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El pasado 28 de junio recibimos la Nota Nº 700/2016 de la Defensoría del Público en respuesta a la denuncia efectuada a fines de abril por las emisiones del programa «Animales Sueltos» emitido por América TV los días 27 y 28 de abril; en el mismo se publicaron fotografías de mujeres en ropa interior que fueron víctimas de malos tratos por parte de la Sección Sanidad del Colegio Militar de la Nación, reproduciendo la cosificación y la violencia sufrida por estas, revictimizándolas.

Dicha presentación fue realizada en el marco del monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado desde FUNDEPS en conjunto por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad. En su pronunciamiento, la Defensoría informó que su Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo había analizado de manera interdisciplinaria nuestra presentación y las emisiones objetadas.

Celebramos la respuesta del organismo, que remarcó que:

…aún cuando los rostros de las mujeres fotografiadas no se exhiben en cámara, […] encuentra cuestionable la exhibición que realiza el programa. Las mujeres fotografiadas bien pueden reconocerse a sí mismas en dicha exhibición mediática, promoviendo en ellas una revictimización, es decir, una nueva vivencia de la violencia padecida como consecuencia de la violación a su intimidad que implica la captura fotográfica de sus cuerpos en ropa interior sin su debido consentimiento, tal como se describe que fueron los hechos en el programa… 

En ese sentido, la Dirección señaló que «…si bien valora positivamente la mediatización del caso y las implicancias legales que, según se relata, ésta pudiera generar sobre los responsables de los hechos, también recomienda evitar la contradictoria réplica y reproducción, a través del modo que asume dicha mediatización….»

Nos alegra informar que, en función de este reclamo, la Defensoría ha iniciado mecanismos de diálogo con las autoridades del canal para avanzar en la reflexión en relación a los derechos afectados en este caso, y mantendrá una reunión con ellos en los próximos días.

Finalmente, festejamos el hecho de que la Defensoría ha declarado el año 2016 “Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual«, generando un marco para impulsar políticas comunicacionales que busquen garantizar mayores condiciones de igualdad en representaciones que construyen y reproducen los servicios las de comunicación audiovisual.

Más información:

Contacto:

Mayca Balaguer – Área de Derechos Humanos

En el programa Animales Sueltos de America TV, publicaron sin tapujos las fotografías de mujeres que fueron víctimas de malos tratos por parte de la Sección Sanidad del Colegio Militar de la Nación, lo que configura la reproducción de la cosificación y la violencia, y la revictimización.

En el programa Animales Sueltos de América TV, el miércoles 27 de abril, denunciaron al Ejército Argentino por los hechos ocurridos en la Sección Sanidad del Colegio Militar de la Nación, en donde los médicos que revisaban a las aspirantes a ingresar, y tomaron fotografías de las mujeres en ropa interior, publicándolas por las redes sociales y entre sus compañeros.Si bien en el programa resaltaron a este acto como «indignante y denigrante», la reproducción de las imágenes en la nota, resultó en un tratamiento discriminatorio y ofensivo hacia las víctimas, reproduciendo la violencia que les fue infringida. Lejos de cuidar la intimidad y sensibilidad, agravaron la situación viralizando lo que ya habían sufrido.

En el programa del día siguiente, los/as panelistas volvieron a hablar sobre el tema, porque recibieron un comunicado del departamento de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ejército, en respuesta al programa anterior. El mismo indica las acciones que se han ordenado para condenar la conducta de los responsables. Allí nuevamente reprodujeron las fotografías (agregando una que no se había mostrado en el programa anterior), humillando por segunda vez a las mujeres que fueron sujeto de esta acción discriminatoria.

Si bien la denuncia del programa logró que el Ejército identificara este acto como una vulneración de derechos y tomara cartas en el asunto (en el comunicado se dice que suspendieron al médico que tomó las fotografías), consideramos que la forma de abordar la temática en el programa, fundamentalmente la reproducción de las fotografías, resulta discriminatoria y atenta contra el derecho a la intimidad de las mujeres, las revictimiza y enfatiza su cosificación.

Por otro lado, los medios gráficos se han hecho eco de esta noticia y han repetido el error del programa, publicando en sus páginas web las imágenes de las mujeres en ropa interior. Así también lo hicieron numerosos portales de noticias online. Los diarios y portales de noticias online que reprodujeron las imágenes fueron: lavoz.com.ar, clarín.com, cadena3.com, infobae.com, diario26.com, lanueva.com, nuevodiarioweb.com.ar, elliberal.com.ar,minutouno.com, diarioregistrado.com, lv16.com.ar, iusnoticias.com.ar, seprin.info, lmcipolletti.com, viarosario.com,infoolavarria.com, rosario3.com, actualidadchaco.com, elsol.com.ar, cadena365.com, elcomercio.pe, lanoticia1.com

Esta forma de comunicar, va en contra de lo dispuesto por las leyes 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y 26.485 de Protección integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en cuanto ordenan que la programación debe evitar los contenidos que promuevan actos discriminatorios y violentos hacia las mujeres. Por todo ello, el equipo de FUNDEPS ha realizado la denuncia correspondiente ante la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual. Entendemos que los medios tienen un papel fundamental en la promoción de la equidad de género y deben evitar prácticas que promuevan la discriminación y estereotipación de las mujeres. En este sentido, recomendamos evitar la cosificación, utilizar un lenguaje inclusivo y comunicar con un enfoque de derechos, respetando la integridad, dignidad e imagen de las personas.

Fuente: Monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS).

Contacto:

Mayca Balaguer – Área de Derechos Humanos

En el Día Mundial de la Libertad de Expresión, presentamos el informe “Violencia de Género y Políticas Públicas de Comunicación”, sobre cómo el Estado ha cumplimentado en los últimos años sus compromisos sobre la libertad de expresión de las mujeres y de las personas discriminadas por razones de género.

Desde el 2014, los equipos de trabajo de FUNDEPS y la Asociación Civil Comunicación por la Igualdad hemos realizado una ardua investigación y monitoreo sobre la implementación de las políticas de comunicación y género, por parte de los órganos del Estado destinados a tal fin.

Aquí presentamos los resultados de esa investigación, en el contexto de un cambio de gestión que aún no ha definido qué espacio dará a las políticas públicas de comunicación y género, y en el convencimiento de que no habrá libertad de expresión en la medida en que haya sectores de la sociedad excluidos de la palabra.

La aprobación en el año 2009 de la Ley de Protección Integral  de la Violencia hacia las Mujeres y de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual configuró un nuevo marco normativo en Argentina en relación a comunicación y género. La Ley de Protección Integral de la Violencia incluyó las figuras jurídicas de violencia simbólica y mediática, y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual incorporó entre sus principios la protección de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual. Estos principios fueron reiterados además en los artículos 70 y 71 de la norma, referidos a los contenidos de la programación.

Estas leyes nacionales dieron cumplimiento por parte de Argentina a sus compromisos con la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujeres (CEDAW por sus siglas en inglés) y con la Convención Belém do Pará de Violencia hacia las Mujeres. Ambos tratados protegen, a nivel internacional y regional, el derecho de las mujeres, y de toda la sociedad, a educarnos y vivir libres de patrones socioculturales que promueven las desigualdades de género, particularmente en los medios de comunicación.

A la vez, el entramado constituido por ambas normas permitió en los años siguientes el diseño e implementación de políticas públicas que marcaron un antes y un después en relación al accionar del Estado en la protección de derechos vinculados a temas de género en los medios de comunicación. La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, la Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual, y las nuevas tareas asumidas por el Área de Fiscalización de la AFSCA se sumaron a organismos preexistentes como el Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión y el Instituto Nacional para la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

El accionar de estos organismos, en lo que a género se refiere, se focalizó en la prevención, y eventual sanción, de la violencia mediática y la discriminación de género en los medios. El Observatorio para la Discriminación, la Defensoría del Público y la Oficina de Monitoreo realizaron talleres, capacitaciones, mesas de diálogo, guías de trabajo y tuvieron una atención constante sobre las vulneraciones de derechos que los medios exponían. La Defensoría del Público, en particular, dedicó el año 2014 como “Año de Lucha contra la Violencia Mediática y la Discriminación de Género en los Medios”, lo cual implicó recursos económicos y humanos al servicio de la deconstrucción de los estereotipos de género.

La AFSCA, el INADI y la Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual focalizaron a la vez su accionar en la sanción económica y la amonestación posterior a los medios cuando vulneraron derechos. Entre ambas estrategias de políticas blandas y duras de comunicación, se configuró un entramado de políticas públicas que generó en la población la percepción, apoyada en acciones concretas, de que el Estado se hacía presente para resguardar los derechos de las personas a no ser maltratadas por los medios por su identidad de género u orientación sexual.

Más allá de que estas políticas pueden considerarse innovadoras, su origen, distan de ser perfectas y necesitan de revisión en muchos aspectos. Entre esto se destacan temas vinculados al acceso a la justicia, información y participación ciudadana, como así también en la implementación de sanciones ejemplares en casos de violencia mediática en contenidos masivos, acciones concretas de prevención, y el alcance de todas las políticas a lo largo y ancho del país.

Es de particular importancia promover que las medidas que fueron adoptadas en los últimos años sean conservadas y mejoradas, dado que son la primera muestra del compromiso del Estado argentino con el cumplimiento de uno de los objetivos estratégicos del Capítulo J sobre Medios de Comunicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing: la eliminación de los estereotipos de género sexistas en los medios de comunicación.

En diciembre del 2015 en la Argentina asumió un nuevo gobierno con una orientación política diferente al anterior. Como una de sus primeras medidas de gestión, modificó mediante Decretos del Poder Ejecutivo la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y su autoridad de aplicación[1], uno de los pilares del marco normativo en comunicación y género vigente.

Asimismo, está elaborando un proyecto de ley que reemplace a la actual LSCA, y hasta la fecha, no ha sido manifestado por ningún organismo del Estado, el compromiso de mantener o avanzar en las disposiciones vinculadas a género,  previstas en la actual ley.

En este contexto, realizamos el presente informe que releva la implementación de las políticas públicas de comunicación y género durante los últimos años en Argentina, a partir de la modificación del marco normativo sobre el tema en el año 2009.

La investigación surge del trabajo sostenido de las dos organizaciones firmantes, en el monitoreo de las políticas públicas de comunicación y género a través de pedidos de acceso a la información, investigaciones y monitoreo de medios.

Entendemos que es esencial la tarea de las organizaciones de la sociedad civil en el monitoreo de las políticas públicas como parte del círculo virtuoso de las mismas. En este sentido, el Estado da respuesta a través de normas y políticas públicas, a inquietudes que surgen en los pueblos, y se la sociedad civil organizada, a través de reclamos de ampliación de los derechos humanos. Una vez implementadas, es fundamental que esta sociedad civil organizada vuelva a hacerse presente en la auditoría de la tarea puesta en marcha de tal forma de ir mejorando y transformando positivamente las políticas.

Entendemos que el vínculo entre la sociedad civil y el Estado debe ser complementario, siempre con el fin último de la ampliación de los derechos humanos de la ciudadanía.

[1] Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 13/2015, 236/2015 y 267/2015.

 

Informe completo—> Violencia de Género y Políticas Públicas de Comunicación

 

Contacto: 

Virginia Pedraza – Área de Derechos Humanos

vir.pedraza@fundeps.org

Manifestamos nuestra preocupación en relación al brutal homicidio de una persona trans en Florencio Varela, y repudia la forma en que se difundió en algunos medios de comunicación.

Repudiamos el tratamiento mediático que recibió el homicidio de una persona trans por parte del Diario Crónica. En la redacción de una noticia con fecha 23 de febrero de 2016, el medio elige referirse a la víctima utilizando el género masculino, desconociendo en absoluto la autopercepción y expresión de género de la misma y, en consecuencia, invisibilizando a la persona. Resulta preocupante que el diario haya decidido hacer énfasis en lo que, a su criterio, eran “ribetes misteriosos” de la historia: el hecho que la víctima haya salido de su domicilio con “prendas masculinas” y su cuerpo sin vida haya sido encontrado vistiendo “ropas de mujer”. Esta lógica discursiva presenta numerosos problemas: ridiculiza a la persona y sostiene una concepción binaria del género, desconociendo los principios elementales consagrados en la Ley Nacional 26.743 de Identidad de Género -que reconoce la singularidad existente en las diversas autopercepciones y expresiones de género-; además deja traslucir un discurso violento hacia las mujeres, en el que sutilmente expresa que resulta esperable que una persona sea asesinada por utilizar “ropa de mujer”.

El título de la nota no es menos repudiable: “Travesti peruano apareció masacrado en la calle”. En tan solo siete palabras ha logrado condensar un discurso violento, victimizante, transfóbico y xenofóbico. Asimismo, el hecho de que en el título se utilice la voz pasiva, omitiendo la autoría del hecho, da cuenta de un lógica discursiva que culpabiliza a la víctima. En el resto de la nota se reitera la alusión a la nacionalidad de la persona, resaltando que se trata de “un extranjero”. Se percibe en esta diferenciación una intención xenofóbica, tendiente a crear una diferencia entre el grupo dominante y “los otros”, que resulta sumamente preocupante, sobre todo teniendo en cuenta que Argentina es destino de una considerable cantidad de inmigrantes, principalmente de origen latinoamericano. Difícil es justificar la intención del medio, cuando contamos con legislación migratoria (Ley 25871) que reconoce la migración como un derecho humano, y garantiza los derechos humanos de los migrantes en nuestro país en igualdad de condiciones con los nativos.

Por último, repudiamos el hecho de que algunos medios hicieran eco de la noticia y difundieran la existencia de una “banda caza travesti”, homologando a las personas trans con animales que pueden ser “cazados” y minimizando la gravedad del hecho, dado que no es lo mismo hablar de un “cazador” que de un homicida.

Cabe recordar que el Art. 70 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual establece que la programación de los servicios “deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas y adolescentes”.

Lamentamos que en el tratamiento de las noticias vinculadas al colectivo de personas trans, entre otros grupos sociales vulnerados, continúen reproduciéndose discursos que cercenan sus derechos a través de representaciones que las patologizan, culpabilizan, invisibilizan y/o ridiculizan. Los medios de comunicación, en el ejercicio de su rol, deben ser conscientes de la influencia que ejercen sobre la opinión pública al producir y reproducir discursos discriminatorios y estereotipantes. Desde FUNDEPS repudiamos la forma en que se ha difundido esta noticia e invitamos a la redacción de Crónica y de los otros medios que levantaron la misma, a reflexionar sobre las consecuencias que tienen sus prácticas comunicacionales sobre la formación de prejuicios en la sociedad receptora, y a explorar formas alternativas de comunicar noticias, desde una perspectiva de respeto por los derechos humanos. Asimismo, invitamos a las audiencias a hacer ejercicio de su ciudadanía audiovisual, reclamando ante la presencia de discursos que vulneran los derechos de las personas y exigiendo comunicaciones de calidad y respetuosas de la diversidad.

 

Contacto:

Laura Carone – Área de Derechos Humanos

laucarone@fundeps.org

En el programa de radio ¿Y ahora quien podrá ayudarnos? del 25 de noviembre, Ernesto Tenembaum realizó una entrevista al Doctor Abel Albino. Sus declaraciones motivaron una denuncia a la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual. 

Durante la entrevista el médico dio su opinión sobre varias cuestiones como la homosexualidad, el sexo oral, el sexo anal, la masturbación, el uso de preservativos y el aborto. Muchos de estos temas han sido abordados en su libro “Gobernar es poblar ¿paternidad responsable o fornicación asistida?”. Repudiamos públicamente las expresiones del Dr. Albino que van en contra de todo tipo de tratado nacional e internacional sobre derechos humanos. Consideramos a sus expresiones de alto contenido discriminatorio y respondemos a cada una de ellas a continuación:

Sobre las prácticas sexuales…

El Dr. Abel Albino expresó en el programa:

La homosexualidad es un problema. No hay una sola causa que la determine, que se elimine y se terminó. No es una enfermedad, pero es multicausal», afirmó el médico y agregó que «hay muchas variables que determinan la homosexualidad, a veces son violaciones dentro de la familia.

Según el pediatra: «El sexo oral y anal es contra la naturaleza (…) No hay que violar el orden natural. Si a una pareja le gusta, es su problema (…) Yo sólo aconsejo no cruzar por ahí porque es peligroso. El recto no está anatómicamente hecho para eso -es un órgano de excreción, no de absorción- y trae trastornos. Lastima y lesiona». Estas afirmaciones van en contra de todo lo que se pronunció con respecto a las prácticas sexuales, en la Conferencia sobre Población y Desarrollo llevada a cabo en El Cairo en 1994. Las mujeres y los hombres tienen derecho a:

…tener control respecto de su sexualidad, a decidir libre y responsablemente sin verse sujetos a la coerción, la discriminación y la violencia; a decidir de manera libre y responsable el número y espaciamiento de sus hijos y a disponer de la información, la educación y los medios para ello, así como a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva.

Del mismo modo se pronunciaron en la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, llevada a cabo en Montevideo en el 2013, que dio como resultado el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, en donde fueron reconocidos los derechos sexuales y los derechos reproductivos como parte integral de los derechos humanos. En esa misma línea, en junio de 2013 fueron aprobadas por la Asamblea General de la OEA dos Convenciones –la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y formas Conexas de Intolerancia y la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia-, que mencionan específicamente a la orientación sexual y a la identidad y expresión de género como categorías protegidas contra toda forma de discriminación.

Sobre la masturbación…

Continuando con su discurso el Dr. Albino siguió diciendo: «El sexo es para contribuir a la obra creadora de Dios. Hay que tener sexo responsable y hacerse cargo de los actos», y además se manifestó en contra de la masturbación: «Hay personas que se masturban y jamás tienen una relación normal, produce una tiranía, no abandona el ser humano. La masturbación es una adicción. Condiciona, angustia y hace llorar. Yo lo veo en el consultorio. Cuando tengo que aconsejar aconsejo que no lo hagan».

Entendemos que la masturbación se trata un aspecto más de la sexualidad que implica una práctica íntima de placer, a la cual tenemos derecho.  Así lo manifiesta el Ministerio de Educación de la Nación en todos los materiales que se distribuyen en el territorio del país en el marco de la Ley de Educación Sexual Integral.

Sobre el SIDA…

En cuanto a los asuntos de SIDA, educación sexual y uso del preservativo, el médico respondió: «Los soluciones a los problemas del hombre, no son técnicas, son éticas. Son decisiones que debemos tomar. El preservativo no sirve para prevenir el SIDA, puede fallar». Para Albino, «el virus del SIDA se combate con conductas éticas» y, en ese sentido, sostuvo que «hay que dejar de lado el turismo sexual y se acaba el SIDA».

Estas declaraciones sobre el VIH están claramente en contra de la Ley 23.798 de Lucha contra el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, que promueve la detección e investigación de sus agentes causales, el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, su prevención, asistencia y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, como así también las medidas tendientes a evitar su propagación, en primer lugar la educación de la población.

La Organización Mundial de la Salud, por su parte, recomienda el uso de preservativos para la prevención del contagio de enfermedades de transmisión sexual, entre ellas la infección por el VIH.

En esa línea, la distribución de preservativos se encuentra enmarcada en la Ley 25.673 bajo el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación responsable que distribuyó 35 millones de preservativos en el año 2014 según estadísticas oficiales del Ministerio de Salud de la Nación, siendo una de las políticas públicas principales para la reducción de las enfermedades de transmisión sexual (ETS).

Sobre el aborto…

En la temática de aborto, dijo que es «una barbaridad» y sentenció:

Me horroriza el aborto, la madre Teresa de Calculta ya decía que es la mayor tragedia del siglo XX. La verdad es una sola, pero ahora se discute todo, hasta eso, que no hay vida hasta los 14 meses. No interesa en qué momento interrumpís una sinfonía. Empieza en la concepción, y termina en la muerte natural (…) Despedazar una persona no es bueno sea chiquita o grande como yo. Matar a un hombre, condenar a un inocente son conductas indignas.

En cuanto a esto, el mencionado Consenso de Montevideo se insta “a los Estados a considerar la posibilidad de modificar las leyes, normativas, estrategias y políticas públicas sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes, mejorando su calidad de vida y disminuyendo el número de abortos”.

Denuncia pública

Consideramos que estas declaraciones son de alto contenido discriminatorio y en claro desconocimiento de los avances de  los últimos años en materia de diversidad sexual e identidad de género por lo cual se hizo una denuncia a la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual. Estas declaraciones resultan violatorias de los principios de no discriminación y trato igualitario. Estos son principios básicos de los derechos humanos que se encuentran consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados de derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Convención de los Derechos del Niño, todos ellos de raigambre constitucional en nuestro sistema jurídico desde la reforma de 1994.

Lo afirmado en el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos no deja lugar a dudas: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. La garantía de igualdad y no discriminación que ofrecen las normas internacionales de derechos humanos se aplica a todas las personas, independientemente de su orientación sexual y su identidad de género u “otra condición”. Es ilegal hacer cualquier distinción en materia de derechos de las personas por el hecho de que sean lesbianas, gay, bisexual o transgénero (LGBT), como lo es también por motivo del color de la piel, la raza, el sexo, la religión o cualquier otra condición.

Nos preocupa profundamente esta concepción retrógrada y falsa proporcionada por el Dr. Albino, que va en asintonía con los grandes avances, tanto legales como sociales, que se han logrado en temas de sexualidad, diversidad e igualdad en los últimos años.

Monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS).

Contacto: 

Mayca Balaguer – Área de Derechos Humanos

maycabalaguer@fundeps.org

El programa “El Show del Caos”, que se emite por el Canal 12 de Córdoba, abordó –en una edición de fines de agosto- varios estereotipos nocivos desde un punto de vista de género: las mujeres como responsables de la crianza, su no injerencia en todos los ámbitos de la vida, una actitud manipuladora ,y el desprecio por las personas homosexuales. A continuación el análisis de la emisión, que contraría la Ley de Protección Integral de la Violencia y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Otra vez, en el marco de la presentación de candidatxs políticxs, la televisión es propulsora de actos de violencia mediática hacia la mujer y de discriminación hacia las personas homosexuales. Tenemos tan interiorizados algunos esquemas culturales, que dejamos que actos abusivos se trasformen en naturales. Esta vez ocurrió, en el programa Nº 102 del “Show del Caos”, que se emite por el Canal 12 de Córdoba, que tuvo como invitado especial a Tomás Méndez, candidato a intendente para la ciudad de Córdoba.

El primer tema abordado en el programa apenas presentado el invitado fue “¿Quién toma las decisiones en la casa?”. A partir de esta pregunta se sucedieron opiniones tanto del candidato como de las y los panelistas y el conductor, y chicanas del estilo “¿Te tiene cortito?”.

El estereotipo que se intentó poner en evidencia es el de la mujer controladora en el ámbito privado, un espacio en el que el varón no tendría opiniones para expresar, y así lo confirmaron tanto panelistas como invitado. Mientras el candidato confirmó que en su matrimonio el cuidado y la crianza de las hijas está totalmente delegado en su esposa –argumento que a ningunx de lxs presentes le pareció inadecuado o cuestionable-, uno de los panelistas afirmó que su propia estrategia era decirle siempre a su esposa “si querida” y la panelista mujer afirmó en tono seductor: “Hay maneras de que el hombre decida lo que una realmente quiere”, confirmando que las decisiones en su pareja no se toman en un ámbito de igualdad sino que hay que hacer creer a los varones que poseen el dominio de la situación para, en verdad, lograr los propios objetivos. Aquí el estereotipo puesto en juego fue de la mujer engatusadora o manipuladora (mujer-serpiente), que tampoco fue cuestionado por ningún presente, sino que, por el contrario, se le preguntó a ella cuáles eran esas estrategias evidenciando que una de ellas era la sexualidad.

Luego, el conductor le preguntó al candidato si le hacía favores a su esposa, como por ejemplo pasar por una farmacia a comprarle tampones de regreso al hogar. “Porque vos sos una persona pública…” argumentó el conductor, como si por serlo no pudiera trascender que su mujer menstrua. En este comentario se pone en juego otro estereotipo: el de la “suciedad” que rodea a la menstruación femenina, que debe ser siempre ocultada (recordemos que la sangre menstrual en las publicidades de toallas íntimas nunca es roja) de la mirada pública, y quedar en el ámbito de lo privado, como la mujer misma.

También hubo comentarios despectivos hacia las personas homosexuales. En un momento que el conductor le dijo a la panelista “¡Ay, por favor, contalo!” refiriéndose a un comentario sobre el que ella no quería explayarse, uno de los panelistas dijo “Paren, paren, te salió muy afeminado y después la gente por la calle me para y pregunta…” como si una supuesta opción homosexual del conductor fuera algo que le restara popularidad entre su audiencia.  Como respuesta a este comentario, el conductor expresó en tono grave, muy alto y con violencia: “Dale, contalo, hablá, hablá!” imitando supuestamente un tono masculino de expresión. Todo entre risas y burlas.

También uno de los panelistas fue categórico en relación a que “la mujer siempre quiere opinar, y hay cosas en las que no tiene que opinar”. Con el auto y el asado la mujer no se tiene que meter, fue uno de los argumentos. Todas estas formas de expresión y argumentos lejos están de promover la protección e igualdad de género previstas en nuestra normativa, y son en cambio reproducciones manifiestas de los estereotipos que tanto la Ley 26485 de Protección Integral de la Violencia, como la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, pretenden erradicar.

Luego, a lo largo de todo el programa se llevó a cabo un debate acerca de la posición del hombre y la mujer en diferentes ámbitos de la vida: en relación a lxs hijxs, las parejas, la vida sexual, las tareas del hogar, remarcando los “deberes de una buena mujer” en el medio de burlas y risotadas.

Como sociedad somos cómplices de la construcción de patrones culturales que se alejan de la igualdad de género y la protección de los derechos humanos. Seamos conscientes de nuestra responsabilidad en la reproducción de estereotipos reproductores de violencia, y procuremos promover un trato igualitario que erradique las conductas agresivas hacia las personas en todos los ámbitos en las que se desempeñen.

 

Fuente

Monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS).

 

Contacto

Virginia Pedraza / Co-coordinadora del área de Derechos Humanos

vir.pedraza@fundeps.org

Con motivo de las elecciones nacionales Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO), fijadas para el próximo 9 de agosto, revisamos algunos de los spots de campaña ofrecidos por las distintas fuerzas políticas, analizando en ellos la ausencia, o presencia, de perspectiva de género y la vulneración de derechos garantizados por ley.

Casos analizados: 

Las propagandas políticas utilizan como herramienta predilecta los spots televisivos, videos de corta duración con mensajes directos y efectistas, reproducidos en medios de difusión masiva. Desafortunadamente, algunos de estos videos han evidenciado la dificultad para evitar mensajes que tienen a mujeres y niñas como objeto de distintos tipos de violencias o no reflejan la complejidad de las temáticas vinculadas a las desigualdades estructurales de género ni la ampliación de derechos vinculados a estos temas que ha habido en nuestra sociedad en los últimos años.

Un spot publicitario del precandidato presidencial Mauricio Macri, Vendo rosas para comprarme la bici, abrió un intenso debate en distintos ámbitos acerca del abuso de poder que queda plasmado sobre el cuerpo de la nena que lo protagoniza. La notable incomodidad de la niña, ante la insistencia en el contacto físico de Macri, no es tenida en cuenta como una expresión de violencia sobre ella; quizás en sentido contrario, esta violencia pretende ser mostrada como un gesto de cariño del adulto que “pasa por encima” de la voluntad de la nena. No es casual que sea el mismo precandidato que tiempo atrás aludió a los “piropos“  de los varones hacia las mujeres como algo que ellas quieren, aceptan e inclusive, disfrutan. Son expresiones de una mirada patriarcal que considera tanto que las mujeres pueden ser objeto de uso, al servicio de la mirada masculina; como que un/a niña/o no debe negarse al acercamiento con una persona adulta, sin respetar el articulado de leyes nacionales e internacionales que, entre otras cosas, dicen que lxs niñxs “tienen derecho a no ser sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante, intimidatorio” (Art. 9, Ley Nacional 26061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes).

Por otra parte, se trata de un discurso que naturaliza el trabajo infantil. La niña le muestra “su producción de flores” y él ofrece comprarle una, en un intento por “colaborar” para que pueda comprarse su bicicleta. Más allá de que el trabajo infantil está prohibido en Argentina (Ley 26390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Prohibición del Trabajo Adolescente), el spot expone una perspectiva benefactora sobre la sociedad y no de construcción de ciudadanía; el candidato con recursos puede resolver un día de la venta de la nena comprándole rosas, pero sin el ofrecimiento de políticas públicas para salir de la pobreza ni para eliminar, justamente, una práctica prohibida por ley y nociva para cualquier niña/o.

Ninguna de estas circunstancias queda librada al azar en una publicidad: la niñez, la mujer, el trabajo, envían un mensaje claro al espectador: se están desconociendo derechos que la ciudadanía ganó trabajosamente en los últimos años.

Por otro lado, en el spot del gobernador de la provincia de Córdoba Juan Manuel De la Sota, Discurso de noviazgo, el mensaje violento contra las mujeres no fue disimulado. La desafortunada analogía entre las elecciones PASO y las relaciones interpersonales, reproduce la idea patriarcal de mujeres ubicadas en lugares de objetos, en roles pasivos y a los varones en posiciones dominantes y hegemónicas, perpetuando la generación de todos los tipos de violencia que sufren las mujeres: el novio –futuro esposo- puede flirtear e intercambiar novias durante el noviazgo, ya que no se trataría de una instancia definitiva como el matrimonio; sin embargo, esto no es un acuerdo que han pautado con su novia “oficial”, sólo él está escogiendo entre varias opciones mientras ella asiste pasiva y desconcertada a las confesiones de él. Desde el spot se propone una analogía con las PASO, en la que hay varios candidatos para elegir, y la decisión definitiva –el matrimonio- sería durante las elecciones de octubre.

El spot del candidato Daniel Scioli, La victoria de la familia, si bien no incurre en discursos sexistas ni violentos explícitos como los anteriores, no contribuye a la construcción de valores inclusivos en relación a los modelos de familia. Se expone un modelo tradicional, que deja de lado la realidad de las familias no heterosexuales, reconocidas legalmente en nuestro país a partir de la Ley de Matrimonio Igualitario. La construcción familiar que pueda realizarse desde espacios simbólicos impacta en lo permitido o excluido dentro de los vínculos sociales: presentar modelos diversos de familia, o una familia con integrantes diversos, legitimaría y reforzaría los derechos garantizados en relación a este tema por la mencionada ley.

Por último, si bien saludamos la iniciativa del candidato de la Unión Cívica Radical, Ernesto Sanz, de incluir en un spot a la violencia de género como tema central de campaña, advertimos sobre la necesidad de considerar a este tipo de violencia como una problemática estructural de toda la sociedad,  que se relaciona con la desigual distribución de las relaciones de poder –por tanto un abordaje integral de la misma involucraría una revisión profunda por parte de los varones de los roles históricos de dominación que han asumido-. Justamente porque se trata de una problemática que involucra a la sociedad completa, los varones violentos no son “bestias” –sino varones comunes socializados en la dominación masculina- y las mujeres violentadas no son particularmente vulnerables; se trata de situaciones que pueden afectar, y lo hacen, a todos los sectores educativos, económicos y sociales. Por último advertimos sobre la importancia de utilizar un lenguaje inclusivo si se desea trabajar con perspectiva de género.

La Ley nº 26.485 de Protección Integral de las Mujeres en los Ámbitos en que se desarrollan sus Relaciones Interpersonales  dispone en su artículo 6, que la difusión de mensajes e imágenes en los medios que humillen o atenten contra la dignidad de las mujeres, es considerada violencia mediática.

Por su parte, la Ley nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual tiene, dentro de sus objetivos, promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado en los medios, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.

Estas leyes deben ser aplicadas a los spots de campaña, como a cualquier contenido reproducido en los medios de comunicación.

La violencia mediática y la discriminación de género en radio y televisión, pueden ser denunciadas por todos nosotros en:

Fuente:

Monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS). Ver también en: Informe de la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad sobre el caso

Consultar comunicados anteriores.

Contacto: 

 Virginia Pedraza – Coordinadora del área de Derechos Humanos

 vir.pedraza@fundeps.org

El pasado viernes 26 de junio, en Paraná, más de 187 organizaciones expusieron en la primera Audiencia Pública 2015, organizada por la Defensoría del Público. Con la consigna ¿Cómo nos ven los medios?, durante más de ocho horas se abordaron variadas temáticas en relación a este eje.

La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, organizó la primera Audiencia Pública 2015 región centro, en la que participaron organizaciones de distintas localidades de Córdoba, San Luis, Santa Fe, Entre Ríos, Mendoza, Corrientes, Misiones y La Pampa.

Las instituciones participes provenían de distintos sectores y entre ellas hubo sindicatos, medios comunitarios y gestionados por pueblos originarios, asociaciones de sordos y de intérpretes de lengua de señas, organizaciones sociales, comunidades campesinas, organismos públicos, instituciones educativas, productores audiovisuales, adultos mayores, grupos de investigación, etc.

A partir del disparador sobre cuáles son las representaciones que los medios de comunicación audiovisual construyen, se plantearon distintas temáticas como género y diversidad sexual, discapacidad, vejez, juventud y niñez, el mundo del trabajo, violencia institucional, entre otras. Desde nuestra Área de Derechos Humanos, en torno al tema género, se presentó nuestro proyecto de Violencia Mediática y se profundizó sobre las representaciones sexistas y no sexistas que promueven los medios de comunicación.

Agradecemos a la Defensoría del Público la invitación y celebramos la concreción de estos espacios de participación y construcción ciudadana. Vemos enriquecedora la oportunidad de intercambiar perspectivas con organizaciones, y entre todos reclamar la comunicación como un derecho.

 

Más información

Defensoría del Público

 

Contacto

Carolina Tamagnini – Área de Derechos Humanos

carotamagnini@fundeps.org

Desde nuestra Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables y la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad, iniciamos un espacio de monitoreo permanente de medios masivos, acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina. En esta primera instancia, analizamos el informe “Piropo vas a llorar: después de Aixa, nos prohíben la seducción espontánea”, emitido por el programa Duro de Domar.

Caso: Informe del programa Televisivo “Duro de Domar” llamado “Piropo vas a llorar: después de Aixa, nos prohíben la seducción espontánea”, publicado por Canal 9 el día 8 de Abril del 2015.

El pasado 8 de abril, el programa televisivo de Canal 9 “Duro de Domar” transmitió un informe sobre la denuncia pública realizada por la joven Aixa Ruzzo, a través de un video en YouTube, sobre el acoso callejero que sufre desde hace más de un mes en la puerta de su casa, por parte de un grupo de trabajadores de una empresa que provee servicios eléctricos.El programa reproduce el contenido del video de Aixa combinándolo, en forma grotesca e irónica, con imágenes y representaciones que tienden a simplificar y parodiar la gravedad del acoso verbal sufrido por ella, difamándola y humillándola.

Luego de la presentación del caso, el informe justifica el acto de “seducción espontánea propio de los varones” mostrando imágenes con contenido sexista. Asimismo, reproduce los desafortunados dichos del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,  Mauricio Macri, cuando tiempo atrás expresó en una entrevista radial: “En el fondo a todas las mujeres les gusta que le digan un piropo. Aquella que dice que no, que me ofende, no le creo nada”.

En el avance del informe se expone la repercusión mediática que tuvo el caso, planteando la idea de una exageración sobre el acoso verbal, deshonrando los dichos de la joven: “Con todo respeto a Aixa, no está copado eso de imaginar un Mangeri en cada obra de construcción”.

La Ley de Protección Integral a las Mujeres (Ley 26.485) explica en su artículo 6 que la difusión de mensajes e imágenes en los medios que humillen o atenten contra la dignidad de las mujeres, es considerada violencia mediática. Por su parte, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ley 26.522) tiene, dentro de sus objetivos, promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado en los medios, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.

 

La violencia mediática y la discriminación de género en radio y televisión, pueden ser denunciadas por todos nosotros en:

La Defensoría del Público de Servicio de Comunicación Audiovisual. (Tel: 0800 999 3333)

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. (Tel: 0800-345-0285)

El Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión.

 

Fuente: Informe de la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad sobre el caso

 

Contacto: 

 Virginia Pedraza – Coordinadora del área de Derechos Humanos

vir.pedraza@fundeps.org