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La responsabilidad de los mecanismos de rendición de cuentas de proteger los derechos humanos: Caso MICI

El MICI, mecanismo de rendición de cuentas del BID y BID Invest, con motivo del aumento de las represalias hacia los solicitantes, ha trabajado para mejorar las capacidad de su equipo en el tratamiento de estas situaciones. En consecuencia, ha desarrollado una serie de  Directrices para atender el riesgo de represalias en la gestión de solicitudes que entrará en vigencia en el 2020.

El BID y el BID Invest poseen un mecanismo de rendición de cuentas (IAMs), el Mecanismos Independiente de Consulta e Investigación, más conocido como MICI. 

Los mecanismos de rendición de cuentas se han creado por las IFIs para que las comunidades puedan realizar la presentación de reclamos ante posibles daños que hayan sido causados por las inversiones que los bancos realizan y, por lo tanto, que estén incumpliendo los estándares ambientales, sociales y de transparencia de acuerdo a los cuales las instituciones efectúan su trabajo. Las características de este tipo de mecanismos se adecúen a los Principios Rectores sobre Empresas y DDHH de la ONU, específicamente su pilar 3 de acceso a mecanismos de reparación por parte de las víctimas. 

Sin embargo, se ha observado con frecuencia  que los solicitantes que presentan quejas en el MICI sufren de represalias, manifestada de diversas formas. Ello no deja de poner en riesgo la vida de los solicitantes, que en la mayoría de los casos, son defensores/as ambientales y/o de derechos humanos. En el 2018, el mecanismo observó un aumento de los casos en donde se solicita la confidencialidad por temor a represalias o a actos de intimidación hacia las comunidades en las cuales se desarrolla el proyecto financiado por el Banco.   

Por tal motivo, el MICI desarrolló el kit de herramientas ‘Guía para IAMs sobre medidas para abordar el riesgo de represalias en la gestión de reclamaciones’. Esta guía tiene por objetivo evaluar el nivel de riesgo que implicaría la intervención de un mecanismo y cuáles son las formas de prevenirlo, mitigarlo, reducirlo o abordarlo. En ambos apartados, el documento brinda  herramientas para orientar a los mecanismos y a sus respectivas instituciones sobre qué pasos se deberían seguir para abordar estas situaciones.  

En América Latina, los defensores/as ambientales y de derechos humanos atraviesan violaciones constantes a sus derechos. Con tal motivo, y en pos de que las instituciones financieras adquieran mayor conciencia sobre esta problemática, el mecanismo se reunió con la oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos. La conclusión central de esta reunión fue ratificar la centralidad que deben ocupar los DDHH en la financiación para el desarrollo sostenible. Como resultado, el MICI, a partir del año 2020, contará con las ‘Directrices para atender el riesgo de represalias en la gestión de solicitudes’.  

Las Directrices han sido creadas con el propósito de que los solicitantes, ante el riesgo de represalias anteriores o posteriores a realizar un reclamo ante el mecanismo, puedan aplicarse de manera efectiva las Políticas MICI-BID y MICI-CII. Ellas constituyen una herramienta para implementar en las regiones o áreas en las que, simplemente, exista el riesgo de represalias. 

Las Directrices se emplearán de acuerdo a factores que creen, aumenten o agraven el riesgo de sufrir represalias por los solicitantes ante el Mecanismo; también se pretende trabajar con los solicitantes en pos de reducir y atender los factores de riesgos que se identifiquen.

El documento de las directrices aborda los principios para la gestión de casos en que se detecte riesgo de represalias. Algunos de estos principios son: 

  • Tolerancia cero ante represalias,
  • Evaluación participativa y continua de los riesgos;
  • Acción sin daños;
  • Honestidad y transparencia sobre el mandato MICI en materia de represalias. 

Las directrices deben servir de guía para capacitar a todo el equipo de trabajo en la Gestión de riesgo de represalias, difundir las directrices y brindar capacitaciones a otras unidades del Grupo BID. Además, pone a disposición el documento para que cualquier institución las utilice, siempre y cuando no alteren su contenido. 

Por último, las directrices tendrán que compartirse con los solicitantes en la etapa de registro para analizar la existencia de riesgo de represalias. En caso de que así sea, un equipo del MICI debe elaborar un Análisis de Riesgo de Represalias (ARR). De acuerdo al nivel de riesgo que se identifique en el análisis, el equipo del Mecanismo elaborará un Plan conjunto de reducción de riesgo de represalias (PCRR) que podrá establecer medidas de prevención o mitigación. 

De aplicarse correctamente estas directrices, significaría un avance en la protección de los defensores/as ambientales y de derechos humanos, así como de las comunidades, quienes realizan reclamos debido a los impactos negativos sociales y ambientales de los proyectos financiados por las instituciones financieras internacionales. 

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Autora

Sofía Brocanelli

Contacto

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org