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El día miércoles 21 de diciembre, se aprobó en la legislatura de Córdoba un proyecto de ley presentado por el ejecutivo que busca la implementación del voto electrónico. Es importante remarcar los peligros que supone un sistema de estas características para nuestra democracia.

Durante el día 21 de diciembre, la legislatura cordobesa aprobó un controvertido proyecto de ley que aboga por una reforma el sistema de votación provincial. A pesar que a nivel nacional esta iniciativa pareciera estar descartada, el ejecutivo provincial presentó un proyecto que fue aprobado sin dificultades.

Mucho se ha debatido en las últimas semanas, y creemos muy importante sumarnos a las voces que expresan los peligros que supone un sistema de voto electrónico en. Hoy por hoy, este sistema está en retroceso en todo el mundo debido a las falencias que implica en materia de control. El proceso de votación es un elemento demasiado central a nuestra forma de vida como para basarlo en mecanismos no controlables.

El proyecto aprobado no especifica cuestiones técnicas acerca del sistema más allá de la implementación de la boleta única electrónica; y reconoce las limitaciones de este sistema al prohibir la utilización de dispositivos electrónicos en un radio de 300 metros a la fiscalización. Sumado a esto, expertos en el área informática han expresado reiteradamente los peligros y carencias del voto electrónico: nadie puede saber a ciencia cierta qué hace esa computadora, es inseguro, no garantiza el secreto del voto, es más caro, erosiona la confianza en el sistema electoral, limita el derecho a controlar las elecciones y limita la capacidad para ser fiscal (no cualquier ciudadano puede hacerlo).

Cabe destacar que en la provincia ya contamos con un sistema de boleta única en papel que se ha reconocido por ser una de las mejores alternativas para el sistema electoral; además, es usado en el mundo, en países como Corea del Sur, Japón, Alemania, Australia y Holanda entre muchos otros. Este sistema evita el robo de boletas y es transparente para el elector. El cambio a un sistema electrónico entonces, implica un claro retroceso.

En este contexto, preocupa la celeridad y la falta de discusión en el tratamiento de un tema de importancia clave, así como la ausencia de respuestas a las objeciones técnicas y legales que se han presentado a esta propuesta.

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Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

El pasado miércoles 7 de diciembre el gobierno de la provincia de Córdoba convocó a una audiencia pública, con la finalidad de dar a conocer el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) correspondiente a la ampliación de la actual Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales (EDAR) y la construcción de nuevos colectores principales. La participación de FUNDEPS incluyó la presentación de un informe técnico-legal que marcó ciertas inconsistencias identificadas al analizar el EIA y conociendo los antecedentes de fuertes impactos en la zona.

on solo tres personas inscriptas representando a FUNDEPS y al Foro Ambiental Córdoba, el pasado miércoles 7 de diciembre de 2016 se llevó a cabo una audiencia pública convocada por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Córdoba que tuvo por objeto dar a conocer el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) sobre la ampliación de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales de la ciudad de Córdoba. Cabe resaltar que este proceso tuvo poca difusión y fue llevado a cabo muy lejos del área de influencia más significativa y de mayor afectación del proyecto (Barrio Chacras de la Merced). Este hecho viola lo establecido en el Art. 63 de la ley provincial 10.208 de Política Ambiental que establece que estas instancias de participación se deben realizar en la zona de mayor vinculación con la decisión pública en cuestión.

La planta Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Bajo Grande fue construida a fines de la década del 60, a orilla del río Suquía, encontrándose  instalada en el km 2 ½ del camino llamado Chacras de la Merced, en el extremo este de la ciudad de Córdoba. Fue inaugurada en 1987, quedando bajo el dominio y control de la Municipalidad de Córdoba en el año 1990. A partir de finales de los años noventa, el funcionamiento de la planta de EDAR Bajo Grande fue desmejorando, logrando que al día de hoy, la misma posea una capacidad limitada el tratamiento de líquidos cloacales, lo cual genera un foco constante de contaminación.

La problemática de contaminación de dicha planta es de público conocimiento por la presentación de denuncias, demandas judiciales, noticias periodísticas e incluso reconocimientos formales por parte de los funcionarios de la provincia y de la municipalidad de Córdoba. A nivel técnico, peritajes realizados por la Universidad Nacional de Córdoba han determinado que el tratamiento de líquidos cloacales de Bajo Grande tiene importantes fallas, tanto en el procesamiento como en el funcionamiento de los equipos que posee. Esto se traduce en altos índices de contaminación del río Suquía, que recibe directamente los efluentes generados por esas deficiencias en el tratamiento. Desde hace un tiempo, en conjunto con la organización Las Omas, venimos reclamando por información pública sobre indicadores de salud y ambiente que permitan valorar (y corregir) esta situación de contaminación. 

De lo anterior se entiende la necesidad de invertir en la actual planta y lograr que la situación sea capaz de revertirse. Empero, luego de la lectura y presentación del EIA se presentan ciertas inconsistencias que de no ser tenidas en cuenta, lejos de mejorar la actual situación de la planta, podrían agravar los ya existentes impactos ambientales negativos.

En nuestro escrito presentado durante la audiencia enfatizamos algunos puntos:

– Inconsistencias respecto de la capacidad de tratamiento de la planta.

– Inadecuado tratamiento de los riesgos ambientales, en una zona que ha sufrido históricamente las consecuencias de la contaminación del río.

– Omisión respecto del fortalecimiento de instancias de control en la ciudad para facilitar el trabajo de la planta de EDAR Bajo Grande.

– Ausencia de plan de monitoreo de la obra y de mitigación de los impactos.

Asimismo, durante la audiencia se pudieron oír frases como: “…Cerca de la planta de líquidos cloacales no hay poblaciones estables”, poniendo en duda el real compromiso de las autoridades gubernamentales para con los vecinos de Chacras de la Merced y las problemáticas en las cuales se ven inmersos a raíz del mal funcionamiento de la planta.

Desde FUNDEPS consideramos que es crucial la realización de una profunda evaluación por parte de la Secretaría de Ambiente como órgano de contralor del presente proyecto, advirtiendo todas las consideraciones expuestas durante la audiencia. Asimismo, se debe disponer de los mecanismos necesarios a los efectos de cumplimentar con losparámetros legales y ambientales esperados a fin de proteger los derechos fundamentales de los habitantes de la ciudad de Córdoba y en particular de los de barrio Chacras de las Merced.

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Agustina Palencia

El pasado jueves 10 de noviembre se llevó a cabo el primer encuentro de entidades subnacionales enmarcado en la alianza para el gobierno abierto (Open Government Partnership). Organizado por el gobierno de la ciudad de Buenos Aires, contó con la presencia de representantes de la OGP, autoridades gubernamentales y representantes de la sociedad civil. 

En el marco del Programa Piloto Subnacional de la Open Government Partnership, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires junto con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI México); organizaron una jornada que convoca tanto a autoridades gubernamentales de Argentina y otras naciones, como a miembros representantes de la sociedad civil.

El programa piloto permite a OGP impulsar innovaciones exitosas desarrolladas a nivel local. El motor de este proyecto es la creencia en que la cercanía que los gobiernos locales poseen para con la ciudadanía, será capaz de potenciar las iniciativas de gobierno abierto a niveles nacionales. En abril de 2016 se anunció la selección de 15 gobiernos locales para participar del programa, entre ellos la ciudad de Buenos Aires. En los próximos dos años los gobiernos participantes trabajarán junto con organizaciones de la sociedad civil locales en el desarrollo de compromisos específicos de gobierno abierto.

A lo largo del día, diferentes expositores dieron a conocer experiencias, lecciones aprendidas y desafíos en el futuro de la implementación de políticas de gobierno abierto en espacios locales. Se trató de una jornada que permitió a los diferentes actores sociales adquirir nuevos conocimientos y debatir acerca del porvenir de las nuevas formas para construir una democracia más participativa y equitativa.

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Agustina Palencia – Coordinadora del Área de Fortalecimiento Democrático

agustinapalencia@fundeps.org

Durante el día martes 1 de noviembre se llevó a cabo el VI Foro Nuestra Córdoba, organizado por la Red Ciudadana Nuestra Córdoba. El evento reunió a representantes de organizaciones de la sociedad civil y autoridades gubernamentales para debatir acerca de las temáticas que mayor incidencia tienen en la agenda metropolitana de nuestra ciudad y provincia.

El evento organizado por la Red Ciudadana Nuestra Córdoba tuvo por finalidad reunir a representantes de la sociedad civil y a autoridades gubernamentales, para discutir acerca de aquellas problemáticas que han tenido origen en la expansión metropolitana de la ciudad de Córdoba. Con la modalidad de mesas de discusión, se trataron temas relativos al ordenamiento territorial, la gestión de residuos sólidos urbanos (RSU) y el transporte y la movilidad. Los debates fueron más que enriquecedores, y las conclusiones obtenidas serán posteriormente amalgamadas en un documento que será compartido con las autoridades municipales y provinciales.

Desde FUNDEPS consideramos que las consecuencias de la expansión territorial y urbana de las ciudades – devenida en procesos de metropolización – necesariamente requieren del buen gobierno y gestión de las ciudades para su progreso social y económico. Asimismo, el contexto es complejo y requiere de la articulación entre actores para la generación de políticas lo suficientemente holísticas y efectivas.

El crecimiento periférico de las ciudades extiende el área urbanizada más allá de los límites de los términos municipales, generando un gran espacio urbano que obliga a extender las redes de infraestructura, aumenta los costos del desplazamiento de la población y mercaderías y los costos de producción y mantenimiento de los servicios públicos. En escenarios de descentralización hacia niveles locales – como ha ocurrido en nuestro país – la compleja tarea de traspasar funciones y recursos a instituciones generalmente débiles, se ve apabullada con los problemas de coordinación interjurisdiccional en la provisión de servicios y la gestión del desarrollo de los recientes conglomerados urbanos. Estos problemas se manifiestan en una gran variedad de áreas que son de relevancia crucial para el desarrollo económico y el bienestar de la población. Muchos de ellos fueron debatidos en la jornada del 1 de noviembre.

Los debates en torno al eje de ordenamiento territorial resultaron en la identificación de la urgencia para lograr una concreta determinación de los ejidos municipales y planificar la expansión urbana de la ciudad. Asimismo, se sumó a la discusión una arista de corte ambiental en la que se detectó la necesidad de mitigar los impactos de la expansión, resguardar el patrimonio (bosques nativos) y establecer una clara regulación en cuanto a la disposición de los suelos.

En cuanto a la gestión de residuos sólidos urbanos, se recalcó la complejidad para la articulación interjurisdiccional e intersectorial, a la vez que es necesario regular la normativa vigente respecto de los RSU.

Los resultados del debate han sido el espejo de las preocupaciones de la sociedad civil en torno a la gestión de la ciudad de Córdoba y su área metropolitana. La planificación urbana y el desarrollo sustentable de las ciudades van de la mano, y en consonancia con ello, la buena calidad en infraestructura y servicios básicos se vuelve crucial.

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Agustina Palencia – Coordinadora del Área de Fortalecimiento Democrático

agustinapalencia@fundeps.org

El pasado miércoles 19 de octubre, se debatió y aprobó en diputados el destino del proyecto de ley que atiende a una reforma electoral. El controvertido proyecto presenta tanto ventajas como desventajas para nuestro sistema político.

La cámara de diputados de la Nación Argentina dio media sanción al proyecto de reforma electoral presentado por el Poder Ejecutivo. El presidente Mauricio Macri presentó en el mes de junio un proyecto de Ley que prevé modificaciones en el sistema electoral nacional a los fines de transparentar el proceso en todas sus etapas. Al inaugurar el período de sesiones legislativas en marzo, el Presidente de la Nación anunció su voluntad de impulsar “una ambiciosa reforma política” para “terminar con la boleta papel, hacer independiente el control del comicio y unificar el calendario electoral”. Los cambios que se incorporaron en su momento, significaban tanto ventajas y desventajas para los partidos políticos y los candidatos en sus estrategias electorales; como así también grandes desafíos para la ciudadanía al momento de realizar la votación.

En 2015 tuvo lugar uno de los procesos electorales más largo, complejo y conflictivo del período democrático comenzado en 1983. A raíz de los sucesos ocurridos en Tucumán y las demoras en la comunicación del escrutinio de la elección presidencial, se plantearon nuevamente los cuestionamientos al sistema de votación mediante boletas partidarias, la precisión de los escrutinios y la relación de la Dirección Nacional Electoral con el poder político.

Entre las medidas más polémicas de la nueva ley (en caso de lograr ser sancionada) incorpora la Boleta Única Electrónica (BUE) a través de un sistema informático propio, que busca poner fin a las irregularidades que supone el actual sistema de boletas múltiples por partido. En referencia a esto, el ministro de Interior, Rogelio Frigerio recalcó:

…la incorporación de tecnología significa que ese sistema tiene que ser muy confiable, muy seguro y muy auditado. Por eso está previsto un mecanismo de auditorías y homologación con la Cámara Electoral. Además, hay un sistema de auditoría al momento de la elección.

Durante la sesión, desde el oficialismo de enfatizó que esta reforma acabaría con la privatización de una obligación estatal. Según «Cambiemos», el voto electrónico garantizaría la existencia de una oferta completa para los votantes. La ley regula los comicios nacionales, pero insta a las provincias a adherir a la misma. En el caso de Córdoba, el sistema de boleta única es implementado para la elección de autoridades provinciales desde el año 2011.

Varias opiniones concuerdan con que el sistema de votación mediante boletas partidarias la presencia de la oferta electoral en cada lugar de votación depende de la capacidad de despliegue territorial que tenga cada partido. Esto produce ventajas en favor de los partidos con más recursos y genera el riesgo de que los electores no encuentren todas las opciones en el cuarto oscuro. Asimismo, este sistema facilita la proliferación de las listas colectoras, los acoples, las listas espejo o las sumatorias de votos. Por eso consideramos que es importante poder adoptar un nuevo instrumento de voto mediante el cual el Estado asuma la responsabilidad de proveer la oferta y que facilite una presentación más ordenada de las opciones electorales. Este objetivo puede llegar a lograrse mediante la boleta única. No obstante, es el sistema de voto electrónico es aún controversial y aparentemente se encuentra en retroceso en el resto del mundo. Ventajas declaradas como la transparencia, la economía, la rapidez del conteo de votos, entre otras, aún son cuestionadas.

En democracias delegativas como en Argentina, el mecanismo de accountability vertical es el único que funciona verdaderamente. Esto se relaciona directamente con el hecho que el acto electoral es hoy por hoy el mecanismo por excelencia que posee la ciudadanía para hacer rendir cuentas a sus gobernantes. El cambio en el sistema de voto y las posibles implicancias negativas de la implementación de la boleta única electrónica, pone en riesgo la rendición de cuentas de todo el sistema y profundiza la crisis de representatividad que actualmente vivencia el sistema democrático.

Por otra parte, el debate también se tensó al tocar el tema de la financiación de los partidos. Cuestión que el proyecto pretendía modificar, legalizando y ampliando las posibilidades de recibir fondos de partes privadas. El bloque de izquierda analizó este cambio como antidemocrático y tendencioso. Dentro del resto de medidas incluídas, pueden destacarse como ventajosas la supresión de las listas colectoras y la paridad de género en el acceso a cargos legislativos y partidarios.

Quedará por ver qué sucede una vez que este proyecto se debata en el Senado.

Más Información:

Reforma Electoral y la experiencia del uso de nuevas tecnologías de información (FUNDEPS)

Voto Electrónico: Los riesgos de una ilusión (Vía Libre ONG)

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Agustina Palencia, Coordinadora del Área de Fortalecimiento Democrático y Calidad Institucional

agustinapalencia@fundeps.org

Exigen que se implemente un procedimiento participativo que garantice que quien resulte electo/a reúna las condiciones de idoneidad técnica y moral, independencia de criterio y trayectoria en la defensa de los derechos humanos.

Las organizaciones abajo firmantes presentamos una nota formal a los miembros de la Comisión Bicameral de la Defensoría del Pueblo del Congreso de la Nación con el fin de transmitirles nuestra preocupación por la falta de designación del Defensor del Pueblo desde hace más de siete años, y para solicitarle que se inicie un proceso participativo, abierto y transparente para su nombramiento.

Desde hace años, las organizaciones de la sociedad civil venimos solicitando al Congreso la designación del Defensor del Pueblo, conforme lo ordena el art. 86 de la Constitución Nacional. Ante la ausencia de respuestas, llevamos el reclamo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y ambos organismos instaron al Estado argentino a que designara prontamente al Defensor del Pueblo, en tanto se trata de una institución clave para la defensa de los derechos humanos.

Ante la prolongada vacancia, también se inició una acción de amparo contra el Congreso Nacional, la cual fue favorablemente resuelta por la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que exhortó a ambas Cámaras Legislativas a que iniciaran el procedimiento de designación contemplado en la Ley 24.284. A ello se agrega que la Corte Suprema de Justicia de la Nación manifestó en el reciente caso sobre tarifas de servicios públicos “CEPIS y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/ amparo colectivo” que “no puede dejar de señalarse que el cargo de Defensor del Pueblo de la Nación, institución creada por la Constitución Nacional como órgano específicamente legitimado en la tutela de los derechos de incidencia colectiva en los términos de sus artículos 86 y 43, se encuentra vacante, circunstancia que repercute negativamente en el acceso a la justicia de un número indeterminado de usuarios. En las condiciones reseñadas, y habida cuenta de las relaciones que deben existir entre los departamentos de Estado, corresponde exhortar al Congreso de la Nación para que proceda a su designación de acuerdo a lo establecido en el artículo 86 citado”.

A partir de estas importantes decisiones judiciales, les solicitamos a los legisladores nacionales que conforman la Comisión Bicameral a fin de que adopten las medidas necesarias para iniciar de inmediato el procedimiento de designación de un/a Defensor/a del Pueblo, en el cual se asegure la efectiva participación informada de la ciudadanía mediante la publicación previa de los antecedentes de los candidatos en un plazo razonable, la posibilidad de que las organizaciones y los/as ciudadanos presenten impugnaciones y avales, la realización de audiencias públicas con amplia participación de la ciudadanía, las instituciones gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil, asegurando la participación federal, y con la obligación de que la selección del candidato sea razonada.

Asimismo, la eventual designación de un/a Defensor que no reúna requisitos fundamentales como una extensa trayectoria en la defensa de los derechos humanos, podría redundar en un desprestigio y pérdida de potencialidad de la entidad, por lo que hemos sostenido que quien resulte candidato debe reunir altos estándares de idoneidad técnica y moral, de independencia de criterio, perspectiva de género, y probada proactividad y trayectoria en la defensa de los derechos humanos.

Organizaciones firmantes:

ACIJ – ADC – Amnistía Argentina – Asociación Aldeas Infantiles SOS Argentina – Asociación Civil Grupo Puentes – Banco de Bosques – Basta de Demoler – Cambio Democrático – Capibara. Naturaleza, Derecho y Sociedad. Santa Fe – CAREF – Cascos Verdes – Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) – Centro de Políticas Públicas para el Socialismo (CEPPAS) – Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH) – CIPPEC – Compromiso – Confederación de la Sociedad Civil – Conocimiento Abierto – Consumidores Libres – Democracia en Red – Directorio Legislativo – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) – FARN – Federación Argentina LGBT – FOPEA – Foro del Sector Social – Federación de Asociaciones Civiles y Fundaciones – Fundación Biodiversidad – Fundación Ciudad – Fundación Humedales (Fundación para la Conservación y el Uso Sustentable de los Humedales / Wetlands International) – Fundación Kaleidos – Fundación M´Biguá, Ciudadanía y Justicia Ambiental, Paraná – Fundación Metropolitana – Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) – Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) – Fundación SUR – Greenpeace – Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva – Huésped – INECIP – Ingeniería Sin Fronteras Argentina – Justicia Legítima – La Fulana – Espacio de lesbianas y mujeres bisexuales – Laboratorio de Políticas Públicas (LPP) – Mesa por la Igualdad – Pensamiento Penal – Poder Ciudadano – Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) – Salta Transparente – Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ) – TECHO – Unidos por la Justicia – Via Libre – Wingu. También adhieren: Acción Pública Ciudadana – Transparencia Ciudadana

Más información:

Nota presentada al Comisión Bicameral de la Defensoría del Pueblo del Congreso de la Nación

El pasado 21 de Junio de 2016, en el caso “Garrido, Carlos Manuel c/ EN – AFIP s/ amparo ley 16.986” la Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a darle entidad de derecho humano al derecho de acceso a la información pública. Ésta ha sido una cuestión ausente en el último Proyecto de Ley de Acceso a la Información ya aprobado en Diputados y pendiente de tratamiento en Senadores.

En el caso en cuestión, el Sr. Carlos Manuel Garrido promovió una acción de amparo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con el fin de que se la condene a entregarle determinada información relacionada con el nombramiento de Carlos Mechetti en dicho organismo. También respecto de los cargos y funciones que el Michetti desempeñó y el estado de un sumario administrativo que se le inició en el año 2010 por presunto contrabando (Garrido, Carlos Manuel c/ EN – AFIP s/ amparo ley 16.986).

A instancias de resolver, la Corte se basó en antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en su propio antecedente “Cipecc” (Fallos: 337:256). Así, en relación a las personas que pueden ejercer este derecho la Corte sentenció que:

al tratarse de información de carácter público, que no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina, la sola condición de integrante de la comunidad resulta suficiente para justificar la solicitud” (y que) una interpretación armónica de las disposiciones nacionales en materia de datos personales y de acceso a la información, lleva a sostener que las disposiciones de la Ley 25.326 -de Protección de Datos Personales- en cuanto subordinan la cesión de esos datos a la existencia de un interés legítimo, no alcanzan a aquellos supuestos relativos a información personal que forma parte de la gestión pública…

Finalmente la Corte excluyó la posibilidad de que la información solicitada quede alcanzada por las excepciones contenidas en el Decreto Nacional  1172/2003 –única legislación vigente al día de la fecha- al establecer que:

…La información solicitada por el demandante no se relaciona con datos sensibles (…) sino que atañe exclusivamente a circunstancias vinculadas a la carrera administrativa de un funcionario, que son de innegable interés público en tanto permiten conocer aspectos relevantes sobre las personas que tienen a su cargo la gestión de los asuntos del Estado, y facilita a quien requiere la información ejercer el control sobre la regularidad de los actos mediante los cuales se integran los cuadros de la administración…

En esta oportunidad celebramos la coherencia de la Corte en su análisis del derecho de acceso a la información pública. Asimismo, instamos a los Senadores Nacionales a que revisen los puntos del proyecto de ley que se apartan de los estándares reconocidos tanto en el Sistema Interamericano, como a nivel nacional, por nuestra Corte Suprema de Justicia. Ratificamos la necesidad hacer converger el acceso a la información pública con el concepto de ‘derecho humano’. Sólo así la tan deseada Ley de Acceso a la Información Pública supondrá un verdadero avance en el desarrollo de una Argentina más democrática y garantista de los derechos humanos.

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Carolina Juaneda – carojuaneda@fundeps.org  

El pasado 9 de junio, FUNDEPS junto con la organización Las Omas del Barrio Chacras de la Merced nos reunimos en la Dirección de Redes y Obras Sanitarias de la Municipalidad de Córdoba, con el subdirector Daniel Bardagi y el titular de la planta Gualberto Pozo Arce a los fines de hacer algunas preguntas respecto al funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales de Bajo Grande.

Desde febrero 2016, el eje de ambiente del Área de Derechos Humanos y el Área de Fortalecimiento Democrático de FUNDEPS, vienen trabajando en conjunto con Asociación Civil para la Igualdad y la Justicia (ACIJ) en el Barrio Chacras de la Merced de la Provincia de Córdoba, en particular con la organización de mujeres Las Omas. El proyecto busca promover el desarrollo e implementación de estrategias vinculadas a la incidencia y monitoreo de políticas públicas en la comunidad Chacra de la Merced, con el fin de apoyar el trabajo de la organización de mujeres Las Omas en el fortalecimiento de los derechos sociales y ambientales vulnerados producto del mal funcionamiento de la planta de tratamiento de líquidos cloacales de Bajo Grande.

En este marco, FUNDEPS pidió una reunión con la Dirección de Redes y Obras Sanitarias de la Municipalidad de Córdoba. La reunión fue enriquecedora para ambas partes. Desde la Dirección de Redes pudieron explicarnos cómo funciona la planta actualmente, la cantidad y calidad del líquido que trata días de semana y fin de semanas, fondos con los que cuenta la Municipalidad para hacer obras de mantenimiento, problemáticas que identifican ellos que pueden contribuir al mal funcionamiento, entre otras.

Por otro lado, expresamos nuestra preocupación con respecto a los efectos nocivos que está generando la planta en su situación actual, al ambiente en general y a la comunidad de la Chacra en particular ya que sus derechos sociales, económicos y ambientales están siendo vulnerados constantemente.

Asimismo, nos explicaron que la construcción de una nueva planta de tratamiento va a duplicar la cantidad del tratamiento de fluidos y sus implicancias para la ciudad. Sin embargo, cuando pedimos información acerca de posibles políticas de remediación ambiental en la zona con la construcción de la nueva planta, no obtuvimos respuesta.

Es importante destacar que en el marco de este proyecto, se hicieron cuatro pedidos de información a diferentes reparticiones públicas de la Municipalidad entre los que se realizó uno a la Estación Depuradora de Líquidos Residuales que depende de la dirección de Redes, donde hicimos los siguientes pedidos de información para que se informe sobre: a) el estado de funcionamiento actual de la planta EDAR Bajo Grande; b) si existen obras de reparación de las fallas y problemas en el correcto funcionamiento de la planta; c) si hay planes de remediación ambiental en el Barrio Chacras de la Merced; d)  ¿qué obras se están implementando en la planta de tratamiento de líquidos cloacales? ; e) qué medidas de mitigación del impacto ambiental se diseñaron e implementaron luego de ser declarada una zona de emergencia sanitaria; f) qué controles se ejecutan en la Planta detallando los días y horarios en los que se implementan y g) qué días y franjas horarias funciona la planta, detalle los procesos y sus afectaciones directas sobre el ambiente y la población cercana, y qué métodos de tratamiento utiliza.

Desde FUNDEPS seguiremos trabajando con la organización Las Omas en el monitoreo del proceso de licitación e implementación de la obra de la nueva planta, y visibilizando las problemáticas en términos de ambiente y salud la actual Planta de tratamiento de líquidos cloacales EDAR.

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Carolina Juaneda – Área de Fortalecimiento Democratico y Calidad Institucional

carojuaneda@fundeps.org

En el día de ayer, FUNDEPS con la Organización Las Omas representada por Alida y Ester Weht presentaron cuatro pedidos de información en la Municipalidad de Córdoba, dos pedidos a la Provincia de Córdoba y dos pedidos a la empresa Coniferal de Transporte.

Desde principio de este año, el eje de ambiente del Área de Derechos Humanos y el Área de Fortalecimiento Democrático de FUNDEPS, vienen trabajando en conjunto con Asociación Civil para la Igualdad y la Justicia (ACIJ) en el Barrio Chacras de la Merced de la Provincia de Córdoba, en particular con la organización de mujeres Las Omas. Se realizaron dos talleres dichas organizaciones a los fines de identificar problemáticas socio-políticas que afectan a la comunidad de La Chacra y en base a lo identificado se definió una propuesta de acción de incidencia a trabajar en el año. Asimismo, se trabajaron herramientas de acceso a la información y estrategias de monitoreo de políticas públicas.

El trabajo busca promover el desarrollo e implementación de estrategias vinculadas al monitoreo e incidencia de políticas públicas en la comunidad Chacra de la Merced, con el fin de apoyar el trabajo de la organización de mujeres Las Omas en el fortalecimiento de los derechos sociales y ambientales vulnerados producto del mal funcionamiento de la planta de tratamiento de líquidos cloacales de Bajo Grande.

En este contexto, el lunes 30 de mayo, representantes de las Omas y miembros de FUNDEPS presentaron cuatro pedidos de información pública en diferentes reparticiones de la Municipalidad de Córdoba (Secretaría de Salud, Subsecretaría de Ambiente, Subsecretaría de Transporte y a la Estación Depuradora de Líquidos Residuales) de la Provincia de Córdoba (Ministerio de Inversión y Financiamiento y Secretaría de Ambiente) y en la empresa Coniferal SACIF. El objetivo de dichos pedidos es contar con información oficial sobre el estado y funcionamiento de la planta de tratamiento de líquidos cloacales y la situación ambiental y sanitaria de la zona afectada por la contaminación.

Las solicitudes de información presentadas se realizan en el marco del derecho a peticionar y recibir información, Art. 16 y ss. de la ley 25.675, Art. 41 de la Constitución Nacional, Art. 13.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Art. XXIV de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, instrumentos incorporados a la Constitución Nacional, mediante sus artículos 75 inc. 22, Art. 19 inc. 10. Asimismo, la ley de Política Ambiental de Córdoba prescribe en su artículo 61 que:

Toda solicitud de información requerida en los términos de la presente Ley debe ser satisfecha en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. El plazo puede prorrogarse en forma excepcional por otros diez (10) días hábiles en el supuesto de mediar circunstancias que dificulten obtener la información solicitada, debiendo el órgano requerido comunicar -antes del vencimiento del plazo de diez (10) días- las razones por las cuales hace uso de la prórroga excepcional…

Y finalmente, conforme a la regulación de la Ley Nº 8803 Derecho al Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado, que también otorga el plazo de diez (10) hábiles para contestar la información solicitada.

Esperamos obtener respuesta de la información solicitada en el marco de los plazos explicitados, y así seguir luchando en pos de exigir y proteger los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales que están siendo vulnerados, producto del mal funcionamiento de la planta de tratamiento de líquidos cloacales de Bajo Grande.

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Carolina Juaneda – Área de Fortalecimiento Democratico y Calidad Institucional

carojuaneda@fundeps.org

Comunicado de organizaciones de la sociedad civil y personalidades de la academia y el periodismo.

Las organizaciones sociales y personas abajo firmantes celebramos la discusión de una Ley de Acceso a la Información en el Congreso de la Nación. La existencia de consenso sobre la necesidad de aprobar esa norma constituye un hito significativo y valioso.

El acceso a la información es un derecho humano fundamental y un principio básico de la democracia. La existencia de herramientas adecuadas que garanticen este derecho contribuye a incrementar la transparencia gubernamental, facilita el control y mejoramiento colectivo de las políticas públicas, aumenta la rendición de cuentas de los funcionarios, estimula la participación ciudadana, amplía el debate sobre los asuntos públicos, acorta la brecha entre gobierno y ciudadanos y mejora la calidad de las instituciones y de nuestra democracia. A su vez, es un instrumento fundamental para el ejercicio de otros derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Es por eso que la sanción de una ley que asegure el acceso de todas las personas a la información pública es una deuda que como sociedad debemos saldar cuanto antes.

Además de establecer la regla de la publicidad de toda información en manos del Estado y del acceso a ella por parte de cualquier individuo que la solicite, la ley debe crear mecanismos eficaces de reclamo ante su incumplimiento. Por esa razón, los estándares internacionales exigen y la experiencia comparada demuestra que es necesario contar con una autoridad independiente e imparcial que controle el efectivo cumplimiento de la ley.

En ese sentido, notamos con preocupación que el dictamen de mayoría emitido el pasado 21 de abril por las comisiones de Asuntos Constitucionales y Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación no cumple con este requisito fundamental. Si bien el dictamen contiene avances importantes, aún requiere mejoras sobre aspectos trascendentales. En efecto, el texto no prevé garantías suficientes de independencia para la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) que la ley crearía, y cuya función sería la de velar por el cumplimiento de la ley y resolver los reclamos que se presenten. El dictamen prevé que tanto la designación (arts. 20 y 21) como la remoción de su titular (art. 27) dependan de la voluntad del Poder Ejecutivo (en el segundo caso con intervención no vinculante de una comisión ad hoc del Congreso), lo cual supone un condicionamiento para el cumplimiento adecuado de sus fines y vulnera el principio de independencia del órgano de control. Un modelo regulatorio de tales características pone en riesgo el cumplimiento efectivo de los fines de la ley.

Por estos motivos, proponemos que se incorpore al mecanismo de designación de su titular la realización de un concurso público de oposición y antecedentes y la consiguiente aprobación del Poder Legislativo. Asimismo –y lo que es más importante aún–, la remoción de ese funcionario no debería quedar sujeta a la sola voluntad del Poder Ejecutivo, sino que también debería contar con la conformidad del Congreso.

En virtud de ello, hacemos un llamado a los Sres. Diputados y Diputadas de la Nación para que nuestra preocupación sea considerada en el debate durante el tratamiento del proyecto en el recinto y que se incorporen las mejoras que sean necesarias para asegurar la independencia del órgano garante de la Ley.

 

Organizaciones de la sociedad civil firmantes

Abuelas de Plaza de Mayo, Amnistía Argentina, Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP), Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Asociación Cristiana de Jóvenes (YMCA), Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ADA), Asociación Pensamiento Penal, Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA), Cambio Democrático, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Centro de Estudios Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE), Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), Confederación de la Sociedad Civil, Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Consumidores Libres, Crear Vale la Pena, Datos Concepción, Democracia en Red, Directorio Legislativo, Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Fundación Compromiso, Fundación Conocimiento Abierto, Fundación Huésped, Fundación Judaica, Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Fundación SUR, Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva, HIJOS Regional-Capital, Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), Justicia Legítima, Laboratorio de Políticas Públicas (LPP), Liberpueblo, Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Poder Ciudadano, Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), Unidos por la Justicia, Wingu, siguen las firmas… (ver listado completo debajo)

Individuos firmantes

Sebastián Abrevaya, Marcelo Alegre, Mirta Baravalle, Martín Becerra, Ingrid Beck, Alejandro Carrió, Nora Cortiñas, Florencia Etcheves, Roberto Gargarella, Manuel Garrido, Hernán Gullco, Jorge D. Giacobbe, Andrés Gil Domínguez, Martín Hevia, Diana Maffia, Daniel Malnatti, Silvia Mercado, Ana María Mustapic, Luis Novaresio, Oscar Oszlak, Marta Oyhanarte, Enrique Peruzzotti, Héctor Polino, Paulino Rodrigues, Daniel Sabsay, Inés Sanguinetti, Catalina Smulovitz, Juan Gabriel Tokatlian, Andy Tow, Juan Pablo Varsky, Jonatan Viale, Raúl Zaffaroni, siguen las firmas… (ver listado completo debajo)

 

Para adherir al comunicado, enviar un correo a accesoalainfoargentina@gmail.com

El pasado 7 de abril, el Poder Ejecutivo Nacional elevó un proyecto de ley sobre Acceso a la Información Pública. Desde FUNDEPs venimos participando y haciendo seguimiento de la discusión desde que se convocó a las organizaciones de la sociedad civil a debatir sobre la cuestión.

El acceso a la información es un derecho humano fundamental y su pleno ejercicio garantiza el reconocimiento de otros derechos como ser sociales, culturales, políticos. En un sistema democrático, el derecho de acceso a la información es una herramienta clave para fortalecer la gestión pública, la rendición de cuentas y promover la transparencia en las instituciones gubernamentales. Asimismo, es un instrumento básico para la participación ciudadana ya que todas las personas tienen el derecho a pedir y recibir información a los fines de participar e involucrarse en los procesos de toma de decisión, monitorear políticas públicas y así exigir el acceso a servicios a los que tienen derecho.

En este sentido, la democracia no puede ser simplemente comprendida como el mecanismo para elegir y autorizar gobiernos. Asimismo, la función del ciudadano tampoco debe quedar reducida a escoger y sustituir grupos políticos periódicamente en el momento de las elecciones a través de su voto. El acceso a la información es una vía para empoderar al ciudadano e incluirlo en la participación democrática. Es decir, permite la proximidad entre el ciudadano y el gobierno para lo que es esencial que existan canales de comunicación en dos direcciones: desde el gobierno a los ciudadanos y desde éstos al primero.

El reconocimiento del derecho de acceso a la información ha crecido significativamente durante los últimos 20 años. Es posible afirmar que, en todas las regiones del mundo, se han propuesto nuevas iniciativas de ley con la participación de los movimientos sociales que lo promueven. Ha sido considerado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como un derecho humano vinculado a la libertad de expresión. La Corte Suprema Argentina su importancia en decisiones en casos judiciales de los últimos años como “Asociación de Derechos Civiles contra PAMI” (2012) sobre publicidad oficial, o “Giustiniani, Rubén Héctor c/ Y.P.F. S.A.” (2015) sobre publicidad del contrato entre Chevron e YPF. De aquí, su importancia instrumental para la efectiva vigencia de otros derechos fundamentales como al de un ambiente sano, a la salud, a la educación y a la vivienda. A pesar de su relevancia y de dichos antecedentes Argentina no cuenta con una ley que regule el derecho de acceso a la información pública. A nivel nacional existe un decreto sobre el tema, el N°1172 del año 2003, aunque rige solo para el Poder Ejecutivo Nacional; además, está la ley N° 25.831 de acceso a la información pública ambiental aunque su foco temático la hace más restringida. Al mismo tiempo, hay numerosas normas provinciales de diversos estándares, en materia de promoción de acceso a la información pública y transparencia.

Sin embargo, en los últimos tiempos no han logrado aprobarse ninguno de los proyectos de ley discutidos a nivel nacional. Es por ello, una de las grandes deudas pendientes de la democracia Argentina estaba en generar una ley nacional de Acceso a la Información Pública que no sólo sirva como marco de referencia para la gestión pública nacional sino también para institucionalizar procesos de rendición de cuentas y procedimientos para ofrecer el acceso a la información a la ciudadanía que lo solicita.

En referencia a esto, el pasado 7 de abril, el Poder Ejecutivo Nacional elevó un proyecto de ley sobre Acceso a la Información Pública y FUNDEPS (Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables) viene participando y haciendo seguimiento de la discusión desde que se convocó a las organizaciones de la sociedad civil a debatir sobre la cuestión. El día 19 de abril, las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación realizaron una consulta pública sobre este proyecto donde participamos, siendo la únicoa institución de Córdoba en hacerlo. En primera instancia, celebramos que se generen esos espacios de discusión y la voluntad de las autoridades nacionales de aprobar una ley de acceso a la información pública, una deuda de larga data de la democracia argentina. En segundo lugar, destacamos numerosos aspectos positivos del proyecto, entre los que se destacan:

a) Sigue los estándares y buenas prácticas en materia de acceso a la información pública incorporando artículos que explicitan el concepto de información pública, establece Autoridades de Aplicación, funciones, competencias y procedimientos de solicitud de información, teniendo en cuenta especialmente las disposiciones de la Ley Modelo Interamericana de Acceso a la Información (OEA) y su guía de implementación, y normativa referente en el tema.

b) Establece un listado amplio de sujetos obligados a cumplir con la ley que incluyen concesionarios, permisionarios y licenciatarios de servicios públicos o concesionarios y permisionarios de uso del dominio público o las organizaciones empresariales, los partidos políticos, los sindicatos, las Universidades y cualquier otra entidad privada a las que se les haya otorgado subsidios o aportes del Estado Nacional, entre otros.

c) Legitima ampliamente las solicitudes de información, para cualquier persona y sin necesidad de presentar ningún motivo para hacerlo.

d) Crea un organismo centralizado para aplicar la ley, la Agencia Nacional de Acceso a la Información Pública. e) Posibilita que se presenten solicitudes por vía electrónica, lo cual para quienes estamos fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es un aspecto bien importante.

f) Genera obligación de transparencia activa, con un largo número de información a hacer accesible en portales de transparencia de los órganos obligados que se extiende a información sobre compras públicas, auditorías, informes y escalas salariales entre otros puntos.

Por otra parte, consideramos que existen varios aspectos que pueden ser mejorados, a los que desde FUNDEPS, hicimos referencia en la consulta pública en la Cámara de Diputados de la Nación. Entre ellos se mencionan:

g) Necesidad de asegurar la autonomía y jerarquía de la Agencia Nacional de Acceso a la Información Pública. La autoridad a cargo de una persona, los procesos de nombramiento y remoción sólo con participación del ejecutivo y la jerarquía de subsecretaría debilitan considerablemente a este órgano.

h) Ausencia de principios generales, destacando la inexistencia de algunos como el de in dubio pro acceso o de facilitación del acceso. Se establecieron algunos principios en forma dispersa dentro de la ley pero se omitió establecer un marco de referencia para la interpretación general de la ley.

i) Excesivo plazo (1 año) para la efectiva entrada en vigencia de la ley. Más allá de que poner en práctica la ley llevará esfuerzos dentro del aparato estatal a nivel nacional, un año entero parece un plazo excesivo para un tema de tanta importancia.

j) Necesidad de fortalecer mecanismos de incentivos y desincentivos en la ley para influir directamente en la cultura institucional. Esta ley, más allá de ser una larga deuda de nuestra democracia, necesitará de pasos firmes para modificar una cultura institucional en la que en muchos casos los pedidos de información pública son recibidos como reclamos o como acciones de oposición a los funcionarios públicos. Por ello, no sólo las sanciones por incumplimiento de esta ley son importantes. Se deberían incorporar mecanismos que incentiven a un efectivo cumplimiento; el cumplimiento con esta normativa podría ser una variable a tener en cuenta para evaluaciones, reconocimientos y ascensos.

k) Posibilidad de conectar las obligaciones de transparencia activa con posibilidades efectivas de participar en procesos de toma de decisiones públicas clave. Este enfoque se basa en la importancia de la información para la participación. Así, se podría establecer obligaciones especiales de transparencia activa que vayan más allá de la publicación en un portal web cuando la información es relevante para una decisión pública que afectaría a ciertas comunidades. En este sentido, se podría exigir que autoridades nacionales faciliten información de proyectos de infraestructura de órbita nacional a través de municipios, comunas y centros vecinales para que estén más cerca de las comunidades involucradas con los mismos. La idea que subyace es la posibilidad de tener acceso a la información para poder monitorear e incidir en las políticas públicas en los distintos niveles del gobierno y generar propuestas de trabajo colaborativas entre gobierno y ciudadanía. En otras palabras, sería positivo poner en discusión y debate que la ley también institucionalice mecanismos que aseguren la participación ciudadana más allá de la acción de la solicitud de información prevista.

Desde FUNDEPS, apoyamos esta iniciativa e instamos al mejoramiento de la propuesta. Esperamos contar pronto con una ley nacional de acceso a la información pública que permita fortalecimiento de nuestra democracia participativa y favorecer la efectiva vigencia de derechos humanos básicos como a un ambiente sano, a la salud, a la educación y a la vivienda.

Más información: 

Avances en una deuda de larga data en nuestra democracia (La Voz del Interior 28/04/2016)

Exposición del Director Ejecutivo de FUNDEPS, Juan Carballo, sobre la ley.

 

Contacto:

Carolina Juaneda – Área de Fortalecimiento Democrático y Calidad Institucional

carojuaneda@fundeps.org 

Tenemos el agrado de presentarles nuestro nuevo Informe de Actividades 2015, un resumen de nuestras agendas de trabajo y logros del año que pasó. 

Durante el año 2015, desde FUNDEPS hemos crecido tanto interna como externamente. Nuestros voluntarios se duplicaron y las agendas de trabajo se diversificaron.

Estamos muy contentos de compartirles este nuevo formato de informe anual. El objetivo fue darle dinamismo y simplicidad a la presentación de nuestros variados trabajos, a la vez que hacer uso de la herramienta digital como modo de desarrollo sustentable.

Estamos expectantes del desenvolvimeinto de este 2016, con la idea de seguir creciendo e incidiendo en políticas públicas.

Para acceder al informe haz click aquí: informe2015.fundeps.org; o bien en nuestra página web en la sección «Sobre Fundeps».