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Junto a organizaciones de trayectoria en la defensa de los derechos humanos y el ambiente de América Latina y el Caribe, solicitamos una audiencia temática ante la CIDH referida a la violación de los derechos humanos en contexto de cambio climático en la región. En Córdoba, los ciclos de inundaciones y sequías se ven agravados por la falta de planificación y coordinación de políticas que tengan en cuenta los efectos del cambio climático.

El pasado 5 de marzo distintas organizaciones de América Latina y el Caribe, entre ellas FUNDEPS, enviamos una solicitud al Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Dr. Paulo Abrão, para que se realice una audiencia temática, de carácter general y de ámbito regional, sobre los impactos del cambio climático y su afectación en el disfrute de los derechos humanos en América Latina y el Caribe.

Las audiencias temáticas son espacios que se conceden a la sociedad civil para tratar asuntos de interés en la región. Los peticionarios pueden formular recomendaciones a la CIDH para que ésta luego las desarrolle. Si bien las recomendaciones que formula la CIDH no tienen carácter vinculante, suelen ser utilizadas y tenidas en cuenta por los jueces y autoridades a la hora de resolver un determinado asunto; por este motivo adquieren tanta relevancia.

La audiencia fue peticionada en forma conjunta con diversas organizaciones civiles provenientes de varios países de la región como el Centro Mexicano de Derecho Ambiental –  CEMDA – (México), la Alianza Hondureña frente al Cambio Climático, Due Process of Law Foundation – DPLF – (Regional), la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente –AIDA– (Regional), EarthRights International (Internacional), la Fundación Pachamama (Ecuador), el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad – Dejusticia– (Colombia), lFiscalía del Medio Ambiente – FIMA – (Chile), Centro de Estudios Legales y Sociales – CELS – (Argentina), CONECTAS (Brasil), Engajamundo (Brasil) y el Instituto de Defensa Legal – IDL – (Perú). Éstas  tienen una  gran trayectoria por el trabajo que realizan en la región, específicamente en lo referido a la defensa de los derechos humanos y el ambiente. A través de esta solicitud, buscamos compartir y combatir nuestra preocupación sobre los efectos negativos que el cambio climático ya está infligiendo en el presente y su proyección en el futuro.

El objeto principal de la audiencia temática es transmitir a la CIDH, información relevante y actualizada respecto del papel que juega el cambio climático y las medidas diseñadas para combatirlo, en el disfrute de los derechos humanos reconocidos por los países de América Latina y el Caribe.

Implicancias del cambio climático en la región

Los efectos del cambio climático se despliegan en todo el mundo, llegando a irrumpir de manera contundente los sistemas sociales y ecológicos, generando un detrimento en el disfrute de una gama de derechos humanos internacionalmente reconocidos como son los derechos a la vida, a la  salud física y mental, a la alimentación, al agua y saneamiento, a una vivienda adecuada, a la autodeterminación, entre otros. Sumado a ello, provoca una profundización de las vulnerabilidades y diferencias económico-sociales preexistentes en los países y grupos históricamente desventajados.

Específicamente en el caso de América y el Caribe, esto se vuelve más notorio cuando existen actualmente varios millones de personas  que viven en el camino de los huracanes y en las zonas costeras de baja elevación, lo que las hace víctimas al aumento del nivel del mar, las mareas de tormenta y las inundaciones costeras. Mas aún teniendo en cuenta que varios países tienen una gran proporción de su población urbana viviendo en zonas a menos de cinco metros sobre el nivel del mar. A medida que las temperaturas continúan aumentando, también lo hace el riesgo de enfermedades transmitidas por vectores, como la malaria y el dengue, agravado por las malas condiciones del agua y la vivienda, afectando de esta manera el derecho a la salud de la población.

Además, la población rural pobre en general, y los grupos indígenas, en particular, son especialmente vulnerables al cambio climático debido a su dependencia a la agricultura a pequeña escala y a los recursos naturales. Adicionalmente, el cambio climático impacta de manera diferencial a más mujeres. En efecto, el análisis de censos poblacionales de desastres naturales en 141 países demostró que “si bien las catástrofes causan sufrimiento a todo el mundo, como promedio, producen más víctimas mortales entre las mujeres que entre los hombres, o bien se cobran la vida de más mujeres jóvenes que hombres”.

En el caso de Argentina, y más precisamente en Córdoba, los ciclos de inundaciones y sequías provocados por el cambio climático se ven agravados por la falta planificación y coordinación de políticas para combatir sus efectos. En el 2015, esta situación llevó a que las inundaciones producidas en casi todas las localidades de las Sierras Chicas, provocaran todo tipo de daños – estructurales de vivienda, económicos y sanitarios-, muchos aún sin resolver y, lo que resulta aún más grave, la pérdida de vidas humanas.

 

Medidas de adaptación y de mitigación no son suficientes

Los Estados de la región en numerosas ocasiones han adoptado medidas con el objeto de disminuir los efectos adversos del cambio climático. Estas son las llamadas medidas de “mitigación y adaptación”; las primeras, referidas a la intervención del hombre en la reducción de la emisión de los gases de efecto invernadero, y las segundas, aquellas que buscan moderar o evitar daños o aprovechar oportunidades beneficiosas. El problema que surge con tales medidas es que en muchos casos también resultan violatorias o afectan de manera negativa el goce de ciertos derechos humanos, como por ejemplo aquellas que limitan el acceso y uso a los recursos naturales, como la tierra, el agua y los bosques.

Por este motivo es que, luego de la entrada en vigor del Acuerdo de París (2016), todas las medidas que los Estados adopten deben «respetar, proteger y considerar sus respectivas obligaciones en materia de derechos humanos» y, en particular, “el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situación de vulnerabilidad y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de las mujeres y la equidad intergeneracional”.

Con la mirada puesta en la Convención Marco sobre Cambio Climático

De ser aprobada la solicitud de audiencia temática, la misma se llevará cabo durante el 172° período de sesiones de la CIDH, entre 2 y el 10 de mayo de 2019 en Kingston, Jamaica. Asimismo, la siguiente Conferencia de las Partes de la CMNUCC tendrá lugar en Santiago de Chile a fines de 2019, haciendo de la audiencia temática un preámbulo a manera de diálogo multi-actor donde se aborde esta problemática desde los derechos humanos y con una mirada regional. Contribuyendo así a una articulación de temas conducentes al mismo objetivo: el desarrollo sostenible con enfoque de derechos.

Este nuevo contexto global, donde el cambio climático supone un reto sin precedentes, requiere de la agencia innovadora de la CIDH a fin de marcar las pautas y estándares necesarios para que los Estados del continente avancen a pasos acelerados hacia un futuro con un nivel seguro de gases de efecto invernadero, que permita la estabilidad climática y con derechos plenamente garantizados.

Mientras el calentamiento mundial continúe en aumento, derechos humanos básicos se encuentran en riesgo, afectando no solo a las generaciones presentes, sino en especial a las generaciones venideras. Por todo ello, y teniendo en cuenta que la CIDH es el órgano encargado de la promoción  y protección de los derechos humanos en la región, es que estimamos fundamental que se considere la solicitud de audiencia temática presentada.

Más información

Solicitud de audiencia temática ante la CIDH

Autora

Ananda Lavayen

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María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

El pasado 22 de febrero, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, por mayoría, resolvió revocar la resolución dictada por el Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba en el marco de la causa Porta Hermanos. En esa resolución se ordenaban estudios sobre la contaminación ambiental y posibles patologías presentes en las inmediaciones de la planta de Porta Hermanos S.A.

La Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar al recurso de apelación presentado por la empresa Porta Hermanos S.A, revocando lo resuelto por el Juzgado Federal Nº 3 en el que se tramita la causa “CRUZ, SILVIA MARCELA Y OTROS c/ MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DE LA NACIÓN s/ AMPARO AMBIENTAL». En dicha resolución el Juez Vaca Narvaja ordenaba, por un lado, al Centro de Investigaciones del Medio Ambiente – Departamento de Química de la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de la Plata que informe al tribunal la factibilidad de efectuar un estudio sobre la posible contaminación ambiental en la planta de Porta, y por otro, al Decano de la Facultad de Ciencias Médicas de la misma Universidad a los fines de evaluar la posibilidad de practicar una inspección sobre 100 personas que vivan en las proximidades de la planta para detectar posibles patologías.

El voto de la mayoría, sostiene que la aludida resolución vulnera el principio de congruencia procesal puesto que las referidas medidas ordenadas por el juez de primera instancia, no guardan correlación con el objeto del amparo presentado por los afectados. Recordemos que el principio de congruencia procesal implica que el tribunal no puede ir más allá de lo pedido por las partes ni fundar su decisión en hechos diversos de los que han sido alegados por las partes. En este caso, la Cámara también sostiene que, aun cuando al juez interviniente le asisten las facultades previstas por el Art. 32 de la ley 25.675 – que hacen referencia a un juez con un rol activo, preocupado por la protección de un bien colectivo como es el ambiente-, las mismas se deben aplicar con restricciones. De acuerdo al tribunal, esas facultades sólo se limitan al conocimiento las posiciones de las partes, primando de tal modo el principio de congruencia por sobre tales facultades.

Ante tal panorama, cabe efectuar ciertas precisiones:

El voto analizado, sostiene que el objeto del amparo gira en torno a dilucidar si la planta de bioetanol de la empresa Porta Hermanos requería:

  • Habilitación para funcionar por parte de la Ex Secretaría de Energía de la Nación
  • Realización del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental antes de su puesta en funcionamiento

Fuente: Facebook Fuera Porta

El principio de congruencia, el principio precautorio y la perspectiva ambiental.

En primer lugar, de la lectura de la misma resolución, surge claro que el «amparo ambiental» presentado por los vecinos, tiene como objeto principal el «cese de la contaminación ambiental atmosférica» por parte de la planta de bioetanol de la empresa Porta Hermanos S.A. En esa línea, se solicita la clausura y cierre definitivo de la planta atento a no haber cumplido el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental –»carecer de habilitación legal». Pues bien, si la pretensión se centra en el cese de la contaminación ambiental, resulta plenamente congruente determinar la existencia de tal fenómeno. En efecto, sería imposible detener una contaminación, que en los hechos no ha sido acabadamente comprobada.

Sin perjuicio de ello, el principio precautorio entra en juego ya que, aún ante la incertidumbre, el juez no podría postergar medidas eficaces para la protección del ambiente. En la resolución aquí analizada, el voto de la mayoría soslaya la pretensión de los amparistas, la que se encuentra estrechamente vinculada con las medidas ordenadas por el Juez Federal, no vulnerándose el principio de congruencia.

Las habilitaciones administrativas no pueden ser permisos para contaminar.

En segundo lugar, aun cuando el objeto del amparo ambiental sea aquel identificado por la Cámara, es decir, la necesidad de una habilitación legal, es necesario considerar que lo que subyace a los procedimientos formales administrativos de habilitación, es la protección del medio ambiente. Así, los permisos formales constituyen una presunción de inocuidad de la actividad habilitada mas no implican una permisión de contaminar y dañar el medio ambiente, por lo que, ante la comprobación de una actividad contaminante, tal presunción debe ceder.

Es decir, el debate sobre la necesidad de una habilitación o no, en el fondo, implica debatir si tal actividad perjudica al ambiente de modo tal que hubiera requerido de la prevención y/o gestión del daño a través de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental (de conformidad con lo establecido en el Art. 11 de la Ley 25.675). Por esto, aún en tal objeto, las medidas ordenadas por el juez federal de 1º Instancia, resultan plenamente congruentes.

El rol preventivo de los tribunales en los proceso ambientales.

En tercer lugar, la aseveración efectuada por la Cámara de que el principio de congruencia procesal prima ante las facultades que otorga el Art. 32 de la ley 25.675 (L.G.A), resulta cuestionable, cuando no errónea.

En los procesos donde se debate la cuestión ambiental, en razón del bien protegido, los derechos en juego y la particularidad del daño, es necesario que las reglas procesales tradicionales (lease principio de congruencia) se redefinan desde la perspectiva ambiental y de derechos humanos. El juez adquiere un rol preventivo y un protagonismo activo en pos de la protección efectiva del interés general, pudiendo adoptar para ello las diligencias y medidas necesarias (Art. 32 L.G.A). En tal rol, el juez debe obrar en favor de la protección del interés general ambiental, el cual adquiere un valor preeminente, modificando las reglas tradicionales del proceso civil, a los fines de prevenir el daño ambiental, sin caer en la quietud de permitir la contaminación y consolidar de tal modo un daño ambiental irreparable. Bajo esta preeminencia, el principio de congruencia se subvierte, o cede en favor de la protección ambiental.

Cabe advertir que la resolución adoptada por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, resulta cuestionable en tanto erróneamente define el objeto del amparo ambiental como meramente formal (determinar la necesidad de habilitación legal), y soslaya principios y normas fundamentales del ordenamiento público ambiental argentino. Además, en este caso la resolución revocada simplemente ordenaba medidas para tener más información de la situación actual, algo que ha sido motivo de sucesivos reclamos públicos por parte de vecinos y vecinas de los barrios San Antonio e Inaudi.

Es lamentable que una mirada formalista y alejada de la realidad impida tener más información, para así poder investigar y evaluar mejor una situación de conflicto socio-ambiental que lleva años en nuestra ciudad.  

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Autor

Juan Bautista Lopez

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María Pérez Alsina, mariaperezalsina@fundeps.org 

Por iniciativa de la organización peruana ‘Derecho, Ambiente y Recursos Naturales’, el pasado 25 de febrero, se presentó una carta ante el Directorio de la Iniciativa para la Transparencia en Industrias Extractivas (EITI), exigiendo la publicación de información ambiental. Más de 100 organizaciones de América Latina (incluyendo a FUNDEPS), firmaron una carta que solicitaba a los miembros de esta iniciativa, hacer obligatoria la transparencia en materia de información ambiental.

El estándar EITI para la transparencia en las actividades extractivas, procura divulgar información sobre la industria petrolera, gasífera y minera. Exige la publicación de información a lo largo de la cadena de valor de la industria extractiva, desde el punto de extracción, pasando por el modo en que los ingresos siguen su camino hacia el gobierno; hasta cómo benefician al público en general. Esto incluye cómo se adjudican y registran las licencias, quiénes son los beneficiarios reales de dichas operaciones, cuáles son las disposiciones legales y fiscales, cuánto se produce, cuánto se paga, cómo se distribuyen esos ingresos, y cuál es la contribución a la economía, incluyendo el empleo.

Se trata de una iniciativa multilateral a la que los gobiernos se adhieren de manera voluntaria, y garantizando la participación de la sociedad civil y empresas del sector extractivo.

No obstante, y a pesar de la impronta de esta iniciativa, el estándar actualmente carece de requerimientos sobre la obligatoriedad de publicar información relacionada a los costos e impactos ambientales de la actividad extractiva. Es necesario contar con información, por ejemplo, sobre la cantidad de agua que un proyecto minero consume, multas que pagan las corporaciones por violaciones medioambientales, información sobre las evaluaciones de impacto medioambiental, planes de mitigación, entre otros. Estos datos son cruciales para evitar el daño irreversible al medio ambiente y la vulneración de los derechos de aquellas personas afectadas por la actividad extractiva.

Durante la semana del 25 de febrero, el Directorio de EITI se reunirá en Kiev, Ucrania; para revisar las provisiones del estándar actual. Las organizaciones de la sociedad civil en América Latina enviaron una carta exigiendo que luego del proceso de revisión se incorporasen nuevas directrices que garanticen que:

  • Se divulgue información a nivel proyecto, con relación a todas las evaluaciones sociales y ambientales, mostrando el verdadero impacto de la actividad extractiva en ecosistemas y comunidades.
  • Se divulgue información ambiental y social sobre pagos y gastos, incluyendo estudios de impacto, derechos adquiridos, licencias, multas, compensaciones y remediación.
  • Se divulgue información sobre todas las licencias y autorizaciones ambientales, desagregadas por compañía y proyecto. Incluyendo de qué manera las autoridades monitorean los compromisos e información medioambientales.

Argentina se ha unido oficialmente a EITI el 27 de febrero de 2019. De robustecerse el estándar con las demandas hechas por la sociedad civil, redundaría en una mejora sobre la generación y publicación de información medioambiental en nuestro país.

Más información

Sitio WEB de EITI

Carta enviada al Directorio de EITI

Environmental Reporting: Key to Transparency

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Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

 

  • La Municipalidad extendió la medida una vez más y espera que sea la última gracias a la obras que están haciendo en la planta.
  • Vecinos piden información y aseguran que hay más personas afectadas por la contaminación.

La Municipalidad de Córdoba volvió a prorrogar por 180 días la emergencia ambiental y sanitaria en el Establecimiento Depurador de Agua Residuales (Edar) de Bajo Grande y en la zona ubicada aguas abajo de esta planta.

De esta forma, esta medida excepcional cumplirá cinco años, ya que fue tomada por primera vez en agosto de 2014 y, con la nueva prórroga (la quinta), se extenderá hasta igual mes de 2019.

“Esta prórroga responde a dos motivos. Primero, reconocemos que la planta de Bajo Grande no está trabajando como corresponde. Pero además habilita un mecanismo administrativo para ser más eficientes en cuanto a las compras y otros procesos necesarios para realizar mejoras”, comentó Sebastián Roca, subsecretario de Ambiente de la Municipalidad.

El funcionario arriesgó que quizá sea la última prórroga, pues se espera que para esa fecha no sólo esté funcionando la nueva planta de tratamiento que construye la Provincia, sino que también ya estén listas las obras de refuncionalización del Edar en las que trabaja la Municipalidad.

Obras en marcha

Según el portal de datos abiertos de la Municipalidad, este año se comenzaron a ejecutar cuatro obras en el Edar. La perforación para el abastecimiento de agua de la planta (obra licitada por cuatro millones de pesos) ya debería estar concluida.

La optimización de los brazos distribuidores de los percoladores (70 millones de pesos) debería finalizarse en agosto de 2019. En tanto, la instalación de un sistema para separación de grasas de los efluentes (18 millones) tendría que terminarse en febrero próximo, mientras que la reparación integral del digestor secundario (13 millones) recién concluiría en abril de 2020.

Para 2019, la Municipalidad tiene presupuestados más de 333 millones de pesos para el Edar.

Reclamos

Desde la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), advirtieron que este nueva prórroga es un reconocimiento de la compleja situación por la contaminación del río Suquía, que continúa recibiendo efluentes cloacales con mínimo tratamiento o directamente sin tratar.

La ONG envió varios pedidos de información al municipio sobre la situación de Bajo Grande, pero no obtuvieron respuestas.

“La situación es muy preocupante. Un contexto de graves y continuados impactos ambientales exigiría que las autoridades rindieran cuentas de la situación en forma permanente”, comentó Juan Carballo, director ejecutivo de Fundeps.

Otra de las tareas dentro de la emergencia sanitaria es el monitoreo que debe realizar la Municipalidad en la zona de enfermedades que podrían estar asociadas a esta contaminación, como gastroenteritis, dermatitis, conjuntivitis, irritación de piel y ojos y afecciones respiratorias.

Mientras las autoridades aseguran que los casos han disminuido, Alida Weht, de la organización Las Omas, que trabaja en Chacras de la Merced (aguas abajo de Bajo Grande), indicó que no es así.

“Lo que pasa es que, debido a la gran cantidad de casos que hay, la gente comienza a naturalizarlos y dejan de consultar a los centros de salud por la falta de respuesta y de medicamentos para el tratamiento de dichas enfermedades”, explicó.

Para Roca, la refuncionalización del Edar y la nueva planta que construye la Provincia serán la solución definitiva a este problema ambiental, uno de los más graves de Córdoba. Con ambas plantas funcionando, se podrá tratar el ciento por ciento de los efluentes cloacales de la Capital.

Intervenciones judiciales

La primera emergencia sanitaria se tomó luego de que un fallo judicial ordenó a la Municipalidad y a la Provincia que instrumentaran una serie de medidas para mitigar los efectos de la contaminación que produce la planta sobre la población aledaña a Bajo Grande.

Por su parte, en septiembre de este año, la Justicia federal imputó a siete funcionarios municipales por contaminación y por el no cumplimiento de la ley 24.051 de residuos peligrosos, debido al mal funcionamiento de Bajo Grande.

Una de las denuncias fue realizada por vecinos de Capilla de los Remedios, localidad que está ubicada 35 kilómetros aguas abajo del Edar. Hace unos meses, un análisis detectó niveles de contaminación similares a los que tendría una cloaca.

La contaminación es tanta que casi no hay peces en esa parte del Suquía, según estudios de la Universidad Nacional de Córdoba.

La nueva planta estaría lista en 2019

Se está construyendo al lado de Bajo Grande.
Fechas. La planta es construida por la empresa Supercemento y tiene fecha de finalización para diciembre de 2019. No se descarta que algunos módulos comiencen a funcionar antes de esa fecha.
Otra tecnología. A diferencia del Edar, esta planta utiliza tanques de aireación para promover la acción microbiológica que desintegra y neutraliza la materia orgánica. Además, realiza una neutralización y secado de los barros.
Montos. La Provincia y la Nación aportaron los fondos para la construcción de esta planta y de la red troncal de cloacas de la Capital. El costo: 3.200 millones de pesos.

Fuente: La Voz

La Municipalidad de Córdoba volvió a extender la emergencia ambiental y sanitaria en el Establecimiento Depurador de Aguas Residuales (E.D.A.R.) de Bajo Grande y en las zonas aguas abajo. Lo hizo a través del Decreto N° 3413 y la medida rige  por 180 días. Vecinas de Chacras de la Merced reclaman que las acciones comprometidas no se están cumpliendo.

El pasado 1 de noviembre, el intendente Ramón J. Mestre firmó el Decreto_3413  que vuelve a poner a esta parte de la ciudad de Córdoba en estado de emergencia ambiental y sanitaria, en virtud del estado de la planta de Bajo Grande.

La medida rige por el término de 180 días, a partir del vencimiento de los términos del Decreto N° 15 de fecha 12 de enero de 2018 (que prorrogaba la emergencia ambiental y sanitaria dispuesta en abril de 2017). Por ello, el plazo para que las distintas reparticiones de la Municipalidad realicen todas las acciones contempladas en el Plan de Mitigación habría finalizado el pasado mes de  noviembre.

Esta nueva declaración de emergencia reconoce la compleja situación por la contaminación del Río Suquía, que continúa recibiendo efluentes cloacales con mínimo tratamiento o directamente sin tratar. Por este motivo, ya la misma determinación había comenzado a tomar el municipio al menos desde 2014.

La decisión de entonces se concretó luego de conocerse un fallo judicial que ordenó al municipio y a la provincia que instrumentaran una serie de medidas para mitigar los efectos de la contaminación que produce la planta sobre la población, particularmente en el Suquía y zonas aledañas. Luego, la medida fue prorrogada por los Decretos N° 1220/15, 3745/15, 1292/2017, 015/18, y ahora por el Decreto N° 3413 con el fin de dar continuidad al plan de mitigación de efectos ambientales y sanitarios propuestos para la planta de Bajo Grande, ubicada en el barrio Chacras de la Merced.

Por otro lado, continúan las obras de ampliación de la planta que según lo informado por la Provincia una vez terminadas beneficiarán a unos 960 mil cordobeses. Estas obras concluirían en la segunda mitad del año 2019.

Planta de Tratamientos Cloacales de Bajo Grande

Pedidos de información: sin respuestas satisfactorias

En el mes de marzo, y en el marco de la emergencia decretada por el gobierno municipal, junto a Las Omas, asociación civil de vecinas del barrio Chacras de las Merced, realizamos diversas presentaciones  ante la Secretaría de Gobierno, Participación Ciudadana y Desarrollo Social, la Secretaría General, la Secretaría de Servicios Públicos, la Secretaría de Salud y  la Secretaría de Planeamiento e Infraestructura de la Municipalidad de Córdoba. Los pedidos realizados solicitaban información acerca del estado de avance del plan de mitigación dispuesto en Bajo Grande y zonas aguas abajo. Ante la falta de respuesta por parte de la administración municipal, presentamos sendos prontos despacho en el mes de junio.

La Secretaría de Salud fue la única repartición que contestó, pero lo hizo de manera incompleta y con información que contradice lo reportado por las personas vecinas de la planta. Mientras el municipio sostiene que en los centros de salud de la zona no se registra déficit de stock e insumos y que los recursos humanos son suficientes para dar respuesta a las problemáticas y afecciones del barrio, las vecinas denuncian que nunca hay suficientes medicamentos, las ambulancias no quieren entrar al barrio por el estado de los caminos y que sólo hay un médico en la zona que no da abasto. Además, el centro de salud del barrio sólo atiende por la mañana y cuando el médico no va, no hay reemplazo».

Según lo informado por la Municipalidad de Córdoba, los casos de Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) disminuyeron entre los años 2012 y 2017. Sin embargo, en el Centro de Salud N° 84 del Barrio Chacras de la Merced, en el 2017 los casos de diarrea aumentaron respecto del 2015 y 2016, lo que demuestra que las enfermedades que pudieran ser producto de la contaminación del agua, persisten y continúan afectando a la comunidad.

Alida Weht, presidenta de Las Omas

Con respecto a esto, Alida Weht, presidenta de Las Omas, manifiesta que “las afecciones no disminuyeron, lo que pasa es que debido a la gran cantidad de casos que hay, la gente comienza a naturalizarlas y dejan de consultar a los centros de salud del sector, por la falta de respuesta y de medicamentos para el tratamiento de dichas enfermedades.”

Las acciones sanitarias contempladas en el Plan de Mitigación son: continuar con las evaluaciones semanales de patologías trazadoras (diarrea, hepatitis, conjuntivitis, meningoencefalitis, SUH y otras); asegurar la provisión de medicamentos e insumos de enfermería en forma oportuna y suficiente; garantizar la disponibilidad del recurso humano para la atención de pacientes del área afectada, con acompañamiento y participación de la comunidad; continuar con el trabajo en red con otros Centros de Salud cercanos e Instituciones, entre otras.

Sin embargo, Alida Weht, declaró que en la actualidad existen numerosos casos de gastroenteritis, dermatitis, conjuntivitis, irritación de piel y ojos, afecciones respiratorias y que las acciones comprometidas en el plan de mitigación no se estarían cumpliendo. “Son enfermedades propias de la zona, tener neumonía todos los años ya es una normalidad”, agrega.

La situación de vulnerabilidad que vive la comunidad ubicada a la vera de la estación depuradora, es hoy por hoy, insostenible y degradante. De igual modo, el mal funcionamiento de la planta persiste desde hace años, incluso lo han reconocido los propios empleados de la planta que aseguran que han llegado a arrojar al Río Suquía casi el 100 por ciento de los líquidos sin tratar.

Desde FUNDEPS nos preocupa la continuidad de una situación de degradación ambiental y violación de derechos humanos. Como expresa Juan Carballo, Director Ejecutivo de FUNDEPS, “la situación es muy preocupante: un contexto de graves y continuados impactos ambientales exigirían mínimanente que las autoridades rindan cuentas de la situación en forma permanente. Eso no sucede en la actualidad; una ampliación de la planta sin adecuada participación ciudadana, un funcionamiento deficitario pero sin datos ciertos y pedidos de información no respondidos agravan aún más la situación”.

La situación es aún más preocupante, si tenemos en cuenta que hay ocho funcionarios municipales imputados por la justicia federal por la situación del Río Suquía, atento podría existir evidencia que la contaminación ha llegado hasta la desembocadura del Río Primero en la Laguna de Mar Chiquita.

Esto demuestra el fracaso de los planes de mitigación asumidos cada vez que se ha decretado la emergencia ambiental desde el año 2014. También, ha quedado claro que las acciones implementadas no han sido suficientes para mitigar los efectos de la contaminación del Río Suquía; y de la situación de desprotección que sufre la gente del barrio Chacras de la Merced.

Renovamos una vez más el reclamo por una solución definitiva a la contaminación del Río Suquía y, especialmente, por la garantía de los derechos de aquellos que han sido y siguen siendo afectados.

Más info:

https://eldoce.tv/sociedad/de-rio-cloaca-preocupa-la-contaminacion-del-suquia-planta-bajo-grande-chacras-de-la-merced-municipalidad-de-cordoba_68471

Contacto:

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

Durante el mes de octubre, trabajamos con las comunidades de Colonia Tirolesa y Falda del Carmen, dos localidades cordobesas que desde hace años sufren las consecuencias del uso indiscriminado de agroquímicos cercano a las zonas pobladas. Acompañamos y apoyamos su reclamo tratando de empoderar a las comunidades afectadas en la protección de derechos a la salud y a un ambiente sano.

Participamos de la Jornada «Agroquímicos, Salud y Ambiente» en Colonia Tirolesa

A principios de octubre, se realizó la jornada «Agroquímicos, Salud y Ambiente» en Colonia Tirolesa, una localidad situada a 27 km de la ciudad de Córdoba, que se dedica a actividades agrícolas, en particular a la producción de papa, soja y maíz.

La reunión fue una buena oportunidad para seguir aprendiendo de las comunidades que viven cerca de campos que son frecuentemente fumigados con agroquímicos. Durante este encuentro, miembros de la comunidad tuvieron la oportunidad de expresar sus preocupaciones y sentimientos acerca de esta problemática, incluyendo las enfermedades que les afectan.

Además, miembros del «Grupo de Epidemiologia de la Ciencia Digna» de Córdoba y Buenos Aires, mostraron los resultados del relevamiento realizado a través de Encuestas de Salud Socioambiental, llevadas a cabo en mayo 2017 en el barrio de la estación de Colonia Tirolesa, en alrededor de 76 hogares. El objetivo de las encuestas es contribuir a la visibilización de los problemas de salud que presentan las poblaciones expuestas a riesgos y daños socio-ambientales, fortaleciendo así la lucha contra el modelo hegemónico de producción agrícola.

Uno de los resultados más impactantes fue que, en los últimos 20 años, las mayores causas de fallecimiento en el barrio la constituyen los tumores malignos (30%) y las causas respiratorias (22%), quedando en tercer lugar las enfermedades cardiovasculares (19%), siendo que a nivel nacional esta última es la principal causa de muerte.

Participamos en el encuentro mediante el desarrollo de capacidades de la comunidad con respecto a su derecho a la salud y a un ambiente sano. María, Coordinadora del área de Ambiente, estuvo a cargo de la enseñanza de estos derechos y de los distintos modos en que los miembros de la comunidad son capaces de reclamarlos.

Un ingeniero agrónomo también estuvo presente en este evento multidisciplinario. Allí, explicó a la comunidad que existen formas alternativas de producción, que no implican un daño para la salud o el ambiente. Su charla se centró en las prácticas agroecológicas y en cómo aplicar esas prácticas en el campo.

Fue un evento muy movilizador, porque si bien vecinos y vecinas de Colonia Tirolesa sabían que el uso desmedido e incontrolado de agroquímicos podía llegar a afectar su salud y su entorno, no habían tomado real dimensión de la problemática, hasta que les mostraron los resultados de las encuestas en salud. Fue una buena oportunidad para que tomen una real conciencia de los peligros que importa estar permanentemente expuestos a estos productos químicos de uso agropecuario.

Visita a Falda del Carmen

En octubre, también nos reunimos con vecinos y vecinas de Falda de Carmen, una pequeña ciudad cerca de Córdoba Capital, que desde hace unos años viene reclamando una ordenanza municipal que cree una Zona de Resguardo Ambiental para prohibir el uso de agroquímicos en los campos linderos a zonas pobladas.

Durante la visita nos contaron sus inicios en esta lucha contra los empresarios del campo y los agroquímicos, como se organizaron en la Comisión Ambiental Vecinal y las distintas acciones tomadas para visibilizar y crear conciencia en la comuna acerca de esta problemática que les afecta.

Desde FUNDEPS nos comprometimos a ayudar a la comunidad de Falda del Carmen en el desarrollo de estrategias de incidencia y a apoyar sus reclamos en orden a fortalecer sus derechos humanos a la salud y a un ambiente sano.

Contacto

María Pérez Alsina, mariaperezalsina@fundeps.org

El “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe» aprobado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018, se abre oficialmente a la firma de los 33 países de América Latina y el Caribe. Requiere que 11 países lo firmen y ratifiquen para entrar en vigencia.

El 27 de septiembre, se abre a la firma el Acuerdo de Escazú en la 73° Asamblea General de las Naciones Unidas, en Nueva York. El acuerdo adoptado por 24 países de la región el pasado 04 de marzo, estará abierto a la firma de los 33 países de América Latina y el Caribe (LAC, por sus siglas en inglés) hasta el 26 de septiembre de 2020 y necesitará de la ratificación de 11 países para entrar en vigor.

El tratado busca garantizar la plena y efectiva aplicación del Principio 10, receptado en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, en América Latina y el Caribe. Por su parte, el Principio 10 busca asegurar que toda persona tenga acceso a la información, participe en la toma de decisiones y acceda a la justicia en asuntos ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un ambiente sano y sostenible de las generaciones presentes y futuras.

La importancia del Acuerdo de Escazú radica en que es el primero de su tipo en el mundo que incluye disposiciones vinculantes específicas para la protección de personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales. De igual modo,  es el único tratado vinculante emanado de la Conferencia de la ONU sobre Desarrollo Sostenible (Rio+20).

En particular, para la Argentina, que se caracteriza por tener las tasas de deforestación más altas del mundo, así como por la falta de acceso a la información ambiental y la falta de políticas públicas participativas, la entrada en vigencia de este acuerdo regional vinculante permitirá el fortalecimiento de los derechos de acceso en materia ambiental.

En igual sentido, permitirá prevenir los costos ambientales de las decisiones que tienen que ver con el desarrollo económico y mejorar la gestión de los múltiples conflictos socio- ambientales existentes en territorio.

Por estos motivos, presentamos una carta al ex Ministerio de Ambiente y Desarrollo Desarrollo Sustentable y otra al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, instando la firma y adhesión del gobierno argentino al Acuerdo de Escazú.

En igual sentido, mediante un comunicado de prensa expertos en derechos humanos de la ONU instan a los Estados en América Latina y el Caribe a firmar y ratificar, a la mayor brevedad posible, un tratado ambiental pionero para la región.

Los expertos añadieron que los Estados deben adoptar, en sus estrategias para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible  de la ONU, un enfoque que englobe a la sociedad en su conjunto. También señalaron que un aspecto esencial de las obligaciones internacionales de los Estados en materia de derechos humanos es garantizar la protección, el respeto y el apoyo a los individuos que plantean preocupaciones respecto al impacto negativo sobre los derechos humanos, incluyendo en el contexto del desarrollo de proyectos que involucran a empresas

“Al firmar y ratificar prontamente este innovador tratado, los Estados latinoamericanos y caribeños reforzarán su firme compromiso con la protección ambiental y los derechos humanos, y sobre todo, enviarán un inequívoco mensaje en favor del multilateralismo, la solidaridad, la igualdad y la integración regional, a la vez que promueven la colaboración con otras regiones”, dijeron.

Consideramos que la entrada en vigencia del acuerdo regional constituirá un avance fundamental para lograr una verdadera democracia ambiental. Por ello, instamos a la Argentina y demás países de América Latina y el Caribe a firmar y ratificar, lo antes posible, este tratado histórico para la región.

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María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

A través de una carta dirigida al ex Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable y otra al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, solicitamos la firma y adhesión del gobierno argentino al Acuerdo de Escazú. El acuerdo estará abierto a la firma desde el 27 de septiembre de 2018 y necesita que 11 países de la región lo firmen y ratifiquen para entrar en vigencia.

El Acuerdo de Escazú es el “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe», adoptado en Escazú, Costa Rica, el pasado 4 de marzo de 2018, por 24 países de América Latina y el Caribe, incluida la Argentina.

Luego de un proceso de negociación  que inició formalmente en el año 2012 en la Conferencia de Río +20 con la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en América Latina y el Caribe, se adoptó un acuerdo que busca garantizar la efectiva implementación de los derechos de acceso: el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en materia ambiental.

El mismo estará abierto a la firma de los 33 países de América Latina y el Caribe en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, del 27 de septiembre de 2018 al 26 de septiembre de 2020, y estará sujeto a la posterior ratificación, aceptación o aprobación de los Estados que lo hayan firmado. Al menos 11 países deben firmarlo y ratificarlo para que pueda entrar en vigor.

En aras de lograr la entrada en vigencia del Acuerdo de Escazú, presentamos una carta dirigida al ex Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Rabino Sergio Bergman, y otra al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Jorge Marcelo Faurie, solicitando  la firma y adhesión del gobierno argentino al acuerdo regional. A su vez, los instamos a apoyar los esfuerzos de los gobiernos y organizaciones de la sociedad civil de América Latina y el Caribe para invitar a los demás gobiernos de la región a suscribir este importante tratado.

En la carta dirigida a las autoridades nacionales resaltamos la importancia del acuerdo regional ya que se trata del primer tratado sobre asuntos ambientales de América Latina y el Caribe, así como el primero en el mundo en garantizar la protección y seguridad de las personas, grupos y organizaciones defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales.

Esperamos que Argentina, como así también los demás países de la región, firmen y ratifiquen el acuerdo regional sobre Principio 10. De esta forma tendremos un instrumento internacional para reafirmar el derecho de todas las personas a un ambiente sano y al desarrollo sostenible, la lucha contra la desigualdad y discriminación, como así también garantizar la participación de la ciudadanía en las decisiones que afectan su vida y entorno.

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Autora: Ananda Lavayen

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María Pérez Alsina: mariaperezalsina@fundeps.org

 

La Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural ha dado a conocer el primer Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos aplicable al período 2017-2020.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Germán C. Garavano, y el Secretario de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación, Claudio B. Avruj, sostienen que este Plan de Acción es una deuda que el Estado argentino mantiene desde 1993, cuando en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en Viena se comprometió ante 171 Estados a llevar a cabo este Plan de Acción y no lo había cumplido hasta el momento.

Tomando las experiencias de otros países del mundo, es que se han decidido aplicar planes de derechos humanos como instrumentos viables para apuntalar las diferentes acciones necesarias, tales como la adecuación normativa, la ejecución de planes específicos, la difusión y promoción de derechos.

La planificación del Plan de Acción comienza con un análisis de las necesidades existentes en la materia e incluye un gran programa de propuestas, la asignación de recursos y una efectiva evaluación de las políticas a aplicar. Sin embargo, el signo distintivo de este plan se presenta en la esencia de los derechos humanos, por su carácter transversal que exige la integración de los estándares y principios fundamentales en las distintas etapas del ciclo de las políticas públicas, que deben tener como fin la garantía y el acceso a los derechos.

El objetivo macro del Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos es fortalecer el proceso de construcción de un sistema de planificación de políticas públicas. Luego, como objetivos específicos se plantean los siguientes:

  • Diseñar, elaborar, aprobar y publicar un Plan Nacional de Acciones en Derechos Humanos (PNADH) para el período 2017-2020 según las recomendaciones de la Conferencia de Derechos Humanos de Viena 1993.
  • Desarrollar e implementar Planes Operativos Anuales para alcanzar los objetivos parciales que contemplen los recursos necesarios para su ejecución.
  • Diagramar un protocolo de indicadores de monitoreo y seguimiento de las acciones que deriven del PNADH.

El Plan de Acción aborda 5 ejes temáticos principales, cada uno de ellos dividido, a su vez, en diferentes apartados. A saber:

  1. Inclusión, no discriminación e igualdad; con el objetivo de impulsar políticas públicas que contribuyan a la superación de las distintas formas de discriminación existentes.
  2. Seguridad pública y no violencia; orientado a adoptar políticas de seguridad pública basadas en la promoción y protección de los derechos humanos.
  3. Memoria, Verdad, Justicia y Políticas Reparatorias; tomando como horizonte la profundización democrática y considerando que ninguna sociedad puede construirse sobre el olvido y la impunidad.
  4. Acceso Universal a Derechos; de manera de avanzar hacia la efectiva garantía de todos los derechos para todas las personas y atender a las diferentes realidades de los grupos en situación de vulnerabilidad para garantizar su acceso a los bienes sociales.
  5. Cultura cívica y compromiso con los DD.HH.; enfatiza el fortalecimiento de las capacidades institucionales con planes y proyectos que buscan perfeccionar los denominados sistemas transversales y las sinergias entre lo público y lo privado para propiciar la transparencia institucional en la producción e implementación de políticas públicas participativas y la construcción de una democracia avanzada que se sustenta en la defensa y promoción de los derechos humanos.

Otro de los objetivos del gobierno es cumplir con los compromisos internacionales emanados de la Declaración y el Programa de Acción de Viena (1993) y del primer Informe Periódico Universal (EPU), que a su vez está en consonancia con los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

Desde el Poder Ejecutivo Nacional se ha establecido que al elaborar este Plan de Acción, se busca dejar en evidencia a las gestiones anteriores que no cumplieron con este compromiso asumido en 1993 y dar testimonio de que, para el actual gobierno, los derechos humanos constituyen una política de Estado. Pero, ¿será capaz la actual gestión de llevar a cabo las numerosas políticas en materia de derechos humanos que se exponen en el Plan de Acción Nacional en un período de tan solo 3 años? Asimismo, queda cuestionar la implementación efectiva que tendrá este Plan, a la luz de los hechos recientes -modificaciones en los Ministerios- y los recortes presupuestarios que vendrán. Por lo pronto, se ha habilitado un tablero online para que la ciudadanía interesada pueda hacer un seguimiento en tiempo real del cumplimiento de los compromisos asumidos.

Autoras

Camila Bocco

Florencia Tagliaferro

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Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

Debido a la aprobación del proyecto de Autovía de Montaña por decisión de la provincia, nos movilizamos el pasado 31 de agosto manifestando el rechazo ante la resolución. ONGs, asambleas, vecinos y vecinas de Córdoba exigimos una nueva Evaluación de Impacto Ambiental, con la correspondiente audiencia pública. En este marco intervenimos entregando plantines autóctonos con el fin de concientizar acerca del daño que sufren nuestros bosques.

El pasado 24 de agosto, la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, a través de la Resolución N° 374, otorgó la licencia ambiental a la polémica obra conocida como “Autovía de Montaña”.

De este modo, el Estado provincial hace oídos sordos a los reclamos y necesidades de la sociedad una vez más. Recordemos que más del 80% de las 355 personas que se expresaron en la histórica audiencia pública, que tuvo lugar entre los días 11 y 18 de mayo, manifestaron su rechazo a la obra por importar la misma, una grave vulneración al ambiente, bienestar, calidad de vida y salud de las comunidades del Valle de Punilla y al paisaje de nuestras Sierras Chicas.

Si bien las modificaciones incorporadas al proyecto implican una reducción del bosque nativo afectado, pasaría del 76 al 68 por ciento según el Foro Ambiental Córdoba, el impacto continúa siendo negativo. Además, a la altura de Barrancas Bermejas, sobre Bialet Massé, la autovía se correrá unos 120 metros hacia el este, para tomar mayor distancia de un área natural, conocida por su riqueza en aves. Sin embargo, al emplazarse la autovía sobre el faldeo montañoso aumentan los peligros de derrumbes que no fueron tomados en consideración.

El cambio más importante es sobre el tramo que atravesaba el yacimiento de uranio “Rodolfo” ya que la traza original pasaba por algunos afloramientos, que no se habían tenido siquiera en cuenta al momento de la confección del EsIA, y ahora se desplaza 300 metros hacia el oeste, todo lo cual no brinda seguridad a los habitantes de la región por todo el movimiento de suelo que implica la obra.

Como ya fuera advertimos en el documento presentado en la audiencia pública, estos cambios implican la planificación de un proyecto totalmente nuevo. Siendo así, debe incluir un nuevo Estudio de Impacto Ambiental con la traza ajustada, y con la correspondiente descripción de los efectos negativos sobre el ambiente; las medidas de mitigación y recomposición y demás requisitos del art. 19 de la Ley 10.208

La licencia ambiental fue otorgada en manifiesta violación a la normativa ambiental provincial. Las irregularidades e inconsistencias del proyecto denunciadas por expertos técnicos, institutos dependientes de la UNC-CONICET (IMBIV, IDEA, CICTERRA) ONGS, vecinos y vecinas afectadas de la región no fueron zanjadas ni por el proponente ni por las autoridades provinciales. En cambio, aprobaron un proyecto de tamaña envergadura y con importantes impactos ambientales, sociales y culturales, tomando como factores preponderantes y definitivos “la velocidad del tránsito” y la conectividad regional.

Ello da cuenta que este proyecto solo está motivado por criterios económicos, productivos y de eficiencia vehicular. Aún más, desde FUNDEPS también denunciamos la ausencia de transparencia del gobierno provincial, y por eso seguimos creyendo que se necesita un proyecto que sea participativo, y que garantice el cumplimiento de los metas ambientales y objetivos sociales que atiendan a una regulación democrática del ordenamiento regional.

Ratificamos nuestro compromiso participando activamente durante la movilización con la entrega de platines autóctonos. Agradecemos a la ciudadanía que adoptó su árbol nativo y manifestó su interés en el peligro que está corriendo nuestro bosque ante la ausencia de un ordenamiento territorial.

Por todos estos motivos, continuamos manifestando nuestro rechazo a la Autovía de Montaña y acompañamos a las comunidades del Valle de Punilla en sus reclamos por una debida participación ciudadana en la toma de decisiones y por la protección de sus derechos fundamentales a un ambiente sano y equilibrado, a su salud y calidad de vida.

Autora:

María Pérez Alsina

Contacto:

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Del 20 de julio al 20 de agosto se sometió a consulta pública el Informe Final  del Grupo de Trabajo Interministerial sobre Buenas Prácticas en materia de Aplicaciones de Fitosanitarios. Desde FUNDEPS presentamos nuestras observaciones y objeciones al mismo.

A través de la Resolución Conjunta N° 1/2018, los Ministerios de Agroindustria  y de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación crearon un Grupo de Trabajo Interministerial sobre Buenas Prácticas en materia de Aplicaciones de Fitosanitarios.

Los objetivos del grupo de trabajo eran:

  • Elaborar los principios para ordenar las políticas públicas nacionales sobre aplicaciones de fitosanitarios, especialmente en zonas de amortiguamiento, y
  • Formular recomendaciones respecto de cómo mejorar la adopción, control y monitoreo de las buenas prácticas de aplicación de fitosanitarios.

El Grupo de Trabajo está integrado por representantes de ambos ministerios, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), quienes contaron con dos representantes cada uno. Además, formaron parte el Ministerio de Salud, al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) y el Consejo Federal Agropecuario (CFA), quienes participaron con sólo un representante. Se reunió en seis oportunidades entre el 5 de abril y el 5 de julio de 2018.

El resultado final fue un documento que propone 12 principios y 23 recomendaciones, el cual fue abierto a consulta pública durante un mes por medio de una plataforma web con carácter consultivo. La participación de la sociedad fue muy baja, sólo 180 personas dejaron asentados sus aportes, lo que da cuenta de la poca promoción que se le dio al informe y a la consulta pública efectuada por ambos ministerios.

Desde FUNDEPS efectuamos algunas consideraciones y objeciones al documento, entre ellas:

–  El Grupo de Trabajo Interministerial está integrado en su mayoría por representantes del agro;

– Ausencia de participación en el proceso de trabajo de profesionales técnicos idóneos, universidades, ONGs y de la sociedad civil en general.

– No se analiza la necesidad de una ley como un cuestión de salud pública;

– No se tiene en cuenta que las pulverizaciones no se pueden controlar. Por más que se adopten «buenas prácticas agropecuarias» y se tengan en cuenta las condiciones climáticas los productos químicos que se utilizan tienen persistencia en el medio y se movilizan a través del agua y del aire aún después de realizada la aplicación;

– No hay claridad respecto a los criterios técnicos que se utilizarían para delimitar las «zonas de amortiguamiento», ni cómo harían para que se respeten;

– No se asegura de manera efectiva la realización de relevamientos epidemiológicos desde el Ministerio de Salud para saber cuál es la situación de las poblaciones cercanas a zonas de cultivo;

– No considera los principios de la Ley General del Ambiente N° 25.675 que rige toda política ambiental nacional, en particular los principios de prevención y precautorio;

– No contempla un régimen sancionatorio inescindible al control y monitoreo de las «buenas prácticas agropecuarias», entre otras.

Una de las propuestas que presenta el informe, es impulsar una ley nacional sobre aplicación de fitosanitarios, complementaria de la regulación sobre registro de productos y de la ley sobre envases vacíos de fitosanitarios. Desde FUNDEPS apoyamos el dictado de una ley nacional de presupuestos mínimos referida a la aplicación de agroquímicos guiada por el principio de precaución y que permita establecer un marco de referencia que resguarde los derechos fundamentales al ambiente, a la salud y calidad de vida de las personas.

Mas información:

Observaciones al informe sobre buenas prácticas en aplicaciones de Fitosanitarios

Grupo_Interministerial_Fitosanitarios

Autores:

Lourdes Aparicio, Juan Bautista López y María Pérez Alsina

Contacto:

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Gobiernos de toda América Latina y el Caribe pueden hacer historia y establecer nuevas normas de protección del medio ambiente y los derechos humanos firmando el Acuerdo de Escazú durante la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York el 27 de septiembre; así lo ha afirmado hoy FUNDEPS en una carta conjunta firmada por más de dos centenares de ONG y entregada a los jefes de Estado de los 33 países de la región.

En esta carta abierta, las ONG hacen un llamamiento a los gobiernos para que firmen el acuerdo y a continuación adopten medidas rápidas y eficaces para aplicarlo en sus respectivos países. Ha sido firmada por más de 200 organizaciones nacionales, regionales e internacionales que trabajan por toda América Latina y el Caribe en áreas como derechos humanos, medio ambiente o desarrollo y democracia.

Aprobado el 4 de marzo en San José (Costa Rica) por representantes de 24 países, el Acuerdo de Escazú sería el primer tratado vinculante en la región que establece protecciones sobre los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en asuntos medioambientales, y el primero en proclamar la protección de defensores y defensoras de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente.

Los 33 Estados de Latinoamérica y el Caribe tendrán la oportunidad de firmar el acuerdo en la sede de la ONU en Nueva York a partir del 27 de septiembre de 2018. Para que entre en vigor, al menos 11 países deberán firmarlo y ratificarlo antes del 27 de septiembre de 2020.

Información

Contacto

Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org