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Recibimos respuesta de la Defensoría del Público ante los reclamos por violencia simbólica y mediática ejercida en el programa Los Ángeles de la Mañana de Canal 13 y la periodista Fabiana Dal Prá en el noticiero central del mediodía de Canal 12 de Córdoba.

Formato de chimentos y la exposición forzada

En el programa Los Ángeles de la Mañana de Canal 13 del 23 de julio, la periodista Yanina Latorre contó en el aire que Karina Jelinek «no blanquea a su pareja», y que «vive en pareja, con una chica muy linda», ambas «viven juntas y se ponen mimosas», a lo que sumó muchas otras expresiones referidas a su vida privada. Luego, una movilera afirmó que Karina no quería hablar de sus relaciones y que había declarado estar sola.

Este tipo de «chismes» y contenidos son muy frecuentes en la televisión, en donde la alta exposición de las famosas siempre lleva a que se exponga su vida privada y su sexualidad. Sin embargo, se solicitó el análisis del caso por la Defensoría del Público ya que se trata de la orientación sexual de una persona que no quería verse expuesta.

Frente a dicho reclamo, la Defensoría respondió justificando y avalando las dinámicas acontecidas en el programa, a través del argumento de que el marco de lectura e interpretación en el que se presentan las noticias vinculadas a la vida privada de las personas públicas responden al género magazine de espectáculos. En los programas de este formato, según la Defensoría, se presentan “´chimentos´ de color, primicias de la vida pública y privada de figuras del espectáculo, aludiendo, muchas veces, a que las personas mediáticas no quieren que se mediaticen datos sobre ellos. Es decir, la postura negativa de las figuras funciona como el disparador de un encadenado de situaciones que trascienden la emisión, expandiéndose sobre el resto de los programas televisivos vinculados al género: alguien anuncia una primicia, el famoso referido se enoja en ese u otro programa y se le realizan entrevistas, entre otras variantes previstas por el formato. 

En este marco, la Dirección entiende que la información que ofrece la panelista [Yanina Latorre] en calidad de primicia, integra el repertorio esperable de posibilidades que el formato del programa habilita”. 

Seguido de esto, el organismo afirma que en el programa no se identifican comentarios de tono burlesco ni discriminatorio respecto a la orientación sexual de Jelinek, sino todo lo contrario: “Asimismo, se observa que los comentarios y valoraciones expresados se insertan en un marco de comunicación respetuosa de la diversidad genérica y sexual y este enfoque se propicia durante todo el desarrollo del tema y por parte del conductor y de todas las panelistas. De igual modo, abunda la difusión de expresiones y valoraciones positivas sobre el tema, que contribuye a cuestionar y de-construir las concepciones binarias y estereotipadas sobre las relaciones afectivas y una visibilización respetuosa de la diversidad.”

A partir de estos argumentos, la Defensoría considera que la situación descripta no habilita una intervención en términos de vulneración de derechos.

Sin embargo, entendemos que la institución debe avanzar en análisis más profundos respecto al consentimiento que se da por sentado sobre la exposición de las vidas de las figuras públicas, así como la cosificación y fetichización de feminidades y de sus orientaciones sexuales.  

El formato de chimentos, al igual que el humor, parece ser un espacio gris donde se habilitan ciertos discursos que pueden resultar ofensivos e incluso violentos particularmente hacia la vida de las personas LGTBIQA+. 

Sin desconocer la importancia de resguardar la intimidad de todas las personas, es menester reconocer que no es lo mismo hablar y exponer los vínculos sexoafectivos entre personas que se atienen a la heteronorma que aquellas que no lo hacen, precisamente por las implicancias que tienen para sus vidas que transcurren en un mundo heterocispatriarcal. 

A su vez, los comentarios de las panelistas involucran la cosificación de dos mujeres y de su orientación sexual, lo que es evidente en los comentarios de la panelista Yanina Latorre: “a mí me encanta”, “a mí me dicen que es una pareja. Está buenísimo. Todo bien”, “bueno, nos alegramos”, “no está mal. A mí me da una alegría divina. Son hermosas las dos”, “sabes que la estuve mirando para ver cómo sería estar con ella, te digo tiene unas tetas divinas”.

Finalmente, ¿por qué asumir el supuesto consentimiento de personas públicas y mediáticas a ser expuestas en todos los planos de su vida? Nos resulta preocupante el marco interpretativo empleado por la Defensoría ya que  legitima las lógicas de estos magazines que suponen una negación del consentimiento de figuras públicas, que soslaya lo expresado por Jelinek sobre no querer hablar de su vida privada y que puede tener implicancias particularmente violentas al referirse a su orientación sexual. 

La Defensoría ante el abordaje de mediático de casos de violencia física y sexual

Recordemos la entrevista realizada por la periodista Fabiana Dal Prá a una víctima de violación. “¿Te echás la culpa de algo?” pregunta Dal Prá luego de que Dahyana, la joven cordobesa que fue atacada sexualmente en Barrio Ampliación Las Palmas, narrara su dolorosa experiencia. 

El reclamo presentado ante la Defensoría fue respondido favorablemente por el organismo: “Este abordaje propone un riesgoso marco interpretativo para los hechos, dado que al insinuar la posible culpabilidad de la víctima (incluso bajo una modalidad discursiva de interrogación y no de afirmación explícita) promueve la legitimación y la naturalización de los hechos de violencia padecidos”. A su vez, remarca la necesidad y responsabilidad de quienes comunican, de desarticular y erradicar las coberturas violentas que reproducen “los sentidos culpabilizadores y naturalizadores que muchas veces quienes ejercen la violencia expresan como razones de causalidad de los hechos. Es importante que quienes comunican subrayen que todas las razones y la responsabilidad es de quien ejerce la violencia”.

Paralelamente, el análisis de la institución evidenció inconvenientes al momento de resguardar la identidad de la persona en situación de violencia y la ausencia de la placa con la línea telefónica 144 de asistencia a las víctimas de violencia de género. 

Ante este caso, la Defensoría reconoce que la situación presentada se corresponde a un caso de violencia simbólica y mediática, por lo que procedió a comunicar el reclamo ante el Canal 12 y se puso a disposición para dialogar con el canal a fin de “enriquecer, desde una perspectiva de derechos, futuros abordajes de la emisora.”

La importancia de la Defensoría del Público para la erradicación de las violencias de género

En mayo de este año, Miriam Lewin fue designada como Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, luego de años de acefalía y debilitamiento institucional. Este nombramiento ha significado el fortalecimiento no sólo de la Defensoría del Público, sino un avance en el reconocimiento de los derechos de las audiencias así como un renovado ímpetu en la lucha contra la violencia mediática y simbólica. 

Las respuestas recibidas por la Defensoría ante los reclamos presentados, en los que se aclara y visibiliza el procedimiento de recepción, análisis y devolución de los mismos, señala una importante activación de la institución en pos de la defensa de nuestros derechos.

A partir de estos reclamos, celebramos las respuestas y el accionar de la Defensoría del Público y, a su vez, requerimos que se avance en interpretaciones más profundas y esclarecedoras sobre casos de violencia simbólica y mediática. 

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

El pasado miércoles 27 de mayo, en medio de la emergencia sanitaria que afecta a la Argentina, la comisión bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización aprobó el nombramiento de la periodista Miriam Lewin para el cargo de Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual y sólo resta que sea refrendado por quienes presiden ambas cámaras, Cristina Fernández de Kirchner y Sergio Massa. El cargo fue creado por la Ley de Medios y permaneció acéfalo durante la gestión del gobierno anterior.

La inestabilidad política y económica que se vivió en el país en los últimos años implicó un desajuste en los organismos estatales, lo que tuvo como consecuencia dificultades en el normal funcionamiento de los organismos encargados de dirigir y ejecutar políticas públicas de género y comunicación.

Esta situación expuso a la sociedad a vulneraciones de sus derechos. Especialmente si tenemos en cuenta que  los medios de comunicación y las agencias de publicidad son actores esenciales en la elaboración de contenidos. Ostentan un poder no sólo comercial o como instituciones culturales, sino que se establecen como formadores de opinión, productores, reproductores y transmisores de valores, estereotipos, significados y del sentido común, al tiempo que definen aquello que es considerado como relevante, normal, discutible y aceptado o rechazado socialmente.

Los actores que tienen el monopolio de los medios de comunicación y de producción de contenido legitiman las desigualdades de género de manera sistemática mediante los contenidos que difunden. Por esta razón es necesario reclamar al Estado que garantice el empleo efectivo de políticas públicas que velen por el respeto por los derechos humanos, la democratización de los medios de comunicación, que promuevan la igualdad y que eliminen la discriminación. No sólo para derrocar la violencia y la reproducción de estereotipos y violencia de género que se perpetúan dentro de los contenidos que circulan, sino también para la eliminación de las desigualdades estructurales en los espacios laborales de esta industria que afectan en su mayoría a mujeres.

Gracias a la lucha feminista y su agenda hoy no se toleran más las violencias de género y como resultado de los reclamos lograron crear un marco legislativo en el que se contempla la violencia Mediática y Simbólica. La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y la Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales tienen como meta proteger y custodiar los derechos de las mujeres y las personas LGTBQ+. Además, fueron creados organismos estatales como el ENACOM, el Observatorio de Violencia Mediática y Simbólica del INAM (ahora absorbido por el nuevo Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad), la Defensoría del Público, el INADI y la Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual.

¿Quién es Miriam?

Miriam Liliana Lewin es periodista de investigación con una extensa trayectoria en televisión, radio y gráfica, que incluye trabajos en Telenoche Investiga, Todo Noticias, Radio Nacional y América TV, entre otros. Fue nominada en siete oportunidades al premio Martín Fierro en radio y televisión.

Militó durante los años setenta en la izquierda peronista y estuvo detenida en el centro clandestino de detención Virrey Cevallos y en la ESMA durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983). En 1985 fue testigo en el Juicio a las Juntas, continúa declarando en causas vinculadas a crímenes de lesa humanidad en Argentina y es una activa militante por los derechos humanos y en las luchas del movimiento feminista. 

Como escritora, entre sus obras literarias se encuentra “Ni putas ni guerrilleras” (en coautoría con Olga Wornat) sobre crímenes sexuales en los centros clandestinos de detención, durante la última dictadura militar. Tuvo su primera edición en 2014, pre #NiUnaMenos, #MeToo y debate sobre el aborto, y es un indicador del interés y convicción por la agenda feminista. 

En varias oportunidades ha expresado su afinidad con el movimiento feminista, participando como disertante en charlas sobre abusos y poder en la sociedad, o haciendo referencia al encuentro de Mujeres y Disidencias, que cada año se realiza en La Plata, destacando el crecimiento significativo y la importancia del movimiento de mujeres, la marea verde, violeta y los grupos que luchan por los derechos en el país.

En diálogo con TN, Lewin se comprometió «a llevar adelante una gestión democrática y participativa, de puertas abiertas tanto para comunicadores como para todos los sectores que sientan vulnerados sus derechos en esta realidad especial. La Defensoría no tiene funciones punitivas. Se trata de que todos los involucrados en el fenómeno de la comunicación puedan verse representados en el mapa de los medios. De ampliar los derechos de todos y todas respetando siempre la libertad de expresión».

Hoy cada vez más los discursos discriminatorios son cuestionados por la sociedad y en ésta línea, el nombramiento de Miriam Lewin constituye a un mensaje esperanzador en relación a la lucha en contra de la violencia mediática que afecta, en su mayoría, a mujeres y personas pertenecientes a la comunidad LGTBQ+. 

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Autoras

Irene Aguirre
Sofía Mongi

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Como parte de nuestro trabajo de monitoreo de políticas públicas reguladoras de los medios de comunicación, identificamos situaciones de violencia mediática y simbólica y realizamos las denuncias correspondientes. En esta ocasión, se trató de las emisiones de dos programas de televisión: por un lado,“Los ángeles de la mañana” de Canal 13 y, por el otro, “Animales sueltos” de América TV.

¿Qué pasó en “Los ángeles de la mañana”?

En el programa emitido el 14 de mayo de “Los ángeles de la mañana” (un magazine que conduce Ángel De Brito) le realizaron un “cambio de look” a Cinthia Fernández, que consistía en un corte de pelo. Durante el mismo, Cinthia manifestó repetidas veces que no quería que se lo corten, pero cedió ante las insistentes presiones de sus colegas. En esta situación, mencionó que no quería que se lo corten mucho, y que quería ver hasta dónde se lo cortaban, estableciendo los límites para la intervención. Sus manifestaciones fueron reducidas con comentarios como “no es elegante lo que tenés”, “no seas tonta, el pelo crece”, “vos no tenés que verlo”, “te trajeron acá para estar mejor”.

Durante el corte de pelo se la vio a Cinthia nerviosa, asustada, presionada e incómoda con la situación. El conductor y las panelistas estuvieron todo el tiempo comentando sobre su aspecto de manera denigrante y sin dejarla intervenir. “Tengo ganas de llorar, se los digo en serio”, “la estoy pasando mal”, manifestó, sobre el final.

Nos preocupa que la televisión exponga una situación tan violenta, sobre todo el ejercicio de actos sobre el cuerpo de la mujer sin su consentimiento. Es claro que ella consintió acceder al cambio de look, pero éste no se llevó adelante bajo sus términos, sino que fue sistemáticamente presionada y todos sus comentarios y expresiones de deseo fueron minimizados.

¿Qué pasó en “Animales sueltos”?

El 16 de mayo, en el programa transmitido por América, se incurrió otra vez en violencia mediática y simbólica. Hacia el final del programa, Alejandro Fantino le preguntó a la panelista Romina Manguel: “pero pará, así viniste?”, refiriéndose a su vestimenta. El conductor, haciendo caso omiso de la incomodidad de la periodista, continuó diciendo: “Enfocame a Manguel”, pidiéndole que muestre su ropa y que desfile.

La reacción de Manguel fue una risa nerviosa y pedir que se detenga. El conductor continuó, insistiendo a las cámaras que la enfoquen e insinuando que así podría encontrar pareja.

Toda esta intervención, si bien breve y solo al final del programa, fue sumamente violenta para Romina y resulta estereotipante para las mujeres. Esto fue acompañado por la complicidad y risas del resto del panel conformado por varones, que nada hicieron para frenar estos momentos de incómoda cosificación de la única panelista mujer del programa.

¿Por qué hablamos de violencia mediática y qué leyes amparan nuestras denuncias?

Ambos contenidos mediáticos son humillantes y discriminatorios, y constituyen casos de violencia mediática y simbólica. Recordemos que la Ley de Protección Integral a las Mujeres 26.485 define a la violencia mediática como “aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”. En este sentido, según los artículos 70 y 71 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522 todos los medios de comunicación quedan obligados a cumplir la 26.485 además de:

“evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.

¿Ante qué organismos denunciamos y para qué?

Atento a este marco normativo, como también a la gran responsabilidad -particularmente en la sociedad argentina- de los medios de comunicación en construir sentido y formar opinión, hemos denunciado estas situaciones frente a la Defensoría del Público, el Observatorio de radio y televisión del INADI y el Observatorio de la violencia simbólica y mediática del INAM. Esperamos que estos organismos tomen las acciones necesarias al respecto y nos comprometemos a seguir velando por la efectiva ejecución de las políticas públicas existentes, así como promover las que aún se requiere crear para luchar contra este y todos los tipos de violencia de género.

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Autora

Mariana Barrios Glanzmann

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

En el marco de nuestro trabajo de monitoreo de políticas públicas reguladoras de los medios de comunicación, identificamos y denunciamos dos situaciones de violencia mediática y simbólica que se expusieron en dos programas del canal Todo Noticias la semana pasada.

La primera situación se dio el 2 de mayo, cuando en un informe emitido se expone una noticia sobre una mujer (ex policía), llamada Johana, que robaba autos utilizando un drone. La segunda se presenta al día siguiente en el noticiero del medio día también, en una noticia sobre una ex empleada de la Municipalidad de La Plata que fue despedida de su trabajo y considera que el despido fue injustificado.

Más allá de las historias puntuales que se exponen en cada una de las noticias, encontramos en común un abordaje violento ya que se ilustra las noticias con fotos de las mujeres en ropa interior o traje de baño, exponiendo una hipersexualización de las protagonistas a través de la exhibición de sus cuerpos. Esta representación resulta estereotipante y desvía el foco de atención de lo que se está informando en la noticia, que tiene que ver con la comisión de un delito en el primer caso, y un reclamo laboral en el otro. Ilustrar ambas situaciones con esas imágenes deslegitima a las mujeres de estas historias y les infringe violencia mediática y simbólica a ellas y también a otras mujeres que pudieran encontrarse en igual situación.

Es por ello que desde Fundeps procedimos con las correspondientes denuncias, las cuales fueron radicadas en la Defensoría del Público, el Observatorio de Radio y Televisión del INADI y en el Instituto Nacional de las Mujeres. En un contexto de transformación social, motorizado fundamentalmente por la lucha del movimiento feminista, resulta inadmisible tolerar expresiones que contienen estereotipos de género discriminatorios, que alimentan la perpetuación de una cultura machista que violenta permanentemente la libertad y el cuerpo de las mujeres. Entendiendo el rol que tienen los medios de comunicación en la reproducción de la violencia simbólica es que, además de ejecutar las correspondientes denuncias, vemos con urgencia la necesidad de crear espacios de formación y capacitación de los/as trabajadores/as de los medios masivos de comunicación en lo que respecta a perspectiva de género, considerando que es la única manera de garantizar la producción y el abordaje de contenidos respetuosos, que aporten a la construcción de una sociedad más igualitaria.

Autora

Lucía Calabria Aragón

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

En virtud de las expresiones homo-odiantes de Eduardo Feinmann sobre la persona, vida y trabajo de un investigador del CONICET, desde el Equipo de Género y Diversidad Sexual de Fundeps decidimos denunciar este caso ante la Defensoría del Público y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).

El jueves 11 de abril, durante la emisión de su programa de televisión en el canal de aire de alcance nacional A24, el periodista Eduardo Feinmann expuso de manera violenta una ponencia de Facundo Nazareno Saxe, investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y del Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de La Plata. Tomando como referencia la ponencia ‘Memoria queer e historieta anal: cuando el cómic nos abre el culo (y nos gusta)’, Eduardo Feinmann manifestó “Me impresiona. Una vergüenza. ¿Estos son los investigadores que después se quejan?, “Creen algo que se llame ‘ñoquicet”. El tono despectivo que utilizó el periodista para denigrar el trabajo del investigador en torno a la perspectiva queer y el respeto a la diversidad, así como su orientación sexual, evidenció en sí mismo el marcado cariz homo-odiante que reprodujo a través de un medio masivo de comunicación.

No sólo presentó de una manera violenta la ponencia del investigador Saxe, sino que además lo expuso, compartiendo sus datos personales y redes sociales, lo cual permitió que algunas personas pudieran acceder y reproducir una serie de mensajes llenos de odio y amenazas hacia su persona por su forma de ser y pensar.

Este hallazgo realizado por el conductor y periodista tampoco fue casual, ya que lo llevó adelante en un contexto en el que los recortes realizados por parte del Gobierno Nacional al CONICET y la crisis que estaba atravesando la ciencia en nuestro país eran noticia. De esta forma hizo un uso político homo-odiante, tomando la imagen de Facundo Nazareno Saxe y sus investigaciones para criticar al CONICET y de esta forma justificar la reducción de presupuesto y falta de políticas respecto del mismo.

Realizar y utilizar este tipo de mensajes homo-odiantes, no sólo es violencia y discriminación, sino que además en un contexto en el que hay una gran reacción contra todos los avances de derechos conquistados como la Ley de Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género, es sumamente perjudicial por el odio que genera y avala.

Es importante recordar que, según el informe de la Federación Argentina LGBT, tan sólo en 2017 hubo 103 agresiones, asesinatos o hechos de violencia física motivados por un acto de discriminación por orientación sexual, expresión o identidad de género. Sumado a esto, debemos considerar que la población Trans de la República Argentina cuenta con una expectativa de vida promedio de unos 32 años y que todavía ni siquiera contamos con leyes de cupo laboral trans (excepto en la provincia de Buenos Aires) para poder garantizar mínimamente derechos básicos que les han sido históricamente negados.

Por todo ello consideramos que éste fue un claro caso de violencia mediática y simbólica de acuerdo con las definiciones la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que en su Artículo 70 establece que “la programación de los servicios previstos en la ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual… o que menoscaben la dignidad humana…”

Entendemos que los medios de comunicación tienen una responsabilidad innegable en la construcción de ciudadanía, ya que no sólo son formadores de opinión, sino que además avalan y legitiman prácticas de la sociedad.

La violencia simbólica expresada a través de los medios de comunicación promueve su reproducción y fundamenta otras formas de violencias de géneros, por lo que repudiamos los dichos de Feinmann, insistimos en la necesidad de capacitar a periodistas en perspectiva de géneros y en el tratamiento de este caso por parte de los organismos competentes.

Autora 

Valentina Montero

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

La Defensoría del Público respondió a la denuncia que hicimos en contra de “El Show de la Mañana”, emitido por Canal 12, por contenidos que espectacularizan una situación de clara violencia hacia una niña de 12 años.

El 19 de julio, en el programa “El Show de la Mañana”, se emitió un contenido que registraba un episodio de violencia padecido por una niña de 12 años por parte de una mujer en la vía pública.

La Defensoría expresó que, “si bien, tal como expresa la consulta, se advierte una mirada crítica y condenatoria de los hechos violentos por parte de los y las integrantes del programa, la exhibición del video bajo la modalidad en la que se realiza, redunda en la espectacularización de un suceso de violencia grave padecido por una niña”.

Como corolario de la denuncia y del proceso iniciado, la Defensoría del Público se propuso realizar una actividad de capacitación dirigida a las y los integrantes del programa, y a todas aquellas personas del canal que deseen participar, en función de las actividades que desarrollan en los programas. La capacitación tuvo lugar en las instalaciones de Canal 12 el día 7 de diciembre.

Durante la actividad, se capacitó en particular sobre los lineamientos para la emisión de contenidos en horario apto para todo público, a los fines de proteger los derechos de la niñez en los abordajes periodísticos, dado que fue lo que motivó el reclamo inicialmente. Sin embargo, la Defensoría aprovechó la instancia con los y las integrantes del programa, así como todo el personal de Canal 12 que quisiera sumarse para capacitar sobre otros temas relacionados a los derechos de las audiencias.

En particular, se brindaron recomendaciones para la cobertura de hechos relacionados a violencia contra las mujeres. Se profundizó en la temática de no discriminación por motivos de género u orientación sexual, a los fines de desnaturalizar los discursos que reproducen la desigualdad. Por último, también se abordaron cuestiones relativas a la salud mental y al suicidio.

Es muy importante el accionar de la Defensoría del Público ya que opera como enlace entre la ciudadanía y los medios audiovisuales, a través del diálogo con distintos actores, para motivar la reflexión sobre las temáticas, así como encontrar soluciones y mecanismos de reparación para los derechos afectados. Su accionar provee garantías legales para las audiencias de radio y televisión, así como los medios comunitarios, grupos campesinos y pueblos originarios.

El organismo se encuentra en la misma situación de acefalía desde 2016, que hace casi tres años no le permite implementar la totalidad de sus funciones. Mientras se cuenta con un titular temporario, designado hasta Marzo de 2019, la Defensoría sigue realizando su trabajo, en tiempo prudencial, contemplando los derechos de las audiencias y promoviendo una comunicación inclusiva y de derechos humanos. Sin embargo, la situación de acefalía no sólo pone en riesgo los derechos de las audiencias, sino que perjudica también las políticas públicas que promueven la comunicación desde una perspectiva local y comunitaria. Esperamos que la Comisión Bicameral responsable de la designación de un defensor/a, actúe y designe a una persona idónea para esta función, habilitando el pleno funcionamiento de este organismo.

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Nota Defensoría del Público -612-2018

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Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

La última semana de septiembre la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que preside el senador Eduardo Costa (UCR) de forma sorpresiva decidió la designación provisoria de un nuevo Defensor del Público: Eduardo Jesús Alonso.

La decisión de nombrar un Defensor Provisional fue acordada por el oficialismo con desconocimiento de la oposición. La reunión de Comisión fue convocada para tratar la situación anómala que sufre la Defensoría y para poder analizar el proceso de designación. La designación misma no formaba parte del orden del día. La sorpresa entonces, fue la designación de Alonso, a quien la mayoría de la Comisión no conocía: ni su nombre, ni su trayectoria, ni su curriculum, ni las razones por las cuales se lo propone como Defensor Provisional.

Finalmente, como no se dio lugar a no votar la designación, todos los bloques legislativos acordaron el nombramiento de Alonso que estará vigente hasta que se designe al Defensor/a titular, en un plazo de 60 días. Cabe destacar, que desde la presidencia de la Comisión se aclaró que la designación provisional tiene como fin el cumplimiento de funciones operativas y administrativas de la Defensoría y no podrá tomar ninguna resolución de carácter institucional

Por lo pronto, lo único que se conoce del nuevo Defensor del Público es que se trata de un joven abogado de 32 años que, con la asunción de la nueva gestión en 2015, entró a trabajar en la Secretaría General de la Presidencia.

La Defensoría del Público de Comunicación Audiovisual se encuentra acéfala desde el 14 de noviembre de 2016 cuando, ante el término del mandato de la Lic. Cynthia Ottaviano, la Comisión Bicameral del Congreso decidió no designar a un/a nuevo/a defensor/a ni renovar el mandato de la defensora saliente. Desde ese momento, la abogada María José Guembe, Directora de Protección de Derechos de la Defensoría, fue referente interina.

La institución de la Defensoría del Público es fundamental pues oficia de intermediaria entre los actores de comunicación y el público, en representación de los intereses y derechos de las audiencias. En las últimas semanas, hemos llevado adelante una denuncia por violencia mediática ante el ente. Desde la Defensoría, nos informaron que se encuentran con problemas para dar respuesta a los trámites y reclamos y aclaran que “La demora responde a que la Comisión Bicameral de promoción y seguimiento de la comunicación audiovisual, las tecnologías de las telecomunicaciones y la digitalización de la cual depende este organismo, ha decidido designar a una nueva persona a cargo de la Defensoría del Público hasta tanto se regularice la situación de acefalía y se elija a un/a nuevo/a Defensor/a del Público. “

De esta manera, la continuidad de esta acefalía desde hace ya 3 años, vulnera a la ciudadanía ya que sus derechos no pueden hacerse valer completamente sin el accionar pleno de este organismo. Mientras no se concurse y designe un/a nuevo/a Defensor/a, los derechos de las audiencias, siguen en riesgo.

 

Autora: Emilia Pioletti

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Los comentarios machistas y discriminatorios de Baby Etchecopar dichos en su programa radial “El ángel del mediodía” por Radio 10, generaron un gran repudio de los movimientos sociales y de mujeres, a partir de los cuales se interpusieron varias denuncias, entre ellas una penal por infringir la ley nacional 23.592 que penaliza los actos discriminatorios.  La normativa impone una pena de prisión de uno a tres años a quien realice propaganda basados en ideales o teorías de superioridad de un grupo de personas.

 

En virtud de los actos de Violencia Mediática y Simbólica contra las mujeres generada por los comentarios de Etchecopar, desde el Equipo de Género de FUNDEPS interpusimos una denuncia ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), en repudio por la difusión de estos mensajes que promueven la discriminación contra las mujeres, legitimando la desigualdad de trato y reproduciendo patrones socioculturales de desigualdad y generadores de violencia contra las mujeres.

Los dichos misóginos que motivaron nuestra denuncia se dieron el día 10 de Septiembre en el marco de una discusión telefónica con Silvia Ponce, dirigente del movimiento Evita, quien se encontraba en una protesta social contra el ajuste y las políticas económicas del gobierno de Mauricio Macri.

En ese contexto, el conductor radial le preguntó si ella era beneficiaria de algún plan social, a lo que ella respondió que sí. Por lo que seguidamente le preguntó si ella trabajaba. Cuando Silvia contestó de nuevo afirmativamente y dijo que trabajaba todos los días en su casa, el Sr. Baby Etchecopar la interrumpió diciéndole: “No no, pero en tu casa no. Vos contéstame lo que yo te pregunto porque casete no. ¿Vos trabajas o no trabajas?”.

Consideramos que tal expresión resulta totalmente discriminatoria, machista y que invisibiliza el trabajo de las mujeres, ya que la actividad doméstica es trabajo, aunque no sea remunerada. De hecho, es una de las principales causas de desigualdad entre hombres y mujeres.

De acuerdo a datos del INDEC, 9 de cada 10 mujeres dedican parte de su día a ese tipo de tareas, que incluye el cuidado y mantenimiento del hogar. También, el 76% de los trabajos domésticos no remunerados en Argentina son realizados por mujeres. Incluso aquellas que trabajan full time le dedican más tiempo de su vida a estas actividades que los hombres que están desempleados. Tal hecho implica menos tiempo de ocio para las mujeres, de capacitación y desarrollo profesional. Lo que se traduce en menor ingreso, más precariedad de los trabajos y el llamado “techo de cristal” que nos impide acceder a los puestos jerárquicos de poder.

Por último, y luego de sacar del aire a la Dirigente Silvia Ponce, Baby Etchecopar expresó: “Tengo seis hijos. ¿Quién te manda a coger, boluda? Dejate de joder”. Repudiamos tal expresión no sólo por el nivel de agresión, sino por configurar un claro ejemplo de violencia de género: y según la Ley de Protección Integral a las Mujeres 26.485, como violencia mediática, entendida como “toda publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres y legitime la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Baby Etchecopar con sus dichos avala y replica los modelos de dominación y tutela sobre el cuerpo de la mujer.

Por estos mismos hechos que generaron nuestra denuncia es que la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas 18, especializada en Violencia de Género de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo interinamente de Federico Villalba Díaz, decidió imputarlo por discriminación en contexto de violencia de género.

La fiscalía pidió la intervención de la Defensoría del Pueblo y del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). A su vez, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) también inició un sumario contra Etchecopar para determinar si se violó la Ley 26.522, que busca evitar la violencia de género y proteger a las audiencias más vulnerables.

Los medios de comunicación tiene una responsabilidad innegable en la construcción de ciudadanía, ya que no sólo son formadores de opinión, sino que además avalan y legitiman prácticas de la sociedad. Celebramos la intervención de dichas instituciones en este caso y continuamos exigiendo el pleno cumplimiento y respeto de las leyes que protegen a las mujeres para seguir construyendo una sociedad más igualitaria.

 

Autora:

Valentina Montero

Contacto:

Virginia Pedraza

vir.pedraza@gmail.com

 

 

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) y la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad presentamos un informe sobre el funcionamiento de las políticas públicas sobre género y comunicación, a partir de la asunción del actual gobierno nacional.

A principios de 2016, desde la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables y la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad se realizó un informe llamado: “Violencia hacia las mujeres y políticas públicas de comunicación” que da cuenta del estado de las políticas públicas sobre comunicación y género en Argentina y de los órganos estatales que, hasta fines de 2015, estaban encargados de implementarlas. Ese informe se fundó en una extensa investigación que recopiló datos mediante pedidos formales, formulados en el ejercicio del derecho al acceso a la información; denuncias ante los órganos correspondientes en casos de violencia mediática y simbólica y entrevistas a integrantes de esos órganos y de organizaciones de la sociedad civil.

En 2018, realizamos un informe sobre la aplicación de tales políticas a partir de la asunción del actual gobierno nacional. En el mismo se analizan los principales cambios evidenciados en los últimos dos años, con base en la información obtenida a través de nuevos pedidos de información formulados ante los organismos correspondientes durante el año 2017 y mediante la realización de entrevistas y búsqueda de información a través de los canales oficiales de cada dependencia.

Los órganos estudiados son: ENACOM, Defensoría del Público, INAM, INADI, Observatorio de la Discriminación en Radio y TV, Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Comercio Sexual.

Las medidas y políticas públicas implementadas por dichos organismos tuvieron modificaciones. Si bien algunas que pueden ser consideradas avances, muchas otras debilitan los logros alcanzados en la protección de las audiencias, principalmente de los sectores vulnerables; tanto desde una perspectiva de género como del derecho a la comunicación como derecho humano.

El análisis realizado pretende dar cuenta de las transformaciones del campo de la comunicación, específicamente en lo que refiere a temas de género, durante los últimos dos años y a partir del cambio de gestión gubernamental en diciembre del 2015. En sintonía con los cambios que sucedieron a las políticas públicas de comunicación a partir de ese entonces, las áreas específicas vinculadas a género también atravesaron transformaciones que, si bien aún no están por completo definidas, implican para varios de los organismos un freno a los programas que se llevaban adelante y, a dos años de iniciada la nueva gestión, no está claro aún cuál será el rumbo que tendrán a futuro las políticas públicas de comunicación y género que se desarrollaron en Argentina a partir del 2010.

Principales conclusiones

  • Si bien los decretos y resoluciones que han afectado a la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual no operan directamente sobre las políticas de género, el accionar de varios de los organismos del Estado dedicados a la implementación de estas políticas ha sufrido modificaciones. Algunas de las mismas representan avances, pero otras otras debilitan los logros alcanzados en la protección de las audiencias.
  • La acefalía de la Defensoría del Público -uno de los organismos relevantes en la aplicación de políticas de comunicación y género, y con reconocimiento internacional- es uno de los aspectos negativos del paradigma que llamamos “de transición” en las políticas actuales de comunicación y género de Argentina. A pesar de esta acefalía, el organismo sigue operando exitosamente dentro de los márgenes permitidos.
  • También evaluamos negativamente la falta de acceso a la información por parte del ENACOM, lo que da cuenta de los obstáculos existentes a los fines del monitoreo del accionar de los órganos estatales por parte de la ciudadanía. Sin embargo, valoramos el accionar del mismo -evaluado a través de mecanismos indirectos- que se revela en un aumento de las resoluciones y en la consideración de los derechos de las mujeres y de la comunidad LGTBI como causales autónomas de violación de derechos.
  • Pareciera haber una transformación en las funciones de la Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual que estaría dejando de ejercer su capacidad sancionatoria y focalizando su accionar sólo en medios digitales y en la asistencia al Poder Judicial.
  • Fue disuelto informalmente el Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión, un organismo tripartito con un destacado accionar durante los últimos 10 años; tampoco es posible acceder al acervo pedagógico generado por el mismo.
  • Fue creado el Observatorio de Violencia Simbólica y Mediática, en el ámbito del INAM, con competencia en todo tipo de soportes.
  • El INAM amplió su accionar en las políticas de comunicación a través del Plan Nacional de Acción contra las Violencias con políticas que aún no han sido rendidas en forma mensurable.
  • Los proyectos de leyes de comunicaciones convergentes de diferentes sectores políticos han incluido casi nulas consideraciones de género, aunque han tenido una relativa receptividad hacia las propuestas que se les han hecho llegar desde la sociedad civil.

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Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org

Sandra Chaher – sandrachaher@comunicarigualdad.com.ar

La Defensoría del Público, organismo encargado de recibir denuncias de las audiencias activas en casos de violaciones de derechos, ha recibido anteriormente premios internacionales. Entre ellos, se encuentra el otorgado por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA. En esta ocasión, se le concedió el “Premio Interamericano a la Innovación para la Gestión Pública Efectiva”. Este galardón es

“…una iniciativa del Departamento para la Gestión Pública Efectiva de la OEA, cuyo objetivo principal es reconocer, incentivar, sistematizar y promocionar las innovaciones en gestión pública que se vienen realizando en la región con el propósito de contribuir a que las instituciones públicas sean cada vez más transparentes, efectivas y cuenten con mecanismos de participación ciudadana.”

La institución era uno de los principales actores en mapa de políticas pública proteger a las mujeres contra la violencia simbólica y mediática, además de proteger a las audiencias en general. A través de reclamos, o actuando de oficio, emitían dictámenes frente a contenidos que ejercieran violencia mediática y realizaban actividades, como reuniones y capacitaciones, o instancias de mediación, con las productoras de dichos contenidos a los fines de sensibilizar y dar pautas para producir contenidos no sexistas.

No obstante, esta gestión eficiente y participativa del organismo se ha visto interrumpida desde noviembre del año pasado, cuando la Comisión Bicameral que debería nombrar a la autoridad máxima de la Defensoría, decidió no designar a nadie al finalizar el mandato de la Lic. Cyntia Ottaviano. Tal como habíamos mencionado en notas anteriores, el organismo aún se encuentra en situación de irregularidad y sin capacidad para realizar actividades que superen las meras comunicaciones formales y administrativas.  Esto limita que se tomen medidas en casos de violencia mediática por motivos de género o cualquier otro, además de que no le permite a la Defensoría hacer pronunciamientos sobre la calidad de los contenidos denunciados.

Aún no hay certezas sobre qué ocurrirá con la Defensoría. En este contexto, es importante recordar que el CEDAW, en sus observaciones finales a Argentina, recomendó:

“Enmendar la Ley Nº 26.522 (2009) relativa a los servicios de comunicación audiovisual, a fin de proporcionar al Defensor del Público la facultad de sancionar las violaciones de las disposiciones para regular los estereotipos de género y el sexismo en los medios de comunicación”.

En este sentido, la situación institucional va en detrimento de lo recomendado según los estándares internacionales.

Más información

La OEA distinguirá la tarea de la Defensoría por la promoción de la equidad de género | Defensoría del Público

– Preocupante situación de la Defensoría del Público | FUNDEPS

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Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org

Hace tres meses que la Defensoría del Público se encuentra acéfala, circunstancia que deja al organismo imposibilitado para realizar plenamente las funciones asignadas en la vigente Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Esta situación contraría las recomendaciones del Comité de la CEDAW y agrava la situación de vulnerabilidad de los derechos de las audiencias.

La Defensoría del Público de Comunicación Audiovisual, que nació junto a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, es un organismo que promueve, difunde y defiende el derecho a la comunicación democrática en los medios.

Como comunicamos anteriormente, esta dependencia del Estado se encuentra acéfala desde el 14 de noviembre del pasado año cuando, ante el término del mandato de la Lic. Cynthia Ottaviano, la Comisión Bicameral del Congreso decidió no designar a un/a nuevo/a defensor/a ni renovar el mandato de la defensora saliente.Al día de la fecha, el organismo elevó una petición para que la abogada María José Guembe, Directora de Protección de Derechos de la Defensoría, sea la máxima autoridad en esta etapa transitoria. De igual manera y dado que el rol de Guembe no goza de todas las facultades, el organismo permanece acéfalo, y por lo tanto, carente de operatividad.

La institución de la Defensoría del Público es fundamental pues oficia de intermediaria entre los actores de comunicación y el público, en representación de los intereses y derechos de las audiencias. De esta manera, la acefalía vulnera a la ciudadanía ya que sus derechos no pueden hacerse valer completamente sin el accionar pleno de este organismo. Esta situación que ya se ha prolongado por casi 3 meses, no obstante continúa trabajando, recibiendo y canalizando reclamos.

Denuncias realizadas desde FUNDEPS

Durante el 2016, desde FUNDEPS, hemos realizado varias denuncias al organismo, destacando las realizadas al canal televisivo TYC Sports y al programa “Majul 910” por Radio AM 910.

En diciembre del año pasado, recibimos una notificación telefónica sobre el estado del reclamo realizado por una publicidad institucional del canal televisivo TyC Sports, en el mes de septiembre. En dicha publicidad, se muestra una conversación entre una pareja heterosexual, en la que se reproducen estereotipos de la división sexual del trabajo, así como también de relaciones de poder dentro de las parejas. Ante este reclamo, la Defensoría reconoció y mencionó los estereotipos que reproducen los medios y resaltó lo positivo de las audiencias manifestando conformidad respecto a los mensajes construidos. Por esta denuncia, se realizó una comunicación al canal de televisión, que no fue respondida. Nosotrxs recibimos una respuesta formal escrita en la que se menciona que:

En su informe sobre la pieza la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de esta Defensoría señaló que «recibe los comentarios expresados en la consulta como un indicio de la legítima disconformidad de las audiencias con la reiteración acrítica de representaciones estereotipantes que, además, no se corresponden con la diversidad social actual en materia de composiciones familiares y de asignación de roles al interior de las familias

Por la grave situación que atraviesa el organismo, no fue posible tomar otras medidas. Además, en noviembre del pasado año hemos realizado una denuncia por el programa radial “Majul 910” en Radio La Red AM 910 en el que, bajo el lenguaje pretendidamente “humorístico”, se reproducen estereotipos y apologías a la violencia de género.

En este caso, la Defensoría también reconoció la legitimidad del reclamo e informó que la empresa RED CELESTE Y BLANCA SA, titular de LR5 Radio La Red AM 910 respondió a la denuncia:

«…los comentarios esgrimidos por el humorista Claudio Rico han sido realizados exclusivamente con animus iocandi y que el mismo nunca tuvo el objetivo de ofender a las mujeres ni llevar adelante un estereotipo de belleza que resulte ofensivo y opresivo para las mujeres. Mucho menos ha sido el objetivo de ‘ LA RED’ difundir un mensaje de violencia mediática como se señala en la presentación».

Por último, la Radio expresa: «En tal sentido (…) es que tomamos debida nota de la misma y procederemos a comunicar los términos de la misma a los conductores, participantes y productores del Programa “Majul 910”.

Al no poder tomar mayores medidas ni expedirse sobre la calidad de los contenidos emitidos, las denuncias realizadas a la Defensoría del Público han perdido fuerza y legitimidad, y quedan en manos de la voluntad de los medios denunciados.

En este contexto de gran incertidumbre, es importante recordar que el CEDAW, en sus observaciones finales a Argentina, recomendó “Enmendar la Ley Nº 26.522 (2009) relativa a los servicios de comunicación audiovisual, a fin de proporcionar al Defensor del Público la facultad de sancionar las violaciones de las disposiciones para regular los estereotipos de género y el sexismo en los medios de comunicación”. Frente a esto, la situación institucional de la Defensoría del Público, es aún más grave. Las recomendaciones internacionales se orientan a darle más competencias al organismo, que actualmente ve limitado su funcionamiento, limitación que se constituye como una situación regresiva que disminuye el nivel de protección de las mujeres contra la violencia simbólica y mediática, como de las audiencias en general.

La reproducción de estereotipos de géneros en los medios de comunicación son una forma de violencia mediática y simbólica, de acuerdo con las definiciones la Ley 26.485 de Protección integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y que también están contemplados en la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Individual. Los organismos como la Defensoría del Público son fundamentales para velar por la producción de contenidos y  programación en los medios que no fomenten la cultura de la discriminación y la violencia. Dada la gravedad del caso, expresamos nuevamente nuestra preocupación por la vulneración de los derechos de las audiencias y exigimos que la situación sea subsanada la brevedad.

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Observaciones de CEDAW para el Estado Argentino

Riesgo de Continuidad Defensoria

Nota de Opinión en Pagina 12: «Retroceso en políticas de género»

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Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org

Emiilia Pioletti – emiliapioletti@fundeps.org

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer es un órgano de expertos independientes de Naciones Unidas que supervisa la aplicación de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Todos los Estados partes deben presentar al Comité informes periódicos para dar cuenta del cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas con la firma de la CEDAW. Las organizaciones de cada país, según su experiencia y trabajo que realicen, pueden presentar un “informe sombra”, para dar cuenta de la realidad de las mujeres en el Estado, a fin de que el Comité tengas las herramientas necesarias para la elaboración de las recomendaciones finales que deba realizar.

Tras finalizar el proceso de revisión de Argentina, en su 65ª sesión el Comité de la CEDAW dictó sus “Observaciones Finales”, en las que se refleja el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil manifestado a través de los informes sombra presentados ante el Comité. FUNDEPS participó en tres informes, cuyos aportes fueron considerados a fin de lograr un avance en la efectiva garantía para el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres argentinas.

Violencia mediática y simbólica

En conjunto con la Asociación Civil Comunicar Igualdad, desarrollamos un documento especial para el Comité con base en nuestro informe “Violencia de género y políticas públicas de comunicación”. En consideración de nuestras observaciones, el Comité de la CEDAW recomendó a nuestro país, en sus apartados 18 y 19, sobre “Estereotipos y prácticas nocivas”:

A) Intensificar sus esfuerzos encaminados a disipar las actitudes sexistas y estereotipos de las autoridades públicas estatales en los tres poderes;

B) Adoptar una estrategia global dirigida a las mujeres, los hombres, las niñas y los niños para superar la cultura del machismo y los estereotipos discriminatorios sobre las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad. Asegurar que esta estrategia también se ocupe de las formas intersectoriales de discriminación contra la mujer, definidas en la Recomendación general Nº 28 (2010) del Comité sobre «Obligaciones fundamentales de los Estados Partes en virtud del artículo 2 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer «, Apartado 18;

C) Fortalecer la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil en la lucha contra los estereotipos discriminatorios a través de campañas de sensibilización como la campaña «#Ni Una Menos»; y

D) Enmendar la Ley Nº 26.522 (2009) relativa a los servicios de comunicación audiovisual, a fin de proporcionar al Defensor del Público la facultad de sancionar las violaciones de las disposiciones para regular los estereotipos de género y el sexismo en los medios de comunicación

Salud de las mujeres: consumo de tabaco

Asimismo, nuestros equipos de trabajo participaron y apoyaron la elaboración del informe presentado por la Fundación Interamericana del Corazón, FEIM y otras organizaciones, sobre las políticas públicas sobre control de tabaco que actualmente permiten el desarrollo de estrategias de la industria dirigidas especialmente a mujeres. Con relación a lo solicitado en dicho “informe sombra”, el Comité manifestó su preocupación por el “alto consumo de tabaco entre las niñas en comparación con los niño”. En virtud de ello, recomendó a Argentina en su apartado 35:

“G) Ratificar el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, reducir el alto consumo de tabaco entre los adolescentes, en particular las niñas, y abordar las consecuencias para la salud”.

Mujeres rurales e indígenas

En relación al informe realizado por la Fundación Plurales, en coalición con Fundapaz, Redes Chaco y otras, sobre el acceso a los recursos naturales por las mujeres rurales y campesinas del Gran Chaco Americano, que fue avalado por FUNDEPS, el Comité tomó varios puntos de lo solicitado, y realizó varias recomendaciones a Argentina en sus apartados 38 a 41 sobre mujeres rurales e indígenas, de las que pueden destacarse:

“A) Diseñar programas específicos dirigidos a asegurar el desarrollo sostenible y luchar contra las situaciones de pobreza a que se enfrentan las mujeres rurales, mediante la asignación de recursos específicos, oportunidades de empleo, medidas de protección social y programas específicos de educación para las mujeres rurales (…)

C) Adopte políticas para prevenir el desalojo forzoso y prevenir la violencia, la estigmatización y los ataques contra la mujer rural en el contexto de proyectos de desarrollo económico a gran escala; y

D) Asegurar que las mujeres de las zonas rurales estén representadas en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles del sector agrícola, incluidas las relativas a la reducción de los riesgos de desastre, la gestión después de los desastres y el cambio climático (…)

A) Adoptar medidas para reconocer formalmente la tenencia y la propiedad de las tierras de las mujeres indígenas y promover el diálogo a nivel comunitario para eliminar las normas y costumbres discriminatorias que limitan los derechos de propiedad de las mujeres indígenas sobre la tierra;

C) Asegurar que las mujeres indígenas tengan acceso adecuado a agua potable y asequible para usos personales y domésticos, así como para el riego;

D) Examinar el actual manejo negligente de las denuncias sobre plaguicidas nocivos, fertilizantes y uso de productos agroquímicos presentados por las mujeres indígenas ante el Ministerio de Salud, y velar por que esos casos se resuelvan de manera oportuna y apropiada de conformidad con las recomendaciones generales del Comité. Recomendación Nº 34 (2015) sobre los derechos de la mujer rural; y

E) Establecer un mecanismo obligatorio y eficaz de consulta y distribución de beneficios para obtener el consentimiento libre, previo e informado de las mujeres indígenas en relación con el uso de sus recursos naturales y tierras” (La traducción es nuestra). De las recomendaciones dictadas por el Comité, sólo queda esperar que el Estado argentino tome las medidas correspondientes para garantizar los derechos humanos de las mujeres y su efectivo cumplimiento, algo en lo que estaremos trabajando en conjunto con otras organizaciones de la sociedad civil.»

Aclaración: La traducción de los fragmentos de las «Observaciones Finales» es de autoría propia. 

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Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org