación ambiental debido al uso de pesticidas en zona urbana, condenando a un productor y un piloto agroaplicador. El 12 de septiembre la Corte Suprema de Justicia se expidió respecto al recurso de queja que presentó la defensa de los imputados, rechazando el pedido y confirmando la decisión de la Cámara del Crimen.

Celebramos la resolución dictada por el máximo tribunal argentino ya que sienta precedente penal para casos similares en que comunidades vean vulnerados sus derechos fundamentales por la aplicación irregular de agroquímicos. Asimismo, en este marco consideramos necesario el respeto de las normativas locales que han creado zonas de protección ambiental y restricción del uso de agroquímicos (como el caso de Alta Gracia en el que trabajamos). En esa línea, apoyamos el dictado de una ley nacional de presupuestos mínimos ambientales referida a la regulación de distancias de aplicación de agroquímicos guiada por el principio de precaución, la que permitirá establecer un marco de referencia que permita resguardar los derechos fundamentales al ambiente y a la salud.

Más información

 – La salud pública a la deriva del agronegocio | El Entramado

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 Male Martinez Espeche, malemartinez@fundeps.org

Realizamos una presentación ante la Corte Constitucional de Colombia para acercar al tribunal argumentos jurídicos acerca de la obligación del estado de la protección de la Ciénaga Grande de Santa Marta. Esta Ciénaga es un sistema deltaico de humedales ubicado al norte de Colombia y es considerado uno de los ecosistemas más productivos del Caribe por sus importantes características hidrológicas y ecológicas. A pesar de su estatus de protección, la Ciénaga y los pescadores que la habitan, han sufrido durante años la disminución significativa del agua dulce que nutre la ecorregión y la manipulación inadecuada de los suelos y las cuencas de agua. El deterioro de la Ciénaga se debe a una crisis estructural que no ha sido debidamente atendida por las diferentes entidades con competencia en la zona.

Frente a las vulneraciones a derechos fundamentales, la degradación ambiental y la inacción de las autoridades competentes, el 10 de noviembre de 2016 dos habitantes de los pueblos palafíticos que habitan en la Ciénaga interpusieron una acción de tutela en coordinación con Dejusticia. La acción fue incoada en contra veintiséis entidades públicas del orden nacional y local colombiano, y también contra empresas privadas. La acción de tutela se concentra en tres problemáticas. La primera de ellas consiste en el aprovechamiento excesivo de las fuentes de agua y de los terrenos de la ciénaga por parte de la agroindustria y la omisión en el deber de control por parte de las autoridades. Se han construido diques, secado terrenos, desviado ríos, pero la respuesta de las autoridades ha sido insuficiente. La segunda, aborda la falta de un adecuado mantenimiento y dragado de los ríos y caños que nutren de agua dulce a la ciénaga. Si bien se han firmado millonarios contratos para llevar a cabo estas actividades son pocos los resultados visibles. Finalmente, la tutela hace una advertencia sobre los proyectos de infraestructura que se planean construir sobre la ecorregión.

El 25 de noviembre de 2016 se admitió la tutela, el juez de primera instancia negó la acción alegando su improcedencia. Se consideró que, pese a que era evidente el gran deterioro de la Ciénaga, tal situación había sido atendida a través de una acción popular promovida con anterioridad por otra ciudadana. Esta decisión se impugnó y el fallo fue confirmado en segunda instancia el 16 de febrero de 2017 por la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia de Colombia. En abril de este año el caso llega a la Corte Constitucional de Colombia. En esta instancia presentamos un amicus curiae (expresión en latín que alude a amigo de la corte o amigo del tribunal). Esta última es una presentación que realiza un tercero ajeno al litigio, donde se ofrecen voluntariamente argumentos jurídicos y/o técnicos para colaborar con el tribunal antes de la sentencia.

Consideramos que el caso requiere una respuesta estructural, en donde participen y dialoguen las diferentes entidades con competencia sobre la región, garantizando siempre la participación de las comunidades. Creemos que este es un caso para ideal para llevar adelante un modelo de justicia dialógica en Colombia, para buscar una solución estructural al problema, para llevar adelante audiencias públicas donde todas las partes involucradas tengan la posibilidad de ser escuchadas y que se lleve adelante un control activo por parte del Estado. Similares planteamientos hemos hecho en casos en los que venimos trabajando como en la situación de contaminación de la planta de tratamiento de líquidos cloacales de EDAR Bajo Grande o en el conflicto por el funcionamiento de la planta de Porta.

Los humedales constituyen un importante sitio de alimentación, refugio y reproducción para una gran variedad de especies silvestres, por lo que reviste especial importancia su protección y conservación. Además, existen numerosos tratados internacionales que exigen políticas activas de protección del ambiente y de las comunidades que allí viven. La Corte Constitucional tiene la oportunidad de marcar lineamientos claros respecto de la protección al derecho humano a un ambiente sano para un sitio de una importancia ambiental clave, así como respecto de poblaciones vulnerables. En este sentido es necesario que desde la Corte y desde la sociedad civil se haga un seguimiento juicioso y permanente a las órdenes que se impartan en la sentencia para verificar que la situación de las comunidades afectadas.

Apoyamos y promovemos las iniciativas de participación de todos los actores en los procesos estructurales de modificación de políticas públicas.

Crédito de imágen

Dejusticia

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Corte Constitucional tiene última palabra para salvar Ciénaga Grande de Santa Marta | Dejusticia

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Victoria Gerbaldo – victoriagerbaldo@fundeps.org

Juan Carballo – juanmcarballo@fundeps.org

El lunes 7 de agosto asistimos a la audiencia pública convocada por el Juzgado Federal N° 3 a cargo del Dr. Hugo Vaca Narvaja en el amparo que promovieron vecinos y vecinas de Barrio San Antonio e Inaudi contra el Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la empresa Porta Hnos. Tuvieron la oportunidad de hablar accionantes, el Ministerio Público de la Defensa en representación de los intereses de niños/as y la Fiscalía de Estado.

El amparo que involucra a más de 25 vecinos y vecinas as del barrio San Antonio y otras personas de la Asamblea Ciudadana “VECINOS UNIDOS EN DEFENSA DE UN AMBIENTE SANO – VUDAS” fue interpuesto en contra del Ministerio de Energía y Minería de la Nación (Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos) solicitando la clausura y cierre definitivo de la planta de bioetanol de Porta Hnos S.A. Fundamentan su pretensión exponiendo que la empresa no cuenta con la habilitación legal para elaborar biocombustible (bioetanol) la cual debió ser otorgada por dicha secretaría y por no haber concluido, previo a su entrada en funcionamiento, el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. En forma subsidiaria, amparistas solicitan el cese de la contaminación ambiental que la actividad produce y que afecta en forma irreparable el ambiente y la salud de vecinos y vecinas.

Es inexplicable la ausencia por parte del Estado en sus diferentes niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal, tanto en el momento de planificación urbana, de asegurar el cumplimiento de las normas ambientales vigentes y en la audiencia pública para escuchar a las partes y expresar su posición. Pero más inexplicable es que no fue la primera vez. A fines de abril del 2015 el grupo vecinal llegó a encadenarse en la sede de la Municipalidad de Córdoba para conseguir una audiencia con el intendente Ramón Mestre. Se vieron forzados a actos extremos para que se cumpliera su derecho a ser oídos y acudir a las autoridades. Una vez más un Estado ausente.

Pero no todo ha sido lamentable. Tuvimos la posibilidad de acompañar a vecinos/as en esta audiencia inédita para Córdoba. En un primer momento, se convocó a una audiencia de conciliación prevista por la ley del fuero federal con la característica de que iba a ser pública. Luego, el juez cambió el carácter de la audiencia a una de tipo informativa imitando el proceder de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Mendoza” sobre contaminación ambiental del Río Matanza – Riachuelo. Habiéndose dispuesto incluso un mecanismo para la participación de terceras personas, desde FUNDEPS nos inscribimos para hacer uso de la palabra. Finalmente, entre gallos y medianoche el juez volvió a cambiar el carácter de la audiencia a una de conciliación por lo que sólo pudimos participar como público.

Destacamos la necesidad de garantizar el derecho a la información, a la participación y al diálogo entre las partes involucradas con las autoridades con competencia en materia de planificación urbana, ordenamiento territorial ambiental, control de actividades antrópicas, fijación y fiscalización de estándares y normas. Asimismo, resaltamos la importancia de tener en cuenta la peligrosidad de este tipo de industrias a la luz del principio precautorio y de prevención que rige en materia ambiental (art. 4 LGA), en virtud de estar localizada en un barrio residencial.

En la audiencia, en la que el juez tuvo amplias facultades para dirigirla, vecinos y vecinas tuvieron la oportunidad de contar el antes y el después que implicó la instalación y ampliación de la empresa Porta Hnos y las consecuencias que trajo aparejada en su salud y calidad de vida. Luego se les dio la palabra por quince minutos a los abogados, al Ministerio Público de la Defensa y a la Fiscalía. Consideramos que esta instancia fue muy valiosa ya que fortalece la transparencia, la participación ciudadana y la difusión pública de este conflicto socio-ambiental antecedente para Córdoba como la posibilidad dada por el Tribunal a los vecinos/as.

Creemos que es importante remarcar en estos casos el rol de los jueces a los fines de garantizar derechos fundamentales de las generaciones presentes y de las generaciones futuras. Este es un caso ideal para llevar adelante un modelo de justicia dialógica, para buscar una solución estructural al conflicto, a través de. El tribunal tiene la oportunidad de marcar lineamientos judiciales claros que tiendan a respecto de la protección de derechos fundamentales como el derecho humano a un ambiente sano, a la salud y a la vida de los vecinos y vecinas de Barrio San Antonio e Inaudi. Confiamos en que esta instancia permita que el reclamo de vecinos y vecinas sean efectivamente escuchado y que el Estado, en sus diferentes niveles, reconozca, investigue y resuelva una situación socio-ambiental compleja.

Más información

Consideraciones jurídicas para analizar el caso Porta

Autora

Victoria Gerbaldo, victoriagerbaldo@fundeps.org

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Juan Carballo, juanmcarballo@fundeps.org

El 31 de julio fue el primer día de encuentro en que las autoridades gubernamentales de 24 países de América Latina y el Caribe, expertos internacionales y representantes de la sociedad civil retomaron las negociaciones del acuerdo regional sobre Principio 10.

El acto fue inagurado por representantes del gobierno de Argentina, representantes del público, la Viceministra de Ambiente de Costa Rica – país que copreside el proceso junto con el gobierno de Chile – y el Director de la División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos de la CEPAL.

Destacamos que, desde el gobierno argentino, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Jorge Faurie sostuvo que “Argentina apoya esta iniciativa e invita a todos los países de América Latina y el Caribe a que se sumen a este proceso de negociación para que así, con la colaboración de cada uno -Estados parte y la sociedad civil-, se logre un acuerdo que irá en beneficio de la región y de todos sus habitantes”. Celebramos las palabras manifestadas por el representante de Argentina en tanto afirma la necesidad de trabajo en conjunto con representantes de la sociedad civil y de concreción de este acuerdo cuyo proceso se inició en el 2012.

Asimismo, los representantes del público – Andrés Napoli y Danielle- señalaron que “el acceso efectivo a la información, participación y justicia ambientales es esencial para la democracia y la gobernanza de los recursos naturales”, y caracterizaron como sólido al proceso y negociaciones alcanzadas hasta el momento.

Ésta séptima reunión de negociación tiene previsto discutir el fortalecimiento de las capacidades para la implementación del futuro acuerdo (Art. 10), las acciones nacionales realizadas por los países signatarios de la Declaración sobre la aplicación del principio 10 y actividades realizadas por la Secretaría Técnica; y la continuación de negociaciones pendientes entre ellas, las implicancias administrativas, financieras y presupuestarias (arts. 11 a 25).

Como representantes de la sociedad civil, consideramos que la adopción de un acuerdo regional, que consagre estándares esenciales en derechos de acceso permitirá fortalecer capacidades para lidiar con los desafíos ambientales en la región, y consagrará una mayor igualdad y sostenibilidad ambiental para América Latina y el Caribe.

Seguir la reunión en vivo

Mas información

– Apoyamos la declaración del Principio 10 y los objetivos de desarrollo sostenible | FUNDEPS

– Séptima Reunión del Comité de Negociación | Principio 10

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Male Martínez <malemartinez@fundeps.org>

En el marco del programa Lideres Ambientales, el objetivo es generar un ámbito de discusión con el fin de impulsar espacios representativos de la juventud cordobesa comprometida contra el cambio climático y temáticas ambientales.

Esta mesa de diálogo cada uno de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil compartimos opiniones, ideas y propuestas para la ciudad y provincia de Córdoba que conforman las preocupaciones y temáticas actuales de la agenda ambiental; y se trazaron actividades en común para trabajar en conjunto.

Destacamos que los objetivos de esta iniciativa son: promover un espacio de posicionamiento respecto a temáticas coyunturales con una mirada de participación y particularmente joven; y generar la construcción de capacidades entre la juventud, la Agencia Córdoba Joven y la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Córdoba.

Celebramos y apoyamos la concreción de este tipo de iniciativas. Son una oportunidad de articulación de diferentes propuestas, actividades y acciones de las organizaciones de la sociedad civil junto con esferas del gobierno, en pos de la construcción de lineamientos para políticas públicas más sustentables en materia ambiental. Además implican el fortalecimiento de una democracia participativa abierta al diálogo, a la escucha y al trabajo conjunto.

Autores/as

María Elena Martínez Espeche

Juan Bautista López

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María Elena Martínez Espeche – malemartinez@fundeps.org

Durante el 5 y 6 de diciembre, se realizó en París la 6° Reunión Global de The Access Initiative (TAI), en la que representantes de la sociedad civil de todo el mundo se reunieron a discutir la importancia del gobierno abierto, en relación a los desafíos del cambio climático.

n vistas a la Cumbre del Open Government Partnership (OGP), que se desarrolla entre el 7 y el 9 de diciembre mes en París, la Red TAI realizó su Reunión Global para explorar las vinculaciones entre dos agendas: cambio climático y gobierno abierto. A

Durante dos días, se intercambiaron experiencias, opiniones e ideas entre expertos y expertas en ambos temas, para fortalecer las capacidades de la sociedad civil para incidencia en estas problemáticas. Entre los temas que surgieron a partir de esto, se encuentra la vinculación entre transparencia, datos abiertos y participación con el financiamiento climático, las Contribuciones Previstas Determinadas a Nivel Nacional (INDC) en el marco del Acuerdo de París, entre otros. En este contexto, también se abordaron cuestiones transversales a las agendas de la sociedad civil, como derechos humanos, género, defensores y defensoras ambientales.

Se espera que los resultados de esta reunión se vean plasmados en la Cumbre de OGP, que este año tiene un enfoque en cambio climático. La prioridad entonces es lograr la sinergia entre estas dos agendas, para poder abogar por políticas públicas transversales.

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Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org

Lanzamos un proyecto para recaudar fondos por medio de donaciones individuales a los fines de contribuir con las poblaciones afectadas por el uso de agroquímicos. Del 12 al 30 de junio podés donarnos a través de la plataforma de Global Giving.

Según el Informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación de la ONU (2017), se calcula que los agroquímicos son responsables de 200.000 muertes por intoxicación aguda al año, de las cuales el 99% se produce en países en desarrollo donde las normas en materia de salud, seguridad y medio ambiente son menos estrictas y se aplican con menos rigor.

Las fumigaciones, como son llamadas comúnmente, tanto aéreas como terrestres, constituyen un gran riesgo para la salud de las poblaciones expuestas, cuando son ejecutadas en campos cercanos a viviendas, barrios, escuelas u otro asentamiento humano; y la protección ambiental se constituye en la herramienta necesaria para la defensa de estos derechos.

Preocupados por esta situación, desde el año 2013 estamos trabajando y acompañando a comunidades de Córdoba que se ven afectadas por la aplicación de agroquímicos en zonas cercanas a sus viviendas.

En Córdoba, esta problemática tan compleja se identifica a través de:

* La falta y/o ocultamiento de información pública sobre los riesgos y efectos perjudiciales que genera el uso irregular de los agroquímicos afectando los derechos humanos a la salud y a un medio ambiente sano.

* Los graves efectos de la exposición de agroquímicos, tales como asma, alergias, cáncer, esterilidad, abortos y efectos neurológicos entre otros, cuya población más vulnerable está identificada por niños, niñas, mujeres embarazadas, personas de avanzada edad, trabajadores rurales y sus familias.

* La minimización de los hechos y la denegación en la recepción de las denuncias realizadas por vecinos/as por la utilización indiscriminada de los agroquímicos en los campos lindantes a las casas, escuelas u otro asentamiento humano.

Advertida esta problemática, hemos evidenciado la necesidad de poder contribuir de algún modo con el objeto de garantizar el derecho a la salud y a un medio ambiente sano de los grupos vecinales afectados.

A tales fines, hemos lanzado un proyecto en la plataforma de Global Giving (GG). GG es la primer y más grande comunidad global de crowdfunding que contribuye a que individuos, compañías y ONGs locales accedan a financiación, herramientas, capacitación y apoyo a proyectos que aportan soluciones innovadoras y potenciadoras a problemas sociales desafiantes a nivel de la comunidad local. Desde 2002, casi 600,000 donantes en Global Giving han recaudado más de $250 millones de dólares para apoyar más de 16,000 proyectos en 165 países.

Nuestro proyecto “Protección a las comunidades expuestas a los agroquímicos” tiene como objeto fortalecer los derechos humanos a la salud y un medio ambiente sano de las comunidades locales que se ven afectadas por la aplicación de agroquímicos de manera sistemática, irregular y cercanas a sus viviendas, escuelas y barrios. A tales fines buscamos:

* Realizar talleres informativos y capacitaciones a los fines de lograr empoderar a los grupos vecinales afectados;

* Exigir la aplicación de la legislación vigente y trabajar por mejores marcos normativos;

* Realizar relevamientos de datos sanitarios, a los fines de promover marcos normativos más protectorios.

¿Por qué contribuir?

* Tu donación contribuirá a mejorar la problemática ambiental y sanitaria de las comunidades locales, a través de mejores trabajos de incidencia.

* Es un proyecto completamente confiable y chequeado previamente por GG.

* Podrás enviar y recibir mensajes y actualizaciones periódicas.

* En caso de estar insatisfecho con tu donación, podrás redirigirla a otro proyecto de tu elección.

¿Cuál podrá ser el destino de tu donación?

Aportando…

* 150 pesos (10 usd) podés ayudar a proveer información a las familias afectadas sobre sus derechos a la salud y a medio ambiente sano.

* 375 pesos (25 usd) podés contribuir a que un miembro del equipo de FUNDEPS pueda viajar a la comunidad afectada para reunirse con personas afectadas por las exposiciones.

* 550 pesos (50 usd) podés aportar a la realización de un taller comunitario para empoderar a la comunidad para luchar por su derecho a un ambiente sano.

* 1500 pesos (100 usd) podés apoyar a la investigación académica sobre el impacto en la salud de la exposición a los agroquímicos en Falda del Carmen.

* 3000 pesos (200 usd) podés apoyar a la investigación y desarrollo de legislación local de protección.

* 3750 pesos (250 usd) podés proporcionar a una familia asistencia técnica cuando presente una denuncia ante las autoridades.

* 4500 pesos (300 usd) podés ayudar a la realización de una campaña en medios de comunicación para contar las historias de las personas afectadas y demandar leyes más estrictas.

¿Cómo realizar la donación?

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También puede apretarse el botón “Donate now” para realizar las donaciones.

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También debe completarse el nombre y el mail de la persona que realiza la donación.

(Imagen ilustrativa)

Otra opción de pago es Pay Pal. Al seleccionar esta forma de pago, se rediccionará automáticamente a la página de este servicio de pago.

Aclaración: En el monto seleccionado, se agrega un 15%, que es utilizado por Global Giving para potenciar el impacto de las donaciones a través de fortalecimiento de las organizaciones y capacitaciones para las mismas. Está la opción de no pagarlo, reducir ese porcentaje o aumentarlo. Se hace desplegando la flecha en las letras en naranja en la izquierda de la pantalla.

¿Es seguro donar a través de internet?

Sí, Global Giving se especializa en recibir donaciones pequeñas para proyectos de ONGs de todo el mundo. Es por esto, que es una plataforma confiable para realizar las donaciones, ya que utiliza páginas seguras y tiene una amplia trayectoria en esta temática.

Contacto

Carolina Tamagnini, carotamagnini@fundeps.org

El proyecto «Centro Ambiental Carlos Paz» presenta graves irregularidades y viola normativas ambientales y de participación. Afectaría al Lago San Roque y no sería una solución regional definitiva a la problemática histórica referida a la gestión integral de los residuos sólidos urbanos.

En la provincia de Córdoba nuestros funcionarios continúan sin dar una respuesta adecuada y comprometida al problema de la gestión de los residuos sólidos urbanos. Como en la elaboración de muchas otras políticas públicas se hace oídos sordos a las recomendaciones de la ciencia, de la técnica y a las necesidades de la ciudadanía.

La gestión de los residuos sólidos urbanos se considera uno de los principales problemas ambientales de nuestra sociedad. Y como consecuencia de esto Argentina cuenta con un Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU)-AR-L1151 financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

El Programa financia obras para la gestión integral de residuos sólidos urbanos (RSU) y la recuperación de áreas degradadas debido a la mala disposición de dichos residuos. El costo total del programa es de 150 millones de dólares dentro del mismo se encuentra el Centro Ambiental Villa Carlos Paz, cuyo nombre ya es tendencioso ya que más preciso sería hablar de un relleno sanitario. Un relleno sanitario es un lugar destinado a la disposición final de basura, en el que se toman múltiples medidas para reducir los impactos al ambiente. En resumen, busca reducir y aislar los residuos y desarrolla mecanismos para tratar los líquidos y gases producidos por efecto de la descomposición de la materia orgánica.

El cuestionado Centro Ambiental Villa Carlos Paz pretende ser un relleno sanitario en donde ahora se encuentra un basural a cielo abierto. El grupo vecinal autoconvocado, se opone a la construcción del relleno sanitario en el lugar seleccionado y aprobado por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Córdoba. Desde principios de este año estamos trabajando conjuntamente con vecinos y vecinas de la zona. Los motivos por los cuales exigimos la relocalización de este proyecto de más de 200 millones de pesos son variados. No se han seguido los lineamientos de la ciencia y de la técnica para la elaboración y construcción de este tipo de obras y se están violando normativas ambientales y de participación ciudadana.

En primer lugar, el estudio de impacto ambiental (EIA) presenta inconsistencias.

* Probable desactualización de la línea de base de los estudios: Existe una alta probabilidad de un desfasaje de la descripción de las líneas de base de la calidad de agua, suelo, aire en función del comportamiento de variables naturales y ambientales y de los impactos evaluados. No se conoce la fecha exacta de su elaboración, pero el EIA fue presentado por TecnoMak S.A. el 30 de marzo de 2015, tuvo un dictamen de la Comisión Técnica Interdisciplinaria el 29 de febrero de 2016 y fue sometida a audiencia pública el 6 de abril del mismo año. En este contexto, tanto para la instancia de participación ciudadana como para la ejecución de la obra, el estudio se hizo en un contexto que no es el actual.

* Falta de claridad sobre los fundamentos para la selección de la locación de la obra: es objetable la justificación de la elección del predio para realizar las obras. Para llevar adelante el proyecto la firma TecnoMak S.A. consideró tres posibles predios, sin embargo se desconocen los fundamentos mediante los cuales se optó por su localización en el inmueble del actual basural a cielo abierto. Tampoco son públicos los motivos por los que se descartaron las otras dos alternativas.

* Posibles impactos al lago y a una reserva: Agrava la situación el hecho de que se pretende construir a metros del lago San Roque en terrenos que pueden presentar mayor propensión de filtración o percolado hacia las napas de agua y colindante a un área natural protegida (la Reserva Natural Militar La Calera).

* Utilización de datos censales desactualizados: el EIA utiliza los datos del censo nacional de población del 2008, siendo que existe uno realizado en el año 2010, que demuestra cambios considerables en la cantidad de habitantes de la zona.

En segundo lugar no son claras las resoluciones de la administración que establecen la vida útil del proyecto. El primer dictamen de la Comisión Técnica Interdisciplinaria de la Secretaría de Ambiente -CTI- (del 29 de febrero de 2016) sugiere que “el proyecto de módulo para la disposición final de RSU será como máximo para un uso de seis años”. Además recomienda que la utilización del módulo para la disposición final de RSU recepte sólo los residuos de la localidad de Villa Carlos Paz. Luego de la audiencia pública realizada (6 de abril de 2016), y sin estudios de prefactibilidad públicos, a través de un segundo dictamen de la CTI se decidió ampliar la vida útil del proyecto a veinte años, como así también el número de comunas alcanzadas a las localidades de Villa Río Icho Cruz, Mayu Sumaj, Cuesta Blanca, Tala Huasi, Cabalango y Malagueño.En resumen, se desconocen los motivos por los cuáles se tomó esta decisión, el plano con las coordenadas exactas en dónde se va a construir el relleno sanitario y la cantidad total de módulos proyectados.

En tercer lugar se afectó el derecho a la participación de los ciudadanos y ciudadanas que viven dentro del área de influencia del proyecto. El art. 67 de la ley 10.208 establece que el proceso de audiencia pública se deberá realizar en la zona de influencia del proyecto y de participación abierta. En este caso, la audiencia pública se convocó únicamente en Villa Carlos Paz (Departamento de Punilla), siendo que una de las zonas más afectadas por la proximidad del predio es el municipio de Malagueño, perteneciente al Departamento de Santa María. Además no se previó la posibilidad de convocar a consulta popular atento la posible categorización del proyecto como de alta complejidad ambiental (art. 68 ley 10.208).

Este alarmante proyecto cuenta con licencia ambiental aprobada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia, siendo que el EIA no ha sido elaborado en estricto cumplimiento del marco normativo vigente. El conflicto socio-ambiental es inminente y las obras pueden comenzar en cualquier momento.

El desmesurado crecimiento en el volumen de los residuos en la sociedad actual está poniendo en peligro la capacidad de la naturaleza para mantener nuestras necesidades y las de futuras generaciones. La población y el consumo crece, y como consecuencia, también la cantidad de basura que generamos. El problema es que el espacio no crece y que no le estamos dando el tratamiento adecuado.

Hemos presentado pedidos de información a la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba, a la Municipalidad de Malagueño y a la Municipalidad de Villa Carlos Paz. Además, el 8 de mayo acercamos una nota a los funcionarios del BID en Argentina encargados de hacer un seguimiento al programa haciendo saber estas preocupaciones.

Exigimos transparencia, responsabilidad y coherencia en los actos de gobierno. Necesitamos soluciones integrales y a largo plazo para la gestión integral de residuos sólidos urbanos. Nuestros funcionarios están obligados a cumplir las normas vigentes y a asegurar que se respeten los derechos humanos y el ambiente. No es posible tomar decisiones democráticamente a cualquier costo y sin que importen las condiciones.

Más información

Contacto

Male Martinez, malemartinez@fundeps.org

María Victoria Gerbaldo, victoriagerbaldo@fundeps.org

En el mes de abril se reunió por primera vez el Foro de los Países de América Latina y el Caribe para el Desarrollo Sostenible en la Ciudad de México. En el mismo se presentaron los avances del proceso de negociación del Acuerdo Regional por el Principio 10.

FUNDEPS junto a varias organizaciones de la sociedad civil firmamos una declaración que apoya la alianza fundamental entre los objetivos de desarrollo sostenible y el principio 10, ya que entendemos que:

“No habrá desarrollo sostenible sin la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) ni sin los derechos de acceso a la información, acceso a la justicia y a la participación sobre los asuntos ambientales, conocidos como los derechos de acceso”.

En el marco de la primera reunión del Foro de los Países de América Latina y el Caribe para el Desarrollo Sostenible, se reivindicó el hecho de que no puede existir un verdadero desarrollo sostenible si no existe un real acceso a la información y a la justicia, así como una autentica participación de la ciudadanía. En este sentido, la Viceministra de Medio Ambiente de Costa Rica, Patricia Madrigal destacó que «el Principio 10 redefine el concepto tradicional de desarrollo por su carácter inclusivo, transparente y participativo».

De allí la importancia de este Foro, que presenta la oportunidad ideal para que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la cual plantea 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, y el convenio Regional por el Principio 10 se implementen y puedan ser abordados de manera integral a los fines de fortalecerse mutuamente.

FUNDEPS como organización que promueve la construcción de políticas públicas sustentables participa de manera activa en el proceso de negociaciones Convenio Regional sobre el Principio 10, así como apoya públicamente los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, reconociendo la importancia de los derechos de acceso en la implementación de verdaderas políticas de desarrollo sostenible.

Mas información:

Declaración que apoya el P10 y los ODS-Firmantes

Primera Reunión Foro de los Países de América Latina y el Caribe para el Desarrollo Sostenible

Autora:

María Perez Alsina

Contacto:

Male Martínez Espeche – malemartinez@fundeps.org