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FUNDEPS junto con un grupo de vecinos/as y miembros del colectivo «Todos por Nuestros Arroyos» de la localidad de Alta Gracia, solicitaron participación como terceros interesados en la causa “El Potrerillo de Larreta Country Club S.A. c/ Provincia de Córdoba – Ordinario”.

En la causa, iniciada en el año 2013, se discute la legitimidad de la colocación de cercamientos a un arroyo público, en beneficio exclusivo del country Potrerillo de Larreta, restringiéndose el libre tránsito a terceros y el aprovechamiento del mismo por parte de toda la comunidad. Asimismo, está en tela de juicio el verdadero alcance y sentido del carácter de dominio público del arroyo Los Paredones.

En el fallo de primera instancia de noviembre del 2017, la jueza de Alta Gracia Graciela Cerini había resuelto “desestimar la demanda incoada por EL POTRERILLO DE LARRETA COUNTRY CLUB S.A. en contra de la PROVINCIA DE CÓRDOBA en cuanto pretende instalar alambrados sobre el Arroyo Los Paredones en el ingreso y egreso de su propiedad, debiendo demarcar el límite a lo largo de la línea de ribera”.

Sin embargo, luego determina que ello no importa simplemente autorizar el ingreso libre al curso de agua, y ordena una serie de cuestiones a la Provincia de Córdoba y a la  Municipalidad de Alta Gracia. En primer lugar, que determine cómo será el uso público del arroyo en la parte afectada. En segundo lugar, que tome las medidas de control, seguridad, y protección necesarias para lograr la armonización de los intereses en juego, pero manteniendo los cercados existentes.

En diciembre del año pasado, Potrerillo de Larreta recurrió la sentencia, remitiéndose la causa a la Cámara de Apelación de 9° Nominación de la ciudad de Córdoba, donde las partes deben expresar los agravios que les causa la resolución de primera instancia.

En la ciudad de Alta Gracia, los/as vecinos/as vienen defendiendo y reclamando sus derechos fundamentales en diferentes instancias y desde el año 2011 el colectivo “Todos por Nuestros Arroyos” ha tomado la posta. Así, ha desarrollado numerosas actividades en favor de la recuperación de los espacios públicos de los arroyos de Alta Gracia, entre ellos Chicamtoltina y sus afluentes, Estancia Vieja, Los Paredones y Coacamilin, en esta lucha en la que propietarios/as y emprendimientos inmobiliarios comenzaron a alambrar las márgenes de diferente tramos de los arroyos.

Frente a la ambigüedad del fallo, la continuidad de los alambrados sobre el arroyo y la pasividad de las autoridades provinciales y municipales, los/as vecinos/as de Alta Gracia junto con FUNDEPS decidieron intervenir en el juicio con el fin de garantizar el respeto de los derechos de incidencia colectiva por encima de los derechos individuales esgrimidos por el country y rechazar la legitimidad de los alambrados en tanto se vulnera, entre otros, el derecho al libre tránsito y el uso, goce y aprovechamiento de aguas de dominio público.

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Diario Tortuga Vecinxs firmaron por el espacio público

Redacción Alta Gracia Vecinos firmaron para que se quiten los alambre en el arroyo

Contacto:

maycabalaguer@fundeps.org

mariaperezalsina@fundeps.org

Durante ocho días se llevó a cabo una audiencia pública histórica en Santa María de Punilla. Desde FUNDEPS participamos con un informe técnico- legal expresando nuestras críticas al proyecto, atento irregularidades en el proceso de participación y falencias en el Estudio de Impacto Ambiental.

Con 957 inscriptos, se llevó a cabo la audiencia pública con mayor convocatoria desde que se instrumentó este mecanismo de participación con la sanción de la Ley de Política Ambiental Provincial N° 10.208 en junio del 2014.

La misma duró ocho días, desde el 11 de mayo hasta el 18 de mayo inclusive y fue para dar a conocer el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Alternativa a Ruta Nacional N° 38: Puente Costa Azul- La Cumbre – Sección Costa Azul – Cosquín”, más conocido como la obra «Autovía de Montaña» o «Autovía Pedemontana».

El pasado domingo, desde FUNDEPS hicimos llegar nuestra posición y rechazo al EsIA, dando cuenta de los incumplimientos a la normativa ambiental vigente y de las inconsistencias del informe técnico presentado por la Dirección Provincial de Vialidad de la provincia de Córdoba.

Desde que se dio a conocer la traza de la autovía de 14,3 km., que es parte de un proyecto más grande que llegaría hasta La Cumbre, fue duramente criticada por la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil, por no tomar en consideración los significativos impactos socio- ambientales que importa la obra, como la destrucción de bosque nativo Categoría Roja, la existencia de la Reserva Natural Camin Cosquin en medio de la traza, la presencia del yacimiento de uranio «Rodolfo» y de la falla geológica de las Sierras Chicas, así como por las falencias en los derechos de acceso a la información y la participación pública.

En nuestro informe presentado en la audiencia pública hicimos énfasis en algunos puntos, entre ellos:

– En el documento de Evaluación Comparada de Alternativas del Proyecto, no se contemplaron criterios legales, ambientales, culturales y sociales de cada una de las alternativas, tomando en cuenta en su mayoría sólo variables relacionadas con costos económicos, productivos o de eficiencia vehicular. Esto demuestra la insuficiencia en la correcta valoración de las alternativas, como así también la arbitrariedad en la selección de los criterios referidos.  

– El EsIA se refiere a un tramo de la autovía total planificada, por lo que un análisis comparativo incompleto no refleja la realidad del proyecto total y permite una mirada sesgada de todas las alternativas evaluadas. En este sentido, y a los fines de lograr una mayor legitimidad y transparencia en la toma de decisiones y elegir una alternativa que pondere los objetivos de desarrollo sustentable, es que consideramos indispensable y necesaria la realización de una EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.

El EsIA no se adecua a la normativa vigente, no cumple con el contenido mínimo detallado en el art. 19 de la ley 10.208.

– El EsIA no prevé medidas de mitigación y remediación acordes a los altos impactos negativos que conlleva la realización del proyecto, además no describe detalladamente las medidas de remediación que escuetamente contempla.

– Los derechos de acceso a la información y participación ciudadana han sido flagrantemente conculcados y no han sido garantizados en los términos de la ley 25675 y le 10208. En este sentido, sostenemos que éste debe ser un proyecto participativo que garantice el cumplimiento de metas ambientales y objetivos sociales que atiendan a una regulación más democrática del ordenamiento regional.

– La Autoridad de Aplicación deber tener presente a la hora de denegar o aprobar el proyecto la prohibición declarada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de otorgar licencias ambientales condicionadas, es decir sujetas al cumplimiento de requisitos que debieron cumplimentarse al presentarse el EsIA.

Finalmente en el día de ayer  y luego de la exposición de 355 oradores, se dieron a conocer los resultados de la audiencia: 285 personas (80,2%) se manifestaron en contra del proyecto y sólo 70 (19,8%) a favor.

Ahora, resta esperar la decisión de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, que en un plazo máximo de 45 días deberá expedirse otorgando o denegando la licencia ambiental al proyecto, tomando en consideración todas las opiniones, ponencias, informes técnicos y científicos que hayan surgido del proceso de participación ciudadana. Vale aclarar que las objeciones y opiniones de los participantes en la audiencia no son vinculantes, pero para el caso de que se otorgue la licencia ambiental, la Autoridad de Aplicación debe exponer fundadamente los motivos de su apartamiento y hacerlo público

Por todo ello, desde FUNDEPS consideramos que el EsIA del presente proyecto debe ser rechazado por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, o en su caso exigir una profunda revaluación del mismo al proponente, disponiendo de los mecanismos necesarios a los efectos de cumplimentar con los parámetros legales y ambientales exigidos por la normativa, a fin de proteger los derechos fundamentales a un ambiente sano y equilibrado, a la salud y calidad de vida de los habitantes de la región.

«Destruyen la montaña para construir una vía rápida, para que los turistas vayan a tomar mate a la montaña» (Fernando Conti, escritor, periodista)

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Informe Audiencia

Autores:

Lourdes Aparicio, Juan Bautista López y María Pérez Alsina

Contacto:

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

 

El pasado jueves 19 de octubre, realizamos una presentación ante la Dirección de Policía Ambiental denunciando supuestas actividades ilegales desarrolladas en el Country Club Potrerillo de Larreta ubicado en la ciudad de Alta Gracia. Aparentemente, durante las últimas semanas de septiembre y las primeras de octubre se han realizado en el sector de la hostería del country, acciones de lesión geomorfológica de gran envergadura en el cauce del Arroyo “Los Paredones”; consistentes en dragado, profundización y ampliación del embalse con la finalidad de aumentar la explotación del agua del arroyo por parte del Country.

Las mismas significan una clara violación a la ley de política ambiental provincial, ya que para llevar a cabo este tipo de obras es necesario cumplimentar previamente el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), previsto en el Anexo I inciso 31 de la ley 10.208, el cual incluye la realización de audiencias públicas en forma previa al otorgamiento de la correspondiente licencia ambiental, procedimiento que no se ha cumplimentado en este caso.

Cabe recordar que desde el año 2012 el Country Club Potrerillo de Larreta se encuentra involucrado en un proceso judicial contra la provincia de Córdoba, por el cercamiento de casi 4 km del mismo arroyo restringiendo el libre tránsito a terceros y el aprovechamiento del mismo por parte de toda la comunidad, alegando principalmente razones de seguridad. En dicha instancia, junto con el colectivo «Todos por Nuestros Arroyos» presentamos un Amicus Curiae invocando el carácter de bien público del arroyo y la ilegitimidad de los alambrados, encontrándose la causa próxima a dictar sentencia.

Sin perjuicio de ello, las acciones ilícitas continúan y se enmarcan en una problemática de larga data en Alta Gracia que involucra intereses particulares en desmedro de derechos fundamentales de todos los habitantes. El cercamiento de ríos, arroyos y lagos de dominio provincial por parte de propietarios/as de los fundos colindantes con los mismos, constituye un claro acto ilegítimo que viola entre otros el derecho al libre tránsito, el uso, goce y aprovechamiento de aguas dominio público y el constitucionalmente reconocido derecho humano de acceso al agua.

Desde FUNDEPS realizamos esta presentación esperando contribuir a una adecuada protección del ambiente como bien colectivo y de garantizar el respeto de los derechos de incidencia colectiva por encima de los derechos individuales.

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Presentación para proteger el ambiente frente a intereses individuales en Alta Gracia | FUNDEPS

Autora 

Noelia Salvia

Contacto

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Durante el día martes 1 de noviembre se llevó a cabo el VI Foro Nuestra Córdoba, organizado por la Red Ciudadana Nuestra Córdoba. El evento reunió a representantes de organizaciones de la sociedad civil y autoridades gubernamentales para debatir acerca de las temáticas que mayor incidencia tienen en la agenda metropolitana de nuestra ciudad y provincia.

El evento organizado por la Red Ciudadana Nuestra Córdoba tuvo por finalidad reunir a representantes de la sociedad civil y a autoridades gubernamentales, para discutir acerca de aquellas problemáticas que han tenido origen en la expansión metropolitana de la ciudad de Córdoba. Con la modalidad de mesas de discusión, se trataron temas relativos al ordenamiento territorial, la gestión de residuos sólidos urbanos (RSU) y el transporte y la movilidad. Los debates fueron más que enriquecedores, y las conclusiones obtenidas serán posteriormente amalgamadas en un documento que será compartido con las autoridades municipales y provinciales.

Desde FUNDEPS consideramos que las consecuencias de la expansión territorial y urbana de las ciudades – devenida en procesos de metropolización – necesariamente requieren del buen gobierno y gestión de las ciudades para su progreso social y económico. Asimismo, el contexto es complejo y requiere de la articulación entre actores para la generación de políticas lo suficientemente holísticas y efectivas.

El crecimiento periférico de las ciudades extiende el área urbanizada más allá de los límites de los términos municipales, generando un gran espacio urbano que obliga a extender las redes de infraestructura, aumenta los costos del desplazamiento de la población y mercaderías y los costos de producción y mantenimiento de los servicios públicos. En escenarios de descentralización hacia niveles locales – como ha ocurrido en nuestro país – la compleja tarea de traspasar funciones y recursos a instituciones generalmente débiles, se ve apabullada con los problemas de coordinación interjurisdiccional en la provisión de servicios y la gestión del desarrollo de los recientes conglomerados urbanos. Estos problemas se manifiestan en una gran variedad de áreas que son de relevancia crucial para el desarrollo económico y el bienestar de la población. Muchos de ellos fueron debatidos en la jornada del 1 de noviembre.

Los debates en torno al eje de ordenamiento territorial resultaron en la identificación de la urgencia para lograr una concreta determinación de los ejidos municipales y planificar la expansión urbana de la ciudad. Asimismo, se sumó a la discusión una arista de corte ambiental en la que se detectó la necesidad de mitigar los impactos de la expansión, resguardar el patrimonio (bosques nativos) y establecer una clara regulación en cuanto a la disposición de los suelos.

En cuanto a la gestión de residuos sólidos urbanos, se recalcó la complejidad para la articulación interjurisdiccional e intersectorial, a la vez que es necesario regular la normativa vigente respecto de los RSU.

Los resultados del debate han sido el espejo de las preocupaciones de la sociedad civil en torno a la gestión de la ciudad de Córdoba y su área metropolitana. La planificación urbana y el desarrollo sustentable de las ciudades van de la mano, y en consonancia con ello, la buena calidad en infraestructura y servicios básicos se vuelve crucial.

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Contacto:

Agustina Palencia – Coordinadora del Área de Fortalecimiento Democrático

agustinapalencia@fundeps.org

El pasado 14 de junio, FUNDEPS participó de la audiencia pública complementaria que organizó la Secretaría de Ambiente, con la intención de salvar la fallida audiencia anterior y receptar las opiniones públicas sobre el proyecto urbanístico “Distrito Las Artes”. A continuación, les presentamos un resumen del encuentro que contó con más de 200 personas argumentando posturas a favor y en contra del proyecto.

En abril del corriente año, hubo una audiencia por el mismo tema, pero como su llamamiento no permitió la adecuada participación de vecinos y vecinas de la zona, la Secretaría de Ambiente resolvió una nueva convocatoria, en la cual FUNDEPS participó, junto con otros 210 oradores. El objeto de la misma fue discutir el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Urbanístico “Distrito Las Artes”, un emprendimiento inmobiliario a cargo de Corporación América Inmobiliaria S.R.L. Tal estudio fue realizado por “Ingeniería Laboral y Ambiental S.A.” y los profesionales que estuvieron a cargo de su elaboración, fueron quienes asistieron a la Audiencia Pública para exponer los principales impactos del proyecto sobre el entorno circundante, y sobre la ciudad en su totalidad. También asistieron representantes de la desarrollista.

La audiencia comenzó a las 10:00 a.m., tal y como estaba prevista. El primer orador fue un arquitecto de Corporación América S.A., quien presentó el proyecto inmobiliario y sus impactos ambientales, sociales, estructurales y financieros. A las 10:37 a.m. comenzaron a hacer uso de la palabra, siguiendo el orden de inscripción, las 211 personas que debidamente se apuntaron para hacerse escuchar, en un tema que tanto interés despertó en los habitantes de Córdoba. Claro que de 211 personas surgieron de las más variadas opiniones; desde FUNDEPS les mostramos un panorama de los argumentos a favor y argumentos en contra del proyecto.

Entre los argumentos expuestos a favor del desarrollo inmobiliario en el predio del Ex Batallón 141, los más trascendentales y que más compartieron los adherentes, encontramos los siguientes:

1) El predio del Ex Batallón hoy funciona como un basural a cielo abierto, en el corazón de la Ciudad de Córdoba. Carreros, empresas y vecinos lo utilizan como depósito de residuos.

2) Las zonas colindantes al predio son conocidas por ser  zonas de elevada inseguridad. Transitar por allí nunca es la primera opción.

3) En una realidad castigada por el desempleo y la falta de inversión en obras públicas, un emprendimiento inmobiliario que generaría más de mil puestos de trabajo temporarios e inversiones que superan los mil millones de dólares, se presenta como una idea atractiva ante los ojos de muchos ciudadanos.

4) Muchos alegaron que sin duda alguna, le daría categoría a la zona sur de la ciudad, puesto que lo que hoy funciona como basural, pasaría a albergar departamentos de alta categoría, hoteles, comercios, etc.

5) El proyecto implica una oportunidad para Córdoba, para atraer futuras inversiones multimillonarias del sector empresarial.

6) La idea de que representaría un beneficio  colectivo y que ayudaría a la inclusión social, también estuvo presente en muchos oradores.

Entre los argumentos expuestos en contra del desarrollo inmobiliario en el predio del Ex Batallón 141, los más trascendentales fueron los siguientes:

1) En el predio del Ex Batallón se cometieron delitos de Lesa Humanidad, durante la última dictadura. Para muchos ciudadanos, construir un mega emprendimiento inmobiliario en ese lote es una burla al pasado, que no es salvado ni con la construcción de una “plaza de las armas”, en honor y memoria a los hechos, tal y como planea hacer Corporación América Inmobiliaria S.R.L.

2) El predio cuenta con 23 hectáreas de parque, lo que equivale a 24 manzanas. Si el proyecto es aprobado ello implicaría: pavimentar gran parte del lote, para la construcción de calles, ciclovías, edificios residenciales, hoteles, comercios, un hospital, un supermercado, un centro cultural, una iglesia.

3) En aspectos específicamente jurídicos, se cuestionó el mecanismo de los convenios urbanísticos, mecanismo que permitió en el caso que nos ocupa, el cambio de destino del uso del suelo, que en el año 2007 fue declarado como “reserva verde”, con carácter de intocable.

4)  Se hizo hincapié en la escasa, o prácticamente nula, planificación y ordenamiento del territorio por parte del Municipio y la Provincia.

5) Fue constante la preocupación de los vecinos por la saturación de los servicios más básicos de la Ciudad de Córdoba: agua, electricidad y cloacas. Cada uno de esos servicios merece una consideración especial:

– En cuanto al Agua, es importante destacar el discurso de una vecina de Barrio Los Incas: allí los vecinos carecen, lisa y llanamente, de agua potable. Justo al frente de un mega emprendimiento inmobiliario, existen vecinos que aún no cuentan con las respectivas conexiones, y deben acudir a métodos clandestinos. Claro que alegó que teme por su futuro y el de su barrio si el proyecto es aprobado.

– En cuanto a la electricidad, la zona sur de la provincia es conocida por ser uno de los sectores que más cortes energéticos sufre.  Los vecinos temen que su situación empeore si el proyecto tiene el visto bueno.

– Respecto a las cloacas, absolutamente toda la ciudad de Córdoba está afectada por problemas cloacales. Por un lado, por los constantes desbordes cloacales que inundan las calles de nuestra ciudad. Al mismo tiempo, la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales de Bajo Grande no puede tratar adecuadamente los líquidos cloacales de la ciudad, contaminando el Barrio de Chacras de la Merced. Si el megaproyecto es aprobado, implicaría la instalación de 6 mil nuevas conexiones, que harían aún más inviable un servicio que ya hoy es en extremo defectuoso.

6) Conectado con el punto anterior, se dejó también patentado el incumplimiento de las obligaciones que la desarrollista tenía a su cargo. El más importante de ellos: la construcción de una planta de tratamiento de residuos cloacales para la zona sureste de la provincia, el cuál debería de haberse comenzado a construir dentro de los 60 días de aprobado el convenio urbanístico, en el año 2013. Hoy, en el año 2016, ni si quiera han presentado los planos de dicha planta.

7) Reiteradas veces se puso de manifiesto el déficit de espacios verdes de la provincia de Córdoba. La deforestación, la falta de protección de espacios verdes, la destrucción del último pulmón de la Ciudad, la protección de las especies de flora y fauna, el efecto de permeabilidad de aguas de lluvia, la importancia de los árboles para la absorción de dióxido de carbono, fueron algunos de los argumentos utilizados en pos de la conservación del predio.

8) Se remarcaron algunas cuestiones que pueden parecer “tramposas” o de “mala fe”: entre ellas, el proyecto prevé un 53% de espacios públicos. Sin embargo, “espacios públicos”, no equivale a decir “espacios verdes”, tal y como la desarrollista pretende que se crea. Espacios públicos incluyen calles, calzadas, ciclovías, Los espacios verdes, propiamente dichos, sólo constituyen el 15% del proyecto.  De los 118 mil m2 públicos: 49 mil m2 se destinaran a calles; 33,500 m2 a espacios privados de acceso público, y sólo 35.600 m2 a parques. Asimismo, en varios casos se plantearon dudas respecto del efectivo carácter público de esos espacios.

9) La preocupación por el tránsito en la zona no fue menor. Si el emprendimiento fue pensado para que allí habiten de manera permanente 14 mil personas, no se puede obviar que cada uno de ellos tendrá un vehículo. A ello hay que sumarle los vehículos transitorios, de vecinos que irán al supermercado o al centro cultural. La situación es alarmante si se piensa que la zona sur, por Plaza España, cuenta con un tránsito muy complicado.

Desde FUNDEPS nos oponemos al proyecto urbanístico de la Corporación América y por ello dejamos constancia por escrito en el marco de la audiencia pública. Desde una perspectiva legal, nos preocupa que se pueda avanzar con un régimen de excepción como el del convenio urbanístico sin las debidas garantías de que las obligaciones incumplidas se tornen realidad. Del mismo modo, creemos que los argumentos vinculados al estado de abandono, inseguridad y deterioro de la zona no pueden plantearse como favorables al emprendimiento en tanto esa situación implica una violación de las obligaciones del propio municipio. Finalmente, creemos que una opción de un verdadero espacio verde y público, contiguo y en continuidad con el Parque Sarmiento sería el mejor destino para este predio.

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Documento presentado por FUNDEPS

Noticia anterior: «Discusiones sobre el impacto del proyecto inmobiliario en el ex batallón 141»

Contacto:

Agustina Asís – Área de Derechos Humanos

agustinaasis@fundeps.org

Después de una primera audencia pública para discutir el estudio de impacto ambiental del Proyecto Urbanístico “Distrito Las Artes” (ex batallón 141), se convocó a una segunda por irregularidades en la convocatoria: inadecuada, poco acceso a la información y mucha incertidumbre.

FUNDEPS participó en la audiencia pública convocada por la Secretaria de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Córdoba, que tomó lugar el día 29 de Abril del corriente año. El objeto de la misma fue discutir el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Urbanístico “Distrito Las Artes”, un emprendimiento inmobiliario a cargo de Corporación América Inmobiliaria S.R.L. Tal estudio fue realizado por “Ingeniería Laboral y Ambiental S.A.” y los profesionales que estuvieron a cargo de su elaboración, fueron quienes asistieron a la Audiencia Pública para exponer los principales impactos del proyecto sobre el entorno circundante, y sobre la Ciudad en su totalidad.

Corporación América Inmobiliaria S.A. dio génesis al proyecto urbanístico “Distrito Las Artes”, ubicado en el ex batallón 141, en las inmediaciones del Parque Sarmiento y cuya extensión abarca 23 hectáreas, donde se edificarán obras residenciales, culturales, recreativas, comerciales, administrativas y gastronómicas. El plan tiene previsto un plazo de ejecución de 10 años. 

Haciendo un poco de historia, el destino del ex Batallón 141 comenzó a discutirse en 2005, cuando el gobernador De la Sota vendió las 23 hectáreas que componen el predio a Eduardo Eurnekian, presidente de Corporación América Inmobiliaria, por la suma de 107 millones de pesos. Sin embargo, el entonces intendente Luis Juez, lo declaró como “Reserva Verde”, abortando cualquier posibilidad de desarrollos inmobiliarios. Esa situación cambió cuando en el año 2013, el intendente Ramón Mestre liberó ese obstáculo, por medio de una nueva ordenanza municipal, habilitando su uso mixto (residencias, comercios, oficinas y espacio público).  En ese contexto se celebra un convenio urbanístico con la Municipalidad de Córdoba, bajo la ordenanza N° 12.077, que afectará al último pulmón verde de la ciudad. 

Los vecinos más próximos al emprendimiento pasarían ahora a sufrir las consecuencias: acceso público limitado, mayor consumo de agua y energía, mayor contaminación química y sonora, mayor congestión vehicular y mayor cantidad de basura y residuos. A cambio de todo ello, la Municipalidad “exigió” la mitigación de los impactos que genere la obra y se obligó al sector empresarial a la ejecución de tres nudos viales, la construcción de una planta cloacal para 150 mil vecinos en el sudeste de la ciudad y la cesión de un porcentaje de espacio verde para uso público.

Ahora bien, entrando de lleno a la audiencia pública celebrada, La Ley de Política Ambiental Provincial N°10.208 establece como un procedimiento obligatorio, las audiencias públicas para aquellos proyectos o actividades que estén sometidas a una Evaluación de Impacto Ambiental. El proyecto “Distrito Las Artes” debía pasar necesariamente por una audiencia de esta naturaleza, para someterse al análisis y discusión de los vecinos, ciudadanos, ONGs y cualquier otro interesado en intervenir en la misma. 

El procedimiento de invitación a estas audiencias no es arbitrario, sino que por el contrario, se encuentra reglado por la citada ley. El requisito más importante, aquel que hace a su adecuada difusión, es el de la publicación de la convocatoria. La Autoridad Convocante debe publicar durante dos días la convocatoria a la audiencia, con una antelación no menor de 20 días corridos a la fecha fijada para su realización en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en por lo menos dos diarios de circulación provincial y local y en su página de internet. 

¿Qué ocurrió entonces el día 29 de abril, que despertó una gran polémica y descontento social? A las 10 de la mañana del viernes, sólo había 11 personas inscriptas en el orden del día, para tener el derecho a la palabra. Sólo 11 inscriptos en una audiencia pública, que por su envergadura e impacto en la Ciudad de Córdoba, debería de haber tenido un centenar de interesados. El requisito de la publicación masiva del llamamiento sólo se cumplió formalmente y no se aseguró una adecuada participación de la ciudadanía. Pese a ello, la audiencia no se suspendió, ni se declaró su nulidad, incluso ante el pedido de los asistentes.

FUNDEPS solicitó expresamente que se convoque a una nueva audiencia conforme lo prescripto por la ley, para así deliberar como corresponde un emprendimiento que implicaría fuertes impacto al ambiente urbano de la ciudad de Córdoba.

La Secretaría accedió a convocar a una audiencia complementaria, cuya información es la siguiente: 

Audiencia Publica Evaluación de Impacto Ambiental 14 de Junio 10:00 horas en Aula Magna de la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Córdoba, Maestro M. Lopez esq. Cruz Roja Argentina (Ciudad Universitaria), en la ciudad de Córdoba de la Provincia de Córdoba. 

Lugar, fecha y hora para tomar vista del expediente: Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Córdoba, Av. Richieri 2183 Ciudad de Córdoba, hasta el 13 de Junio de 2016 a las 14 hs.

Plazo de inscripción: Hasta las 10 hs del 12 de Junio de 2016, en la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Córdoba, por correo electrónico a: audienciaspublicasambiente@gmail.com

Más información: 

PROYECTO URBANÍSTICO “DISTRITO LAS ARTES” ubicado en el predio ex Batallón N° 141

Resolución de convocatoria a audiencia complementaria

Contacto:

Agustin Filippi / coordinador del eje ambiental del área de Derechos Humanos

agustinfilippi@fundeps.org

En defensa del derecho a acceder libremente a cursos de agua y del ambiente como bien colectivo, el pasado viernes 20 de noviembre, FUNDEPS junto a un grupo de vecinos organizados presentó un Amicus Curiae ante la Justicia de Alta Gracia.

El viernes 20 de noviembre FUNDEPS presentó formalmente un Amicus Curiae en la causa “El Potrerillo de Larreta Country Club S.A. c/ Provincia de Córdoba – Ordinario” que se tramita ante el Juzgado de 1ª Nominación de Alta Gracia a cargo de la jueza Graciela Vigilanti.

El juicio se enmarca en una problemática de larga data en Córdoba que involucra intereses particulares en desmedro de derechos fundamentales de todos los habitantes. El cercamiento de ríos, arroyos y lagos de dominio provincial por parte de los propietarios de los fundos colindantes con los mismos, constituye un claro acto ilegítimo que viola entre otros el derecho al libre tránsito, el uso, goce y aprovechamiento de aguas dominio público y el constitucionalmente reconocido derecho humano de acceso al agua.

En la ciudad de Alta Gracia los vecinos vienen defendiendo sus derechos en diferentes instancias y desde el año 2011 el colectivo Todos x nuestros Arroyos tomó la posta en esta lucha en la que propietarios y emprendimientos inmobiliarios comenzaron a alambrar las márgenes de diferente tramos de arroyos y ríos del ejido municipal. Tal es el caso del Country Potrerillo de Larreta, el cual actualmente tiene cercado 4 km del arroyo Los Paredones impidiendo el paso de los vecinos alegando principalmente razones de seguridad.

La participación de FUNDEPS se canalizó a través de la figura de amicus curiae, que permite que terceras personas acerquen recomendaciones en un proceso judicial. Creemos necesario defender aquellos derechos vulnerados más aun cuando de nuestra Constitución Nacional, de los tratados internacionales, del Código Civil y Comercial de la Nación y del Código de las Aguas para la Provincia de Córdoba podemos extraer las siguientes conclusiones:

1. El uso de las aguas públicas es un derecho inalienable e irrenunciable.

2. Los ríos, arroyos y lagos, bien entendidos como sus aguas superficiales, sus cauces, sus materiales y el terreno hacia el interior de la línea de ribera, es un bien público.

3. Consecuentemente, está prohibido instalar alambrados que cierren el acceso público a esas bienes. Quien lo hace se estaría atribuyendo como propio terrenos que son públicos.

4. Por lo tanto también es ilegítimo impedir que las personas circulen por el interior de la línea de ribera.

5. El ambiente, como bien colectivo, incluye elementos como el paisaje como la recreación en espacios naturales.

Desde FUNDEPS realizamos esta presentación esperando contribuir a una adecuada protección del ambiente como bien colectivo y de la priorización de derechos colectivos por encima de derechos individuales.

 

Contacto:

Yamile Najle – Área de Derechos Humanos

yamilenajle@fundeps.org