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La historia para no repetir: en Uruguay la industria logró acomodar el etiquetado a su favor

A través de un decreto reglamentario, Uruguay modificó los criterios establecidos para la aplicación de los sellos de advertencia en los productos alimenticios. Con la nueva resolución, se flexibilizaron los límites a los nutrientes críticos y las empresas podrán vender sus productos con altos niveles de sodio, azúcar y grasas, sin ser alcanzados por la normativa.

Hacia el año 2018, Uruguay se constituía como el tercer país de América en adoptar el sistema de rotulado frontal de advertencias en alimentos. Dicha medida de salud pública, ampliamente celebrada por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), pretendía ser parte de la respuesta a la malnutrición que afecta al 34% de los/as niños/as uruguayos/as en edad escolar. Por su parte, el Decreto 272/2018, dentro de sus cláusulas concedía a las empresas un periodo de adaptación de 18 meses, tiempo suficiente para que la industria alimenticia pudiese acomodar el escenario político a su favor. Así, la entrada en vigencia y fiscalización de la medida se fijó recién para el 1 de marzo de 2020. 

Sin embargo, llegado el momento, la implementación del Decreto 272 no fue una prioridad. Luego de muchas idas y vueltas, el gobierno aprobó otro decreto (246/020) por el cual no sólo se prorrogaba la fecha de entrada en vigencia del etiquetado obligatorio para febrero de 2021, sino que también establecía importantes variaciones a la norma original.  

En Uruguay, las estrategias empleadas por la industria fueron las mismas que las utilizadas en otros países donde también se discutió el etiquetado frontal (Perú, Chile, México y actualmente, Argentina). La dilatación de los tiempos, el patrocinio de especialistas para la difusión de investigaciones sesgadas, así como la negación y la propuesta de alternativas sin basamento científico, forman parte de sus tácticas más conocidas que buscan proteger solamente sus intereses económicos.  

Fue así que, lejos de ser el Ministerio de Salud Pública el que propusiera y anunciara modificaciones basadas en evidencia científica libre de conflicto de interés, el encargado de hacerlo fue el Ministerio de Industria, Energía y Minería. De allí que no resulte extraño observar que los cambios realizados por el gobierno hayan girado en torno al sistema de perfil de nutrientes de la OPS, dando lugar a una normativa más flexible y amigable con la industria alimenticia, y en evidente perjuicio para la salud pública.

De esta manera, las empresas de alimentos en Uruguay, hoy tienen la posibilidad de vender como productos libres de sellos a aquellos que contengan un 20% más de sodio (de 400 a 500mg), 30% más de azúcares (de 10 a 13g), 45% más de grasas saturadas (de 9 a 13g) y 50% más de grasas totales (de 4 a 6g), en porciones de 100 gramos o 100 mililitros. 

A razón de ello, según un comunicado de la La Alianza de la Sociedad Civil para el control de las Enfermedades No Transmisibles, “los principales productos beneficiados de esta flexibilización, serán aquellos con excesos de azúcares y grasas, en particular los productos lácteos y postres, que muchas veces son publicitados como saludables y con los cuales la Industria Alimentaria realiza una estrategia de marketing agresiva, dirigida a niños y niñas. Esta población (vulnerable) será la principal destinataria de estos cambios, dado que muchos de esos productos dejarán de tener el etiquetado a pesar de seguir siendo igual de perjudiciales para su salud”.

En un contexto crítico de aumento de las Enfermedades No Transmisibles, no se comprende la complicidad del gobierno uruguayo para con los intereses de la industria. De acuerdo a las estadísticas de la OPS, Uruguay está entre los países latinoamericanos que registraron el mayor aumento de consumo de ultraprocesados entre el 2000 y el 2013, traduciéndose en un incremento del 146%. 

Dado que el consumo de estos productos con excesos, son los principales contribuyentes a la generación de estas enfermedades, se torna necesario la existencia y aplicación de políticas públicas que efectivamente protejan el derecho a la salud de la población, en especial de aquellos grupos en situación de vulnerabilidad, tal como lo son los niños, niñas y adolescentes. Asimismo, se pone de relieve la importancia de asegurar que los procesos de elaboración de políticas de salud pública estén libres de conflicto de interés y de interferencia de la industria. Pues éstas deben estar basadas en la mejor evidencia científica disponible y no en los intereses económicos de un particular sector. 

Desde Fundeps y SANAR, nos sumamos a los reclamos de las Organizaciones de la Sociedad Civil que exigen al gobierno uruguayo la implementación de un etiquetado frontal de alimentos que proteja y garantice el derecho de acceso a la información por parte de las personas consumidoras, así como el derecho a la salud de los/as uruguayos/as.