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En agosto, durante la campaña electoral, diario Perfil publicó una nota agrediendo a Ofelia Fernandez. Desde Fundeps denunciamos ante el INAM e INADI pero sus respuestas fueron tibias e insuficientes en el caso del INAM y restrictivas en el caso del INADI.

El 27 de julio, diario Perfil publicó una nota titulada “Operación cancelar” en la que pretendía realizar un breve análisis del vínculo entre las redes sociales, nuevas tecnologìas y la participación política.
Con este objetivo, la autora de la nota, Pola Oloixarac, tomó como figura de referencia a la candidata a legisladora por la Ciudad de Buenos Aires, Ofelia Fernández, realizando la siguiente afirmación:

“En olitas cíclicas, como circulan las cosas y personas en la web, aprendemos que ciertas características de la burguesía argentina tienen un efecto no deseado en la vagina de la candidata a legisladora Ofelia Fernández. En un video donde se la ve hablar desde un púlpito, asegura que “la tibieza de la burguesía a mí me seca la concha”. Ofelia revitaliza el tropo marxista de la lucha de clases acercándolo a la inmediatez de su bombacha: nos invita a pensar que hay una pulsión sexual insatisfecha en el statu quo, y que el fragor por la revolución venidera es lo único que podría excitar a la joven Ofelia. Según esa imagen, votar a Ofelia es una invitación a complacerla sexualmente, preparándola para un coito exitoso. A sus 19 años, Ofelia entiende que lo personal es político, es decir, que lo político es genital: que las pindongas y cuchuflitos de cada une están llamados de algún modo a participar en la histeria colectiva de la revolución (o el Cambio).”

En el párrafo citado, la autora toma la expresión metafórica utilizada por Ofelia para comunicar su desacuerdo y rechazo hacia ciertas prácticas políticas y realiza una interpretación literal con el claro objetivo de correr el debate del plano político al plano sexual, degradándola por su condición de mujer.

Es importante mencionar que no es la primera vez que el diario Perfil ejerce violencia mediática y simbólica contra Ofelia Fernández. El 21 de noviembre de 2018, esta misma editorial publicó una nota titulada “La colegiala k que impactó en la contracumbre del G20”. La reincidencia de este tipo de accionar da cuenta de la necesidad urgente de que los organismos del Estado encargados a erradicar las violencias de géneros, realicen las intervenciones necesarias para lograr esta meta.

Frente a la violencia de estos discursos, desde Fundeps presentamos la denuncia correspondiente ante el INAM y el INADI a través de sus páginas web. Si bien el primer organismo recibió el reclamo, el INADI se contactó vía telefónica para informarnos que la opción de realizar las denuncias por esa vía ya no está disponible y que las mismas deben presentarse en alguna de sus oficinas. Entendemos que la restricción de los canales para hacer reclamos significa una restricción a los derechos de las audiencias, limitándose a quienes tengan el conocimiento sobre esta vía administrativa, el tiempo y los recursos para hacerlo.

Por su parte, la respuesta del INAM llega luego de dos meses de haber presentado la denuncia; la Institución reconoce que hubo misoginia en el relato, pero que la autora de la nota no hizo más que darle una interpretación literaria o filosófica a los dichos de Fernández, minimizando, de esta manera, la violencia simbólica, política y mediática a la que fue sometida la candidata. En el documento enviado por la institución se expresa:

“Si bien, se hace mención a los genitales de la entonces candidata, y eso no debería formar parte de un análisis político, la nota retoma frases textuales de la dirigente política y el artículo pareciera convertirse en un análisis rebuscado de esas frases, con algunos fragmentos de tono más bien literario o filosófico que incluyen a otras figuras de la política y/o la cultura. Entendemos, no obstante, que hubo producción misógina en una serie de artículos o coberturas periodísticas en función de esta candidata, aunque no solamente, sino también de otras mujeres de la política.”

El último párrafo citado reconoce la misoginia desde la cual se realizan los abordajes periodísticos hacia el colectivo “mujeres en la política”. Sin embargo, en vez de agravar y sostener el reclamo presentado, el escrito minusvalora estas violencias misóginas por recaer en un colectivo.

Es claro que la nota de diario Perfil reafirma y reproduce la violencia política a la que se enfrentan las mujeres que eligen desempeñarse dentro de la política partidaria, y da cuenta de las estrategias de deslegitimación a través de la cosificación y sexualización de sus cuerpos. Un trato que, por el contrario, nunca es aplicado a sus pares varones.

Este tipo de acciones deslegitima e inhabilita la participación política de las mujeres, así como también atenta contra la efectividad de la recientemente implementada Ley de Paridad de Género, interfiriendo con la posibilidad de desempeño en igualdad de condiciones que los hombres. Este ataque a Ofelia Fernández constituye un ataque a todas las mujeres y un mensaje disciplinador y expulsivo del terreno político.

A partir de lo dicho, es evidente que estamos ante un caso de violencia mediática y simbólica según lo estipulado por la Ley 26.485 de Protección Integral de la mujer. Esta normativa define la violencia mediática de la siguiente manera:

“…aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

La violencia simbólica, por su parte, es definida como aquella que “a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad»

La nota mencionada constituye también una violación al inciso m. del articulo 3 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación audiovisual, en el cual se establece la obligatoriedad de “promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual”.

Este contenido, además de constituir un acto de violencia en sí mismo, funciona como un legitimador y un motivador de otras expresiones de violencia. Ofelia Fernández compartió los mensajes misóginos y machistas que recibió en sus redes a partir de esta publicación y declaró “Le hace mucho daño a la campaña electoral habilitar que a nosotras nos traten así. Injusto y desagradable”.

Autora

Mila Francovich

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Como parte de nuestro trabajo de monitoreo de políticas públicas reguladoras de los medios de comunicación, identificamos situaciones de violencia mediática y simbólica y realizamos las denuncias correspondientes. En esta ocasión, se trató de las emisiones de dos programas de televisión: por un lado,“Los ángeles de la mañana” de Canal 13 y, por el otro, “Animales sueltos” de América TV.

¿Qué pasó en “Los ángeles de la mañana”?

En el programa emitido el 14 de mayo de “Los ángeles de la mañana” (un magazine que conduce Ángel De Brito) le realizaron un “cambio de look” a Cinthia Fernández, que consistía en un corte de pelo. Durante el mismo, Cinthia manifestó repetidas veces que no quería que se lo corten, pero cedió ante las insistentes presiones de sus colegas. En esta situación, mencionó que no quería que se lo corten mucho, y que quería ver hasta dónde se lo cortaban, estableciendo los límites para la intervención. Sus manifestaciones fueron reducidas con comentarios como “no es elegante lo que tenés”, “no seas tonta, el pelo crece”, “vos no tenés que verlo”, “te trajeron acá para estar mejor”.

Durante el corte de pelo se la vio a Cinthia nerviosa, asustada, presionada e incómoda con la situación. El conductor y las panelistas estuvieron todo el tiempo comentando sobre su aspecto de manera denigrante y sin dejarla intervenir. “Tengo ganas de llorar, se los digo en serio”, “la estoy pasando mal”, manifestó, sobre el final.

Nos preocupa que la televisión exponga una situación tan violenta, sobre todo el ejercicio de actos sobre el cuerpo de la mujer sin su consentimiento. Es claro que ella consintió acceder al cambio de look, pero éste no se llevó adelante bajo sus términos, sino que fue sistemáticamente presionada y todos sus comentarios y expresiones de deseo fueron minimizados.

¿Qué pasó en “Animales sueltos”?

El 16 de mayo, en el programa transmitido por América, se incurrió otra vez en violencia mediática y simbólica. Hacia el final del programa, Alejandro Fantino le preguntó a la panelista Romina Manguel: “pero pará, así viniste?”, refiriéndose a su vestimenta. El conductor, haciendo caso omiso de la incomodidad de la periodista, continuó diciendo: “Enfocame a Manguel”, pidiéndole que muestre su ropa y que desfile.

La reacción de Manguel fue una risa nerviosa y pedir que se detenga. El conductor continuó, insistiendo a las cámaras que la enfoquen e insinuando que así podría encontrar pareja.

Toda esta intervención, si bien breve y solo al final del programa, fue sumamente violenta para Romina y resulta estereotipante para las mujeres. Esto fue acompañado por la complicidad y risas del resto del panel conformado por varones, que nada hicieron para frenar estos momentos de incómoda cosificación de la única panelista mujer del programa.

¿Por qué hablamos de violencia mediática y qué leyes amparan nuestras denuncias?

Ambos contenidos mediáticos son humillantes y discriminatorios, y constituyen casos de violencia mediática y simbólica. Recordemos que la Ley de Protección Integral a las Mujeres 26.485 define a la violencia mediática como “aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”. En este sentido, según los artículos 70 y 71 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522 todos los medios de comunicación quedan obligados a cumplir la 26.485 además de:

“evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.

¿Ante qué organismos denunciamos y para qué?

Atento a este marco normativo, como también a la gran responsabilidad -particularmente en la sociedad argentina- de los medios de comunicación en construir sentido y formar opinión, hemos denunciado estas situaciones frente a la Defensoría del Público, el Observatorio de radio y televisión del INADI y el Observatorio de la violencia simbólica y mediática del INAM. Esperamos que estos organismos tomen las acciones necesarias al respecto y nos comprometemos a seguir velando por la efectiva ejecución de las políticas públicas existentes, así como promover las que aún se requiere crear para luchar contra este y todos los tipos de violencia de género.

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Autora

Mariana Barrios Glanzmann

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

En el marco de nuestro trabajo de monitoreo de políticas públicas reguladoras de los medios de comunicación, identificamos y denunciamos dos situaciones de violencia mediática y simbólica que se expusieron en dos programas del canal Todo Noticias la semana pasada.

La primera situación se dio el 2 de mayo, cuando en un informe emitido se expone una noticia sobre una mujer (ex policía), llamada Johana, que robaba autos utilizando un drone. La segunda se presenta al día siguiente en el noticiero del medio día también, en una noticia sobre una ex empleada de la Municipalidad de La Plata que fue despedida de su trabajo y considera que el despido fue injustificado.

Más allá de las historias puntuales que se exponen en cada una de las noticias, encontramos en común un abordaje violento ya que se ilustra las noticias con fotos de las mujeres en ropa interior o traje de baño, exponiendo una hipersexualización de las protagonistas a través de la exhibición de sus cuerpos. Esta representación resulta estereotipante y desvía el foco de atención de lo que se está informando en la noticia, que tiene que ver con la comisión de un delito en el primer caso, y un reclamo laboral en el otro. Ilustrar ambas situaciones con esas imágenes deslegitima a las mujeres de estas historias y les infringe violencia mediática y simbólica a ellas y también a otras mujeres que pudieran encontrarse en igual situación.

Es por ello que desde Fundeps procedimos con las correspondientes denuncias, las cuales fueron radicadas en la Defensoría del Público, el Observatorio de Radio y Televisión del INADI y en el Instituto Nacional de las Mujeres. En un contexto de transformación social, motorizado fundamentalmente por la lucha del movimiento feminista, resulta inadmisible tolerar expresiones que contienen estereotipos de género discriminatorios, que alimentan la perpetuación de una cultura machista que violenta permanentemente la libertad y el cuerpo de las mujeres. Entendiendo el rol que tienen los medios de comunicación en la reproducción de la violencia simbólica es que, además de ejecutar las correspondientes denuncias, vemos con urgencia la necesidad de crear espacios de formación y capacitación de los/as trabajadores/as de los medios masivos de comunicación en lo que respecta a perspectiva de género, considerando que es la única manera de garantizar la producción y el abordaje de contenidos respetuosos, que aporten a la construcción de una sociedad más igualitaria.

Autora

Lucía Calabria Aragón

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

En virtud de las expresiones homo-odiantes de Eduardo Feinmann sobre la persona, vida y trabajo de un investigador del CONICET, desde el Equipo de Género y Diversidad Sexual de Fundeps decidimos denunciar este caso ante la Defensoría del Público y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).

El jueves 11 de abril, durante la emisión de su programa de televisión en el canal de aire de alcance nacional A24, el periodista Eduardo Feinmann expuso de manera violenta una ponencia de Facundo Nazareno Saxe, investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y del Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de La Plata. Tomando como referencia la ponencia ‘Memoria queer e historieta anal: cuando el cómic nos abre el culo (y nos gusta)’, Eduardo Feinmann manifestó “Me impresiona. Una vergüenza. ¿Estos son los investigadores que después se quejan?, “Creen algo que se llame ‘ñoquicet”. El tono despectivo que utilizó el periodista para denigrar el trabajo del investigador en torno a la perspectiva queer y el respeto a la diversidad, así como su orientación sexual, evidenció en sí mismo el marcado cariz homo-odiante que reprodujo a través de un medio masivo de comunicación.

No sólo presentó de una manera violenta la ponencia del investigador Saxe, sino que además lo expuso, compartiendo sus datos personales y redes sociales, lo cual permitió que algunas personas pudieran acceder y reproducir una serie de mensajes llenos de odio y amenazas hacia su persona por su forma de ser y pensar.

Este hallazgo realizado por el conductor y periodista tampoco fue casual, ya que lo llevó adelante en un contexto en el que los recortes realizados por parte del Gobierno Nacional al CONICET y la crisis que estaba atravesando la ciencia en nuestro país eran noticia. De esta forma hizo un uso político homo-odiante, tomando la imagen de Facundo Nazareno Saxe y sus investigaciones para criticar al CONICET y de esta forma justificar la reducción de presupuesto y falta de políticas respecto del mismo.

Realizar y utilizar este tipo de mensajes homo-odiantes, no sólo es violencia y discriminación, sino que además en un contexto en el que hay una gran reacción contra todos los avances de derechos conquistados como la Ley de Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género, es sumamente perjudicial por el odio que genera y avala.

Es importante recordar que, según el informe de la Federación Argentina LGBT, tan sólo en 2017 hubo 103 agresiones, asesinatos o hechos de violencia física motivados por un acto de discriminación por orientación sexual, expresión o identidad de género. Sumado a esto, debemos considerar que la población Trans de la República Argentina cuenta con una expectativa de vida promedio de unos 32 años y que todavía ni siquiera contamos con leyes de cupo laboral trans (excepto en la provincia de Buenos Aires) para poder garantizar mínimamente derechos básicos que les han sido históricamente negados.

Por todo ello consideramos que éste fue un claro caso de violencia mediática y simbólica de acuerdo con las definiciones la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que en su Artículo 70 establece que “la programación de los servicios previstos en la ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual… o que menoscaben la dignidad humana…”

Entendemos que los medios de comunicación tienen una responsabilidad innegable en la construcción de ciudadanía, ya que no sólo son formadores de opinión, sino que además avalan y legitiman prácticas de la sociedad.

La violencia simbólica expresada a través de los medios de comunicación promueve su reproducción y fundamenta otras formas de violencias de géneros, por lo que repudiamos los dichos de Feinmann, insistimos en la necesidad de capacitar a periodistas en perspectiva de géneros y en el tratamiento de este caso por parte de los organismos competentes.

Autora 

Valentina Montero

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) y la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad presentamos un informe sobre el funcionamiento de las políticas públicas sobre género y comunicación, a partir de la asunción del actual gobierno nacional.

A principios de 2016, desde la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables y la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad se realizó un informe llamado: “Violencia hacia las mujeres y políticas públicas de comunicación” que da cuenta del estado de las políticas públicas sobre comunicación y género en Argentina y de los órganos estatales que, hasta fines de 2015, estaban encargados de implementarlas. Ese informe se fundó en una extensa investigación que recopiló datos mediante pedidos formales, formulados en el ejercicio del derecho al acceso a la información; denuncias ante los órganos correspondientes en casos de violencia mediática y simbólica y entrevistas a integrantes de esos órganos y de organizaciones de la sociedad civil.

En 2018, realizamos un informe sobre la aplicación de tales políticas a partir de la asunción del actual gobierno nacional. En el mismo se analizan los principales cambios evidenciados en los últimos dos años, con base en la información obtenida a través de nuevos pedidos de información formulados ante los organismos correspondientes durante el año 2017 y mediante la realización de entrevistas y búsqueda de información a través de los canales oficiales de cada dependencia.

Los órganos estudiados son: ENACOM, Defensoría del Público, INAM, INADI, Observatorio de la Discriminación en Radio y TV, Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Comercio Sexual.

Las medidas y políticas públicas implementadas por dichos organismos tuvieron modificaciones. Si bien algunas que pueden ser consideradas avances, muchas otras debilitan los logros alcanzados en la protección de las audiencias, principalmente de los sectores vulnerables; tanto desde una perspectiva de género como del derecho a la comunicación como derecho humano.

El análisis realizado pretende dar cuenta de las transformaciones del campo de la comunicación, específicamente en lo que refiere a temas de género, durante los últimos dos años y a partir del cambio de gestión gubernamental en diciembre del 2015. En sintonía con los cambios que sucedieron a las políticas públicas de comunicación a partir de ese entonces, las áreas específicas vinculadas a género también atravesaron transformaciones que, si bien aún no están por completo definidas, implican para varios de los organismos un freno a los programas que se llevaban adelante y, a dos años de iniciada la nueva gestión, no está claro aún cuál será el rumbo que tendrán a futuro las políticas públicas de comunicación y género que se desarrollaron en Argentina a partir del 2010.

Principales conclusiones

  • Si bien los decretos y resoluciones que han afectado a la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual no operan directamente sobre las políticas de género, el accionar de varios de los organismos del Estado dedicados a la implementación de estas políticas ha sufrido modificaciones. Algunas de las mismas representan avances, pero otras otras debilitan los logros alcanzados en la protección de las audiencias.
  • La acefalía de la Defensoría del Público -uno de los organismos relevantes en la aplicación de políticas de comunicación y género, y con reconocimiento internacional- es uno de los aspectos negativos del paradigma que llamamos “de transición” en las políticas actuales de comunicación y género de Argentina. A pesar de esta acefalía, el organismo sigue operando exitosamente dentro de los márgenes permitidos.
  • También evaluamos negativamente la falta de acceso a la información por parte del ENACOM, lo que da cuenta de los obstáculos existentes a los fines del monitoreo del accionar de los órganos estatales por parte de la ciudadanía. Sin embargo, valoramos el accionar del mismo -evaluado a través de mecanismos indirectos- que se revela en un aumento de las resoluciones y en la consideración de los derechos de las mujeres y de la comunidad LGTBI como causales autónomas de violación de derechos.
  • Pareciera haber una transformación en las funciones de la Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual que estaría dejando de ejercer su capacidad sancionatoria y focalizando su accionar sólo en medios digitales y en la asistencia al Poder Judicial.
  • Fue disuelto informalmente el Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión, un organismo tripartito con un destacado accionar durante los últimos 10 años; tampoco es posible acceder al acervo pedagógico generado por el mismo.
  • Fue creado el Observatorio de Violencia Simbólica y Mediática, en el ámbito del INAM, con competencia en todo tipo de soportes.
  • El INAM amplió su accionar en las políticas de comunicación a través del Plan Nacional de Acción contra las Violencias con políticas que aún no han sido rendidas en forma mensurable.
  • Los proyectos de leyes de comunicaciones convergentes de diferentes sectores políticos han incluido casi nulas consideraciones de género, aunque han tenido una relativa receptividad hacia las propuestas que se les han hecho llegar desde la sociedad civil.

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Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org

Sandra Chaher – sandrachaher@comunicarigualdad.com.ar

Junto a la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad presentamos un informe sobre el funcionamiento de las políticas públicas sobre género y comunicación, a partir de la asunción del actual gobierno nacional.

Tras la elección de los Premios Carlos Paz 2018, el locutor Carlos Caserta realizó una serie comentarios homofóbicos, discriminadores y despectivos en contra de Florencia de la V y de la comunidad trans. Fue denunciado por las organizaciones sociales, criticado en los medios y el INADI declaró su repudio.

El locutor Carlos Caserta, en su programa en FM 100, criticó a los Premios Carlos Paz por reconocer a la actriz y capo cómica Florencia de la V, por su actuación en la obra «Explosivos».

En sus dichos sostuvo: «Elegir a un ‘trava’ como figura destacada femenina… Discúlpenme, ustedes, pero están enfermos de la cabeza (…) Sinceramente, no lo digo de malo. ¡No es mujer! ¡Tienen que respetar a la mujer, carajo! ¿Cómo puede ser que un trava sea más importante que una mujer? Y las mujeres, encima, no hacen nada, lo toman con gracia. Le están cagando los clientes, los premios. Les cagan todo estos resentidos enfermos que son los travas, o los homosexuales«.

Las aberrantes manifestaciones de Caserta se enmarcan en una práctica violenta, en flagrante desmedro de los derechos del colectivo LGTTTBIQ, que fomentan la discriminación, la desigualdad y el odio. En estos casos es fundamental recordar la “Guía para el tratamiento periodístico responsable de identidades de géneros, orientación sexual e intersexualidad”,  publicada por la Defensoría del Público, que recomienda, entre otras: “Respetar el principio de autodeterminación de las identidades y orientaciones sexuales y promover discursos mediáticos que eviten juzgar o desacreditar la autonomía de las personas para definirse”.

Por otra parte, los dichos de este señor promueven una visión dicotómica de los géneros y la sexualidad, haciendo un enfoque sobre la heterosexualidad obligatoria como único modelo legítimo de cuerpos, identidades, relaciones y familias.

Muchas organizaciones realizamos denuncias por las vías correspondientes, que se encargan de velar por los derechos de las audiencias, como la Defensoría del Público, el ENACOM, el INADI, y el INAM.

La respuesta del INADI fue veloz y concreta en su rechazo a los dichos de Caserta, reafirmando que “estas manifestaciones adquieren otra dimensión e impacto cuando son difundidas en los medios de comunicación masivos”, por lo que invita a tomar conciencia a comunicadores/as frente al micrófono.

Este tipo de conductas por parte de profesionales de la comunicación es plausible de sanción y se encuentra en flagrante violación a nuestra normativa nacional, como así también a los Tratados de Derechos Humanos, que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico.

No debe olvidarse que, según la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N°26.522, establece en su artículo 70: “La programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual (…) o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.

Por otra parte, la Ley de Identidad de Género N° 26.743, en su artículo 1:

Toda persona tiene derecho:

  1. Al reconocimiento de su identidad de género;
  2. Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género;
  3. A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada”.

Aplaudimos la inmediata reacción del INADI, y el seguimiento de los demás órganos competentes del Estado, en el cumplimiento de sus funciones, y en garantía a los derechos que protegen nuestras leyes. Es fundamental comprender que los medios de comunicación son creadores de opinión y que ello conlleva una gran responsabilidad a quienes crean y reproducen los contenidos, en promover la igualdad y el respeto a los derechos, en pos de una sociedad más justa y equitativa.

Contacto

Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

En el sitio Infobae, se publicó con una nota titulada “Roles invertidos: ¿la mujer se volvió más masculina en las relaciones?”, en la que se incurre repetidas veces en comentarios estereotipadores y discriminatorios, y se ejerce violencia simbólica hacia la mujer. A partir de esto, se hizo una consulta con INADI, que no tuvo resultado concreto.

La noticia en cuestión se desarrolla a partir de una entrevista realizada a una psicóloga, que si bien destaca los avances de las mujeres en el campo profesional, entiende que esos son espacios reservados a los varones, usurpados por las mujeres, ubicándolas en las tareas relacionadas al hogar y al cuidado. Esto queda en evidencia en sus dichos: «Según la psicóloga y escritora Beatriz Goldberg, la mujer de hoy está descolocando al hombre de su lugar. Le cuesta ubicarse en el rol correcto. ‘La mujer puede y debe tener actividades en todas las áreas, pero desde el rol de mujer. Si se ‘masculiniza’, pierde su capacidad intuitiva e intelectual’

Resulta preocupante que se continúe pensando que el campo laboral y profesional, así como las tareas de provisión de recursos económicos en el hogar, son exclusivamente masculinas, y a las mujeres «masculinizadas«, cuando forman parte de esos espacios o se apropian de dichas tareas.

Asimismo, se hacen repetidas referencias a la importancia de no perder las características típicamente «femeninas«, como la sensibilidad o la intuición. Asimismo, se realizan comentarios denigrantes, como la referencia  a las mujeres como electrodomésticos: “Es multiprocesadora, hace de todo, es múltiple”.

Este tipo de opiniones y comentarios reproducen los patrones socioculturales de conducta que estereotipan, discriminan y subordinan a las mujeres, exigiendo que se reserven a determinados espacios y cumplan ciertas características para ser consideradas como tales. Además, al ser una persona posicionada en un espacio de autoridad por sus calificaciones profesionales, se entiende que la psicóloga es referente en temas de género y por ende, sus dichos tienen más influencia en el/la lector/a.

Los actos descriptos tienen su raíz en condiciones sociales de desigualdad sufridas por las mujeres, arraigadas en la sociedad, con un fuerte contenido simbólico que refuerza tales condiciones.

Frases enunciadas por la entrevistada como «el rol de la mujer en la sociedad es ser mujer«, promueve la idea de que varones y mujeres tienen roles determinados sólo por el hecho de ser el uno o el otro. Además, es preocupante la falta de reflexión sobre las luchas de los movimientos de mujeres, que lograron luego de décadas de activismo una progresiva igualdad ante la ley entre varones y mujeres, visibilizando las barreras que ellas tienen para acceder a puestos de trabajo o participación en la vida profesional.

El proceso de denuncia

A partir de los hechos, se decidió realizar una presentación frente a INADI, ya que este es un hecho de discriminación hacia las mujeres, ocurrido en un medio digital. Utilizamos el proceso de consulta por discriminación, el más accesible en la página web del organismo. A partir de comunicaciones telefónicas, hicimos el seguimiento de nuestro reclamo, que fue derivado a la Plataforma por una Internet libre de discriminación. Posteriormente, fue presentado frente al medio productor del contenido discriminatorio, como una inquietud pero sin ninguna obligación, por lo que no se modificó la nota ni se la retiró del sitio web. Frente a esto, INADI no tomó cartas en el asunto y el caso quedó en mera consulta. El mecanismo virtual, entonces, prueba no ser efectivo, ya que los reclamos no adquieren carácter de denuncia.

A fin de que el INADI realice su efectivo pronunciamiento, los reclamos deben presentarse como denuncias, las cuales deben realizarse personalmente frente a una delegación del INADI. Cabe recordar, en este punto que el Estado argentino está obligado a llevar adelante medidas contra la discriminación hacia las mujeres, no sólo por la legislación local, sino también por los tratados de derechos humanos ratificados por nuestro país y con jerarquía constitucional, como la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención de Belem do Pará.

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Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org