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En una audiencia pública inédita manifestamos nuestro rechazo a la Autovía Pedemontana

Durante ocho días se llevó a cabo una audiencia pública histórica en Santa María de Punilla. Desde FUNDEPS participamos con un informe técnico- legal expresando nuestras críticas al proyecto, atento irregularidades en el proceso de participación y falencias en el Estudio de Impacto Ambiental.

Con 957 inscriptos, se llevó a cabo la audiencia pública con mayor convocatoria desde que se instrumentó este mecanismo de participación con la sanción de la Ley de Política Ambiental Provincial N° 10.208 en junio del 2014.

La misma duró ocho días, desde el 11 de mayo hasta el 18 de mayo inclusive y fue para dar a conocer el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Alternativa a Ruta Nacional N° 38: Puente Costa Azul- La Cumbre – Sección Costa Azul – Cosquín”, más conocido como la obra «Autovía de Montaña» o «Autovía Pedemontana».

El pasado domingo, desde FUNDEPS hicimos llegar nuestra posición y rechazo al EsIA, dando cuenta de los incumplimientos a la normativa ambiental vigente y de las inconsistencias del informe técnico presentado por la Dirección Provincial de Vialidad de la provincia de Córdoba.

Desde que se dio a conocer la traza de la autovía de 14,3 km., que es parte de un proyecto más grande que llegaría hasta La Cumbre, fue duramente criticada por la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil, por no tomar en consideración los significativos impactos socio- ambientales que importa la obra, como la destrucción de bosque nativo Categoría Roja, la existencia de la Reserva Natural Camin Cosquin en medio de la traza, la presencia del yacimiento de uranio «Rodolfo» y de la falla geológica de las Sierras Chicas, así como por las falencias en los derechos de acceso a la información y la participación pública.

En nuestro informe presentado en la audiencia pública hicimos énfasis en algunos puntos, entre ellos:

– En el documento de Evaluación Comparada de Alternativas del Proyecto, no se contemplaron criterios legales, ambientales, culturales y sociales de cada una de las alternativas, tomando en cuenta en su mayoría sólo variables relacionadas con costos económicos, productivos o de eficiencia vehicular. Esto demuestra la insuficiencia en la correcta valoración de las alternativas, como así también la arbitrariedad en la selección de los criterios referidos.  

– El EsIA se refiere a un tramo de la autovía total planificada, por lo que un análisis comparativo incompleto no refleja la realidad del proyecto total y permite una mirada sesgada de todas las alternativas evaluadas. En este sentido, y a los fines de lograr una mayor legitimidad y transparencia en la toma de decisiones y elegir una alternativa que pondere los objetivos de desarrollo sustentable, es que consideramos indispensable y necesaria la realización de una EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.

El EsIA no se adecua a la normativa vigente, no cumple con el contenido mínimo detallado en el art. 19 de la ley 10.208.

– El EsIA no prevé medidas de mitigación y remediación acordes a los altos impactos negativos que conlleva la realización del proyecto, además no describe detalladamente las medidas de remediación que escuetamente contempla.

– Los derechos de acceso a la información y participación ciudadana han sido flagrantemente conculcados y no han sido garantizados en los términos de la ley 25675 y le 10208. En este sentido, sostenemos que éste debe ser un proyecto participativo que garantice el cumplimiento de metas ambientales y objetivos sociales que atiendan a una regulación más democrática del ordenamiento regional.

– La Autoridad de Aplicación deber tener presente a la hora de denegar o aprobar el proyecto la prohibición declarada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de otorgar licencias ambientales condicionadas, es decir sujetas al cumplimiento de requisitos que debieron cumplimentarse al presentarse el EsIA.

Finalmente en el día de ayer  y luego de la exposición de 355 oradores, se dieron a conocer los resultados de la audiencia: 285 personas (80,2%) se manifestaron en contra del proyecto y sólo 70 (19,8%) a favor.

Ahora, resta esperar la decisión de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, que en un plazo máximo de 45 días deberá expedirse otorgando o denegando la licencia ambiental al proyecto, tomando en consideración todas las opiniones, ponencias, informes técnicos y científicos que hayan surgido del proceso de participación ciudadana. Vale aclarar que las objeciones y opiniones de los participantes en la audiencia no son vinculantes, pero para el caso de que se otorgue la licencia ambiental, la Autoridad de Aplicación debe exponer fundadamente los motivos de su apartamiento y hacerlo público

Por todo ello, desde FUNDEPS consideramos que el EsIA del presente proyecto debe ser rechazado por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, o en su caso exigir una profunda revaluación del mismo al proponente, disponiendo de los mecanismos necesarios a los efectos de cumplimentar con los parámetros legales y ambientales exigidos por la normativa, a fin de proteger los derechos fundamentales a un ambiente sano y equilibrado, a la salud y calidad de vida de los habitantes de la región.

«Destruyen la montaña para construir una vía rápida, para que los turistas vayan a tomar mate a la montaña» (Fernando Conti, escritor, periodista)

Mas información

Informe Audiencia

Autores:

Lourdes Aparicio, Juan Bautista López y María Pérez Alsina

Contacto:

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org