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El Poder Ejecutivo de la provincia de Córdoba presentó el proyecto de ley de presupuesto 2024. El pasado 9 de noviembre nos presentamos en la Audiencia Pública realizada en la Legislatura.

Como cada año, se presenta el proyecto de ley de presupuesto del año siguiente. Este 2023, por las elecciones, se adelantaron los tiempos y el proyecto fue presentado el pasado 24 de octubre, algo que suele suceder el 15 de noviembre. Luego de ser presentado, el proyecto se discute en varias Comisiones y se aprueba en dos sesiones legislativas, denominadas de 1° y 2° lectura. Y entre medio, se lleva a cabo una Audiencia Pública.

Desde Fundeps nos presentamos a la Audiencia Pública el pasado jueves 9 de noviembre. En ese sentido, es de destacar que a partir de este año se publicó de forma unificada en este sitio web de la Legislatura, toda la información relativa al debate de la ley de presupuesto público 2024, con el proyecto y sus documentos complementarios, así como con el calendario de sesiones, fechas de las sesiones de Comisiones y de la Audiencia. Además, se mejoró, en comparación con otros años, la forma de inscribirse a través de un formulario web. Sí, debemos observar que sería de mucha utilidad que en futuras ocasiones se publique las Comisiones que sesionan en cada fecha y que se admita participación externa, aunque sea de oyentes. En la actualidad, las sesiones de comisiones se suben al canal de YouTube de la Legislatura una vez que sucedieron. 

En la audiencia, efectuamos algunas observaciones generales que entendemos hacen a la posibilidad de analizar mejor aún el presupuesto y comentarios sobre un programa relativo a Agua y Saneamiento. En primer lugar, expusimos que las descripciones de los Programas Presupuestarios son muy genéricas y es necesario que estén acompañados de metas físicas e indicadores tanto cuantitativos como cualitativos, a los fines de su seguimiento. En el caso del Programa 572 analizado, su contenido permanece igual desde su creación en 2018. En el caso de las Obras, contenidas en los Planes de Inversiones Públicas directamente no se describen, al menos en los documentos presupuestarios. Luego, nos adentramos a exponer sobre el Programa 572 sobre Agua y Saneamiento, el cual está compuesto por dos subprogramas, uno relativo a Agua Potable y otro a Líquidos Cloacales y Servicios Sanitarios. En ambos casos observamos su evolución y comportamiento en los años 2022, 2023 y cómo se proyectan en 2024. En ese sentido, en los dos subprogramas se observa la misma tendencia de subejecuciones en el año 2022 (de un 32% y 53% respectivamente), una mayor ejecución en el corriente año (del 87% y 75%) y una merma en la asignación presupuestaria para el 2024. Más notable en el primer subprograma, que para el segundo. En ese sentido, apelamos a que se observen dichos programas por parte de les  Legisladores presentes, de cara a la aprobación presupuestaria en la segunda sesión del miércoles 15 de noviembre.

Un presupuesto garante de derechos, como en este caso al agua potable y servicios sanitarios que impactan de forma directa en los derechos a la salud y un ambiente sano, se rige por los principios de progresividad y no regresividad, en el cual hay que cuidar que en la asignación de recursos no haya retrocesos, evitando recortar o disminuir los pisos alcanzados. 

La participación en la audiencia fue muy variada. Estuvieron Colegios Profesionales (como el de Abogados o Escribanos), asociaciones civiles de vivienda, deporte sociales, acompañantes de niñeces en situaciones de vulnerabilidad, entre otros actores. Esto demuestra que, si bien esta instancia es sumamente valiosa y permite un acercamiento directo de las autoridades a problemáticas que acercan distintos actores sociales, deja en evidencia también la falta de más espacios de participación.  A los fines de que las personas y ciudadanía que muchas veces afronta y resuelve problemas públicos, puedan canalizar sus demandas de forma más efectiva. Esto, podría saldarse con audiencias periódicas o una mayor participación social en las comisiones temáticas de la Legislatura

Es de suma relevancia, que estos espacios sean cada vez más accesibles, abiertos y difundidos. Esto es clave para que la mayor cantidad de actores sociales, puedan acercarse y presentar sus puntos de vista y observaciones en el desarrollo de las políticas públicas que les afectan de forma directa. 

Más información

Podés consultar acá toda la Audiencia Pública, y nuestra participación en los minutos: 2:55,50 – 3:06,20. 

Notas relacionadas

Contacto

Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

Junto a la Mesa por el Agua y el Ambiente de Alta Gracia presentamos una acción de amparo por mora en contra de la Administración Provincial de Recursos Hídricos, por no haber respondido a un pedido de información pública que realizamos sobre la obra de provisión de agua potable para el Country Club “El Potrerillo de Larreta”.

Desde hace meses, la Mesa por el Agua y el Ambiente de Alta Gracia (MAyA), integrada por personas de la comunidad, intenta obtener información certera acerca del acueducto que se pretende llevar adelante para proveer de agua potable al Country Club “El Potrerillo de Larreta”. Según se ha podido constatar, este acueducto se desprende del caño maestro que lleva agua a toda la localidad y tendría 160 milímetros, por lo que podría abastecer a 20 mil personas aproximadamente pero el country tiene solo 347 lotes.

Recordemos que el mismo country mantiene hace más de 10 años un alambre de 4 kilómetros en el arroyo Los Paredones que es el principal afluente del arroyo Chicamtoltina (o arroyo de Alta Gracia), impidiendo el acceso de la comunidad y violando normativas que establecen el derecho al uso común de las aguas terrestres.

La preocupación por la construcción y posterior funcionamiento de este acueducto radica en que actualmente el caño maestro provee de agua a toda la comunidad de Alta Gracia y a otras localidades como Falda del Carmen y Villa del Prado, quienes en distintas épocas del año padecen de graves problemas de abastecimiento. Por lo que, de llevarse a cabo esta obra de conexión al caño maestro, la problemática se incrementará en el futuro, provocando que parte de la ciudadanía acceda al agua potable mientras que otra gran porción no. Lo que implicaría la violación de un derecho humano fundamental.

Ahora bien, ante esta situación, la Mesa por el Agua y el Ambiente presentó diversos pedidos de acceso a la información pública a las distintas reparticiones que estarían involucradas en el desarrollo de la obra. La Municipalidad y la Cooperativa de Trabajo Obras Sanitarias Alta Gracia respondieron los pedidos realizados. Dijeron que únicamente tenían conocimiento de que en el año 2018 ingresó una solicitud de autorización de uso de la vía pública para la construcción de una obra que buscaba proveer de agua al Potrerillo De Larreta. Además expusieron que en el año 2021 se solicitó autorización para el comienzo de la obra, dando lugar a las inspecciones realizadas por la Secretaría de Obras Públicas y Planificación. 

También realizaron un pedido de información sobre esta obra a la Administración Provincial de Recursos Hídricos (APRHI), repartición que ejerce la titularidad de los recursos hídricos de la provincia. Ante la falta de respuesta, desde Fundeps y la comunidad vecinal, presentamos un amparo por mora para la entrega de la información solicitada. 

¿Qué es un amparo por mora? ¿Qué respondió la Administración Provincial de Recursos Hídricos?

 Un amparo por mora es una acción judicial que tiene por única finalidad obtener, por medio del Poder Judicial, la información que no ha sido otorgada anteriormente.

Una vez presentada la acción, la Cámara Contencioso Administrativa de 2da Nominación, intimó a la Administración Provincial de Recursos Hídricos para que otorgue la información que había sido solicitada. Recién el 6 de septiembre de 2023 respondió manifestando que, en el año 2014, la entonces Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia había otorgado el visado técnico para llevar a cabo la construcción del acueducto. Este proyecto prevé abastecer al country Potrerillo de Larreta una dotación de 1000 lts por conexión y en el año 2017 se le dio visado técnico a una planta de potabilización. 

Denegación a la Democracia Ambiental

Ante la falta de información confiable al respecto, en primer lugar debemos decir que ha sido sistemáticamente vulnerado el derecho a acceder a la información pública de forma completa y veraz. Tampoco la Administración Pública cumplió con el deber de, en caso que no tenga la información que se solicita, redirigir la solicitud al organismo competente. Asimismo resulta sumamente cuestionable que haya sido necesario recurrir a la justicia para obtener información ya que esto provoca un desgaste jurisdiccional, e insume tiempos y recursos que limitan el acceso al derecho a la información.

El derecho a solicitar y acceder a la información pública se encuentra garantizado en diversas normativas:

  • la Constitución Provincial.
  • Ley Provincial N° 8803 de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado.
  • Ley 10208 de Política Ambiental de la Provincia de Córdoba, Ley N° 25.831 de Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, Ley N° 25.675 General del Ambiente. 
  • Ley N° 27566 mediante la cual Argentina aprueba el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú).

En definitiva, la conducta de los distintos organismos involucrados implica una seria denegación de derechos de la ciudadanía que debe ser corregida ya que acceder a la información pública permite conocer y participar en todos los procesos políticos, gubernamentales y administrativos en donde se encuentre comprometido el ambiente.

 

Autora

Ananda Lavayén

Contacto

Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

 

*Foto extraída de la cuenta de Facebook «Mesa por el Agua y el Ambiente de Alta Gracia»

A lo largo de este informe trataremos, en primer lugar, una serie de datos de la situación actual de Argentina en relación con la producción de litio que la ubican en un papel central, dentro del concierto mundial. Luego focalizaremos en el sistema de gobernanza minera, enunciando las leyes que lo configuran, sus principales elementos y aquellos puntos que ameritan mayor análisis. Con posterioridad, abordaremos, desde algunos indicadores sugeridos por el Estándar, los dos proyectos que se encuentran en etapa de producción de litio en Argentina: el Proyecto Fénix en el salar del Hombre Muerto y Sales de Jujuy en el salar de Olaroz-Cauchari. En particular, lo relativo a la publicidad o no de sus contratos, como eslabón fundamental en materia de publicidad y transparencia en el desarrollo de estos proyectos.

En el día de ayer, 30 de marzo de 2023, la Justicia admitió la medida cautelar solicitada en el marco del amparo ambiental presentado en el mes de noviembre pasado. La Cámara resuelve hacer lugar parcialmente a la medida y ordena a la provincia de Córdoba “Plan de Saneamiento del lago San Roque y de Desarrollo Sostenible” en el plazo de 60 días hábiles. 

Antecedentes de la causa: 

En el mes de noviembre desde Fundeps presentamos una acción de amparo ambiental colectivo ante la justicia de Córdoba solicitando se tomen medidas urgentes y definitivas en torno a la grave situación que atraviesa la cuenca del Lago San Roque.

La Cámara Contenciosa Administrativa 3A Nominación, con fecha 12/12/2022 citó a todas las partes demandadas (los municipios y comunas que conforman la cuenca y la Provincia de Córdoba), y manifestó: 

Que es de público conocimiento la delicada situación en la que se encuentra la cuenca del lago San Roque, cuya degradación proviene de larga data; agravándose año a año, con picos de contaminación en los periodos estivales (efecto de las altas temperaturas y escasez de precipitaciones, entre otras causas); todo lo cual es periódicamente visibilizado por los distintos medios periodísticos provinciales o locales que retratan gráficamente el estado del espejo de agua que abastece a gran parte de la población provincial”.

Ante ello, emplazó a la provincia de Córdoba -a través de las áreas o dependencias competentes- para que en el plazo de 15 días hábiles judiciales informen, entre otras cuestiones, si se encuentra vigente y en funcionamiento el Comité de Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Lago San Roque, si existe un plan de saneamiento, un Plan Estratégico de Obras de Saneamiento Cloacal en la zona y además, solicitó al Poder Legislativo de la Provincia que informe si existen proyectos de ley relacionados al saneamiento de la Cuenca del Lago San Roque. 

Entre las respuestas otorgadas por la Provincia, la Cámara destaca que no se encuentra en funcionamiento el “Comité de Desarrollo Sostenible de la Cuenca del lago San Roque”, creado por Ley 7773, y que efectivamente tampoco existe un Plan de Saneamiento, sino que se adoptan desde las distintas reparticiones medidas aisladas. 

Resolución de la Cámara sobre la medida cautelar solicitada:

En ese contexto, el Tribunal, a través del Auto Número 33, en su resolución del día de ayer considera que, tal y como lo habíamos planteado en la demanda, la remediación de la cuenca no es posible sin un plan que, con base en el diagnóstico de la situación actual, defina medios y mecanismos para lograr el saneamiento y manejo sostenible.

Así la Cámara resuelve, haciendo uso de las amplias facultades y poderes con las que cuenta en este tipo de procesos donde se encuentran en juego intereses colectivos, hacer lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y ordenar en el plazo de sesenta (60) días hábiles a  la Provincia de Córdoba la confección del proyecto de un Plan de  de Saneamiento del lago San Roque y de Desarrollo Sostenible”.

El mismo tendrá como objetivo principal el saneamiento del lago San Roque asociado al desarrollo sostenible de su cuenca, y deberá contener, entre diversos requisitos:

A. Acciones tendientes a alcanzar el objetivo, con expresa mención sobre la prevención de incendios, y el impacto de actividades antrópicas en la cuenca, el ordenamiento territorial de la Cuenca según le corresponda a cada municipio o comuna;

B. metas;

C. metodología;

D. plazos con hitos con etapas parciales con tiempos y medidas;

E. planteo de distintas alternativas para la solución de los problemas identificados y sus posibles causas, además la Cámara exige que estas alternativas deberán ser consideradas en cuanto a su aceptabilidad, efectividad, eficiencia y calidad; deberá  justificarse adecuadamente la selección de las alternativas tomadas para la solución de los distintos aspectos del problema;

F. definición de medidas de mitigación y remediación;

G. sistemas de Auditorías; 

H. entre otros.

El Plan deberá ser elaborado, en forma conjunta, por la Secretaría de Recursos Hídricos, la Secretaría de Servicios Públicos, la Secretaría de Ambiente, la Administración Provincial de Recursos Hídricos, con la especial participación en dicha tarea del INA-CIRSA. 

Desde Fundeps, nos sentimos muy optimistas con esta resolución, adecuada y oportuna en torno a la grave crisis hídrica que nos atraviesa y particularmente la situación crítica de la cuenca del Lago San Roque. Consideramos que se trata además, de un importante antecedente en materia judicial ambiental, y una resolución esperanzadora para el colectivo de personas que defienden el ambiente en la provincia de Córdoba. 

 

Más información

Presentamos un amparo ambiental por la contaminación del lago San Roque

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Río Suquía 

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Lago Los Molinos y Dique San Roque 

 

Autoras

María Laura Carrizo Morales

Ananda Lavayen

Contacto

lauracarrizo@fundeps.org

 

*Foto extraída del diario digital El Independiente

Presentamos un amparo ambiental ante la Justicia de Córdoba por la grave situación de contaminación y degradación que presenta el Lago San Roque, uno de los principales embalses de Córdoba. 

Luego de un estudio profundo sobre la crítica situación de contaminación ambiental que padecen las principales cuencas de agua de la provincia, entre ellas el Lago San Roque, el Dique los Molinos y el Río Suquía, confeccionamos un diagnóstico en donde plasmamos su estado actual las causas de contaminación, las consecuencias que esto genera en el ambiente, en la comunidad y en la biodiversidad, y realizamos una serie de recomendaciones a las autoridades.

Según pudimos determinar, la principal causa de contaminación es la falta o deficiencia de políticas públicas acordes. Lo que se traduce en mala gestión de los efluentes cloacales y de los residuos sólidos urbanos, deforestación, contaminación con agroquímicos, incendios, falta de estudios de impacto ambiental en las obras públicas y privadas, entre otras, todo lo cual termina afectando seriamente a los cursos de agua.

Particularmente nos centramos en el Lago San Roque debido a la gran importancia que este lago tiene para toda la provincia, ya que se dan en y alrededor de él, diversas tramas de vida culturales, económicas y de desarrollo, además de abastecer de agua a gran parte de las personas que vivimos en Córdoba. Se calcula que del lago proviene el agua que bebemos más de un millón y medio de personas, y es el motor económico de toda la región de Punilla.

Ante la alarmante situación del lago, y frente a la falta de iniciativas por parte de las autoridades para detener en lo inmediato la contaminación y sanear la cuenca, pese a las demandas constantes de la comunidad, decidimos acudir a la justicia a través de un amparo ambiental. 

¿En qué consiste el amparo?

Esta  acción legal tiene por finalidad solicitar a los Tribunales que intervengan proactivamente en la protección del derecho a la salud, calidad de vida y preservación del ambiente sano. A través del amparo presentado, demandamos a las autoridades responsables de la situación del Lago San Roque, es decir: el Gobierno de la Provincia de Córdoba, el Ministerio de Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba, la Administración Provincial de Recursos Hídricos de Córdoba (APRHI), la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba, y los municipios y comunas que atraviesa la cuenca.

El objetivo de esta acción es pedirle a la justicia cordobesa que:

  • condene a las autoridades demandadas a llevar adelante acciones tendientes a la prevención de conductas contaminantes a cuenca del Lago San Roque y sus ríos tributarios;
  • ordene cesar el volcamiento de sustancias que contaminen el lago; 
  • exija detener obras públicas y privadas que puedan profundizar la situación crítica de la cuenca;
  • ordene la urgente recomposición y remediación del lago;
  • A su vez, pedimos la conformación de un Comité de Cuenca interdisciplinario e interjurisdiccional, que tenga facultades de fiscalización, control, autorización de actividades y/o emprendimientos contaminantes, entre otras competencias. La conformación y funcionamiento adecuado de dicho Comité resulta fundamental a los fines de consolidar soluciones eficientes y adecuadas a las necesidades de toda la comunidad. En este sentido, solicitamos que se garantice la participación ciudadana de forma previa en su conformación y en su posterior funcionamiento, y que la opinión de la misma sea obligatoria para las autoridades.

La realidad muestra la grave y crítica situación que atraviesan todos los cursos de agua de la provincia, algo tan básico como el agua que tomamos no puede admitir más inacción y dilaciones por parte de las autoridades. Por ello, esperamos que la Justicia de Córdoba atienda y se avoque rápidamente y con responsabilidad a esta causa, dada la trascendencia que tiene para quienes habitamos la provincia, para las futuras generaciones, para el ambiente y para la comunidad de Punilla.

 

Más Información

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Lago Los Molinos y Lago San Roque

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Río Suquía }

 

Autora

Ananda Lavayén

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Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

El presente documento busca analizar el estado actual de situación del Rio Suquía desde un enfoque integral, a partir de diversas fuentes de información. El propósito es lograr un acabado entendimiento de la dimensión de la problemática y con base en ello ponderar las medidas y acciones de prevención, mitigación y recomposición que esta reclama.

El presente documento busca analizar el estado actual del Lago San Roque y Lago Los Molinos desde un enfoque integral, a partir de diversas fuentes de información. El objetivo es lograr un acabado entendimiento de la dimensión de la problemática y con base en ello ponderar las medidas y acciones de prevención, mitigación y recomposición que esta reclama.

El pasado domingo 24 de abril de 2022, en el marco del día de la Tierra, se llevó a cabo el Festival “Córdoba Repara” en la Isla Encantada del Parque Sarmiento y Fundeps fue parte a través de un stand con una propuesta interactiva y colaborativa con el público.

El evento organizado por la Dirección de Juventud de la Municipalidad de Córdoba y la Universidad Libre del Ambiente en conjunto con organizaciones ambientalistas de la ciudad, tuvo como objetivo generar conciencia sobre el cuidado del ambiente, la reducción, reutilización, reciclaje y recuperación de residuos y objetos y el consumo de productos sostenibles hechos por emprendedores locales. Todo ello se manifestó a través de distintas actividades como espectáculos en vivo, espacios de diálogo, stands de organizaciones, puestos de comida vegana, vegetariana y agroecológica, recepción de reciclables, colecta de frazadas y abrigos para donar y un espacio dedicado exclusivamente al Club de Reparadores x Córdoba.

Nuestra propuesta consistió en construir de manera colectiva dos mapas, uno de la ciudad de Córdoba y otro de la provincia, donde las personas que circulaban señalaban qué problemáticas ambientales conocían ( o padecían). Del diálogo con cada una de las personas y de nuestros mapas surgieron problemáticas ambientales que se repiten por toda la ciudad y la provincia, y que además se reiteran a lo largo del tiempo. 

La comunidad que participó, en su mayoría vecines de distintos barrios y zonas de la ciudad, identificaron problemáticas muy similares, tales como la falta de recolección diferenciada de residuos, la existencia de basurales a cielo abierto por toda la ciudad y sobretodo en la zona de circunvalación, la falta o mal funcionamiento de cloacas y saneamiento en general, la contaminación del Río Suquía y de arroyos barriales, la contaminación producida por Porta Hermanos, la mal/carente planificación urbana, la existencia de barrios cordobeses sin agua potable, entre otras. Por su parte, quienes habitan las afueras de la ciudad u otras localidades tales como Mendiolaza, Villa Carlos Paz, Villa Allende, Río Ceballos, La Calera, Río Primero, Segundo, Tercero y Cuarto, Juarez Celman, Punilla, Coronel Moldes, Bell Ville, entre otras, manifestaron que las principales problemáticas ambientales están relacionadas con los desmontes, fumigaciones con agroquímicos, explotación de canteras, la contaminación de los recursos hídricos, basurales a cielo abierto, incendios, inundaciones y los conflictos surgidos por las autovías de Punilla y Paravachasca.

A su vez, también surgió como preocupación la falta de participación ciudadana en los asuntos ambientales que se manifiesta en todas las problemáticas. También advirtieron las barreras existentes ya sea en el acceso a la información pública, el acceso a la justicia o en el proceso de toma de  decisiones. 

Pudimos observar y analizar que pese a la extensión y diversidad que tiene la ciudad y la provincia de Córdoba, las problemáticas ambientales son muy similares y se repiten en cada territorio, además, de que ninguna de ella es novedosa, todo lo contrario, se repiten y se van acentuando con el paso de los años. Por estos motivos, creemos que es necesario seguir trabajando para buscar alternativas a la forma de “desarrollo” que se viene llevando a cabo, a la vez que es imperioso y fundamental fortalecer los mecanismos de participación ciudadana y que el Estado asuma un verdadero compromiso en ese sentido.

 

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Autora

Ananda Lavayen

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

En conjunto con el colectivo Todos Por Nuestros Arroyos de Alta Gracia, presentamos un recurso de apelación cuestionando la decisión que rechazó la participación como terceros interesados.

Durante el año 2018, en conjunto con el colectivo Todos Por Nuestros Arroyos, solicitamos la participación como terceros en la causa del Country el Potrerillo de Larreta. Recordemos que en esta se debate la legalidad del cercamiento del arroyo Los Paredones por parte del country, en la ciudad de Alta Gracia.

Durante el año 2020, la causa principal obtuvo una sentencia por parte de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Novena Nominación de la ciudad de Córdoba, permitiendo el cercamiento del arroyo. En diciembre del mismo año, luego de un prolongado tiempo sin obtener una resolución, el Juzgado Civil y Comercial de 2da nominación de Alta Gracia resolvió rechazar la participación requerida.

Ante tal situación, presentamos un recurso de apelación solicitando se revea y se admita la participación en el proceso. Los fundamentos en los cuales se sustenta el rechazo, parten de una visión que restringe y contraría ciertas reglas presentes en el ordenamiento jurídico nacional, y que a la vez, sientan un precedente regresivo en materia de acceso a la justicia.

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Junto al colectivo social Todos por Nuestros Arroyos (TxNA) manifestamos nuestra disconformidad ante la decisión del Juzgado Civil, Comercial y Familiar de 2da Nominación de Alta Gracia. Dicha resolución, notificada horas antes del comienzo de la feria judicial, denegó la participación como terceros interesados que solicitamos junto vecinas y vecinos de la ciudad, en el juicio que Potrerillo de Larreta S.A. inició en contra de la provincia de Córdoba por la remoción de los alambres, que de manera ilegal impedían el paso en el arroyo Los Paredones.

Es lamentable que se haya considerado que no es pertinente nuestra participación, y entre los argumentos se haya tomado la idea de que no tenemos motivos para sentirnos legitimados para participar del juicio. Este caso movilizó a toda Alta Gracia, que entendió que no puede haber más alambres en los espacios que nos pertenecen a todas y a todos”, manifestó Fabiana Marbián, integrante de TxNA y vecina de la ciudad.

Se agrava cuando el Poder Judicial se tomó más de dos años para responder a vecinos y vecinas que sin ningún interés más que el de proteger los recursos que son de todos los altagracienses, piden participación en un juicio que nos involucra a todos”, enfatizó Marbián, al tiempo que agregó: “Es de no creer, pero siguen pasando los años y desde el barrio privado siguen logrando su objetivo, que es el de alambrar un curso de agua público”.

Desde la Fundeps apelaremos a la decisión judicial, porque el rechazo afecta seriamente derechos fundamentales de la ciudadanía. Uno de los derechos más afectados es la denegación de la participación de vecinos/as en una controversia en la que se encuentra en juego el acceso a un arroyo (sujeto al dominio público) y el goce de sus servicios ambientales, que va en contra de la garantía de acceso a la justicia, del derecho a gozar de una tutela judicial efectiva, como así también del goce del derecho al ambiente.

Este rechazo no sólo afecta la participación de la institución en este caso concreto, sino que además sienta un precedente judicial regresivo para toda la provincia en materia de acceso a la justicia por parte de la sociedad civil. La participación de la sociedad civil en este tipo de procesos es clave para el mejoramiento de la actividad jurisdiccional en asuntos de interés público y para una democratización del debate judicial.

A raíz de la oportunidad que representa el cambio de gestión a nivel municipal, queremos expresarnos sobre temas claves para el futuro de nuestra ciudad. Por eso, nos dirigimos de manera conjunta con otras organizaciones cordobesas al nuevo intendente de Córdoba, Martín Llaryora, con el objetivo de hacer recomendaciones en torno a las problemáticas estructurales que causan graves perjuicios en materia de derechos humanos.

En el marco de la asunción de la nueva gestión municipal, hay situaciones desatendidas por años que necesitan respuesta urgente. A través de una carta abierta, damos a conocer en diez puntos cuáles son estas problemáticas y nos ponemos a disposición del nuevo gabinete para trabajar de manera articulada.

Los diez puntos se resumen en:

  1. Emergencia ambiental y sanitaria en el Barrio Chacras de la Merced
  2. Residuos Sólidos Urbanos
  3. Planeamiento y desarrollo urbano
  4. Paridad de géneros en el gabinete
  5. Inclusión laboral trans y ley de cupo
  6. Acceso a la Interrupción Legal del Embarazo en los Centros de Atención Primaria
  7. Aplicación de la ley Micaela 
  8. Acceso a la información pública
  9. Entornos escolares saludables
  10. Ambientes libres de humo y protección de la persona no fumadora

Se trata de 10 puntos, que no son exhaustivos ni excluyentes de otras problemáticas, pero requieren una respuesta urgente por las situaciones críticas que representan. Esperamos que en los próximos 4 años podamos articular un trabajo mancomunado para continuar avanzando en el cumplimiento de los derechos humanos de la comunidad cordobesa. 

Acceder a la carta completa

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Carolina Tamagnini, carotamagnini@fundeps.org

El Gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, avaló la reforma a la ley que protege el agua de su provincia, para terminar con la prohibición de uso de cianuro y otras sustancias tóxicas y para quitar la necesidad de que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos mineros metalíferos tenga que ser ratificada por el órgano legislativo provincial. Esta modificación implica un retroceso en los niveles de protección del ambiente.

La ley 7722 vigente en la provincia de Mendoza comenzó a gestarse hacia el año 2005 cuando frente al interés de las empresas mineras de instalarse en el Valle de Uco, los vecinos comenzaron a informarse y a movilizarse en defensa del agua. La ley fue aprobada por la legislatura de Mendoza en el año 2007 y ratificada por la Corte Suprema de Justicia de Mendoza en el año 2015 ante unos diez pedidos de inconstitucionalidad presentados por las empresas mineras. Esta ley no prohíbe la minería, sino que prohíbe en el territorio de la provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros, en pos de la protección del agua y de la agricultura.

El proyecto de modificación de la ley del Gobernador Rodolfo Suárez, busca introducir cambios en los artículos esenciales de la ley, propone eliminar la prohibición del uso de sustancias químicas –a excepción del mercurio- y sustancias tóxicas “en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos”; por otro lado, busca quitar la necesidad de que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos mineros metalíferos tenga que ser ratificada por el órgano legislativo provincial. Pretende así promover la actividad minera metalífera a gran escala en la provincia de Mendoza.

Esta modificación no solo vulnera al ambiente como bien jurídico integral, sino que implica la violación de los principios que ordenan el microsistema ambiental, en particular los principios de irretroactividad y progresividad establecidos en la Ley General de Ambiente (Ley 25.675), significando un retroceso en los niveles de protección ya existentes en la provincia. A esto debe sumarse la carencia hídrica que sufre la zona de Mendoza, atento a que cuenta con una declaración emergencia hídrica desde hace más de diez años. El derecho al agua constituye un derecho humano básico, un bien público fundamental para la vida y la salud en la medida en que supone una condición necesaria para el goce de otros derechos humanos. Así, en protección de este derecho humano, es que fue dictada la ley 7722 que hoy en día el gobierno mendocino pretende modificar .

Es un deber primordial de los legisladores escuchar a la ciudadanía la cual se ha venido movilizando durante años y manifestando su rechazo a este proyecto durante estos días. Como lo expresará el Tribunal Superior de Justicia de Mendoza, los mendocinos decidieron mediante la ley 7722 el modelo productivo que quieren desarrollar, es derecho de cada sociedad decidir, definir y gestionar el modo que adopta para progresar. Ante estas circunstancias es que expresamos nuestra preocupación y rechazo del intento del Gobierno de la provincia de modificar la ley vigente.

Autora

Maria Laura Carrizo

Contacto

Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org