En situaciones de crisis multidimensional, como la que atraviesa nuestro país, quienes más sufren son los sectores de menores ingresos y en particular las niñas, niños y adolescentes. El retraimiento del Estado y la desregulación económica, implican una mayor desprotección. Garantizar el derecho básico a una alimentación adecuada, en este contexto, se vuelve urgente. Entonces nos volvemos a preguntar: ¿qué podemos y que debemos exigirle al Estado en materia de alimentación? ¿Tiene sentido cuestionarnos qué tipo de alimentos queremos que haya en nuestras ollas? ¿O tenemos que conformarnos con “lo que hay”?

En Argentina, la inflación continúa en aumento. El índice del Observatorio de la Deuda Social de la UCA (Universidad Católica Argentina), arrojó que la población que no llega a cubrir sus necesidades básicas de alimentación pasaron del 9,4% a finales del tercer trimestre de 2023, al 15% en enero, y que la pobreza afecta a un 57% de las personas de este país. A su vez, el Indec informó que la Canasta Básica Alimentaria (BCA) aumentó 18,6% en enero y 296,4% en los últimos doce meses, por encima de la inflación (254,2%). Mientras que, según el Índice Barrial de Precios (IBP) del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (ISEPCi), los precios de los alimentos se incrementaron en hasta un 69,7% desde el pasado diciembre. Estas cifras son el reflejo de un sensible incremento de la indigencia y de la pobreza. 

A esta información, le sumamos aquella que ya nos alertaba: la calidad de vida de la población argentina viene deteriorándose progresivamente. El 73,4% de las defunciones se deben a Enfermedades Crónicas No Transmisibles, éstas son  responsables del 52% de los años de vida perdidos por muerte prematura y del 76% de los años de vida ajustados por discapacidad. La alimentación adecuada es uno de los principales factores de riesgo.

A pesar de las estadísticas y el contexto, el gobierno nacional a pocos días de iniciar el año 2024, decidió interrumpir por completo el suministro de alimentos a los comedores populares. Numerosas las organizaciones a diario denuncian que “las ollas están vacías”, “es urgente y necesaria la emergencia alimentaria” y “no hay libertad cuando no hay nada en la mesa”, así como la doble carga que deben soportar: en momentos que menos tienen para ofrecer, es cuando más personas llegan en busca de un plato de comida.

Este marco nos incita a reflexionar sobre las condiciones mínimas que debemos garantizar, como la vida y la dignidad humana, para que tenga sentido hablar de derechos como la libertad. También volver a conversar sobre el rol que debe cumplir el Estado para garantizar estos derechos. La noción de que un Estado presente es necesariamente abusivo, choca contra lo que la realidad expone: los derechos carecen de satisfacción en ausencia de un Estado que vele por su protección mediante políticas efectivas. 

La alimentación es una de las necesidades humanas más básicas y se encuentra íntimamente ligada a la vida y la salud de las personas. Dado su carácter esencial e indispensable, fue reconocida como un derecho humano fundamental en diversos tratados internacionales de derechos humanos que hoy en nuestro país gozan de jerarquía constitucional. Esta consagración normativa hace surgir en cabeza del Estado obligaciones jurídicas imperativas y exigibles de: respetar, proteger y garantizar el efectivo cumplimiento de este derecho. 

Políticas alimentarias en Argentina

En nuestro país, la problemática alimentaria, desafortunadamente, no es una novedad. Al hacer un análisis retrospectivo es posible observar en diferentes períodos históricos grandes crisis y tensiones políticas respecto al rol del Estado como garante de este derecho.

Previo a la reforma constitucional de 1994, el desarrollo del derecho a la alimentación se encontraba en gran medida subordinado al derecho laboral y al salario digno, ya que imperaba una lectura privatista de los derechos y obligaciones alimentarias. Sin embargo, en los 80 comenzó a tomar fuerza un abordaje político-social diferente. Dado el contexto de necesidad que se vivió luego de los años de dictadura militar, se empezó a hablar de emergencia alimentaria, un paradigma basado en políticas de corte asistencialista que ha imperado hasta nuestros días.

Su consolidación normativa se dió en 2002 cuando, en respuesta a una de las crisis más agudas que ha sufrido nuestro país, se declaró la Emergencia Alimentaria Nacional reconocida por el Decreto Nº 108 (15/01/2002) que ha sido prorrogada sin interrupciones hasta la actualidad, y que fue dispuesta con el fin de atender las necesidades básicas alimentarias de la población en condiciones de vulnerabilidad y con riesgos de subsistencia.

Al poco tiempo, fue sancionada la ley 25.724 de Declaración de Emergencia Alimentaria Nacional que instituyó el Programa Nacional de Nutrición y Alimentación, conocido como Plan Nacional de Seguridad Alimentaria “El Hambre más urgente” (PNSA), destinado a cubrir los requisitos nutricionales mínimos de grupos en situación de extrema vulnerabilidad. Esta ley constituye hasta el día de hoy la principal política alimentaria de nuestro país. 

De la emergencia alimentaria a la alimentación adecuada

A más de 20 años de su entrada en vigencia, sobra evidencia y bibliografía para dar cuenta de las importantes limitaciones y deficiencias que presenta este paradigma, que limita el tratamiento de la cuestión alimentaria a un nivel básico de satisfacción de necesidades calóricas mínimas. Y, por lo tanto, su incapacidad de generar transformaciones estructurales que permitan avanzar hacia un estado de seguridad y soberanía alimentaria. También el grave impacto en la salud que puede implicar que los programas alimentarios que se han constituido, tanto a nivel nacional como provincial, no cuenten con buenos criterios y estándares nutricionales. Esto tiene que ver con que las estrategias de emergencia suelen obviar las múltiples facetas que abarca la problemática de la alimentación en su complejidad, incluyendo la llamada “triple carga” de la malnutrición: el hambre y la desnutrición, la deficiencia generalizada de micronutrientes y la malnutrición por exceso. Esta requiere ser abordada como un problema sanitario vinculado con el consumo de productos alimenticios ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos.   

Esta falta vino a ser cuestionada por la ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, sancionada en 2021. 

El amplio proceso legislativo que se impulsó para lograr la sanción de esta ley generó un movimiento fundamental en el debate público sobre la alimentación en nuestro país. Esta ley se ha constituído como un puente entre las políticas que atienden problemáticas alimentarias históricas, como el hambre y la desnutrición; y las que buscan revertir las problemáticas alimentarias modernas, vinculadas a la malnutrición por exceso y las enfermedades crónicas que son causadas por la mala calidad de los productos alimenticios que se consumen en la actualidad. Esta última afecta a toda la población ya que se vincula a la transformación de los patrones alimentarios, aunque las encuestas indican que la mayor prevalencia se encuentra en los sectores económicos de menores ingresos. Por su parte, el problema del hambre se encuentra ligado directamente a la pobreza. 

La ley de Promoción de la Alimentación Saludable, si bien no aborda de manera directa el problema de la falta de alimentos, sí establece medidas que son fundamentales para la transformación de los sistemas alimentarios que directa o indirectamente, abonan a una mayor seguridad y soberanía alimentaria y generan una mejoría en la calidad de la asistencia alimentaria. Por ejemplo, exige al Estado que las compras públicas de alimentos que se destinan a comedores donde asisten niños, niñas y adolescentes, a dependencias estatales y a programas alimentarios, se compongan de alimentos saludables que no presenten sellos de advertencia (es decir, que no tengan exceso de azúcar, sodio, grasas, ni edulcorante o cafeína). También establece la importancia de incentivar el desarrollo de la agricultura familiar, campesina e indígena. 

De esta manera, la ley se posiciona por un lado, como un instrumento valioso para impactar positivamente en la salud de los sectores más vulnerables de la población, quienes son los que se encuentran más expuestos al consumo de productos procesados y ultraprocesados. Y por el otro, para comenzar a transformar la manera en que el Estado argentino, históricamente, ha construido sus políticas alimentarias y, más específicamente, en su aspecto más urgente, es decir el hambre. Por fin, a la hora de pensar qué comen quienes menos tienen, se puso sobre la mesa la necesidad de incorporar criterios nutricionales y no sólo cantidad de calorías.   

En este marco, se instalaron preguntas claves acerca de qué estamos comiendo; sobre cómo se producen los alimentos que llegan a nuestra mesa; sobre la relación que existe entre lo que consumimos y las enfermedades que contraemos, a cada vez más temprana edad. Preguntas sobre qué se les ofrece a las infancias y adolescencias en las escuelas, que en muchos casos constituye la base de su alimentación. También se habilita la pregunta sobre quiénes son los proveedores del Estados y a qué tipo de producción queremos apoyar.

Este debate y la conquista de esta ley, que ha tenido por protagonista a la sociedad civil,  ha significado un avance inmenso en las discusiones y las políticas alimentarias de nuestro país, y sobre todo brinda herramientas técnicas y legales para lograr una mejor protección de los derechos a la alimentación adecuada y a la salud de toda la población. La sociedad en general se hizo eco de la idea que ya no se trata de llenar panzas si no de nutrir cuerpos y mentes sanas, volver a nutrirnos cultural y afectivamente. Y que de acuerdo a los instrumentos de derechos humanos adoptados por nuestro país, es el Estado quien debe garantizar que así sea. 

Exigir los mínimos sin renunciar a los máximos

Actualmente, estos avances históricos se encuentran en grave riesgo, así como también está en riesgo el acceso mismo a alimentos por gran parte de la población debido a la crisis económica que atraviesa el país y, sobre todo, por las políticas de desabastecimiento que vienen sufriendo los comedores comunitarios y los programas de asistencia alimentaria. 

El avasallamiento de derechos sociales busca echar atrás los avances logrados en estos años en torno al debate sobre la calidad de los alimentos porque, ante la falta de condiciones mínimas de alimentación, las necesidades inmediatas se imponen y la necesidad de transformaciones estructurales quedan en un segundo plano. 

Ahora bien: ¿Es posible que aún en contextos de crisis podamos pensar la problemática alimentaria de manera integral y no lineal? ¿Es posible exigir que se implementen de manera urgente las políticas de emergencia alimentaria y a la vez que se priorice la compra de alimentos saludables para los comedores populares? Claro que sí. No sólo es posible sino que es necesario. Pelear por los mínimos sin renunciar a los máximos es la forma de defender los avances alcanzados, los derechos conquistados. 

Los efectos en la salud que han arrojado las políticas alimentarias meramente paliativas son irreversibles para millones de personas que han contraído enfermedades crónicas y discapacidades de diferentes tipos. Hoy conocemos las graves consecuencias en la salud que trae el consumo de ciertos productos con exceso de nutrientes críticos, así como la falta de variedad en la alimentación diaria, el escaso consumo de frutas y verduras. Por eso, no podemos conformarnos con “lo que hay”, no podemos renunciar a los derechos conquistados y los avances en el debate sobre el tipo de alimentación que necesitamos para desarrollarnos y vivir dignamente. 

La satisfacción del derecho a la salud, a la alimentación adecuada, a una vida digna no puede quedar en manos del mercado, y los alimentos no pueden tratarse como una mercancía. Es urgente que el Estado garantice que todas las personas puedan acceder a alimentos dignos, de calidad y en cantidad suficiente. La alimentación de calidad debe ser un derecho y no un privilegio. 

 

*Fuente de la imagen: Colectivo Diciembre

 

Autoras

Maga Merlo Vijarra

María Laura Fons

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Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

Se presentó en la Legislatura de Córdoba un proyecto para promover la alimentación saludable que adhiere a la ley nacional de etiquetado frontal. La iniciativa establece escuelas libres de sellos, favorece la compra pública de alimentos saludables y crea una comisión de monitoreo integrada por organizaciones de la sociedad civil, entre otras cosas. 

El 16 de agosto ingresó a la Legislatura de Córdoba un proyecto de adhesión a la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (PAS), más conocida como “ley de etiquetado”, que presenta los mejores estándares entre las leyes de adhesión sancionadas hasta el momento. Se logró a partir del trabajo colaborativo entre el equipo del legislador Miranda y la legisladora Labat,  junto con el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Córdoba y Fundeps. Espera contar con el apoyo de todos los bloques que consideren prioritario defender la salud pública y el acceso a una alimentación adecuada para todas las personas consumidoras y, fundamentalmente, de las infancias. 

Para entender la importancia del avance subnacional en relación a la ley nacional de etiquetado frontal debemos dirigirnos, no sólo a la letra de la ley sino también a su puesta en práctica. El texto explícitamente obliga a las provincias a garantizar la implementación de la ley en sus territorios, pero no dice cómo. No manda a adherir. Por eso, al momento de la sanción y reglamentación de la ley nacional, se instaló la pregunta sobre ¿es necesario que las provincias adhieran? ¿Qué deben y qué pueden hacer las provincias para garantizar el efectivo cumplimiento de estos derechos fundamentales reconocidos? ¿Cómo garantizar la igualdad en el goce de estos derechos en todo el territorio? Pese a los interrogantes, lo que no se puso en cuestión es que la norma nacional es obligatoria en todo el país más allá de las estrategias que defina la provincia. 

Es importante resaltar que la norma se propone abordar la cuestión alimentaria de una manera integral y transversal. Por este motivo, no sólo introduce el etiquetado frontal que permite advertir sobre la verdadera composición de lo que se está consumiendo, sino que también regula aspectos como: entornos escolares saludables, educación alimentaria nutricional, estrategias de marketing de las industrias alimentarias, las compras públicas realizadas por el Estado, etc. Es por ello que se reconoce esta ley como una especie de sutura de la gran dispersión normativa que existe en la regulación del derecho a la alimentación en Argentina, y también es vista como una ley modelo de la región. 

Ahora bien, la puesta en práctica de todos estos componentes de la ley puso en el centro los desafíos propios del federalismo y el sistema de distribución de competencias, y exige la articulación entre diferentes ministerios, organismos y niveles de gobierno. En este escenario el dictado de normas de adhesión o complementarias surgió como el mejor camino para asegurar la plena implementación de todas las medidas que la ley establece, y así proteger efectivamente la salud de la población.

Al día de la fecha contamos con sólo 7 provincias adheridas, lo que según el mapa normativo del etiquetado en Argentina refleja el 63,3 % de avance a nivel nacional, y ello tiene que ver con que ninguna de las normas regulan la implementación de los diferentes componentes de la ley que lo requieren.

El proyecto de ley en Córdoba

En este escenario el proyecto de ley presentado en Córdoba aparece como modelo a seguir por el resto de las provincias. Propone una regulación local amplia e integral, que asegura la aplicación efectiva de todas las medidas que dispone la ley nacional. Es así que no sólo asume la responsabilidad de controlar y fiscalizar el cumplimiento del etiquetado frontal de los productos alimenticios y de las regulaciones nacionales sobre publicidad, promoción y patrocinio de estos productos, sino que amplía el alcance de la restricciones sobre publicidad en los ámbitos de jurisdicción local, como son los puntos de venta y la vía pública. También define qué se entiende por publicidad dirigida a niñes  y adolescentes, subsanando una importante deficiencia de la normativa nacional. Así, el texto logra una plena protección del entorno ante las estrategias de marketing que agresivamente incentivan la compra de productos que dañan la salud. 

También, se pronuncia respecto a los dos componentes cruciales que requieren el accionar de las provincias. 

  • Sobre entornos escolares: prohíbe la oferta, venta y publicidad de productos con sello dentro de las escuelas de todos los niveles, formales e informales y exige la oferta permanente y gratuita de agua potable ; dispone la inclusión de educación alimentaria en las currículas escolares y en los planes de formación docente; establece que en los comedores escolares se debe priorizar la oferta de alimentos frescos o mínimamente procesados y que provengan de agricultores locales; y dispone que los menú sean diseñados por profesionales de la nutrición y se realicen mejoras en la infraestructura escolar.
  • Sobre compras públicas: el proyecto recepta el criterio de la ley nacional y prioriza la compra de alimentos saludables en todo tipo de contrataciones y programas alimentarios. Prioridad que se torna absoluta si las personas destinatarias son niñes y adolescentes. 

Otros puntos a destacar de la normativa propuesta tiene que ver con la definición del Ministerio de Salud como autoridad de aplicación en coordinación con otros ministerios involucrados. Esto es fundamental para que todas las medidas que se tomen en los diferentes ámbitos sean planteadas desde un enfoque de salud pública. También consideramos un acierto la disposición de vías de denuncias, sistemas de sanciones y registro de infractores a nivel local, que permiten reforzar los mecanismo nacionales que vienen presentando ciertas limitaciones en la práctica.

Otro punto de interés, que tiene que ver con fortalecer la disponibilidad de alimentos saludables, es el incentivo al consumo de alimentos no procesados y naturales producidos por economías regionales y agriculturas campesinas, indígenas (y/o) familiares.

Finalmente, queremos hacer hincapié en que el proyecto dispone la creación de una Comisión de Consumidores integrada por organizaciones de la sociedad civil, de consumidores y colegios de profesionales que tengan como objeto la protección de los derechos involucrados. Comisión que garantiza la participación ciudadana en el monitoreo de la implementación de la ley y en la elaboración de políticas complementarias. 

Por estos motivos resulta una ley de avanzada para la promoción de la alimentación saludable en la provincia. Puede sentar el camino a seguir por otras provincias que no se han pronunciado y también para que las provincias con adhesiones simples dicten normas complementarias que aseguren el cumplimiento integral de esta política de salud pública que está siendo referencia en la región. 

Invitamos a la ciudadanía a apoyar y seguir el proceso de tratamiento de la ley en la legislatura. Es fundamental su involucramiento para que la balanza no se incline en favor de los intereses de las grandes industrias de alimentos y sean protegidos los derechos de la población y fundamentalmente de las infancias, a gozar de una vida sana y una alimentación saludable.

Accedé al proyecto de ley 

Más información

Ley de Etiquetado: es el tiempo de las provincias

Autora

María Laura Fons

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Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org 

Sabemos que en pocos días toca volver a las urnas, esta vez a la elección de presidencia y legisladores nacionales, según lo que se vote en tu provincia. La información que circula es mucha, y la desinformación también. Por eso, te dejamos acá un test para que puedas identificar red flags (banderas rojas, alertas) sobre las propuestas de los distintos espacios y candidatos/as y pensar tu voto desde los derechos humanos. ¿Te animás a contar las que encontrás en las ideas de tu candidato/a?

1. Amenaza a la gratuidad de servicios esenciales: Argentina es un modelo a seguir por su educación pública de calidad y su cobertura de salud universal y gratuita. Si bien en algunos casos depende de las provincias y seguramente hay mucho espacio para mejorar, la garantía de derechos tan básicos es parte fundamental de nuestra calidad de vida. ¿Vos o alguien cercano fue a una escuela pública o pública de gestión privada?  ¿O asististe alguna vez a una clínica pública u hospital? ¿Cómo sería tu vida o la de tu gente cercana sin esas posibilidades? 

2. Cuestiona el proceso de Memoria, Verdad y Justicia: uno de los consensos más fuertes de la vuelta de la democracia es que no queremos nunca más gobiernos autoritarios ni terrorismo de Estado. Los procesos de investigación, con evidencia judicial y científica, y los juicios a las juntas, dieron cuenta del plan sistemático de las fuerzas armadas para exterminar activistas estudiantiles, sindicales y  a través de la  persecución política, el secuestro, la desaparición de personas, la creación de centros clandestinos de detención, tortura y asesinato durante los 70s y 80s. No hay lugar a discusión sobre los crímenes cometidos por los militares y sus cómplices civiles de entonces. 

3. Niega la evidencia sobre el cambio climático: el planeta se está incendiando, en Córdoba esto es literal. Durante las últimas décadas es abrumadora la evidencia científica en relación a que el comportamiento humano y los niveles de consumo redundan en más gases de efecto invernadero en la atmósfera, subidas de las temperaturas globales y consecuencias negativas como inundaciones, sequías, tormentas y fenómenos climáticos extremos. Negar esto sólo nos deja más vulnerables a lo que es inminente. El cambio climático ya está acá y hay que adaptarnos a él, mientras mitigamos sus efectos.

4. Subestima las políticas que promueven la igualdad de oportunidades: las brechas salariales y las desigualdades de género son una realidad. El premio Nobel de economía de este año lo recibió una mujer que se dedicó a demostrar esto.  Por más que el mercado laboral tome conciencia de la dimensión de las brechas, las políticas públicas todavía son necesarias para avanzar en la reducción de estas y otras desigualdades. Es fundamental que el Estado valore el aporte de las mujeres para el cuidado de las vidas, garantice servicios de cuidados y alivie la carga de tareas de las cuidadoras, y que también promueva su participación en la economía 

5. Desconoce la violencia de género: entre enero y agosto de este año se registraron en nuestro país 224 víctimas de violencia de género – 204 femicidios, 3 trans/travesticidios y 17 femicidios vinculados de varones adultos y niños – según el informe del Observatorio de Femicidios en Argentina «Adriana Marisel Zambrano». En ocho meses casi se alcanza el total de casos del año 2022. Esto demuestra la importancia y la urgencia de que el Estado reconozca la dimensión de la problemática, y fortalezca todas las regulaciones y medidas que protejan especialmente a estas poblaciones que han sido histórica y sistemáticamente  vulneradas.

6. Desconoce los acuerdos internacionales: Argentina está integrada al mundo a través de múltiples organismos, tratados y acuerdos. El sistema de Naciones Unidas tiene amplio reconocimiento internacional como foro de cooperación entre países y para el avance de los derechos. El Acuerdo de París y los Objetivos del Desarrollo Sostenible son marcos de gobernanza global que han demostrado ser útiles y la tendencia es hacia su cumplimiento, no hacia su desconocimiento y desintegración de los sistemas de gobernanza globales. 

Si encontraste que un candidato o candidata tiene una o más red flags, lamentablemente, tu voto no es con el cuidado de la democracia y los derechos, ni con la sostenibilidad de las vidas humanas y del ambiente. A continuación te invitamos a reflexionar al respecto.

¿Y si nadie me convence y quiero que se rompa todo de una vez?

Primero y principal, es importante que ejerzas tu derecho al voto. Puede que ninguna opción te convenza del todo, o que estés completamente decepcionade de las opciones para la presidencia. Sin embargo, nuestra democracia de apenas 40 años necesita de nuestra participación y en contextos tan revueltos, tu voto no da lo mismo. Este domingo andá a votar e incentivá a otres a que lo hagan, cada voto vale. 

Está claro que tenemos muchos problemas en lo económico y que las condiciones de vida empeoran a causa de la inflación, empleo informal, bajos salarios y altos niveles de endeudamiento en los hogares. Y todo esto duele, porque precariza nuestras vidas, nuestro acceso a los alimentos y a la vivienda. Las respuestas radicales pueden sonar tentadoras en este contexto, pero los costos en materia de derechos son muchos y son altos, por eso te invitamos a votar y a pensar tu voto.

También te invitamos a que puedas involucrarte y discutir reformas del Estado, porque sabemos que no alcanza, que mucho de lo que existe hoy en día no funciona, que en ocasiones reproduce desigualdades en lugar de reducirlas. La democracia que supimos construir y lo público es de todos, todas, todes (como más te guste) y hay que cuidarla. No da lo mismo romper todo que pensar futuros comunes posibles, participar como ciudadanía activa en distintos espacios civiles, políticos o en organizaciones sociales, y en este contexto particular, votar opciones que no atenten contra nuestros derechos fundamentales. 

Si querés saber más sobre las distintas propuestas, te compartimos algunas iniciativas de organizaciones de sociedad civil que las condensan o ponen foco en algunas: 

  • #MeRepresenta: te cuenta las propuestas de cada candidato/a con juegos e información general de las elecciones, ¡es muy divertida! 
  • Si te interesan los temas ambientales, entrá a yovotoambiente
  • Si querés saber quiénes proponen avances, dan continuidad o plantean retrocesos en materia de igualdad y violencias de género, mirá mujeresenelpoder
  • Si querés enterarte sobre algunas desinformaciones que circulan en este período electoral, entrá a contextual.la
El equipo de Fundeps

Desde Fundación Sanar, Fundeps y Fagran lanzamos “Construyamos una escuela más saludable”, materiales dirigidos a la comunidad educativa. Tienen como objetivo promover la implementación de la ley de etiquetado en los entornos escolares y reflexionar sobre la alimentación de niños, niñas y adolescentes.

La Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado, es una política integral que busca proteger y promover el derecho a una alimentación adecuada y el derecho a la salud, en especial de niños, niñas y adolescentes. Para lograrlo plantea un paquete de medidas que buscan transformar los entornos donde crecen y se desarrollan, limitando la oferta de productos no saludables en escuelas y la exposición al marketing, educando en aspectos alimentarios y nutricionales, y promoviendo el acceso equitativo a alimentos saludables.

En este marco, las escuelas constituyen un espacio clave para la implementación de la ley y tienen regulaciones específicas que cumplir. Allí niños, niñas y adolescentes pasan gran parte de su tiempo y por lo tanto, es un lugar propicio para promover hábitos saludables. 

A un año del comienzo de la aplicación de la ley, aún quedan muchos desafíos para su implementación dentro de las instituciones educativas, considerando también las diversas realidades que encontramos en todo el país.

En este contexto, el proceso de adecuación a la norma requiere una comunidad educativa acompañada e informada. Por eso, desde Fundeps, Fundación Sanar y Fagran lanzamos el kit de materiales “Construyamos una escuela más saludables”.

El objetivo es brindar herramientas para fomentar la participación activa de toda la comunidad educativa en la promoción de prácticas alimentarias más saludables y sostenibles. Incluye materiales para que cada integrante pueda repensar su rol dentro del proceso y convertirse en agente de cambio de la alimentación en las escuelas.

¿Qué materiales integran el kit?

  • Un documento con información sobre la ley como una política pública integral. Brinda información acerca de la evidencia que la respalda y el propósito de cada uno de sus ejes. A su vez acerca una actividad práctica de carácter reflexivo para lograr un trabajo colaborativo entre los integrantes de la comunidad.
  • 3 Vídeos: uno dirigido a autoridades y tomadores de decisión del ámbito educativo, otro a responsables de niñeces y adolescentes; y uno para niñeces (que puede ser de utilidad en el aula).

ACCEDER AL KIT DE MATERIALES

Desde Fundeps, Fundación Sanar y Anfibia Podcast lanzamos “Exceso de Todo”, un podcast narrado por Lucas Fridman, que se corre de la polémica alrededor de los octógonos y se centra en la alimentación saludable. 

Hace casi un año comenzó a implementarse en Argentina la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como ley de Etiquetado Frontal. Los octógonos negros que vemos en los productos son los que más debate generaron, pero representan uno de los componentes de la ley.

El objetivo de este podcast es acercar todos los puntos que la integran y relatar en 5 episodios, cómo comemos en Argentina y qué necesitamos para alimentarnos mejor. Además aborda desde la regulación publicitaria hasta lo que se puede comer en las escuelas, cómo se manejan las compras públicas para comedores escolares y comunitarios y por qué cuando hablamos de alimentación no se trata de elecciones individuales. 

Los testimonios que reúne son de integrantes de organizaciones que la promovieron, periodistas, referentes en temáticas de nutrición y alimentación, ambiente, personas provenientes de la industria de la publicidad, entre otres.

Escuchá el podcast acá

Los episodios se estrenarán por semana los días jueves hasta el 17 de agosto. La difusión del podcast se realizará por Spotify y en todas las plataformas de audio. 

 

Contacto

Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

Los días 9 y 10 de agosto realizaremos el 1° Congreso de Políticas Alimentarias en Argentina en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Está organizado por Fundeps y Fundación Sanar. 

Con la participación de disertantes nacionales e internacionales, durante 2 días conversaremos sobre los avances y desafíos al cumplirse 1 año de la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado.

Compartiremos miradas y oportunidades para el trabajo conjunto entre estudiantes y profesionales de la salud, comunidad educativa, autoridades del estado, organizaciones que trabajan por el derecho a la salud, al ambiente, entre otros actores.

Los principales temas del congreso incluyen:

  • Desafíos para la implementación de la ley en las provincias. 
  • Entornos escolares saludables: recomendaciones y herramientas. 
  • Transformación de los programas alimentarios. 
  • Estrategias de marketing de la industria alimentaria. 

Cronograma:

  • Primer día (9 de agosto): comienza a las 8.30h con las acreditaciones. Habrá 3 mesas de debate y disertantes finalizando la jornada a las 17.15h.
  • Segundo día (10 de agosto): inicia a las 8.30h y finaliza a las 12.40h. Habrá 2 mesas de diálogo.

El congreso tendrá lugar en SCALA HOTEL (BERNARDO DE IRIGOYEN 740, CABA).

Es gratuito y con cupos limitados. Requiere inscripción previa.

 

Mirá el programa completo y disertantes acá.

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A través de esta iniciativa, FIC Argentina, FAGRAN, Fundación Sanar, Fundeps y Consciente Colectivo buscan impulsar una ciudadanía comprometida con la ley de etiquetado y así generar el primer reporte ciudadano sobre su cumplimiento. La iniciativa surge a partir de la identificación de diversos incumplimientos y de la falta de una efectiva fiscalización por parte del Estado.

No lo dejemos pasar” es la nueva campaña que lanzan hoy FIC Argentina, FAGRAN, Fundación Sanar, Fundeps y Consciente Colectivo para impulsar una ciudadanía informada y comprometida con la efectiva implementación de la ley de etiquetado. La campaña de alcance nacional busca generar un reporte ciudadano sobre el estado de cumplimiento de la ley, a 10 de meses del comienzo de su implementación.

Las organizaciones impulsaron en 2021 la campaña “Que no nos tapen los ojos” para promover la aprobación de la ley y, en esta ocasión, vuelven a reunirse para que esta medida de salud pública se cumpla de forma efectiva. La campaña enfatiza sobre algunos componentes de la ley referidos a la presencia y características de los sellos (su tamaño, ubicación en el envase, por ejemplo) así como de su disposición en góndola. 

“Hace unos meses realizamos un estudio de investigación para conocer cómo se está implementando la ley y detectamos que en el 83% de los supermercados relevados había incumplimientos sobre la disposición de los productos en la góndola, los sellos no estaban visibles al consumidor. En el 67% encontramos promociones asociadas al precio (como “15% de descuento” y “50% de descuento en la segunda unidad”) en productos con sellos, lo cual también evidencia un incumplimiento a lo dispuesto en la ley, y en el 12% de los productos relevados los sellos no se encontraban en la cara principal del envase. El Estado debe sancionar estos incumplimientos y con la campaña buscamos visibilizarlos”, señaló Leila Guarnieri de FIC Argentina.

«Es prioridad que el compromiso se extienda a lo largo y a lo ancho del país, contando con la representatividad federal de las provincias, que monitorean el cumplimiento de la Ley a través de la ciudadanía comprometida y los profesionales de la nutrición que, a través de acciones de educación e incidencia ponen en el centro de escena la visibilización de esta Ley. Como Federación aunamos los esfuerzos de las entidades que nucleamos para el cumplimiento efectivo de la Ley, sin excepción», declaró Ana Caceres de FAGRAN.

 

“Para una plena implementación de la Ley de Etiquetado, es fundamental que como ciudadanía nos involucremos y exijamos su cumplimiento. Si bien es el Estado quien tiene la obligación de controlar, estamos observando que esos mecanismos pueden ser deficientes e inoportunos. Además, hasta el momento no tenemos datos de que se hayan aplicado sanciones a las empresas que incumplen la ley. Por eso, es importante que permanezcamos en alerta y reportemos los incumplimientos para exigirle a las autoridades que fiscalicen y sancionen adecuadamente”, indicó Maga Merlo de Fundeps. Y agregó: “Recordemos que esta ley viene a proteger derechos fundamentales como la salud, la alimentación adecuada y la información de las y los consumidores, y en especial de los grupos en situación de vulnerabilidad, como las infancias. La participación ciudadana es esencial para construir políticas públicas transparentes.” 

“La plataforma surge también de la necesidad de visibilizar las acciones de las empresas que incumplen la ley de distintas maneras, interfiriendo principalmente en la garantía del derecho a la información de las y los consumidores. Poder documentar, sistematizar la información y así vehiculizar el reclamo a las autoridades de aplicación permitirá que el Estado actúe de forma que pueda poner en funcionamiento, estrategias propias para mitigar los incumplimientos”, señaló Ignacio Porras de Fundación SANAR.

“Para que una norma sea efectiva y no muera en la sanción, es fundamental que nos involucremos y exijamos su correcta implementación. Es cuestión de apropiarnos de la Ley y conocerla para poder reclamar por nuestros derechos y construir nuevos horizontes”, declaró Ariana Krochik de Consciente Colectivo.

¿Cómo participar en esta campaña?

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Desde Fundeps y Fundación Sanar presentamos el Mapa Normativo del Etiquetado Frontal en Argentina, un sitio web que muestra los avances de las 23 provincias  y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) en el dictado de normas que regulan la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (PAS) a nivel local, y a la vez da cuenta del proceso de regulación a cargo del Estado Nacional. El objetivo de esta herramienta es promover y fortalecer la plena implementación de esta ley en todo el país.

La Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como Ley de Etiquetado, fue sancionada el 26 de octubre de 2021 y reglamentada el 22 de marzo de 2022. A partir de esta fecha es de cumplimiento obligatorio en todo el país. Sin embargo, la adhesión y/o el dictado de normas complementarias por parte de las provincias y CABA es de suma importancia para asegurar la plena implementación de todas las medidas que la ley establece, y así proteger efectivamente la salud de la población. 

El dictado de normas locales, de adhesión o complementarias por parte de las 23 provincias y CABA:

  • Da la posibilidad de adaptar la normativa a la realidad de cada jurisdicción y mejorar su implementación a nivel local.
  • Permite avanzar sobre aspectos de competencia exclusiva de las jurisdicciones que la ley nacional no alcanza.
  • Da cuenta de un importante acto de voluntad política.
  • Crea condiciones normativas propicias para la materialización de los derechos reconocidos por la Ley PAS.
  • Significa una oportunidad para elevar el piso mínimo que establece la normativa nacional.

En vista de la importancia que tienen la adhesión y el dictado de normas locales como elementos fundamentales para promover la alimentación saludable en toda Argentina, Fundación Sanar y Fundeps presentamos el Mapa Normativo del Etiquetado Frontal en Argentina. Esta herramienta de consulta y análisis se dirige a autoridades públicas nacionales y provinciales responsables de impulsar políticas de alimentación saludable y a organizaciones de la sociedad civil, academia y medios de comunicación que monitorean la correcta implementación de la Ley PAS. 


Consultá el MAPA NORMATIVO: www.etiquetadoenargentina.org/

Sobre la Ley PAS:

La Ley PAS, busca promover una alimentación saludable y garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada. Incluye medidas como la colocación de sellos de advertencias en los alimentos envasados y bebidas no alcohólicas para brindar información nutricional clara y comprensible, impulsando decisiones más asertivas por parte de las personas consumidoras. También regula aspectos como entornos escolares y educación alimentaria nutricional, publicidad, promoción y patrocinio de la industria alimentaria – con especial foco en infancia y adolescencia-   así como las compras públicas realizadas por el Estado. Estos componentes contribuyen a un enfoque integral de la normativa, fortaleciendo su carácter protectorio y su enfoque en los derechos.

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Laura Fons, laurafons@fundeps.org

El 16 de febrero venció la prórroga otorgada a las grandes empresas para implementar la ley y el 20 es el turno de las PYMES, quienes a partir de ese día deben incorporar los sellos en sus productos con contenido excesivo de nutrientes críticos. En este mes clave, las organizaciones de la sociedad civil destacan la necesidad de que se cumpla la ley y de que el Estado asuma una conducta activa en su fiscalización.

El mes de febrero tiene dos fechas claves para la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como Ley de Etiquetado. Es por eso que FAGRAN, Fundeps, SANAR, FIC Argentina y Consciente Colectivo se reunieron para repasar los tiempos de la norma y para destacar que ya no hay más excusas para que se cumpla la ley.

Por un lado, el 16 de febrero es el día en que vencen las prórrogas otorgadas a las grandes empresas, un beneficio con el que contaron para retrasar la fecha de implementación que la ley originalmente estipulaba (el 20 de agosto de 2022). Es decir, a partir de ahora las grandes empresas deberán incorporar los sellos en los envases de sus productos con excesos de nutrientes críticos. Este proceso será gradual dado que aún pueden circular en los comercios productos de las empresas que obtuvieron prórrogas, y que fueron elaborados y envasados antes del 16 de febrero los cuales, según la ley, no tienen la obligación de llevar sellos dado que fueron elaborados bajo el período de las prórrogas.

Por otro lado, la reglamentación de la ley establece que a partir del 20 de febrero las PyMES deben comenzar a incluir las etiquetas en los envases correspondientes. Sin embargo, y tal como sucedió con las grandes empresas, las PYMES pueden obtener prórrogas de hasta 180 días para retrasar la implementación. 

Si bien las prórrogas se encuentran dentro del marco previsto por la norma y no se tratan de una violación a la misma, desde las organizaciones exigimos que sea pública la información sobre los motivos por los que se aprobó este beneficio, así como también a qué productos y empresas se otorgaron. Esta información no fue brindada por el Estado, quitando transparencia al proceso de implementación de la ley. Esta situación, sumado a factores como el stock, genera un escenario confuso para la ciudadanía, la cual no cuenta con información clara para identificar si un producto no tiene sellos porque es saludable; porque proviene de otro stock; o porque tiene el beneficio de la prórroga. 

A partir de ahora el rol del Estado en la fiscalización del cumplimiento de la ley será clave para defender los derechos de la población. Desde la sociedad civil seguiremos monitoreando este proceso, acercando herramientas e información y exigiendo por su correcta implementación junto a la ciudadanía.

 

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Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

El pasado jueves 17 de noviembre realizamos  un encuentro sobre la actual gestión de los programas alimentarios para comedores escolares en las provincias de Mendoza, Córdoba, Salta, Tucumán y Buenos Aires. Se hizo especial énfasis en los sistemas de compras de alimentos y en la necesidad de garantizar la efectiva aplicación de  la ley N 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable (PAS) en el marco de los programas de asistencia escolar de cada una de esas provincias. El evento fue organizado desde Fundeps, Nuestra Mendoza, Andhes, Salta Transparente, el Centro de Implementación de Derechos Constitucionales (CIDC) y contó, además, con el apoyo de SANAR.

Del encuentro participaron, además de referentes de las organizaciones de la sociedad civil anteriormente mencionadas: Claudia Oliva y Victoria Lo Valvo, Directora General del Programa de Asistencia Integral de Córdoba (P.A.I.Cor) y Directora de Asuntos Legales de la Dirección General de Compras de Córdoba; Franco Pullido y Gabriel Sciola, Director de Alimentación Escolar de Mendoza y Subsecretario de Administración de la Dirección General de Escuelas de Mendoza y Matías Molina, Director General de Seguimiento de Contrataciones de Bienes y Servicios de la provincia de Salta. 

En un primer momento se abordaron, a través de una dinámica participativa, las diferentes representaciones e imágenes sociales vinculadas a las enfermedades crónicas no transmisibles y, específicamente, a la malnutrición por exceso y la comúnmente conocida “ley de etiquetado”. Luego se describieron los diferentes componentes de dicha ley  y, finalmente, se profundizó en las disposiciones vinculadas a las compras públicas para comedores escolares. 

Se destacó que, al tratarse de compras destinadas a los establecimientos educativos, éstas debían garantizar que no ingresaran productos con sellos negro a las escuelas, ya sea que se tratara de productos ya envasados o de los ingredientes empleados para la elaboración de las viandas. Ello, dado que los productos con al menos un sello o leyenda precautoria no se pueden ofrecer, comercializar, promocionar, publicitar ni patrocinar dentro de las escuelas, en virtud del art 12 de la ley PAS.

En un segundo momento, se le dio la palabra a cada una de las personas referentes de las provincias, autoridades en el caso de que estuvieran o de ONG, para que comentaran cómo era la gestión de los programas alimentarios en cada una de ellas, cómo se decidían las compras de alimentos, con qué criterio nutricional, si esta información era accesible a la ciudadanía, todo ello con el objetivo de ir identificando algunos puntos en común y ventanas de oportunidades para la efectiva aplicación de la ley PAS. 

A modo de conclusión, cada asistente identificó oportunidades, desafíos y posibilidades de articulación entre la sociedad civil y los organismos del Estado involucrados. 

 

Autoras

Maria Victoria Sibilla

Maga Merlo

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Maria Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

 

Enviamos a autoridades nacionales del Poder Ejecutivo y Legislativo un documento con argumentos legales y evidencia científica que fundamentan la necesidad de actualizar la ley nacional Nº 26.687 de regulación de publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco. En esta nota te contamos qué les pedimos y por qué.

La ley Nº26.687 ya cuenta con más de 10 años de antigüedad, y es evidente la necesidad de actualizarla frente a las estrategias de comercialización de la industria tabacalera y los nuevos productos que la misma desarrolla. Según la Encuesta Mundial sobre Tabaco en Jóvenes en Argentina, realizada en el 2020, ​​el consumo de tabaco produce 44.851 muertes anuales, representando el 13% de las defunciones totales y que todavía, más del 22% de la población consume tabaco, siendo cada vez menor la edad de iniciación, que ya se sitúa entre los 12 y 15 años.

Es por esto, que le enviamos a la Ministra de Salud de la Nación –Carla Vizzotti–, a los presidentes de bloque de la Cámara de Diputades, y a diversos legisladores de comisiones relacionadas con la temática, un informe con información clave que explica el por qué es necesaria esta actualización.

La Organización Mundial de la Salud, advierte que, si bien muchos países han avanzado significativamente en la regulación de los productos de tabaco tradicionales, hay muchos otros que son novedosos (tales como los productos de tabaco calentado y los cigarrillos electrónicos, más conocidos como vapeadores), y continúan sin ser debidamente regulados, abriéndose el paso entre la población, especialmente en niños, niñas y adolescentes. La OMS agrega que dichos productos no solo son perjudiciales para la salud, sino que también funcionan como incentivo para que les jóvenes se inicien en el consumo del cigarrillo tradicional.

Por otro lado, le transmitimos a la Ministra y a les legisladores información sobre cuáles son los baches jurídicos que la ley actual tiene, y que son explotados por la industria tabacalera para esquivar las prohibiciones de publicidad, promoción y patrocinio. Por esta misma razón, sugerimos una serie de medidas que deben ser incluidas en la norma, como la prohibición absoluta y explícita de todo tipo de publicidad -que incluya la exhibición en puntos de venta-, así como su efectiva fiscalización para evitar violaciones, y en última instancia, lograr sancionarlas.

Apostamos a la voluntad política y al fortalecimiento de las políticas públicas para mejorar los estándares de protección al derecho de la salud. Una industria fuerte y pujante como la tabacalera, requiere de un Estado presente y dispuesto a velar por los intereses y derechos de la población. 

 

Más información

 

Autora

Sofía Armando

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Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

En estos últimos 10 años hemos visto grandes cambios en la industria tabacalera. Elegancia y tecnología en sus productos, imágenes llamativas y de avanzada, palabras nuevas en sus campañas publicitarias y páginas web. Es decir, el desarrollo de estrategias de marketing cada vez más sofisticadas, capaces de cautivar rápidamente al público al que se dirigen. Muy sutilmente y, hasta de una manera casi imperceptible, las tabacaleras se cuelan en nuestro inconsciente y van moldeando nuestras preferencias, conductas y percepciones. 

Estas empresas suelen beneficiarse del efecto colateral que trae la lentitud con la que los Estados regulan su accionar. Una industria capaz de invertir millones de dólares en innovación y en publicidad, requiere de marcos normativos fuertes que permitan hacerles frente con la debida inmediatez y eficacia. De lo contrario, peligra la salud, dignidad y calidad de vida de las personas, en especial, la de niñes y adolescentes, grupo en el que especialmente se enfocan estas corporaciones. 

¿Qué dice la ley de control de tabaco en Argentina?

En Argentina, la Ley Nacional de Control de Tabaco (LNCT) cuenta con más de 10 años de antigüedad. Si bien en su momento representó un avance significativo en la materia, lo cierto es que ha quedado desactualizada e insuficiente ante el arsenal de estrategias de comercialización que fueron desarrollando las tabacaleras. A ello se suman las dificultades que tiene el Estado argentino para desarrollar mecanismos de control adecuados que permitan garantizar el cumplimiento de la normativa en todo el país. Si el monitoreo de las tácticas publicitarias en medios tradicionales ya representaba un desafío para el Estado, la fiscalización de todas estas nuevas estrategias impulsadas por las tabacaleras trae más complejidades.  

 La industria gasta millones de dólares diariamente para crear tácticas de marketing que generen la impresión de que el consumo de tabaco está generalizado y es aceptable. En este sentido, se ha comprobado científicamente que la publicidad, la promoción y el patrocinio incrementan las posibilidades de iniciación en el consumo de tabaco, mantienen o elevan los niveles de consumo entre las personas fumadoras y reducen la predisposición para dejar de fumar. 

En nuestro país -a nivel nacional-, rige una prohibición amplia de las acciones de promoción, publicidad y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, sea que estas tengan lugar de forma directa o indirecta y a través de cualquier medio de difusión o comunicación. No obstante, la normativa también establece una serie de excepciones a dicha prohibición, como ser la promoción y publicidad que se realiza en el interior de los puntos de venta, en publicaciones propias del sector tabacalero y a través de comunicaciones directas a mayores de 18 años, siempre que hayan prestado su consentimiento previo y se haya verificado su edad. 

Este tipo de restricciones parciales carecen de efectividad para la reducción del consumo y la protección de la salud pública. Pues, la publicidad que se prohíbe por un canal comunicacional, se despliega y refuerza por otros. En este sentido, de acuerdo a la experiencia argentina, con el avance de regulaciones que tuvieron por objeto limitar las estrategias de mercadotecnia, las principales conquistas se obtuvieron en el campo de los medios tradicionales, tales como televisión, radio y prensa gráfica. Sin embargo, las tabacaleras rápidamente desarrollaron otras formas innovadoras para seguir operando y proteger así sus ingresos. Algunas de estas estrategias fueron en expresa violación a la normativa actual y otras, premeditamente, se valieron de los vacíos legales para continuar promocionando y publicitando sus productos. De esta manera, los puntos de venta, los eventos masivos e Internet -entre otros-, comenzaron a ser los espacios disputados y privilegiados por estas corporaciones.

 Las tabacaleras en el kiosco de la esquina

Un estudio realizado por FIC Argentina, cuyo propósito fue evaluar en 8 provincias del país las estrategias de marketing empleadas por las tabacaleras en los puntos de venta, detectó que en el 56,1% de estos espacios existía algún tipo de publicidad de cigarrillos o productos relacionados, como ser: atados de cigarrillos utilizados como elementos de decoración; carteles con logo y/o marca que publicitan determinados productos; carteles sin logo y/o marca pero que contienen referencias, alusiones o slogans relacionados a productos de tabaco; estanterías provistas por la industria tabacalera con espacios para carteles publicitarios y efectos luminosos; exhibición de los productos de tabaco a la venta a través de estanterías.

A su vez, las investigaciones demuestran que las inversiones de las tabacaleras en los puntos de venta han ido aumentando significativamente en los últimos años. Esto obedece a que esos espacios son centrales y eficaces para exponer a las personas a mensajes e imágenes que posicionan al hábito de fumar como algo normal y familiar. La colocación estratégica de los paquetes y cartelería en lugares muy visibles (como las líneas de caja, las zonas de ingreso y egreso) garantiza que se destaque la marca y las imágenes asociadas que funcionan como recordatorio visual y refuerzan el deseo de fumar. A ello se suma el hecho de que gran parte de los paquetes exhibidos, los carteles y las estanterías, son visibles desde el exterior de modo que alcanzan no sólo a quienes ingresan al local sino también a quienes transitan en sus inmediaciones.  

“Nuevos productos” + marketing digital = el combo perfecto

La irrupción en el mercado de los denominados “nuevos productos”, tales como el cigarrillo electrónico -también denominados Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN)- y los productos de tabaco calentado, constituyeron una novedad en sí misma. Sus diseños sofisticados y la tecnología aplicada a su funcionamiento, captaron rápidamente la atención del público, en especial de las juventudes. Además, como si eso fuera poco, comenzaron a ser presentados como productos de riesgo reducido o como parte de los tratamientos para dejar de fumar, abonando así a una idea falsa sobre el hábito de fumar. 

En este sentido, resulta pertinente destacar que el lanzamiento de estos nuevos productos, fue acompañado del surgimiento de un neolenguaje que logró instalar nuevos términos en el mercado, como “vapear”, “vapeadores”, “vaporizadores”. Todas terminologías que tuvieron por objeto, no sólo disfrazar el verdadero acto que encarna el uso del cigarrillo electrónico y los productos de tabaco calentado -es decir, el de fumar-, sino que también ocultaron y suavizaron las consecuencias nocivas que para la salud representa su consumo.

A su vez, la comercialización de estos nuevos productos estuvo potenciada por el marketing digital, que se valió especialmente de las redes sociales para alcanzar a la mayor cantidad de personas posibles. Entre las estrategias más destacadas se encuentra la contratación de influencers y artistas musicales que, por su llegada a un gran número de personas, se posicionan en un lugar de creadores de tendencias. De esta manera, se convierten en una de las principales vías que usan las tabacaleras para promocionar sus productos y, al mismo tiempo, establecer vínculos de fidelidad con la población jóven. 

Un ejemplo de ello, es la realizada por la empresa MIG VAPOR LLC a través de videos musicales que se reproducen por medio de Youtube Argentina. La publicidad contenida en dichos videos consiste en mostrar de forma reiterada a artistas famosos -en su mayoría pertenecientes al mundo del reggaeton- consumiendo cigarrillo electrónico, en exhibir el nombre de la marca en lugares fácilmente visibles y en la disposición de un link que se halla en la descripción de la canción reproducida que redirecciona inmediatamente a la página web de ventas de MIG VAPOR LLC. 

De acuerdo a la legislación actual de Argentina, la promoción y publicidad del cigarrillo electrónico, así como cualquiera de sus accesorios, se encuentra específicamente prohibida por la Disposición N°3226/11 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Asimismo, a partir de una interpretación sistemática de la Ley Nacional de Control de Tabaco y de su Decreto Reglamentario, este tipo de productos podría encontrarse alcanzado dentro su ámbito de aplicación y, consecuentemente, prohibida su publicidad a través de sitios web y redes sociales. 

Sin embargo, debe decirse que la fiscalización por parte de la ANMAT en este sentido, ha sido de escasa a insuficiente, y en lo que concierne a los mecanismos de control y monitoreo desplegados por el Ministerio de Salud -autoridad de aplicación de la ley nacional -, éstos se han focalizado más que nada en medios tradicionales y no así en medios digitales. De esta manera, las tabacaleras han quedado en una situación de preeminencia frente a las acciones de fiscalización desplegadas por el Estado. 

Es clara la necesidad de mejorar la regulación de los nuevos productos de tabaco y nicotina de acuerdo a los estándares internacionales, para que incluya no sólo al cigarrillo electrónico sino también a los productos de tabaco calentado y, que los organismos encargados de su control, puedan tornar más eficientes sus mecanismos de fiscalización en pos de garantizar una prohibición completa de publicidad, cualquier sea el medio de difusión.  

Pase VIP en los eventos masivos

De acuerdo a un relevamiento realizado por FIC Argentina en paradores, boliches y eventos musicales, las tabacaleras suelen usar diversas tácticas publicitarias con el fin de atraer al público juvenil. Ofrecimiento de muestras gratis y canjes, entrega de objetos promocionales, stands decorados con pantallas y la estética identitaria de la marca, son las estrategias más empleadas en estos espacios. Además, al igual que en los puntos de venta, allí se venden, promocionan y exhiben los productos de tabaco. 

Además, quienes atienden el stand, suelen convocar a les jóvenes a concursos y sorteos, y es allí donde se fomenta y produce un intercambio que culmina con el registro de datos personales. Así, las tabacaleras logran acrecentar su base de datos y tienen toda la información necesaria para futuras acciones de comercialización. Entre ellas, el e-mail marketing y redes sociales.

 Conforme a la LNCT y su Decreto Reglamentario, además de prohibirse todo tipo de publicidad en vía pública, espacios de uso público, bares, discotecas, se encuentra prohibido el uso de incentivos directos o indirectos que fomenten la compra o consumo de productos de tabaco, tales como la realización de descuentos promocionales, la entrega de obsequios o la realización de concursos o competencias. Asimismo, se prohíbe la entrega de muestras gratis, ya sea como obsequio o canje por otro producto. Pese a ello, la fiscalización de estos eventos es deficiente y evidencia la necesidad de mejorar los mecanismos de monitoreo y sanción. 

¿Qué necesitamos del Estado argentino? 

La violación a la normativa vigente en materia de control de tabaco, la inadecuada fiscalización por parte del Estado sumado a una industria capaz de invertir millones de dólares en marketing e innovación, revelan la urgencia de avanzar hacia una prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio, en todas sus formas y cualquiera sea el medio de difusión. 

La promoción y publicidad en puntos de venta, especialmente la que se hace a través de la exhibición de productos de tabaco, es una de las principales estrategias de marketing empleada por las tabacaleras. En este sentido, el Convenio Marco para el Control de Tabaco (CMCT) ha establecido en su artículo 13 que “una prohibición total de la publicidad, la promoción y el patrocinio reduciría el consumo de productos de tabaco” y que, la exhibición en puntos de venta, debe ser considerada en sí misma como una forma de publicidad y promoción. 

Además, de acuerdo a la literatura científica en la materia así como lo estipulado por el propio Convenio Marco, la legislación que establece la prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco, es una medida eficaz en la lucha contra el tabaquismo. Pues tiene la capacidad de reducir el consumo de toda la población, cualquiera sea su nivel de ingreso y educación.

Por otro lado, frente al avance de los nuevos productos es necesario garantizar un marco normativo que expresamente los regule. La actual Ley Nacional de Control de Tabaco no los recepta expresamente y de hacerlo, podría incrementar las expectativas de cumplimiento a la regulación, reducir los grises de la actual normativa a fin de evitar que las tabacaleras continúen desarrollando estrategias abusivas de marketing y comercialización y, en definitiva, aminorar el peligro que estos productos representan para la salud pública. 

En esta línea, la 7ma reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio Marco para el Control de Tabaco en 2016 recomendó que la regulación “impida la promoción de los SEAN/SSSN y prevenga la adopción por parte de no fumadores, mujeres embarazadas y jóvenes, minimice los posibles riesgos para la salud de los usuarios y no usuarios de SEAN/SSSN, prohíba declaraciones de propiedades no probadas sobre SEAN/SSSN y proteja los esfuerzos de control del tabaco de los intereses comerciales y otros intereses creados de la industria tabacalera”. En relación con los productos de tabaco calentado, plantea que deberían estar sujetos a las medidas normativas y reglamentarias aplicadas a todos los demás productos de tabaco.

Es necesario que el Estado tenga en cuenta el cambio de paradigma que hubo en estos últimos 11 años desde la sanción de la norma nacional de Control de Tabaco. Si nuestros marcos normativos no se actualizan y si no mejoran nuestros mecanismos de fiscalización, no será posible disminuir la epidemia del tabaquismo y, consecuentemente, proteger la salud pública. En este sentido, se torna imprescindible la ratificación del Convenio Marco en tanto que será una herramienta que permitirá robustecer los actuales estándares de protección en materia de control de tabaco.

Una industria que avanza a pasos agigantados, desarrollando nuevos productos e innovadoras estrategias de comercialización, requiere de Estados capaces de responder con rapidez y eficacia. O lo que sería mejor aún, anticipar los embauques de estas corporaciones.

 

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Autores

Gaetano Vaggione 

Maga Merlo Vijarra 

 

Contacto 

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org