Listado de la etiqueta: Bosques

Con motivo de los incendios ocurridos a lo largo del territorio de la Provincia de Córdoba durante este año, solicitamos a la Defensoría del Pueblo provincial y a la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes, la intervención a los fines de instar al cumplimiento de los deberes que pesan en cabeza de las autoridades provinciales.

Los catastróficos incendios sucedidos en Córdoba durante este año, implicaron un grave daño en los ecosistemas forestales locales, afectando una superficie de 350.000 hectáreas. Estas consecuencias no sólo impactaron de lleno en la exigua superficie de bosque nativo remanente en el territorio provincial, sino que implicaron la seria afectación de derechos fundamentales. En particular de aquellas personas o grupos que se encuentran en una marcada situación de vulnerabilidad o que mantienen una estrecha vinculación con los bosques nativos por una u otra razón. Además, afectaron un serio componente de mitigación al fenómeno del cambio climático, el bosque nativo.

El alcance y la magnitud del fuego, sin dudas puso de manifiesto ciertas deficiencias en el sistema de manejo del fuego por parte de las autoridades. El ordenamiento prevé deberes específicos en materia de prevención, presupresión, mitigación y restauración, que procuran evitar o al menos mitigar este tipo de fenómenos en la magnitud y modo en que se dieron, más aun si se considera que el territorio presentaba un alto riesgo de incendios debido a la grave sequía y las condiciones climáticas.

Si bien el arribo de las lluvias estivales alivió el fuego, lo cierto es que la situación a futuro no deja de ser crítica. La provincia cuenta con un porcentaje ínfimo de bosque nativo en la actualidad, con una alto riesgo de incendio debido a factores tales como la sequía y otros fenómenos (fuegos intencionales). Por ello es que los deberes incumplidos, deben ser tomados «en serio» y cumplimentados a los fines de evitar catástrofes como las vividas. Por otro lado, resulta fundamental cumplir con el deber de investigar, sancionar y de restaurar las zonas afectadas de un modo responsable, garantizando la participación ciudadana en planes y el acceso a la información para una adecuada gestión.

Asimismo, resulta prioritario que la ciudadanía y el Estado, lleven a cabo tareas de fiscalización y contralor de las áreas afectadas, para evitar autorizaciones en los cambios de uso de suelo o de categorías protegidas, tal y como lo ordenan las Leyes 26.815 de Manejo de Fuego y 26.331 de Bosques Nativos.

Para garantizar el cumplimiento de estos deberes es que solicitamos a la Defensoría del Pueblo de Córdoba y a la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes, la intervención en el ámbito de sus respectivas competencias. Creemos que ambas instituciones cumplen un rol fundamental en garantizar y exigir el respeto de los derechos fundamentales de quienes habitan el suelo cordobés.

Contacto

Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org

Los ecosistemas forestales nativos, a no menos de un mes de los últimos incendios, se ven nuevamente afectados por este fenómeno, ocasionando un inconmensurable daño ambiental. Aun cuando las condiciones de sequía constituyen una variable que aumenta el riesgo de incendio, estos, en su gran mayoría, provienen de un accionar humano premeditado e intencional.

Durante el mes de agosto, la provincia sufrió graves incendios que se extendieron por sobre 40 mil hectáreas, ocasionando graves daños socio-ambientales, vale decir, destrucción y desaparición de ecosistemas forestales, daños en las viviendas y evacuaciones de quienes habitan las inmediaciones. Aun cuando sus efectos persisten en las áreas quemadas, nuevos focos de incendios azotan gravemente a otros sectores geográficos cordobeses.

Esta grave situación permite poner en tela de juicio el accionar de las autoridades en torno a la eficiencia o siquiera existencia de un sistema de prevención de estos fenómenos. Lo real es que a menos de un mes transcurridos los últimos incendios, la prevención nuevamente falló y hoy es necesario observar y lamentar -otra vez- la pérdida de biodiversidad y los daños a las comunidades serranas a causa de incendios intencionales en la provincia.

Los objetivos y valores que surgen del sistema normativo de protección ambiental, y en particular, del sistema de manejo de fuego (Ley de Manejo del Fuego Nacional N° 26.815) y que deben orientar la puesta en marcha de políticas públicas en torno al fenómeno, resultaron y resultan claramente incumplidos. Los sistemas de alerta y actuación temprana previstos en la normativa parecieran formar parte de un ideal lejano a su efectiva implementación.

Sin perjuicio de ello, aun cuando la etapa preventiva haya con creces fallado, es importante poner énfasis en el deber de recomposición que pesa sobre quienes resulten responsables por los incendios como así también sobre las autoridades, y en el importante rol que juega la ciudadanía y sociedad civil en la exigencia de su cumplimiento. Contrario a lo que parece haber sucedido en la faz preventiva, la recomposición no puede ni debe constituir una ilusión. Se deben poner en marcha medidas reales que garanticen desde un punto de vista técnico, una adecuada restauración de los ecosistemas, asegurando una real (no ficticia) participación ciudadana que permita a las comunidades monitorear y formar parte de este proceso.

En este punto es preciso aclarar que, de acuerdo a la normativa vigente, las áreas que se encontraban protegidas por las categorías del ordenamiento territorial de bosques, no pierden dicha categorización por los incendios, y existe en ellas la obligación de recomposición. Esta circunstancia no debe de ser soslayada pues cualquier emprendimiento o acción que pretenda utilizar estos territorios, deberá de someterse a las restricciones que se encuentren vigentes para la categoría de protección correspondiente, aun cuando a raíz del fuego no exista allí un bosque nativo.

Por otro lado, es importante señalar que aun cuando la figura de «ecocidio» sirva como categoría conceptual para encuadrar a los eventos, lo cierto es que desde el punto de vista jurídico, esta no se encuentra incorporada en el ordenamiento penal argentino. La realidad es que la utilización de categoría puede desviar la atención, desdibujando la verdadera responsabilidad penal atribuible a partir de los Arts. 186,187, 188 y 189 del Código Penal, esto es, el delito de incendio en sus diversas modalidades y de acuerdo a sus variadas calificantes. Por ello, es importante destacar que este tipo de responsabilidad existe, se encuentra penada por el Código Penal, puede y debe de ser denunciada, investigada y juzgada, ello sin perjuicio de las responsabilidades que en materia de recomposición ambiental correspondan.

Desde Fundeps, creemos que las autoridades deben, entre otras medidas posibles, llevar a cabo acciones de prevención efectivas en lo inmediato; cumplir con una adecuada investigación a los fines de determinar y atribuir las responsabilidades correspondientes por los daños o delitos cometidos; poner en marcha de un plan de recomposición ambiental ligado estrechamente a la participación ciudadana; y propender a la protección de todos los ecosistemas de bosques nativos existentes en la provincia no sólo en relación a los incendios sino en torno a cualquier actividad que atente contra su integridad.

Contacto

Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Fuente

Imágenes de incendios en Falda del Carmen y Bosque Alegre (Pedro Castillo / La Voz)

Ante la conflictiva situación que atraviesa la provincia de Córdoba respecto a la actualización del ordenamiento territorial de bosques nativos, la Dirección Nacional de Bosques, considera imprescindible, previa la aprobación legal, disponer del mapa, informes técnicos, y asegurar una adecuada participación, a los fines de garantizar la observancia de las disposiciones de la ley 26.331.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, a través de la Dirección de Bosques, dio a conocer sus consideraciones en relación al proceso de actualización del ordenamiento territorial de bosques nativos que afronta la provincia de Córdoba, en respuesta a una petición realizada por el Foro Ambiental Córdoba, por medio de nota con fecha 27/01/2017.

– Expresó su preocupación por el incumplimiento por parte de la provincia de Córdoba de los plazos establecidos para la actualización. En ese sentido, recordó que ya había solicitado la entrega de avances referentes al proceso de actualización. En esas comunicaciones con la el Gobierno provincial comunicó los lineamientos y la visión a tener en cuenta para los procedimientos de ajuste y acreditación de la actualización de los OTBN (conforme notas remitidas con fecha 23/02/16 y 06/04/2016).

– Informó que, en agosto de 2016, la autoridad local de aplicación compartió de manera informal un primer proyecto de actualización. La Dirección Nacional detectó cambios significativos respecto el primer mapa de OTBN provincial, y destacó dos puntos: “un incremento en la superficie de bosque nativo declarado y un importante pasaje de bosques nativos de Categoría I (rojo) a Categoría II (amarillo)”.

– Verificó el intercambio de avances sobre la actualización y existencia de posturas antagónicas de diversos actores, conforme su participación en reuniones de la mesa interinstitucional de diálogo convocada por la Secretaría General de la Gob. de Córdoba, la Sec. De Ambiente y la Sec. de Agricultura. En esta instancia no hace referencia a ningún proceso para tratar de acercar las posiciones antagónicas.

– Observó, entre otras, que el proyecto de ley de OTBN no permite conocer las superficies de bosques nativos por categoría de conservación, lo que es imprescindible para su acreditación.

En síntesis, destacó, que a los fines de llevar a cabo el análisis para la acreditación del OTBN de la provincia de Córdoba, es necesario:

1. Disponer del proyecto de ley completo (el mismo no contiene el mapa con la localización de los bosques y sus categorías de conservación de la actualización del OTBN)

2. Disponer del documento técnico con la metodología utilizada para la valoración de los criterios de sustentabilidad ambiental y la superficie resultante.

3. Conocer el proceso participativo que acompañaría esta propuesta.

Hasta el momento, la discusión por la actualización del marco de protección de los bosques nativos en Córdoba no ha cumplido con la normativa nacional, no ha permitido una participación abierta, ha ocultado información y la ha compartido sólo con algunos sectores puntuales.

Desde FUNDEPS, exigimos que el proceso sea transparente, participativo, que cumplimente con los requisitos exigidos desde la Nación y que sea respetuoso de los presupuestos mínimos ambientales, a los fines de evitar la repetición de situaciones conflictivas en relación al ordenamiento territorial de bosques nativos de Córdoba.

Más información

Contacto

Male Martínez – Coordinadora del equido de Ambiente

malemartinez@fundeps.org

En las últimas semanas se han repetido presiones para avanzar contra los pocos bosques nativos que quedan en la provincia de Córdoba. Defendemos la libertad de expresión política y artística y exigimos  una discusión participativa y técnica que asegure una adecuada protección de nuestros bosques.

A finales del 2016 y gracias a la movilización de comunidades y organizaciones de la sociedad civil, se logró extender el tratamiento de un proyecto de ley de bosques que pretendía aprobarse sin una adecuada discusión. Ese proyecto habría significado un claro debilitamiento de la protección a bosques nativos en nuestra provincia.

Desde FUNDEPS, desarrollamos un documento con numerosas críticas legales y ambientales al proyecto de ley. Las críticas marcaban los claros debilitamientos de la protección ambiental de los bosques así como la existencia de un proceso poco transparente y no participativo. Ambos puntos violan la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección de Bosques Nativos.

Algunas de esas críticas ya habían sido planteadas en un documento conjunto entre el Foro Ambiental, FUNDEPS y otras instituciones que se elevó al gobierno como respuesta a la postura de CARTEZ titulada “Producir conservando y conservar produciendo”. Ni CARTEZ ni legisladores que presentaron el proyecto respondieron a los cuestionamientos técnicos que se hicieron a esa postura.

En lugar de aprovechar la extensión del plazo de discusión para generar un espacio participativo o para responder a los cuestionamientos legales y técnicos que se hicieron al proyecto, desde el sector agropecuario se presiona para conseguir una rápida aprobación del proyecto de ley. Se acusa de fijar posiciones sin basamento científico cuando desde ese sector nunca pudieron responder los cuestionamientos que se hicieron llegar. Asimismo, se presiona especialmente a artistas como José Luis Serrano y Raly Barrionuevo quienes han visibilizado la movilización en contra del avance sobre los pocos bosques nativos que quedan en nuestra provincia. En un comunicado, CARTEZ criticó duramente a Doña Jovita y Raly Barrionuevo al acusarlos de “generar confusión” y de defender “ideologías extremas”. Como réplica, José Luis Serrano desafió a la entidad ruralista a contestar con “argumentos científicos” las dudas que le elevó el Foro Ambiental.

En esa línea y en un giro sorprendente, el periodista Andrés Carpio de Cadena 3 intima legalmente a José Luis Serrano por sus comentarios respecto de la descripción que hiciera el periodista de la marcha del 28 de diciembre. El periodista hizo una descripción fuertemente negativa de la marcha describiéndola en un número muy inferior al de las estimaciones de los organizadores. Asimismo, sugirió que quienes marchaban no sabían bien porqué lo hacían en la medida que ya había una decisión de posponer el tratamiento del proyecto de ley. Pareciera que en la postura del periodista, la defensa de los bosques nativos y la visibilización de un reclamo popular no son razones suficientes para manifestarse públicamente en forma pacífica.

En ese contexto, el artista José Luis Serrano personificando a su personaje “Doña Jovita” marca su sorpresa por la inexacta descripción de la manifestación en contra del proyecto de ley de bosques. Lo hace a través de su personaje, en una expresión artística y crítica de una descripción inadecuada de una movilización popular.

Defendemos el derecho a la libre expresión y a la manifestación artística con conexiones con derechos y reclamos sociales. Nos oponemos a las presiones en contra de manifestaciones públicas. Asimismo, rechazamos enfáticamente el uso de mecanismos legales para limitar los posicionamientos críticos de personajes públicos.

Contacto

Juan Carballo, Director Ejecutivo

juanmcarballo@fundeps.org

Presentamos ante la Legislatura observaciones críticas al proyecto de ley de bosque nativo de la provincia de Córdoba, atento irregularidades en el proceso de participación y diversos puntos cuestionables en la redacción de su texto, lo que implicaría un retroceso en la protección de los bosques nativos.

En el año 2007 el Estado Nacional sancionó la Ley Nacional N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, como legislación base, con iguales condiciones de protección para todos los habitantes del país. Conforme al mandato constitucional, a las provincias les corresponde legislar ya sea igualando o maximizando la protección e incluir asuntos que hagan a las materias específicas o particulares de cada una de ellas. Asimismo establece la legislación nacional y su Decreto Reglamentario N° 91/2009, cada provincia debe realizar su Ordenamiento de Bosques Nativos y actualizarlo cada cinco años, a través de un proceso participativo y de acuerdo a criterios de sustentabilidad ambiental establecidos en su articulado y anexo.

La provincia de Córdoba sancionó la Ley Provincial de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos N° 9814 el 5 de agosto de 2010, en un proceso en el que no se respetó la instancia participativa que garantizaba la ley nacional. Esa normativa establecía un plazo para la actualización de la misma que venció el pasado 5 de agosto de 2015.

En aparente cumplimiento a dicha normativa, a fines de septiembre de 2016, el gobierno provincial decidió abrir una “mesa de diálogo” a los fines de cumplimentar con la correspondiente actualización del ordenamiento territorial de los bosques nativos de Córdoba, buscando superar las irregularidades del proceso realizado cinco años atrás. Sin embargo, se advirtió la vulneración de las condiciones necesarias para el desarrollo de un proceso participativo sustentable. Estas deficiencias incumplen con las “Pautas metodológicas para las actualizaciones de los ordenamientos territoriales de los bosques nativos” aprobadas por Resolución N 236 del COFEMA.

Recientemente, en el mes de diciembre de 2016 se presentó ante la Legislatura el proyecto de ley sobre ordenamiento territorial de bosques nativos. Esta propuesta no ha sido el resultado de un proceso participativo de acuerdo a la normativa ambiental de nuestro país.

Desde FUNDEPS hemos elaborado un documento realizando “Comentarios al Proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos y Regulación de Bosques Exóticos de la Provincia de Córdoba”, al no adecuarse normativamente a los presupuestos mínimos de protección ambiental consagrados en nuestra Constitución Nacional y en las leyes ambientales que se refieren a esta materia, tanto en aspectos procedimentales como en aspectos substantivos.;

Sintetizamos las principales observaciones críticas al proyecto de ley:
– No se garantiza la conservación del bosque nativo existente en la provincia de Córdoba acorde al mapa de la ley 9814.
– No se tienen en cuenta fundamentos técnicos y científicos.
– No se observan  parámetros mínimos legales, lo que debilita los mecanismos de protección del bosque nativo.
– No se asegura un real y efectivo acceso al derecho a la participación ciudadana en el proceso de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos.
– La definición restrictiva de bosques nativos dada por el proyecto, excluye del objeto de protección a fachinales, arbustales y matorrales.
– Se permite la actividad minera, el desmonte químico y a través del uso de fuego, y el rolado, en categorías de alta conservación de bosques.
– No se incorpora la totalidad de las capas de infracciones en el mapa  de OTBN.
– Se elimina la figura de las reservas forestales intangibles.
– Se disminuye el monto de las multas y se elimina la pena de arresto.
– No hay suficientes pautas de transparencia y acceso a la información pública en todas las solicitudes vinculadas a las categorías altas de conservación de bosques nativos de la Provincia, en formatos que posibiliten el monitoreo y la participación pública, en línea con el paradigma de gobierno abierto.
– Posibilita la restauración de bosques nativos dañados con especies exóticas que no garantizan el mantenimiento y regeneración de los bosques nativos.

Por estas razones instamos a generar un proceso abierto y participativo para la discusión sobre la actualización de la ley de bosques de la provincia de Córdoba y sugerimos adecuar el proyecto con la normativa ambiental de mayor jerarquía y asegurar mínimamente el mismo nivel de protección ambiental a nuestros bosques nativos.

 

Más información

 

Contacto

Coordinadora de eje ambiental, Male Martínez, malemartinez@fundeps.org

Como parte del Foro Ambiental Córdoba, participamos junto a otras instituciones de reconocida solvencia técnica, en la elaboración de una propuesta de actualización de bosques nativos de Córdoba que busca superar los débiles argumentos de la propuesta de la Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona.

Conforme la Ley Nacional N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos y su Decreto Reglamentario N° 91/2009, cada provincia debe realizar su Ordenamiento de Bosques Nativos y actualizarlo cada cinco años, a través de un proceso participativo y de acuerdo a criterios de sustentabilidad ambiental establecidos en su articulado y anexo.

La provincia de Córdoba sancionó la Ley Provincial de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos N° 9814 el 5 de agosto de 2010, en un proceso en el que no se respetó la instancia participativa que garantizaba la ley nacional. El vencimiento de esa normativa se produjo el pasado 5 de agosto de 2015. Nuestra provincia afronta el deber de actualizar su normativa, aprovechar el momento para ajustarse a los parámetros mínimos establecidos por la ley nacional; y garantizar una amplia participación de los diferentes actores sociales en este nuevo proceso de construcción del ordenamiento territorial de los bosques nativos.

Este proceso consiste estrictamente en la actualización del mapa vectorial aprobado por ley 9814, el cual reconocerá la cantidad de superficie de bosque nativo remanente en el territorio provincial, estableciendo las diferentes categorías de conservación (Categoría I (rojo), Categoría II (amarillo) y Categoría III (verde)). Esta categorización se hará en función del valor ambiental de las distintas unidades de bosque nativo y de los servicios ambientales que éstos prestan, tales como evitar inundaciones, desertificación de suelos, elevación de las napas freáticas, sequías, los efectos e impactos del cambio climático, extinción de flora y fauna nativa, etc.

La propuesta realizada junto con Foro Ambiental Córdoba, Núcleo DiverSus de Investigaciones en Diversidad y Sustentabilidad, el Instituto Multidisciplinario de Biología Vegetal (CONICET-UNC), la Asociación Civil IDEA, el Instituto de Diversidad y Ecología Animal (CONICET-UNC) y el  Centro de Ecología y Recursos Naturales Renovables (FCEFyN, UNC) se titula «¿Por qué es necesario mantener la superficie de bosques nativos con Categoría I (Rojo) en la provincia de Córdoba según el mapa vectorial de la ley 9814? Análisis crítico de la Propuesta de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos para el arco Noroeste de Córdoba “Producir conservando y Conservar produciendo” elaborada por CARTEZ». Lo que se pretende en el documento es refutar con fundamentos ambientales, jurídicos y sociales la propuesta de CARTEZ que irrazonablemente sostiene que la Categoría II (amarilla) es mejor que la Categoría I (roja) para proteger y conservar el bosque nativo, partiendo tal propuesta de una interpretación conceptual que resulta a todas luces errónea y contraria a los objetivos y presupuestos de la Ley Nacional 26.331 y la Ley Provincial 9814.

Desde FUNDEPS, esperamos que este proceso involucre a la mayor cantidad de actores de la sociedad por la relevancia que implica la protección y conservación de bosques nativos. Asimismo, esperamos que el proceso de actualización garantice el principio de no regresividad ambiental, así como el respeto de los derechos de la democracia ambiental, en especial el acceso a la información y participación ciudadana proclamados en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992.

Más información:

– Documento de trabajo:¿Por qué es necesario mantener la superficie de bosques nativos con Categoría I (Rojo) en la provincia de Córdoba según el mapa vectorial de la ley 9814?

– La Voz del Interior: «Otra vez se endurece el debate sobre cuánto se puede desmontar» (28/10/2016)

Contacto:

María Elena Martínez Espeche, Coordinadora del Eje Ambiente.

malemartinez@fundeps.org

Basados en información publicada por Global Forest Watch y atentos a las denuncias del Movimiento Campesino de Córdoba, desde FUNDEPS continuamos monitoreando políticas de protección de bosque nativo.

A raíz de las denuncias realizadas a principios de octubre por el Movimiento Campesino de Córdoba se registraron infracciones de particulares titulares de bosques nativos que desmontaron zonas no autorizadas, hechos que fueron constatadas por funcionarios de la Policía Ambiental de la provincia, quien ordenó el cese inmediato de dichas intervenciones ilegales.

Se sabe que en la localidad de Villa Quilino, Departamento Ischilín, fueron autorizadas para desmonte selectivo unas 5.648 hectáreas, y en Chancaní, Departamento de Pocho, aproximadamente unas 2.000 hectáreas de bosques nativos. Ambas zonas, tanto al oeste y noroeste de Córdoba, colindan y son parte del territorio donde están asentados históricamente los campesinos y descendientes de indígenas de la provincia, quienes no sólo viven allí, sino que además basan su desarrollo económico, social y cultural a partir del bosque.

Al mismo tiempo estas denuncias dejaron al descubierto que las propias autorizaciones para la intervención de los bosques nativos, otorgadas por la Secretaría de Ambiente de la provincia de Córdoba, habrían sido emitidas de forma irregular en zonas de categoría de conservación I (roja), donde a nivel predial existen bosques nativos de alto valor de conservación. Entre las irregularidades, se destacan autorizaciones sin respetar los procedimientos administrativos previstos en las leyes de bosques nativos en materia de audiencia pública y de evaluación de impacto ambiental, y autorizando planes de intervención que habrían sido firmadas por profesional no habilitado.

La renuncia del ex Secretario de Ambiente Germán Pratto decretada el 29 de octubre habría tenido que ver con las irregularidades denunciadas. Conforme informa el periodista Andrés Díaz Romero, “una investigación de Sala de Prensa Ambiental descubrió autorizaciones para desmontar unas 20000 hectáreas de bosque nativo con la complicidad de autoridades de la Secretaría de Ambiente, quienes autorizaron desmontes ilegales a pedido de un abogado y empresarios del agro” (Fuente: Periodismo Ambiental). La mencionada investigación periodística habla de corrupción en el seno de la secretaría e indica que: “las autorizaciones para estos desmontes no cursaron el camino administrativo que establece la Ley N° 9814: Área de Asuntos Legales, de Suelos, de Bosque Nativo, de Fiscalización y Control, de Despacho y Directorio de la Secretaría de Ambiente. El visto bueno para estos desmontes esquivó áreas técnicas ya que fueron autorizados directamente por Germán Pratto, sin ningún análisis técnico”.

Este marco de incertidumbre de actuación por parte de la Secretaría de Ambiente ha venido a profundizar el desorden y falta de claridad de las políticas públicas y de la legislación en materia de protección y manejo de bosques nativos en la provincia de Córdoba. En su punto central, puede argumentarse que la vigente ley 9.814 no respeta los presupuestos mínimos de la Ley Nacional 26.331 respecto de los usos autorizados en algunas clases de bosques o de los estándares de participación en las decisiones públicas en este ámbito. Esta tensión le ha traído serias dificultades a la provincia para la implementación y aplicación de la normativa de bosques en Córdoba. Los decretos reglamentarios han generado un precario sistema de autorización de bosques, que en nada se condicen con los objetivos esgrimidos ni con la promoción de un ambiente saludable y equitativo.

Es importante destacar que estos desmontes no son hechos aislados, sino que ocurren en el contexto de un proceso de pérdida de bosque nativo a causa de desmontes, al que el territorio de la provincia de Córdoba viene siendo sometido durante los últimos años. Los niveles de pérdida de bosque son alarmantes: de acuerdo a datos de Global Forest Watch (GFW), desde 2001 hasta 2014 se han perdido 91.817 hectáreas de bosque en la provincia, de las cuales 4.781 corresponden al año pasado.

 

Preocupados por la política provincial que sigue favoreciendo intereses privados, la expansión del modelo agroindustrial, en desmedro de los derechos de incidencia colectiva y del ambiente, es que desde FUNDEPS hemos presentado el 23 de octubre ante el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos dos pedidos de informes sobre la efectiva aplicación de la ley de ordenamiento territorial de bosques nativos en Córdoba, y en especial requiriendo los expedientes y autorizaciones otorgadas recientemente sobre las áreas denunciadas. A la fecha no hemos tenido contestación, por lo que el reciente 4 de diciembre hemos interpuesto pronto despacho a la administración a los fines de que responda los mismos. En este contexto, el Foro Ambiental Córdoba realizó también una denuncia administrativa a los fines de que se investiguen dichas irregularidades, marcando como trascendente que los avisos de proyecto presentados para la intervención en el bosque nativo no estarían firmados por un profesional habilitado, matriculado en el Colegio Profesional de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Córdoba, según lo determina el Anexo II del Decreto Nº 170.

Desde FUNDEPS, continuamos usando herramientas legales de monitoreo de políticas públicas y de participación ciudadana para promover un adecuado nivel de protección del bosque nativo de la provincia y del país.

 

Contacto:

Carolina Tamagnini – Área de Derechos Humanos

carotamagnini@fundeps.org

En el marco del programa de fortalecimiento de organizaciones de mujeres defensoras de derechos ambientales financiado por la Unión Europea, invitados por la ONG Plurales, participamos del Encuentro de Mujeres Indígenas en la localidad de Irigoyen de la provincia de Santa, y de la Comisión de Mujeres organizada en Santa Clara, provincia de Jujuy.

Las comunidades indígenas guaraníes, con gran participación de las mujeres de estos pueblos, hace años que intentan detener los atropellos que sufren por parte de los grandes terratenientes y por nuevos adquirentes de las tierras en que viven y que históricamente les han pertenecido.

  • Comunidad Ava guaraní Estación El Tabacal. En el departamento de Orán, Salta, la comunidad “Ava guaraní Estación El Tabacal” viene resistiendo hace más de diez años los intentos de desposesión y expulsión de sus territorios por parte de Seaboard Corporation, transnacional que administra el Ingenio Azucarero San Martín del Tabacal, fundado a comienzos de siglo y hoy devenido una gran empresa agroindustrial(ver conflicto con El Tabacal). Dicho ingenio, a pesar de haber generado desarrollo económico y social para la zona, lo ha hecho históricamente sometiendo a condiciones indignas a sus trabajadores, y al mismo tiempo, ha venido pretendiendo por medios violentos de hecho y de acciones judiciales desplazar a las comunidades indígenas que ocupan las tierras lindantes al mismo denominadas “La Loma”. El tribunal de Orán tiene a su cargo la causa de interdicción posesoria desde el año 2004 y aún está pendiente la sentencia. Es importante destacar que hubo relevamientos antropológicos periciales que concluyeron en la pertenencia histórica de tales territorios a las comunidades guaraníes que actualmente viven allí.

  • Comunidad guaraní Tentague Jecobe Iyampibae. Unos 150 km más al sur, en la localidad de Santa Clara, Departamento de Santa Bárbara, Jujuy, el pueblo guaraní “Tentague Jecobe Iyampibae” se encuentra en similares condiciones de hostigamiento a sus derechos, ya que extranjeros franceses han comprado miles de hectáreas en las que habitan, y los tribunales penales de San Salvador de Jujuy los han condenado como “usurpadores” ordenando el desalojo de sus tierras a principios del año 2014(ver web de ENOTPO). Dicha sentencia fue apelada por la abogada Silvana Morel, defensora de los pueblos indígenas, por lo que se encuentra pendiente de resolución ante el Tribunal Superior de Jujuy. En el recurso judicial fue presentado como un hecho nuevo la resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, que les reconoce la ocupación y la propiedad comunitaria de las 4270 hectáreas que ancestralmente han habitado, luego de los relevamientos realizados. Con estas nuevas evidencias reconocidas por el Estado Nacional, el máximo tribunal provincial no tendría más remedios que revocar la sentencia de desalojo y absolver a los condenados. Además los diferentes niveles de gobierno deberían reconocer la propiedad colectiva de las tierras a la comunidad a los fines de dar cumplimiento a las garantías constitucionales y convencionales referidas a pueblos originarios.

En recorrido por el norte argentino, el equipo legal de FUNDEPS estuvo intercambiando conocimientos y asesorando legalmente a las comunidades indígenas. También se coordinaron posibles redes de trabajo con los abogados y abogadas de las mismas y con la ONG Plurales, a los fines de poder colaborar con eventuales participaciones judiciales y con amplia difusión de las problemáticas de los territorios guaraníes del Norte argentino.

Más información:

Contacto: 

Juan Carballo, juanmcarballo@fundeps.org

Agustín Filippi, agustinfilippi@fundeps.org

En visita a Jujuy y Salta, el equipo legal de FUNDEPS participó de encuentros con autoridades, organizaciones y comunidades indígenas de las provincias de Salta y Jujuy y de Bolivia.

Como parte del proyecto de fortalecimiento de la implementación del marco legal de protección de bosque nativo, el equipo de FUNDEPS visitó Salta y Jujuy, reuniéndose con autoridades, organizaciones y comunidades vinculadas a la temática.

Tanto la provincia de Salta como la de Jujuy cuentan con importantes zonas de bosque nativo. Estas zonas han sido deforestadas en los últimos años a pesar de la aprobación de la ley de presupuestos mínimos de protección de bosque nativo.

De acuerdo a la plataforma Global Forest Watch, estos son los datos diferenciados para cada provincia:
– Salta: 1.185.326 hectáreas deforestadas en el período 2001-2014 incluyendo 50.606 en 2014.
– Jujuy: 67.043 hectáreas deforestadas en el período 2001-2014 incluyendo 4.030 en 2014.

Los miembros del equipo de FUNDEPS nos reunimos con autoridades del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable de Salta, con el Presidente de la Comisión de Asuntos Ecológicos de la Cámara de Diputados de Jujuy, con la Organización No Gubernamental Bosque Modelo Jujuy y con la Sala de Derecho Ambiental del Colegio de Abogados de Jujuy.

Asimismo, participamos de un encuentro de mujeres de comunidades indígenas de Argentina y Bolivia en el que, además de problemáticas vinculadas a bosques, se discutió sobre herramientas legales para la protección del ambiente y los derechos humanos en general. Este encuentro, organizado por Fundación Plurales, tuvo lugar en Hipólito Yrigoyen, Salta. Del mismo modo, visitamos una comunidad indígena guaraní en la localidad de Santa Clara, Jujuy.

Desde FUNDEPS, seguiremos con el trabajo de monitoreo e incidencia para el fortalecimiento del marco legal de protección de bosques nativos tanto en Córdoba como en otros provincias. Además, creemos importante conectar la problemática de bosques con otros temas de derechos humanos como salud, vivienda o derecho a un ambiente sano, en particular en grupos vulnerables como mujeres de comunidades indígenas.

 

Contacto:

 

El día sábado 26 de septiembre Fundeps formará parte de un encuentro en el que participarán mas de 150 mujeres que representarán organizaciones de Paraguay, Bolivia y Argentina. El encuentro se propone generar espacios de diálogo y participación que permitan afrontar los problemas socio-ambientales a los que se ven enfrenta la región.

Los días 25, 26 y 27 de septiembre 2015 se desarrollará en la Universidad Provincial de Córdoba, el Encuentro Trinacional del Colectivo de Mujeres del Chaco Americano.
Este evento, en el que participarán más de  150 mujeres de organizaciones de Bolivia, Paraguay y Argentina, se realiza en el marco del Proyecto Fortaleciendo a las  Defensoras de Derechos Ambientales en el Chaco Americano coordinado por el Fondo de Mujeres del Sur (Argentina y Paraguay), Plurales (Argentina) y el Centro de Capacitación e Investigación de la Mujer Campesina de Tarija (CCCIMCAt, Bolivia), con el apoyo financiero de la Unión Europea.
Esta iniciativa -que cuenta con la participación de numerosas organizaciones e instituciones de mujeres, ambientales y sociales- se propone como un espacio que promoverá el diálogo e impulsará el intercambio en torno a las principales oportunidades  que tienen los grupos o que necesitan consolidar para afrontar los problemas socio-ambientales a los que se ven enfrentadas en la región.
Su finalidad es la de generar un tiempo y un espacio de participación ciudadana activa de las mujeres representantes de sus organizaciones, en la que podrán conocerse, compartir experiencias y aprendizajes, construir nuevos caminos  y puentes entre ellas y sus organizaciones y espacios locales.

 

Contacto

Virgina Pedraza / Co – Coordinadora del área de Derechos Humanos

vir.pedraza@gmail.com

El 16 y 18 de septiembre Fundeps participó del evento «Perimeter defense: innovative technologies for detecting and preventing illegal logging» organizado por World Resources Institute, que tenía por objetivo la interrelación e intercambio entre activistas y ONG’s dedicados a la problemática de los bosques.

Llevado a cabo en la Academia de Ciencias de California, en San Francisco, las jornadas estaban orientadas a conectar las experiencias de activistas y ONGs dedicados a la protección de bosques. El evento contó con la presencia de expertos en tecnologías y empresas dedicadas al desarrollo de las mismas.
Fuimos invitados como participantes en el marco de nuestro trabajo en el proyecto de “Advocacy for the decrease of deforestation in the «Gran Chaco Argentino» forest, with a special focus on Córdoba” apoyado por Global Forest Watch. Nuestro proyecto tiene como fin último incidir en la reducción de la deforestación en el bosque del Gran Chaco, con especial foco en Córdoba.
El primer día consistió en un conferencia de cuatro sesiones. La apertura fue llevada a cabo por un panel que trató el tema referido a las dificultades para prevenir, detectar y sancionar el desmonte ilegal. La charla incluyó temas como las barreras políticas, sociales, culturales y tecnológicas. Luego se avanzó sobre distintos tipos de tecnologías, y también sobre la detección de actividades que afectan al medio ambiente, incluyendo a la fauna, vía satelital, visual y sonora, entre otras.
Hacia el final del día, se analizó el caso de la Biosfera Maya de Guatemala, para discutir potenciales usos de las tecnologías explicadas previamente. Además, el último panel compartió experiencias positivas sobre uso de algunas tecnologías en la protección de bosques y especies en peligro.
La segunda jornada del encuentro consistió en un taller para construir propuestas para la acción en distintos temas. Entre los diferentes tópicos estaban la prevención del desmonte, cómo trabajar en la construcción de capacidades con comunidades indígenas, o en contextos con escasos recursos tecnológicos, la utilización de drones para el monitoreo de bosques y el procesamiento de los datos recopilados con medios tecnológicos.

 

Contacto:

Carolina Tamagnini / carotamagnini@fundeps.org

Vecinos de Villa Carlos Paz no están conformes con la sanción de la Ordenanza que reglamenta el Área Protegida (AP1) del Código de Edificación y Urbanismo de la ciudad, por atentar contra leyes que protegen los recursos naturales.

El lunes 27 de julio el Consejo Deliberante de Villa Carlos Paz sancionó la Ordenanza, bautizada por la prensa, de “Intangibilidad de la Montaña”, que viene a reglamentar el Área Protegida 1 (AP1) delCódigo de Edificación y Urbanismo de la ciudad (Ordenanza Nº 4021 y modificatorias).

Como antecedente es importante citar que el pasado 8 de junio hubo audiencia pública del proyecto de ordenanza sancionada, a la cual acudieron numerosos ciudadanos representantes de centros vecinales y de organizaciones sociales, que manifestaron sus diferencias respecto del texto normativo en tratamiento.

La AP1 es un área poligonal creada a los fines de su conservación y la preservación de sus valores naturales y servicios ambientales, definida geográfica y territorialmente por la Ordenanza Nº 5310. La ordenanza aprobada reglamenta la AP1 y la subdivide en tres grandes zonas: Área Protegida Intangible, Área Protegida Ocupadas preexistentes y Área Protegida con Servicios de Infraestructura y Equipamiento Estratégico.

Respecto del Área Protegida Intangible, la normativa señala que: “Queda prohibida toda modificación de las características topográficas del relieve natural, como así también toda alteración y/o modificación del ecosistema natural existente. Quedan prohibidas las subdivisiones y/o fraccionamientos de lote”, permitiendo solamente actividades científicas y de protección del bosque.

Respecto de las otras dos áreas, se presentan grandes problemáticas que han generado el rechazo de los vecinos y organizaciones ambientales de Villa Carlos Paz.  El primer inconveniente es la ratificación de la Ordenanza Nº 4850, que permitió años atrás el proyecto inmobiliario en la montaña denominado originalmente “Le Quartier de la Montagne”. Este proyecto de urbanización ha sido considerado como área protegida Ocupada preexistente con uso residencial, pero lo paradójico es que aún nada se ha construido desde el año de su aprobación, sólo hay un loteo para comercialización. Vecinos organizados linderos al cordón montañoso del proyecto piden la derogación de la  ordenanza anterior y de la nueva en cuanto ratifica el mismo, ya que son numerosos los motivos que fundamentan la improcedencia del proyecto. El valor paisajístico y turístico de la zona, la protección de los bienes naturales, los riesgos de desmoronamientos y falta de contención de aguas en la montaña, los riesgos en la construcción en pendiente, la dificultad y el saturamiento para la provisión de servicios públicos como aguas, gas, electricidad y cloacas, son todos factores que hacen inviable el proyecto, además de estar situado en la propia área protegida.

El segundo tiene que ver con el Área Protegida con Servicios de Infraestructura y Equipamiento Estratégico, “Área destinada al desarrollo de proyectos de Infraestructura de Servicios y Equipamiento a escala urbana, necesarios para el desarrollo de la Ciudad”. Ésta no sólo incluye el proyecto del “Centro Ambiental” sino que posibilitaría otros desarrollos urbanísiticos futuros para el municipio de Carlos Paz.

Las modificaciones que se introducen en la actual ordenanza afectan directamente a la Reserva Natural de Defensa La Calera ubicada en terrenos que pertenecieran al Estado Nacional, pretendiendo disponer un área de 52 hectáreas de la misma para la radicación de una planta de tratamiento y disposición de residuos sólidos urbanos denominada “Centro Ambiental”, que tratará residuos no sólo de Carlos Paz sino de otras cinco localidades. Dicha planta se ejecutaría con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por medio del Ministerio de Turismo de la Nación.

Además de constituir una Reserva Natural y Área de Protección (AP1), la localización sobre la cual se pretende construir el Centro Ambiental, entre otras cosas, vulnera las leyes de uso de suelo del área metropolitana de Córdoba (N 9.841 y 10.004) por ser área no urbanizable, y la de ordenamiento territorial de bosques nativos (N 9.814) porque más del 75% sería zona roja de alto valor de conservación, donde debe preservarse el bosque autóctono sin admitirse alteraciones antrópicas.

Asimismo, no se ha dado cumplimiento a la leyes de política ambiental de la Provincia de Córdoba (N 7.343 y 10.208) y de presupuestos mínimos de la Nación (Nº 25675), en violación a las disposiciones que ordenan la Evaluación de Impacto Ambiental previa a toda planificación y ejecución del proyecto, y la Participación Ciudadana con el llamado obligatorio a audiencia pública, para la oportuna obtención de la licencia ambiental.

Por último, entendemos que será necesario realizar una Evaluación de Impacto Estratégica o de Impacto Acumulado, en relación a que en el área existen otras actividades como el paso del circuito del rally, un playón de estacionamiento para ómnibus y vehículos de gran porte, la planta de tratamiento de líquidos cloacales, y la existencia del basural a cielo abierto, que a pesar de ser éste remediado a partir de la construcción de la planta de RSU, debería realizarse una evaluación global de los impactos en el ambiente.

Fundeps está trabajando en el monitoreo de las iniciativas del gobierno de Carlos Paz, en relación a los proyectos de desarrollo urbanístico y de infraestructura que pretende autorizar en áreas naturales y protegidas sin contar con la debida participación de la ciudadanía, violando el marco normativo ambiental municipal, provincial y nacional. En tal marco ha enviado pedidos de información pública ambiental a la Municipalidad de Carlos Paz, al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Córdoba, al Ministerio de Turismo de la Nación, y al Banco Interamericano de Desarrollo.

 

Contacto: Agustin Filippi 7 agustinfilippi10@gmail.com