Tras varios meses de espera, el gobierno de la provincia de Salta presentó un anteproyecto de ley de Estado Abierto, meta comprometida por la provincia en el 2017 para el III Plan de la Alianza para el Gobierno Abierto. Organizaciones de todo el país sumaron aportes al texto del proyecto.

Luego de más de un año de demora en el cumplimiento de un compromiso que asumió la provincia de Salta en materia de transparencia, finalmente las organizaciones lograron destrabar la discusión y acceder al anteproyecto de Ley de Estado Abierto. Se trata de un compromiso que Urtubey asumió en el marco del Tercer Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto, un plan de trabajo firmado en 2017 junto a áreas del Poder Ejecutivo Nacional, el Congreso, el Consejo de la Magistratura y otras 10 provincias que sumaron compromisos subnacionales.

«Salta no cuenta aún con una ley que garantice el acceso a la información pública y la transparencia. Si el gobierno cumple con su compromiso, y se sanciona la Ley de Estado Abierto, habremos dado un paso significativo en materia de calidad institucional y democrática», afirma Gonzalo Guzmán Coraita, Director de Salta Transparente.

El proyecto de ley persigue el objetivo de regular el acceso a la información y la transparencia en la provincia, una de las pocas que no cuenta con esta normativa. Desde la Sociedad Civil el planteo es claro: es necesario que sea ley, y para ello el proyecto debe llegar finalmente a la Legislatura y que el debate sea abierto y de cara a la ciudadanía para continuar participando del proceso de formación de la ley, y garantizar que sea completa e integral, como se propone.

Es fundamental que la normativa alcance como sujetos obligados a todos los poderes del Estado provincial, que ponga a disposición no sólo información administrativa sino también la relativa al trabajo particular de cada área y que queden claras las funciones y autonomía del órgano garante, cómo se constituirá y se elegirán sus miembros.

Salta Transparente, organización local que encabeza el trabajo de la sociedad civil en temas de transparencia, acceso a la información y ética pública viene trabajando junto a la Fundación Directorio Legislativo y organizaciones provinciales, en el monitoreo de compromisos asumidos por los gobiernos en materia de transparencia y rendición de cuentas. Se trabajó en recomendaciones y aportes junto a organizaciones de distintos puntos del país como Directorio Legislativo, Poder Ciudadano, Fundación Nuestra Mendoza, Fundación Conocimiento Abierto, Fundeps, CLADH, Escuela de Fiscales, FEIM, Fundación Transparencia Ciudadana, entre otras.

El pasado 21 de mayo, el gobernador Urtubey envió a la legislatura el proyecto, con algunos de los cambios presentados por la sociedad civil al proyecto original. Aún no hemos recibido respuesta y justificación sobre la incorporación de los comentarios elevados. La aprobación de esta norma significa un gran avance a nivel provincial en materia de acceso a la información, transparencia y gobierno abierto. Se sentaría un precedente para el avance del resto del país en legislaciones más robustas sobre acceso a la información.

Más información:

Contacto:

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

La corrupción es un fenómeno complejo, multifacético, social, político y económico, que afecta a todos los países, con consecuencias graves. De acuerdo con el Banco Mundial “…la corrupción es comúnmente definida como el abuso de un cargo público o privado para beneficio propio…”

El pasado jueves 11 de abril el gobierno hizo oficial, a través de un decreto, el lanzamiento de un nuevo plan anticorrupción que regirá en el periodo 2019-2023.  Esta medida fue impulsada por la Oficina Anticorrupción, encabezada por Laura Alonso, y por la Secretaría de Fortalecimiento Institucional, que se encuentra bajo el comando de Fernando Sánchez. El plan se basa principalmente en cuatro convenciones internacionales que han sido ratificadas por nuestro país:

  1. Convención Interamericana Contra la Corrupción de la Organización de los Estados Americanos (CICC).
  2. Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC).
  3. Convención de Naciones Unidas Contra La Delincuencia Organizada Transnacional.
  4. Convención sobre la Lucha contra el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Además, se han tenido en cuenta las evaluaciones que los mecanismos de seguimiento han realizado para argentina.

Se trata de un paquete de 250 iniciativas que van ser aplicadas durante los próximos 5 años, en concordancia con una variedad objetivos prioritarios y lineamientos estratégicos. Cada una de ellas tiene un determinado plazo de ejecución, cuyo cumplimiento estará a cargo del organismo responsable que se le haya asignado. La normativa alcanzará a 48 organismos estatales comprometidos, 22 centralizados y 26 descentralizados.

Según Laura Alonso, en una entrevista para el diario La Prensa, el nuevo plan parte de “tres ejes fundamentales: promoción de la integridad y la transparencia; el control y la sanción de la corrupción en el ámbito administrativo; y en comprometer a todos los Ministerios y a las agencias descentralizadas del Poder Ejecutivo nacional, a que propusieran políticas específicas sectoriales.”

Dentro de los objetivos prioritarios previamente mencionados podemos encontrar: Fortalecimiento institucional, Modernización del Estado e Inserción inteligente al mundo, que a su vez se relacionan con los lineamientos estratégicos mencionados por la titular de la Oficina Anticorrupción. De igual forma, como base, el plan toma el paradigma de gobierno abierto y transparencia.

Dentro de las reformas y acciones propuestas se establece el trabajo en:

  • Sistemas de contratación pública: se prevé transparentar todo lo relativo a la contratación pública, establecimiento de sistemas informáticos y el desarrollo de mesas participativas para la gobernanza de la obra pública. Asimismo, se busca implementar programas de integridad y sistemas de contrataciones abiertas.
  • Transparencia activa focalizada: remite a la publicación proactiva de información clave en temas de corrupción: presupuesto, compras y contrataciones, dotación de personal, beneficiarios de subsidios y transferencias, publicidad oficial, financiamiento a partidos políticos, entre otros. De igual manera se capacitará a los funcionarios implicados en temas de acceso a la información pública y se publicará un índice de transparencia activa.

Esta serie de reformas son un punto de partida clave para la consolidación de un Estado eficiente, con un alto grado de transparencia y adaptable a las nuevas exigencias de la sociedad contemporánea. Es además importante que la sociedad civil esté atenta al cumplimiento e implementación de las medidas descritas en el plan. Es importante que un Estado acompañe las medidas de sanción y castigo a la corrupción, con sistemas de fortalecimiento y transparencia institucional que prevengan los delitos de este estilo. Por esto último, celebramos el plan, y esperamos que tenga continuidad luego de las elecciones 2019. En adición, se espera que existan reportes periódicos que muestren el avance de las acciones en marcha para cumplimentar lo propuesto.

Más información:

Contacto:

Agustina Palencia –  agustinapalencia@fundeps.org

Durante el 21 de mayo se llevó adelante la tercera reunión del Consejo Federal para la Transparencia en la ciudad de Salta. Por primera vez, se abrió un espacio para la participación de las organizaciones de la sociedad civil.

Pasó la tercera reunión del Consejo Federal para la Transparencia en la ciudad de Salta. El 21 de mayo, representantes de los gobiernos provinciales concurrieron a la primera sesión de 2019 del órgano creado por la ley nacional de acceso a la información pública.

En 2018, en Buenos Aires, se realizaron los dos primeros encuentros y se dejó pautado que para este año las provincias anfitrionas deberían ir cambiando. Para la segunda mitad del año se espera que Tierra del Fuego aloje a los/as funcionarios/as.

¿Qué es el Consejo Federal para la Transparencia? El artículo 29 de la ley 27275 de acceso a la información pública establece que se trata de un organismo interjurisdiccional de carácter permanente, que tendrá por objeto la cooperación técnica y la concertación de políticas en materia de transparencia y acceso a la información pública. Luego de la entrada en vigencia de la ley a finales de 2017, en el año 2018 comenzó a funcionar el Consejo.

Tal y como explicita el texto de la norma, se trata de un organismo en el que participan representantes de todas las provincias, para concertar políticas de transparencia y acceso a la información. Se reúnen dos veces al año, y por primera vez, se abrió el espacio para que participen organizaciones de la sociedad civil. La apertura de esta instancia fue gracias a la presentación de una carta, realizada por la Red de Organizaciones Contra la Corrupción (de la cual Fundeps es miembro fundador) a finales de 2018.

Durante esta tercera sesión, Fundeps, Poder Ciudadano y Salta Transparente, estuvimos presentes en representación de la ROCC para plantear nuestras preocupaciones y perspectivas sobre la situación del derecho de acceso a la información a nivel provincial. Propusimos específicamente la creación de un plan nacional de acción para la estandarización de los principios de transparencia en todo el territorio nacional. A este respecto, se planteó la posibilidad de tomar como punto de partida, la ley nacional de AIP. De igual manera, mencionamos la necesidad de que el Consejo funcione como espacio que abrace la causa de la ética pública, y sea capaz de establecer directrices específicas sobre este tema y el acceso a la información (sobre todo, en lo que a declaraciones juradas refiere).

La sesión en Salta tuvo por objeto también revisar el mandato y estatuto del Consejo. De acuerdo a lo expuesto por Eduardo Bertoni (presidente del Consejo y titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública), la revisión incluiría la incorporación de un espacio para las OSC de manera permanente en las reuniones. También, aseguró que la estandarización de los principios de transparencia en todo el país es la razón de ser de este organismo.

La reunión contó además con la presencia del Banco Mundial, institución que ha tenido a cargo el relevamiento de datos acerca del estado de situación de la normativa sobre acceso a la información pública en las provincias. Se presentaron los avances y resultados, y estarán disponibles en los próximos días. Este estudio fue sólo de análisis legislativo, sin ahondar en las cuestiones de implementación de las leyes en cada provincia. En términos generales, lo arrojado por la evaluación da cuenta de un panorama muy dispar en lo que acceso a la información se refiere. Mientras que hay provincias con normas de avanzada en esta materia, otras (entre las que se pudiera incluir a Córdoba), tienen leyes que datan de muchos años y que restringen más que lo garantizan el derecho a disponer de los datos e información en manos del Estado.

Como integrantes de la sociedad civil, aplaudimos la iniciativa y agradecemos el espacio otorgado. Esperamos que para las próximas reuniones, asistan una mayor cantidad de representantes de las provincias. Lamentablemente, este encuentro contó sólo con la presencia de 7 provincias y particularmnte, Córdoba no estuvo presente. Es fundamental que, para lograr una verdadera sinergia entre el Estado y la ciudadanía, cada representante provincial se haga presente en este espacio. De otra manera, no se puede avanzar en la garantía del derecho de acceso a la información de forma integral y completa en la Argentina.

Más información:

Ley de Acceso a la Información Pública

Sitio web de la Agencia de Acceso a la Información Pública

Minutas de las reuniones del Consejo Federal para la Transparencia

Contacto:

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

Durante la semana del 6 al 10 de mayo se llevó a cabo la Conferencia Regional Anticorrupción para América de Sur y México, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia. Representantes de la sociedad civil, gobierno y sector privado, se reunieron para debatir sobre la implementación de la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción.

La jornada constó de 4 días de trabajo en los que 20 organizaciones de la sociedad civil, representantes de 10 gobiernos y algunas personas pertenecientes al sector privado, trabajaron en recomendaciones para el avance en la implementación de la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción. Los ejes del debate fueron: sistemas de integridad, responsabilidad legal corporativa, protección de reportantes y cooperación judicial internacional.

Las organizaciones de la sociedad civil, trabajamos en una serie de recomendaciones por cada uno de los temas que fueron propuestos. En términos generales, se planteó la necesidad de abordar de manera transversal: (i) el acceso a la información pública; (ii) modelos de gestión de la información abiertos e interconectados de beneficiarios reales, declaraciones juradas de interés, declaraciones juradas de bienes, etc; (iii) la independencia e integridad del poder judicial y los organismos de control; y (iv) la creación de indicadores y categorías para medir el avance en la implementación de la Convención.

Particularmente, sobre cada eje las OSC recomendamos lo siguiente:

  • Sistemas de integridad: en general se identificó la necesidad de contar con normativa y sistemas más robustos que permitan mayor transparencia de las declaraciones juradas. En necesario contar con plataformas unificadas orientadas a mejorar la accesibilidad de esta información (disponibilidad en formatos abiertos, por ejemplo). Además, los Estados deben avanzar en la creación de marcos legales que contemplen regulen posibles conflictos de interés mediante el impedimento del paso de personas del sector privado al público y viceversa (puertas giratorias).
  • Responsabilidad legal de las personas jurídicas: se destacó la urgencia para que las empresas adopten programas o planes de integridad, de manera obligatoria. Especialmente para aquellas que contratan con el Estado. Asimismo, es de vital importancia ponderar el tamaño de las empresas y el nivel de riesgo de exposición a delitos de corrupción. Sobre esto, deben existir regímenes especiales para pymes y organizaciones de la sociedad civil.  
  • Protección de denunciantes: se marcó que resulta indispensable desarrollar políticas públicas, marcos legales y mecanismos independientes que implementen y otorguen protección activa y efectiva a los/as denunciantes, testigos y reportantes. Esto, para evitar que la posibilidad que sean víctimas de represalias.
  • Cooperación judicial internacional: la sociedad civil recomendó la existencia de mecanismos que, respetando la confidencialidad de los procesos, permitan involucrar a la ciudadanía y a organizaciones de la sociedad civil para ayudar a implementar casos de reparación, proveer evidencia y ejercer un adecuado control social de los procesos de cooperación judicial internacional en casos de corrupción.

Luego de 4 días de conferencia, los Estados por su parte, trabajaron en un documento específico de recomendaciones que se comprometieron a cumplimentar. Será trabajo de la sociedad civil monitorear dichos compromisos y velar por su efectiva aplicación en pos de avanzar con la implementación de la convención.

Más información:

Recomendaciones de la sociedad civil.

Contacto:

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

Tras catorce años de acefalía, a finales del mes de abril, terminó el proceso de designación de la autoridad máxima de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes. La Comisión Bicameral Permanente “Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes” de la Cámara de Diputados acordó en nombrar a Marisa Graham como titular del organismo, saldando así, una deuda histórica con la infancia. Además, la comisión nominó a Facundo Hernández y a Fabián Marcelo Repetto para ocupar los cargos como adjuntos. Estas propuestas aún deben ser ratificadas por ambas Cámaras de este Congreso.

La Ley de Protección Integral de los Derechos del Niño, sancionada en 2005, contemplaba la designación de un/a defensor/a del niño/a con potestades específicas, entre las que se cuentan iniciar acciones colectivas en defensa de este grupo históricamente vulnerado y supervisar a las instituciones públicas que los albergan. Durante los años en los que el puesto estuvo vacante, las organizaciones reclamamos ante organismos internacionales de Derechos Humanos por la designación de un/a titular.  

Luego de más de una década, en 2019 se llegó a una decisión que decantó luego de un proceso transparente de evaluación minuciosa de las capacidades de los/as candidatos/as. Dicho proceso tuvo falencias en el camino y fue demorado más de lo debía. Es por ello que es urgente que la selección de la abogada Graham quede definitiva, para que el organismo comience a funcionar de manera inmediata como ha sido estipulado por ley.

Contar con una titular de la Defensoría es indispensable para poder garantizar el cumplimiento de manera completa de los derechos del niño/a. Dejar firme el acuerdo al que llegó la comisión bicameral es fundamental para evitar seguir profundizando las vulneraciones de derechos a los que niños, niñas y adolescentes se enfrentan cada día en nuestro país.

Nuevamente, es importante destacar que el resultado del proceso, casi de manera inédita en Argentina, tuvo sustento en los principios de transparencia e idoneidad. La selección de Marisa Graham y de los Defensores Adjuntos respetó los reclamos de la sociedad civil y ahora, es necesario que su cargo quede fijo.

Por eso, junto a las organizaciones Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino por los Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES), Nuestra Mendoza y Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) presentamos una nota al Congreso de la Nación requiriendo el tratamiento y ratificación de las autoridades elegidas de la Defensoría en la próxima sesión de cada Cámara, de manera que se de cumplimiento efectivo e inmediato a la Ley de Protección Integral de la Niñez.

Ver nota completa aquí

Contacto

Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

 

El pasado 17 de abril, el Tribunal Superior de Justicia se pronunció a favor de un recurso de casación interpuesto por Fundeps y la Fundación Ciudadanos 365 a través del cual  cuestionaron el fallo de la Cámara por rechazar los amparos por mora en el acceso a la información y por contener una concepción limitada de la información pública.

El caso

En el año 2010, la Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación de la Ciudad de Córdoba desestimó nueve amparos interpuestos por las organizaciones con motivo del incumplimiento del deber de suministrar información pública por parte de diversas reparticiones del Poder Ejecutivo provincial.  

En dicha ocasión, las fundaciones habían presentado varios pedidos de información pública al Poder Ejecutivo de la provincia y de los municipios de Córdoba y Carlos Paz sobre finanzas y compras públicas (contrataciones, licitaciones y fondos de cajas chicas de los Ministerios provinciales). Ninguno de los pedidos fue respondido con la información solicitada ni se cumplieron los plazos legales, por lo que se realizaron amparos judiciales por mora de la Administración en los términos del art. 8 la Ley Provincial 8803 de Derecho al Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado.

Dichos amparos fueron rechazados por la Cámara, con fundamentos que no surgen del texto ni del espíritu de la Ley 8803, y que incluso incurren en la causal de sentencia contradictoria con decisiones anteriores de la misma Cámara. Estos fundamentos restringían el Derecho de Acceso a la Información Pública reconocido ampliamente por la Constitución Provincial, Nacional y por el  Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

Por un lado, el fallo contenía una interpretación totalmente restrictiva del concepto de “información pública”, limitándolo a aquella información vinculada a un acto administrativo concreto que ya haya sido dictado. Además, establecía que los ciudadanos sólo podían realizar  un control sobre el manejo de los fondos públicos a través de la Legislatura y el Tribunal de Cuentas, cercenando así el espacio de participación activa de la ciudadanía a través de una concepción restringida de la democracia. Por otro lado, omitía realizar un análisis del contenido de la información suministrada por el Estado, para verificar si la misma es “veraz, completa, adecuada y oportuna” con respecto a la información solicitada. Finalmente, imponía los costos del proceso al solicitante de información, tornando oneroso el recurso judicial utilizado para acceder a información pública.

Para impugnar esta sentencia, Fundeps y Fundación Ciudadanos 365 interpusieron un recurso de casación.

La sentencia del TSJ

Para empezar, el Tribunal Superior reconoce legitimidad activa a las organizaciones amparistas, adoptando una noción amplia del derecho a la información contemplado en la legislación local (Ley 8803) y en consonancia con lo establecido en los tratados internacionales sobre derechos humanos con jerarquía constitucional (cfr. arts. 19, Declaración Universal de Derechos Humanos; 13.1, Convención Americana sobre Derechos Humanos; 19.1, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, III, Convención Interamericana contra la Corrupción  y 13.1, Convención sobre los Derechos del Niño). En definitiva, afirma que “el derecho humano de acceso a la información pública ha de analizarse desde una óptica amplia y holística.” y queeste derecho corresponde a toda persona sin que deba acreditarse algún interés o situación jurídica especial, receptándose una legitimación amplia que comprende tanto la actuación en sede administrativa como en sede judicial”. (Considerando N° 14)

Por otro lado, la sentencia establece que no es necesaria la individualización de un acto administrativo vinculado con la información que se solicita, ya que no surge como requisito ni de la letra ni del espíritu de la Ley 8803. Según la Corte Interamericana¹, un presupuesto básico de una sociedad democrática es que toda la información en poder del Estado se presume pública, accesible y sujeta a un régimen limitado de excepciones. (Considerando N° 15)

Respecto a la existencia de límites legales para acceder a la información, el Tribunal entiende que “las causales que puede evocar la Administración para negarse a proveer información son verdaderamente excepcionalísimas y taxativas, de modo que sólo pueden admitirse las expresamente previstas por el Legislador”. Por lo tanto, si no existe un supuesto de excepción explícitamente estipulado en la legislación, “rige en forma operativa el principio según el cual toda la información en poder del Estado se presume pública, a fin de garantizar el acceso a los datos, el control ciudadano y la participación democrática.” (Considerando N° 16)

Seguidamente, la sentencia establece que la falta de precisiones de la presentación formulada al momento de pedir la información no justifica la denegatoria de la administración de no proveer la información de la que dispone. Incluso cuando parte de esa información requerida encuentre limitaciones tendientes a evitar que se brinde información sensible sobre personas privadas y públicas en poder del Estado, es decir, limitaciones establecidas para proteger la confidencialidad de los datos resguardados e impedir que se agravie a terceros mediante el acceso indiscriminado a las bases específicas. Aún en esos casos, la Administración debe informar sobre todos los puntos que no están vedados, es decir, debe brindar la información requerida en forma parcial (Considerando N° 17).

Lamentamos que este proceso se haya extendido durante 9 años y que sólo ahora se garantice el acceso a información pública que solicitamos hace casi una década. Esta situación llama la atención sobre los estándares y la manera en que se implementa la Ley 8803 de Derecho al acceso al conocimiento a los actos del Estado. El TSJ utiliza estándares tanto de la Ley Nacional de Acceso a la Información Pública como de recomendaciones de comités de derechos humanos lo cual favorece el acceso a la información. Sin embargo, existen importantes aspectos de la ley provincial que podrían fortalecerse así como prácticas de la administración pública que deberían facilitar el acceso al a información pública.

Celebramos que se nos haya garantizado el derecho a acceder a información pública y el reconocimiento por parte del Tribunal de que el Estado tiene una obligación positiva de dar la información que obra en su poder a sus ciudadanos. Entendemos que solo a través del acceso a la información pública es que se puede ejercer un verdadero control ciudadano de la administración pública y en clave de transparencia.

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

 

 


¹ Corte I.D.H. «Claude Reyes y otros v. Chile», Sentencia del 19/09/2006, parr. 92 y «Caso Gomes Lund y otros (Corte I.D.H., Caso «Guerrilha Do Araguaia») vs. Brasil, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C Nro. 219″, Sent. del 24 de noviembre de 2010, párr. 199; entre otros.

 

La publicidad oficial es un mecanismo muy valioso de comunicación entre los gobiernos y la ciudadanía que tiene como objetivo el acceso a información pública y la rendición de cuentas. Ahora bien, el uso de la publicidad oficial para campañas personales ya es una tradición en Argentina, que no reconoce diferencias entre partidos políticos ni años electorales. Tanto a nivel nacional, como provincial y municipal, la publicidad oficial es un instrumento utilizado con fines propagandísticos.

Usar recursos públicos para promocionar la imagen de los funcionarios es categóricamente inaceptable. Se entiende, en primera instancia que este tipo de prácticas implican el financiamiento de empresas personales con el ‘dinero de la ciudadanía’. En segunda instancia, significa el abuso de poder por parte de aquellos a quienes el pueblo ha confiado su representación. En una tercera instancia, situaciones de estas características vuelven difusos los límites entre el Estado y el partido político gobernante; lo que en definitiva se opone a los valores democráticos y republicanos.

De acuerdo con ADC (Asociación por los Derechos Civiles), la corrupción en el uso de la pauta oficial puede reflejarse en diferentes situaciones, una de ellas, en el ejercicio de propaganda partidaria. En este sentido, la publicidad oficial debería ser entendida como un canal de comunicación entre el Estado y la población respecto de información de interés público. América Latina presenta como elemento común, sin embargo, la utilización propagandística de la pauta oficial, como herramienta de promoción de funcionarios o candidatos oficiales.  Se trata de una práctica que, en la mayoría de los casos, atraviesa los distintos niveles de gobierno.

En Argentina, la ley 25.188 de Ética en la Función Pública, regula, en su artículo 42 este tipo de prácticas: la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos”.

En el país, son pocas las provincias que cuentan con normas que regulen la publicidad oficial. Entre ellas se encuentran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chaco, Río Negro y Santa Fe. Por ende, la ley de de ética pública es el único marco legal con el que se cuenta en muchos casos. En Córdoba, al no existir una normativa de estas características, se convierte al escenario político cordobés en una suerte de terreno liberado para la existencia y utilización de la publicidad oficial con fines que rebasan la mera información y rendición de cuentas hacia el ciudadano. Hacia dentro de la provincia, numerosos municipios han sido testigos de la práctica proselitista de utilización de la pauta oficial, con la finalidad de promocionar gestiones gubernamentales en ejercicio del poder. No obstante, algunas localidades, han logrado sancionar ordenanzas que buscan transparentar las políticas para del dinero estatal en publicidad oficial.

Qué sucede en Córdoba:

Cómo ya se ha mencionado, en Córdoba no existe normativa que regule el uso de la publicidad oficial y que por ende sancione la propaganda política que pudiera hacerse a partir de ella.  Algunos municipios sin embargo, han reconocido la necesidad de contar con ordenanzas que limiten este tipo de prácticas.

Villa de Soto, Villa General Belgrano y Río Tercero han sido algunas de las localidades cordobesas que han avanzado con este tipo de normativa.  Todas sus ordenanzas reconocen una situación normalizada de utilización de los espacios públicos para la propaganda personal.  Por tal motivo, los textos de estas normas establecen que la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas deberán tener carácter educativo, informativo, de orientación social o rendición de cuentas. No pudiendo constar en ella nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos, ni símbolos partidarios, salvo cuando razones de carácter institucional impongan otra modalidad.

Gran parte de las normas mencionadas en el párrafo anterior, han tenido su germen en el descontento de los vecinos de dichas localidades, quienes se han visto bombardeados de publicidad partidaria en espacios que no debieran estar cooptados por ella. También, vecinos de la localidad de Bialet Massé han denunciado en varias oportunidades la utilización indebida de la pauta oficial (ya que se ha incluido indiscriminadamente el nombre del intendente de la localidad), e incluso han intentado promover una ordenanza de características similares a las ya mencionadas. Sus iniciativas, empero, no tuvieron frutos positivos. Lo mismo sucedió en las localidades de Cosquín y Pilar.  

Particularmente, la ordenanza presentada en Cosquín, es de las más completas ya que no solamente busca limitar el uso de la publicidad oficial, sino que establece los principios que la publicidad debe respetar (transparencia, pluralidad de medios, razonabilidad en el gasto, igualdad, accesibilidad, sustentabilidad ambiental, entre otros). De igual forma, el proyecto de ordenanza detalla exhaustivamente los objetivos que la publicidad oficial debe tener. Los motivos para vetar esa ordenanza no fueron claros.

Es importante mencionar que a diferencia que la provincia, la ciudad de Córdoba cuenta con una ordenanza de estas características, se trata de la ordenanza de ética pública, que al igual que las demás normas mencionadas, previene la aparición de figuras públicas en propagandas de gestión y/o anuncios de gobierno.

Para qué es importante la regulación de la publicidad oficial:

En Argentina pareciese que la máquina publicitaria con fines electorales está en funcionamiento constantemente, limitando las posibilidades de competencia de la posibles y/o futuras opciones electorales. A nivel nacional, la Ley 26.5713 estipula que los partidos políticos no pueden contratar espacios audiovisuales para hacer campaña y sólo pueden utilizar aquellos espacios provistos por el Estado y asignados mediante sorteo. Situación que los ubica en desventaja, considerando las prácticas desleales puestas en marcha por el oficialismo durante las épocas no eleccionarias. Si bien el argumento para sostener esta norma es válido, ya que apunta a la igualar las condiciones de acceso a los medios, sin regulación de la publicidad oficial, el efecto genera una gran asimetría en la competencia política.

¿Qué papel ocupa la sociedad en este diagrama? La ciudadanía se ve inundada de publicidad con fines electoralistas y con poco contenido informativo. En términos de transparencia, existe una enorme dificultad para obtener respuestas sobre montos, beneficiarios, y criterios de distribución de la pauta. A nivel nacional, la entrega de información varía año a año con una tendencia a la restrictiva en esta materia. En Córdoba ciudad y provincia esto se desconoce, y se agrava cuando se tiene en consideración la falta de legislación sobre esto. En un 2019 electoral, con un proyecto de ley para financiamiento de partidos políticos de cara a ser discutido, es menester poner foco en estas prácticas que quitan legitimidad a las gestiones gubernamentales. Asimismo, es momento de poner sobre la mesa la discusión sobre la necesidad de contar con una ley de ética pública a nivel provincial.

Contacto

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

El pasado 30 de octubre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un comunicado mediante el cual invitaba a las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales interesados de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a enviar información sobre la situación de derechos humanos en la región. Dicha información será utilizada para la elaboración del capítulo IV A del informe anual de la CIDH correspondiente al año 2018 que será presentado ante la Asamblea General de la OEA.

Cada año la Comisión realiza un informe anual sobre la situación de derechos humanos en la región, en donde refleja las tendencias, retos, avances y buenas prácticas que se han dado en materia de derechos humanos en los Estados miembros de la OEA durante el año.

Para el Informe Anual de 2018, la Comisión hará énfasis en los siguientes ejes: Institucionalización democrática, Institucionalidad en derechos humanos, Acceso a la justicia, Seguridad ciudadana y Derecho al Medio Ambiente.

Junto a Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES) presentamos un informe sobre estos ejes en las materias que trabajamos:

Institucionalidad en derechos humanos

  1. Reducción jerárquica de Ministerios Nacionales de Ambiente, Cultura, Salud, Trabajo y Modernización y Comunicación
  2. Presupuesto Nacional 2019
  3. Ley de Educación Sexual Integral en peligro

Acceso a la justicia

  1. Preocupación por anteproyecto de Ley de procesos colectivos
  2. Acceso al derecho al aborto en la Argentina – Retardo de justicia en la causa de Portal de Belén (por protocolo de aborto no punible en la provincia de Córdoba)
  3. Acceso a la justicia de personas mayores

Seguridad ciudadana

  1. Violencia Institucional en Tucumán
  2. Ausencia de mecanismos de prevención de la tortura en Tucumán

Derecho al Medio Ambiente

  1. Afectaciones al derecho a la salud ocasionadas por el uso de agroquímicos
  2. Preocupación ante proyecto de modificación de la ley de semillas
  3. Incumplimiento de la consulta y el consentimiento libre, previo e informado de la ley provincial N° 5.915  en perjuicio del medioambiente y el derecho a la vida y el territorio de comunidades indígenas en Jujuy.
  4. Proyecto Minero Chinchillas y la Laguna de Pozuelos en Jujuy
  5. La comunidad indígena del Solco Yampa y la tala indiscriminada de árboles en la provincia de Tucumán
  6. Asesinato de Javier Chocobar en Tucumán

Los casos que se presentan en este informe dan cuenta de una situación general de retroceso del cumplimiento de los derechos humanos por parte del Estado argentino. Las situaciones de vulnerabilidad expuestas preocupan particularmente por inscribirse en un contexto sociopolítico regional de crisis. En vistas a evitar que el impacto de recortes, el incumplimiento de estándares internacionales y la promoción políticas públicas que no atacan las raíces de la desigualdad estructural impacten de lleno sobre las poblaciones que se ya se encuentran en situación de vulnerabilidad, solicitamos a la CIDH que exprese públicamente la preocupación por el estado de cumplimiento de derechos humanos en el país.

Más información

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Organizaciones miembros de la Red de Organizaciones contra la Corrupción (ROCC) solicitaron al Presidente del Consejo Federal para la Transparencia que se habiliten espacios de participación con Organizaciones de la Sociedad Civil.  

Poder Ciudadano, el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE), el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH), Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS), Fundación Transparencia Ciudadana, Fundación Nuestra Mendoza, la Asociación Civil por la igualdad y la justicia (ACIJ)Acción Ciudadana Areco y Fundación Salta TransparenteOrganizaciones miembro de la Red de Organizaciones contra la Corrupción (ROCC) – presentaron ante el presidente del Consejo Federal por la Transparencia, el Dr. Eduardo Bertoni, una carta solicitando se arbitren los medios para el establecimiento de  espacios de consulta, participación y discusión que involucren a las organizaciones de la sociedad civil.

El Consejo Federal para la Transparencia, creado por la Ley de Acceso a la Información Pública, fue constituido como un espacio de cooperación técnica, compuesto por representantes del Poder Ejecutivo de cada provincia del país y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado para la promoción de políticas públicas en materia de transparencia y acceso a la información pública a lo largo de todo el país.

Sin embargo, las organizaciones miembro de la ROCC señalaron que el Consejo Federal para la Transparencia no cuenta con un espacio de articulación e intercambio de ideas con actores clave, como son las Organizaciones de la Sociedad Civil, que permitan nutrir un espacio en el que se discutan y concreten políticas públicas de suma trascendencia para la sociedad.

La administración pública debe tener siempre en cuenta que para el diseño de cualquier política pública de tal relevancia para la sociedad, es fundamental asegurar la inclusión de las voces de la ciudadanía, que pueden aportar un punto de vista diferente y a veces más consistente con la realidad del día a día. Este tipo de espacios son fundamentales para lograr resolver de forma estratégica y efectiva conflictos relacionados con la transparencia y el acceso a la información pública.

La Red de Organizaciones Contra la Corrupción, está integrada por un grupo de organizaciones de la sociedad civil que queremos un Estado presente, transparente, que rinda cuentas, y con los más altos estándares de integridad. Es por ello que solicitamos al Consejo Federal para la Transparencia que permitan el diálogo y la participación de Organizaciones de la Sociedad Civil, ya que juntos se podrán diseñar políticas públicas y planes de acción mucho más eficaces y con mayor fortaleza.

 

Acceda a la nota aquí

Cada 30 de octubre se celebra el día de la recuperación de la democracia en Argentina; para recordar el momento en que culminó el período de facto que se extendió desde 1976 a 1983. Hoy, a 35 años de las elecciones que otorgaron el cargo de presidente a Raúl Alfonsín, aún es difícil hablar de transparencia y rendición de cuentas en los procesos electorales argentinos.

En el mes de julio de este año, se abrió una investigación judicial preliminar a partir de revelaciones que el periodista Juan Amorín publicó en el sitio El Destape respecto de la campaña legislativa de 2017 de Cambiemos en la provincia de Buenos Aires. Según lo informado, más de 200 beneficiarios de planes sociales figuran como aportantes a esa coalición, al igual que numerosas personas que aparecen como afiliadas al Pro y que denuncian no haberse afiliado nunca a esa agrupación. La causa fue iniciada por el fiscal federal con competencia electoral, Jorge Di Lello y luego fue girada al juzgado con competencia electoral bonaerense que está a cargo del juez Adolfo Ziulu.

Simultáneamente, la Cámara Nacional Electoral como autoridad superior de aplicación de la legislación político-electoral, mediante una auditoría interna objetó la rendición de cuentas de la campaña electoral de Cambiemos para las elecciones del 2017. Además, la auditoría advirtió sobre otras irregularidades como aportes efectuados por empresas o entidades prohibidos por la ley. De esta manera, le entidad aconsejó al juez federal Adolfo Ziulu no aprobar la rendición de cuentas de la campaña de Cambiemos de cara a las elecciones primarias del año pasado.

Asimismo, a raíz de la mencionada publicación se iniciaron otras dos causas. Una de ellas es instruida por el juez Sebastián Casanello y el fiscal Carlos Stornelli, y se investiga el presunto lavado de dinero al desconocerse el origen de los fondos. La otra se inició con la denuncia de la diputada Teresa García (FPV) por la posible comisión de hechos de usurpación de identidad, falsificación de documentos, lavado de activos, y violación de secretos y privacidad. La misma quedó en el juzgado de Ernesto Kreplak.

Como consecuencia, el gobierno de Mauricio Macri apuró el envío al Congreso Nacional de un proyecto de reforma del sistema de financiamiento de los partidos políticos, con el fin -entre otros- de prohibir los aportes de dinero en efectivo en las campañas electorales y habilitar el aporte de personas jurídicas.

El Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPECC), una organización independiente, apartidaria y sin fines de lucro, sostiene que desde la reforma electoral nacional de 2009, Argentina tiene un régimen de financiamiento de los partidos y las campañas electorales nacionales que se basan principalmente en aportes públicos. La norma, hasta el momento, fue aplicada en tres procesos electorales y sirvió de marco para el ejercicio del financiamiento ordinario de los partidos.

CIPECC analiza que el balance de esa experiencia acumulada es desparejo. Por un lado, se garantiza un piso de equidad al permitir el acceso de todos los partidos y candidatos a los medios de comunicación masiva. Por otro, hay fuertes indicios de que la mayor parte del gasto de los partidos y las campañas ocurre informalmente, ya sea en forma de aportes y gastos no declarados o del abuso de recursos públicos con fines partidistas. Esta informalidad tiene efectos perjudiciales para la transparencia e integridad de las instituciones democráticas: interfiere con el derecho de todo elector a hacer un voto informado; facilita la captura o influencia por parte de intereses de grupos particulares y genera el riesgo de que la política partidaria y electoral se financie con dinero proveniente de actividades ilícitas.

La importancia de la rendición de cuentas en las campañas electorales denota la necesidad de contar con un gobierno abierto en este sentido. Un gobierno abierto es un gobierno transparente, es decir, un gobierno que fomenta y promueve la rendición de cuentas ante la ciudadanía y que proporciona información sobre lo que está realizando y sobre sus planes de actuación. También, es un gobierno colaborativo lo que implica un gobierno que compromete a los ciudadanos y otros actores, internos y externos a la administración, en su propio trabajo. Por último, un gobierno participativo, lo cual significa que favorece el derecho de la ciudadanía a participar activamente en la conformación de políticas públicas y anima a la administración a beneficiarse del conocimiento y experiencia de los ciudadanos.

La transparencia no aporta valor por sí misma si no se vincula con la rendición de cuentas. Así, mientras la transparencia privilegia una condición informativa, la rendición de cuentas implica la presentación de evidencias que lleven a la argumentación para justificar el ejercicio de la autoridad o la responsabilidad asignada.

Existen organizaciones que trabajan en promover esta transparencia. La Alianza para el Gobierno Abierto, en inglés conocida como OGP (Open Government Partnership), es una iniciativa multilateral que involucra a gobiernos y a organizaciones de la sociedad civil para promover la transparencia, la participación y la innovación gubernamental. Argentina se incorporó en 2012 y hoy lleva en marcha su tercer Plan de Acción. Entre los compromisos consensuados se encuentra la elaboración de un proyecto de ley de financiamiento de los partidos políticos que atienda los problemas identificados y garantice el acceso a la información por parte de la ciudadanía. Se busca garantizar la visibilidad del origen y destino de los fondos destinados a financiar la política, el conocimiento por parte dela ciudadanía en línea y en tiempo real de las transacciones realizadas con los fondos partidarios en campaña y el control ciudadano sobre cómo se financian los partidos. 

Lo sucedido en la campaña electoral legislativa en 2017 demuestra el estadio de inmadurez de nuestra democracia. En vistas de las elecciones 2019, entonces, resulta imprescindible que la ciudadanía esté alerta y exija que la rendición de cuentas esté presente en todo momento. Los resultados de la investigación realizada, surgieron de una fuente accesible a toda la sociedad, de datos abiertos que todxs teníamos a nuestra disposición. Esto finalmente manifiesta que es responsabilidad de la ciudadanía apropiarnos de la información que el Estado publica para controlar los actos de gobierno.

Autora:

Stefania Piñero 

El Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  concluyó el pasado 28 de septiembre el cuarto informe de Argentina sobre su implementación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Luego de un diálogo interactivo con la delegación argentina, quienes integran el Comité analizaron el informe nacional presentado por el Estado y también la información recibida por parte de las organizaciones de la sociedad civil a través de los informes sombra.

 

Conclusiones principales

Uno de los temas centrales que abordó el Comité fue el de la crisis financiera, porque en un contexto donde continúan los índices de pobreza,  se han implementado políticas de reducción de programas sociales, profundizando la vulnerabilidad de algunos grupos sociales. También se cuestionó al Estado argentino por la situación que enfrentan sus instituciones gubernamentales, la degradación de algunos ministerios a secretarías, y sobre el nombramiento del Defensor del Pueblo.

Por otro lado, expresó su preocupación por la represión de la protesta social y el acceso a la tierra de los pueblos originarios. Además, si bien el Comité felicitó la adopción de la Ley de Identidad de género y de matrimonio igualitario en el país, llamó la atención sobre la falta de acceso al trabajo y acoso en el sistema educacional a personas del colectivo LGBTI, personas con discapacidad, migrantes y mujeres. También inquirió al Estado por el desempleo juvenil, el trabajo informal, y varios temas relacionados a la educación (deserción escolar, educación sexual y reproductiva y enseñanza de lenguas originarias).

Encontrá más info sobre educación pública y educación sexual integral.

Igualdad entre hombres y mujeres

Las mujeres argentinas se ven afectadas por el trabajo no remunerado de cuidado de la familia, la baja tasa de participación laboral, falta de provisión universal de servicios sociales y baja representación en altos cargos en varios sectores (particularmente la justicia y el sector privado). Por ello el Comité recomienda reforzar las disposiciones legislativas y las políticas públicas con presupuestos asignados, destinadas a lograr la igualdad de derechos para el hombre y la mujer, incluyendo un sistema público de cuidados integral, la implementación de medidas contra los estereotipos sociales que afectan a las mujeres y la promoción de políticas de conciliación entre la vida laboral y familiar.

Sobre igualdad de oportunidades para mujeres y personas LGBTI en organizaciones de medios, te puede interesar el siguiente enlace

Derechos sexuales y reproductivos

Lamentando que no se haya aprobado el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el Comité resaltó los altos números de abortos peligrosos en Argentina

y los obstáculos para el acceso al aborto en las causales previstas por la ley actual, como la falta de los medicamentos adecuados y el impacto negativo de la objeción de conciencia de profesionales de la salud. También destacó la falta de marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Entre sus recomendaciones en esta materia, se encuentran la provisión de métodos anticonceptivos en todo el territorio, además la adopción de medidas efectivas para la implementación efectiva de las causales de aborto no punible en todas las provincias -en virtud de lo establecido en el fallo FAL- y el acceso a medicamentos que permitan una interrupción del embarazo segura. Además recomendó la regulación de la objeción de conciencia para no obstruir el acceso rápido y efectivo al aborto, con trato digno por parte de profesionales de la salud a pacientes que busquen acceso a servicios de aborto, así como no criminalizar a mujeres que recurren a la práctica. Finalmente, recomendó  adoptar un marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Violencia contra la mujer

El Comité está preocupado por la gravedad de la violencia hacia las mujeres y las niñas, con 251 feminicidios en el 2017, a pesar de algunos avances (como la inclusión de la figura del femicidio en el Código Penal y la ley de Protección Integral). Por esto, instó al Estado a contemplar las necesidades de las víctimas de violencia de género en el poder judicial, a implementar servicios de patrocinio gratuito y especializado para las mujeres y a mejorar las medidas para garantizar la investigación, sanción y reparación de los hechos de violencia, en miras de lograr una plena protección a las mujeres y sus hijos/as.

Alimentación

Sobre este punto, el Comité lamentó la ausencia de un reconocimiento y protección constitucional explícitos del derecho a la alimentación, la falta de implementación de la Ley de Agricultura Familiar N° 27.118, los cortes presupuestarios y de personal en el sector de la agricultura familiar y el aumento de personas que dependen de los comedores escolares y comunitarios.

Asimismo, expresó su preocupación respecto del incremento de los índices de sobrepeso y obesidad, la ausencia de medidas estatales para disminuir el consumo de bebidas azucaradas y la falta de una regulación adecuada para restringir la publicidad de alimentos no saludables.

En este sentido, sus principales recomendaciones fueron las de adoptar un marco normativo que reconozca expresamente el derecho a la alimentación y que guíe las políticas públicas que aseguren una alimentación sana, nutritiva y suficiente, en especial a grupos desfavorecidos. Esto incluye garantizar la efectiva implementación de la Ley de Agricultura Familiar y tomar las medidas efectivas para disuadir el consumo de alimentos y bebidas dañinos para la salud. En este punto, se recomendó incluso el incremento del impuesto sobre las bebidas azucaradas, el fortalecimiento de la regulación del Código Argentino sobre Alimentación en cuanto al etiquetado frontal de alimentos, que incluya información sobre azúcar en los productos, e implementar restricciones sobre la publicidad de alimentos y bebidas dañinos para la salud, en particular los destinados a niñas, niños y adolescentes.

Conocé más sobre etiquetado de alimentos y sobre consumo de bebidas azucaradas.

Salud y consumo de tabaco

El alto consumo de tabaco tiene un gran impacto negativo sobre la salud de las personas en Argentina. La regulación de los impuestos sobre el tabaco es insuficiente y la regulación sobre las campañas de publicidad es precaria, por lo que el Comité recomendó a nuestro Estado adoptar medidas más robustas para la prevención del consumo. Entre estas, se mencionan el aumento del impuesto a un nivel suficiente para tener un efecto de disuasión el consumo de tabaco, la  prohibición de publicidad, y campañas de información sobre el impacto negativo del tabaco en la salud, con énfasis en la protección de los niños y jóvenes.

Además, instó al Estado a ratificar el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y a ajustar las regulaciones internas sobre la publicidad de los productos del tabaco a las normas establecidas en este Convenio.    

Acá podés leer más sobre el convenio marco de control de tabaco.

Explotación minera y medio ambiente

El uso de ciertos métodos de explotación no convencionales de hidrocarburos, como el “fracking”, y el impacto local de esas formas de explotación fueron otro objeto de preocupación del Comité. En particular por el impacto negativo que pueden tener sobre el medio ambiente, el agua y la salud. Por ello, se recomendó al país adoptar un marco regulatorio del fracking, que incluya las evaluaciones de su impacto en todas las provincias, consultas previas con las comunidades afectadas, y  documentación apropiada de sus efectos sobre la contaminación del aire y el agua, las emisiones radiactivas, los riesgos para la salud y la seguridad en el trabajo, los efectos sobre la salud pública, la contaminación acústica, la luz y el estrés, la actividad sísmica que puede desencadenar, las amenazas a la agricultura y la calidad del suelo, y al sistema climático.

Agricultura, medio ambiente sano y salud

Resulta preocupante el aumento en el uso de pesticidas y herbicidas que incluyen glifosato, a pesar de los graves impactos adversos a la salud y al medio ambiente de muchos de ellos, señalado como probablemente carcinógeno por la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) de la Organización Mundial de la Salud.

En este sentido, el Comité recomendó que Argentina adopte un marco regulatorio que incluya la aplicación del principio de precaución en cuanto al uso de pesticidas y herbicidas dañinos, en particular los que incluyen glifosato, para prevenir los impactos negativos en la salud por su uso y en la degradación del medio ambiente.

Sobre aplicación de agroquímicos, te puede interesar el siguiente enlace.

 

 

Autora: Mayca Balaguer

 

Durante los días 27 y 28 de septiembre, representantes de diferentes organizaciones de la sociedad civil de Argentina, se reunieron para dar forma a la Red de Organizaciones Contra la Corrupción (ROCC).

En el mes de diciembre de 2017 Poder Ciudadano, el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Fundación Nuestra Mendoza, Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH), Acción Ciudadana Areco, Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS), Fundación Transparencia Ciudadana y, la fundación Salta Transparente; conformamos la Red de Organizaciones Contra la Corrupción.

Esta alianza tiene como propósito avanzar en la lucha e incidencia política sobre temas de corrupción a nivel nacional y provincial. Particularmente, entre las temáticas que se pretenden abordar está la transparencia, el acceso a la información pública, la ética pública, el financiamiento de la política, conflictos de interés, entre otros. Queremos promover políticas de Estado que aseguren una institucionalidad puesta a disposición de la rendición de cuentas gubernamental y la transparencia de los actos de gobierno.

Este mes de septiembre los miembros de la ROCC nos reunimos para delinear próximas acciones conjuntas y líneas de acción para abordar de aquí en adelante.

Contacto

Agustina Palencia

agustinapalencia@fundeps.org